![]() ![]() |
![]() |
UFDC Home | Search all Groups | NDNP 2013 | | Help |
Material Information
Subjects
Notes
Record Information
|
Full Text |
(P A p 1 m A
D .ITS i 10 vil o VJJ JL3 11 H: Vi-: v; OV:" i-rA fin i1 n 0 in SE PUBLICA - . j '".: -. Todos los Martes, JuYs y Sbados. SE SUSCRIBE i" "i En la Imprenta de Gonzlez. Fortaleza 15. PE R I O D I C O OFICIAL DEL GOBIER'NO. AO 1868. MARTES 14 DE JULIO, 1 l ,r NM. 84. PARTE (MCIAL Direccin de Administracin Local DEL GOBIERNO SUPERIOR CIVIL DE LA ISLA DE PUERTO-RICO. - - . por circular de la Intendencia General de Hacienda de 10 del corriente inserta en la Gaceta oficial nmero 70 se habrn entera enterado do enterado los pueblos de haber resuelto el Exorno. Sr. Gobernador. Superior Civil, que se cobre buena cuenta y por los repartimientos que ya tendrn redactados, el importe de bis dos terceras partes del cuatrimestre, la contribu contribucin cin contribucin del subsidio del presente ao. En su consecuencia, y no habiendo com- timos adicionales que con destino al gasto puuuuu lilil siuo apruuaaus por esveurODier esveurODier-no, no, esveurODier-no, para lo cual se inserta continuacin relacin' de lo que cada pueblo correspon corresponde de corresponde pagar buena cuenta, con las formalida- J .. . t. t "i : i t ues mismas que presen o e a circular aei Illrrio. Sr. Intendente general de Hacienda publica, incluyendo en el recibo provisional qu expresa esta autoridad la parte cor correspondiente respondiente correspondiente al recargo, bien entendido que siendo estas sumas nicamente para los fon dos municipales las han de reservar en su poder el Municipio ingresndolas en su De Depositara positara Depositara en vez de pasarlas las Adminis Administraciones traciones Administraciones de Rentas y Colecturas, pues esto solo debern hacerlo tle la recaudacin que pertenece la.Hacienda y que est parte que buena cuenta ha de recaudar por el recar recargo go recargo municipal, se destinar esclusivamente satisfacer las atenciones en los presupuestos ordinarios y extraordinarios de este ao eco prendido la Intendencia en la relacin que nmico mientras el Gobierno se ocupa en inserta, Ja parte correspondiente al recargo, vista de I03 datos que van suministrando los que cada pueblo ha votado para oubnr sus pueblos el modo de cubrir con i gastos municipales, ha resuelto el Excmo. 'arbitrios legales el dficit que res Sr. Gobernador Superior Civil en acuerdo coa esta Direccin, que UU. hagan estensiva aquella determinacin la contribucin mu mu-Dicipal Dicipal mu-Dicipal ; a& idieado i; reclauiado priaIn priaIn-tenaencia' tenaencia' priaIn-tenaencia' las dos terceras partes del importe del cuatrimestre, correspondiente los cn- irapuestos resulte en al- - gunos presupuestos. :Comuncolo d U. U. para su inteligencia y efectos "corresnpndien tes -moa guarae a" u u r rauenosnos Fuerto; Rico Julio 13 de 1868. Crlos de Bajas, Sre s. Corregidores y Alcaldes de la Isla. Nota demostrativa del importe de las dos terceras partes de un cuatrimestre del recargo votado por los pueblos pa para ra para cubrir los gastos municipales del presente ao eco econmico. nmico. econmico. i '-'O'- Capital Adjuntas.... .... Aguada . Aguadillah.. .... Aguas buenas..... Aasco.,,; .... .. (Arecjbo.... Arroyo Aibonito Bayamon ........ Barranquitaa.....! Barros ........ rojo.... ... guas..,, n wjey.,... Carolina Ceiba....;;;;;" Cales. Cidra.. wamo...,, Coro2al.,,, ; Dorado.;;;;; janlo V" Guaioabo i.":; SQayaniu; ;;' GQrabo., Hatillo. .7 grande..... Jiumacao. It.V. Diaz.7.7'" juicos..., Cupo de con contribucin tribucin contribucin p? el Tesoro al Escudos, Votacin por cnti cntimos mos cntimos adicionales. Ms, Cents 134,689 17,611 33,390 48,643 6,431 59,327 81,552 44,197 9,522 24,644 10,416 4.792 50,957 37,130 10,030 22,836 17,856 16,726 7,980 7,819 12,067 7,302 14,751 30,480 4,061 62,520 23.794 12,654 8,376 14,088 32,040 26,388 55,214 26,106 13,978 50 50 34 50 50 25 50 43 50 50 50 50 41 50 50 50 50 50 50 50 50 50 50 50 50 50 50 50 50 50 50 50 43 50 50 391 Cupo de Gas Gas-; ; Gas-; tos Munici Municipales.. pales.. Municipales.. ; Escudos, iMils 200 850 67,344 8,855 11,483 24,321 3,215 14,831 40,776 22,048 - 4,762 12,322 5,208 2,396 20,994 18,566 . 5,015 11,418 8,928 8,363 : 3,990 3,909 6,033 3,651 7,375 15,24) 2,030 31,260 11,897 6,327 4,188 7,044 16,020 13,194 24,211 13,053 6,989 500 500 155 500 500 750 500 Importe de un cuatrimestre. Id. de las 23 partes del mis m que s h de recaudar. Escudos. IMils 284 500 500 500 500 339 22,448 2,951 3,827 8,107 1,071 4,943 13,592 7,349 1,587 4,107 1,736 798 6,998 6,188 1,671 3,806 2,976 2,787 ; 1330 1,303 2,011 1,217 . 2,458 5.0S0: 676 .10,420 3,965 ' 2,109 1,396 2,348 5,340 4,398 8,070 4,351 2,329 166 833 718 167 834 917 500 334 333 666 94 334 66fl 667 , 166 167 500 833 667 446 667 Escudos, 14,965 1,967 2,551 5,404 714 3,295 9,061 4,899 1,058 2,738 1,157 - 532 4,665 4,125 1,114 2,537 1,984 1,858 886 868 1,340 811 1,639 3,386 451 6,946 2,643 1,406 930 1,565 3,560 2,932 5,380 2,900 1,553 Mils. 444 888 812 778 556 945 334 666 222 222 334 444 396 556 444 333 445 666 778 778 334 666 222 667 778 667 334 Loiza Luquilbi ....... Maygez. . .. Manat... .... . Maunalbo .... . . Moca . ... Mor vis.. ... Naguabo . .... . Naranjito . . Patillas. ... . Peuelas ; ..... Pepino. . . . . Piedras V;. ..... ; Ponce. Quebradillas . . Rincn. .. .... . Rio grande. ... Rio-piedras. . Sbana-grande Sabana del Palmar. Salinas; -. .-. . . . San Gorman . . Santa ijsabl . .. . Toa-alta. .. ...... Toa-baj Trujillo-alto. ... Trujillb-bajo. . . Utuado. . . Vega-alta. . ... Vega-baja. .. . . Yabucoa. . ... . Yauco. . . ... Isla de Vieques . Totales. . Cupo de con tribucin p a el Tesoro al Escudos. Votacin I por cnti mos -adicionales. MsICnts 11,139 8,976 147,509 . 30,450 23,088 14,343 6,321 31,440 2.690 23,922 21,856 13,865 5,862 174,117 4,660 7,031 7,908 9,265 15,623 '5,606 "20,90.8 256,313 26,173 7,392 12,993 3,665 5,269 36,472 9,424 34,300 29,940 34,922 3,701 Mis. 2.037 511 50 50 50 50 46 50 50 50 50 50 50 50 50 50 50 50 50 50 50 50 50 25 50 50 50 50 50 5D 50 50 39 23 50 200 Cupo de Gas tos Munici- pals. Escudos, Mils 450 800 829 5,569 - 4,4b8 73,754 15,225 10,666 7,171 3,160 15,720 1,345 11,961 10,928 6,932 2,931 87,058 2,330 3,515 3,954 4,632 7,811 2,803 10,454 65,231 13,086 3,696 6,496 1,832 2,634 18,236 4,712 17,150 10,926 8,321 1,850 500 500 656 500 500 Importe de un cuatrimestre. Escudos. Mils Idem de las 2 3 partes del mis mo que se na de recaudir. Escudos. Milw. 500 500 500 500 500 658 500 500 500 500 913,8471 120 563 500 025 1,856 1,496 24,584 5,075 3,555 2,390 1,053 5,240 448 3,987 3,642 2,310 977 29,019 776 1,171 1,318 1,544 k 2,603 934 3,484 21,743 1,232 2,165 610 878 6,078 3,570 5,716 3,642 2,773 616 500 833 552 500 500 334 667 834 500 666 834 167 833 334 667 886 167 304,615 500 834 166 666 667 666 40 854 833 675 1,237 997 16,389 3;38S 2,370 1,593 702 3,493 298 2,658 2,428 1,540 651 19,346 517 :-; 781 878 1,029 1,735 622 2,323 14,495 "508 821 1,443 407 585 4,052 1,047 3,811 2,428 1,849 411 203,077 666 33S 888 333 368 666 333 333 890 444 556- 333 333 778 223 667 444 889 890 112 &24 66G 222 444 444 111 112 26 236 22 11& 297 666 112 Puerto-Rico 13 de Julio de 1868. Crlos de Rojas. Capitana General de la. Isla de Puerto-Rico ESTADO MAYOR. MINISTERIO E LA GUERRA. UNTO PAKA LA ORGANIZACION, REGIMEN Y DISCIPLINA DE LA ACADEMIA DEL ARMA DE ARTILLERIA, APRO BADO POR S, M. EN REAL ORDEN DE 11 DE MARZO ; :f DE 1868. (Continuacin.) Del Habilitado. elegido por los mismos que eligen el Cajero, en- tre ios nuouuauos ae iws ociuuco uc wupa teniendo las mismas obligaciones que ya tiene . 1 ? t O I n J Jim X a Anaam na. por aiciiu cargo en su oeccxuu ; uemoa ar todo3 loa encargos que el Gefe del Detall le confie sobre asuntos de la Academia. Ser de n cuenta mientras aquella se encuentre establecida eu Segovia, poner en dicha poblacin las cantida- de que le prevenga el ouoairecior ue m reiwiiw Academia y que sean de pertenencia de la misma. Del Medico. : Art. 29. Adems de la asistencia facultativa que deber prestar los Gefes, Oaciales, alumnos y dependientes de la Academia y sus familias, excepto las ae ios alumnos, reconocer wa mm nos de nueva entrada en la Academia, certifican, do de su utilidad inutilidad con arreglo al cua cuadro dro cuadro de exenciones vij ente para os individuos do tropa, y no podr ausentarse del punto en que se, halle la Academia, sujetando en todos conceptos -sus deberes los qu rijen para los Mdicos de lo Regimientos, dependiendo directamente del Ged del Detall y disfrutando la3 consideraciones de su, grado. : Art. 30. Diariamente y la hora que dis disponga ponga disponga el Subdirector, har una visita al Estable-, cimiento para que puedan consultarle los alum alumnos nos alumnos ensus dolencias, y enterarse de la salud de l tropa, firmando las bajas de los individuos que se encuentren enfermos, pasando al Gefe del Detall noticia detallada del estado sanitario del Estable, cimiento y de los que contraigan enfermedad ,6 m descubran defecto de los que inutilicen parala car rera militar. Concurrirn asimismo los ejercicio-, y Escuelas prcticas, provisto del botiqun quo ci citar tar citar su cuidado. . Del Profesor de equitacin. Art. 31. Ensear la equitacin loa alam-' nos; domar y educara los caballos del Establec-; miento y de los Gefes, disfrutando las ventajar Y goces que le correspondan por el Reglamento d e picaaores aei ejercito. Depender inmediatamente del Profesar prime ro, quien .dar parte cada da de lo que ocurra en su ciase y a quien pasara asimismo eu ia epo ca de los exmenes .trimestrales y fin de cuno, relacin del aprovechamiento y aplicacin de tui discpulos. De los Profesores 2iiutare3. Art. 32. Estos Profcioret asistirn puntual- i mente sus clases respectivas, y procurarn por todos los medios conseguir el mayor adelanto de sus discpulos en ellas por los mtodos mas acre acre-ditados, ditados, acre-ditados, con sujecin al plan de estudios y rdenes de los Gefes;'dependiendo directamente del Profe Profesor sor Profesor primero por cuyo conducto se dirigirn en to todas das todas sus peticiones y solicitudes, y quien al con concluir cluir concluir los ejercicios diarios, darn parte de cuantas novedades hayan ocurrido, as como relaciones tri trimestrales mestrales trimestrales i finales de curso, en las pocas res res-pectivas, pectivas, res-pectivas, del aprovechamiento y aplicacin dess i: r.nlno Vnn tina . . ... -i .l..li.la nna hnhiprpn no havan seguido, y nuiwuw.i .-,.r.r .-e fin. r.on cuanto uzsuen ubccmhu r. 0u0 pectiv clases. , ,J , : Art.w33. ;- Sern respetados, por los.alumnos, y para sostener su autoridad se conducirn con la mesura y circunspeccin debidas, poniendo las faltas de sus discpulos en conocimiento del Pro Profesor fesor Profesor primero: con objeto de que se aplique la de debida bida debida correccin. , i- Art, 34El de5Francs,.tenqra ciase u.anacuii s alumnos del primer ao; teniendo asimismo rrrl- es- Ios academia, por ua hora, con iu y y i rt rlftsp.fin. v liara las tra- uei Jsiauieuuuciitw vjwv -- -- ---- . duccioies relativas, la enseanza, que los Gees le ordenen. ; . . : .iM' irorrrrri. r.uidar del entretenimiento y conservacin de los tos de su enseanza, mediante. ias imuiuuuaue prescriptas para los profesores militares : ; instru instruyendo yendo instruyendo " los alumnos en el manejo de la espada, sable y esgrima de bayoneta, asi como en e. mo ue .TnmWin P.t.ari oblicado tener acade- mia, cuya duracin no esceder de dos horas da Vas, con los Gefes y oficales de la Academia que .gusten. ; . '' ; . Elde Gimnasia dirijira la instruccin Jos fines V a oc, iiiBAfntilns 1 desarrollo fsico ciistsuitii uo ouo Necesario para los ejercicios propios de la carrera de las armas ; siendo responsable bajo inventario fdetodoel material del gimnasio ; y le. obedece obedecern rn obedecern en todo en cuanto haga relacin con la ense ense-i i ense-i inza, los monitores que Re le destinen, y 'ConUnudrci) garra y Gavil, Contador de Hacienda p pblica blica pblica de. esta Isla jubilado, se ha servido dis disponer! poner! disponer! el -lllmo. Sr. Intendente se le cite por medio de la Gaceta' oficial de esta plaza fin de que se, sirva presentarse en esta Secretara de mi cargo, para entregarle bajo el compe tente recibo, un documento que le concier ne. Puerto-tuco l de Julio de 18G8. El Secretario, Jos Justo Varea. ; . ; dos meses mas, nterin secelebra un nuevo conve nio - o Secretara. Seccin A't ' S .: ".; 4 7. :" i .. i "' :(, :" El .Excmo. Sr. Gobernador Superior Civil de esta Isla conformndose con lo propuesto por esta Intendencia general, se ha servido admitir;la xgrmnci'ane;hace de su'v plaza el A d uriero electo de Administracin Local de NagiaboFranicisco Gregori ; nombran do en su lugar y con el haber anual.de 480 escu escudos dos escudos Jos. Cawiibotuela ha-slkjitMoy;'y rene las condiciones necesarias para, desem desem-penar penar desem-penar dicho destino. Y. de rden de S, S. 1. se inserta en la Ga Gaceta ceta Gaceta oficial de esta plaza ei cumplimiento de lo prevenido en el artculo 45 del Ilal de decreto creto decreto orgnica de -3 de Junio de 1866.' Puerto-Rico Julio 11. de 1868 El Secnta Secnta-rio rio Secnta-rio de la Intendencia, Jos Justo Varea.. IlEAL ADUANA DE L CAPITAL. :-Keal Audiencia ie Pnerto-iieo. Seccin 1 Circular Nttmeyo 3S. r.: El xemo. Sr. Gobernador Superior Civil con ;fecha2 del corriente dice al Excmo: Sr. Regente jo que sigue. !" j Tti Excmo. Sr. tl Excmo. ,Sr. Ministro de Ul Ultramar tramar Ultramar .me. dice de Real urden, en 4 del mesj pro- xmo pasado lo queigue. V"v. Hos guente: En. vista, del .expediente instruido por virtud de la Real rden de veinte de Mayo $0 mil ochocientos sesenta y cinco, para fijar a conveniencia de ampliar restringir los efectos de 'las diferentes disposiciones lgale que prohiben a Trnnscurridos noventa das del anuncio eri la Gaceta nmero 37 de 26 de Marzo ltimo; sin haberse presentado persona alguna re-- clamar Ja caja "marcada F.,L y. consignada j Mr. Patinanis de Sfinto. Domingo, .con arre glo lo dispuesto por la SuperintendencH en rden de 28 de Enero' de 1864 y. ol. artculo 156 de la Instruccin, se anuncia la subasta jpaia ej dia; 17 del corriente, las dos de .la ; tarde en los Almacenes de esta oficiua don don-kle kle don-kle podhn iconcurir los licitadxres recono- cer los'e'ctos quev contiene y qu se ilesig- nan a continuacin. euneu 'ii- A.U-AiArnrn Tirthicos de Ultramar, quej Tademas la calidad de Letrados, el egercic o de la abogaca: y considrando que el espritu de la le legislacin gislacin legislacin para aquellas provincias dictada, lia S1do - nstantemente evitar, por. una purte, que la aten atencin cin atencin de los empleados del Gobierno no ,8e distraiga Mel sryicio del Estado para atender al 7? V ticular y por otra, que la mayor t influencia que en cada localidad obtienen los agentes oficiales, d ocasin creer que su presencia y mediacin ealos Juzgados y. Tribunales podra inclinar el , v j Taa n "favor de su representa YA'KR. 3Iils. Escudos -si a no inPs p.n favor de su repi , i -j.i 4.. oenfril-.ii declarado en las i ietRn fulo 4 libro 8?, de la recopila- 'vv V l lo lpjil ordttn de i-de 'inaias, y wsw uuu--j r. miau Iiavn' d mil ochocientos cincuenta. ro en decretar propuesta u Ulram&rde acuerdo con-eLUonsejo u f. s irtrnMnA ron do informado, por i Seiinda. y de' Indias del Tribunal Supremo e Juiticia y por el Consejo de Estado en pleno o sikniente.- Queda prohibido & los empleados pubh pubh-iletrad, iletrad, pubh-iletrad, en las provincias ; destramar el cger cger-ciciVdela ciciVdela cger-ciciVdela Abogacia en toda clase, de negocios. Da Da-"dden "dden Da-"dden Palacio l cuatro de Junio do ra.locte.cn ra.locte.cn-tos" tos" ra.locte.cn-tos" sesenta y odio. Est rubricado de Ja Keal marioElminsto de Ultramar, Carlos Marfon. D Bealrden lo comunico A V. B. para.su co- .riheimiento v electos oorrespouuiu,.- biendo decretado, en veinte y nueve u sado me,, el cumplimiento de este Rod Decreto lo traslado V. E. para su conocimiento y,el del Tribunal los Bncs convenientes. ., Dada cuenta al mounai piu -j ,-v .nnfnrmidad con el parecer del j:- awa'.'a informidad con el parecer L--. T mU hnnn or I f. 1 M. ta libro la presente en Puerto-Rico ci fo0,ol mandar: se publique en la owiui vui f. ceta' para su cumplimiento y para que tenga eec-..'iL-i ,Bftnfo Pn Pnerto-Eico 10 de Julio do J S68.T--Rr?0 c 'Mendoza. i pomos agua dentfrica..... .. 1J botella :Hob IjalToctcnr... 8 Cajitas bizcochos medicina-. lesv 2 Cajitas ni oz taza en hojas. . 6 poinitos grajeas medicina lesV.. ; V. . . 4 Cajitas pastillas medicinales. 1 Caja pildoras deDnaur... . 1 Cajita pildoras de Collas. ... 2 pomos sirop pctora,..... 4 botella aceite hgado de ba bacalao calao bacalao con 4 libra.'. 3 'Cajas polvos para dientes.. 2 pomos pomada depurativa. I jbc3tell;i jicor de alquitrn.. j "botella.. Elixir estmacd. 7. :2Lonzns opiata .dentriea.;. . 1 pomo inyeccin de Ricord. 1 pomo capsulas de Ricord.; 2 pomos, licor digestivo... . 1 pomo agua emosttica. .; . 1 pomo iarave de-zarzaparri-: . lia. . .; l l pomo vinagre d olor; 1 pomo bensina . .......... 1 pomo muestras de pastillas. 4:-. ,, V'- 1 J Rs ohlio-acion del contratista facilitar ba- gages con sus. correspondientes aperos de silla carga, y carros y carretas con sua? muas 6 bueyes, todo el quedleve rden por escrito del Sr. Cor regidor debiendo devolver cada fin de mes las r rdenes denes rdenes que se les hayan expedido en este periodo. 3. p Los bagages sern proporcionados dentro de media hora desde que se presentase la rden i que espresa, la condicin anterior, si fuesen uno dos caballos carros; dentro e dos si mesen en nmero de cuatro cinco, pero escediendo de este nmero tendr elDlazodel2 oras para lacunarios. Facilitar igualmente un coche cuando alguno de los Alcaldes tenga que salir en asuntos criminales. 4. 89 Tambin estar obligado, el: rematista proporcionar los mozos conductores de los baga bagages ges bagages recogerlos en los referidos puntos. 5. 53 Los puntos de etapa son e esra capital Rio-piedras., y Lpiza portel Este y. Bayamon por el Oesle'dbiendo el Contratista tener en Ca- tao los .v bagages y carretas que para este, punco puedan necesitarse. I 6. p Tambintendr obligacin el contratista de poner en conocimiento del Sr. Corregidor el sitio sealado para j des pacho, de Bagages en el cual fijar, la vista del pblico copia autorizada de estas condiciones y de los artculos 6. y 79,-de la Circular nm. -16 de 2S de Enero de 184S, que se le facilitar por Secretara. ? ; :?. ? El rematista garantizar su cumplimien cumplimiento to cumplimiento consignando en estas Arcas Municipales la can cantidad tidad cantidad de cuatrocientos escudos. 4 . :. ' : 8. p" Caso de faltar el Contratista al oportuno suministro de Bagages incurrir en la pena de cuatro Tiesos por cada uno de silla carga y de ocho por cada carreta sin perjuicio de alquilarlas - 1 . 1 .i.v.' ... por su cuenta y exigirifi ia reswiisauiuuuu por iu perjuicios que resulten -de sus omisiones, estas pe penas nas penas se le descontarn mensual mente de la cauti dad que est estipulada. ,? ,.; ; : y.f Queda favor del contratista el anto por lerui que satisfacen todos los que tienen derecho al auxilio de Bagages; esceptuando de esta; regla .los dependientes de esta jyiunicipauuaa que que que-daii daii que-daii libres de todo pago; mas si el referido tanto fuese aumentado por la superioridad la diferencia quedar ' favor de estos londos descontndose mensualmente al Contratista de la subvencin que se convenca. vU-rri "r'-r'i".-. 7. .: - 10. p El Excmo. Ayuntamiento pagar men sualmente de eus fondos ai Contratista la canti cantidad dad cantidad proporcional que relativamente se hubiese convenido por la anualidad, en el concepto de que no se admitirn proposiciones en la subasta nue eseedan del tino de. mu seiscientos escuuos por dicho 'servicio en iin ao. J' :'::.!v.?V ".' r--rNBiie'GESALE 2 Loa indicados productos ion loa aiguW Alquiler de I.13 habitaciones da l.5. hallan en I03 costados Norte y Sud del edificio S9 Alquiler de Iw Jiabitacionea de inamnoi! ea el costado Oeate dd edificio. n ,: ? Derecho que se cobra s revendedores v nos por el lugar que ocupati en Uparte dsen?2 la plaza.' Bttu Derecho que se cobra los que se pi tQ j , los arcos de la galera j Derecho que se cobra por I03 puestos pa t J t T carne de cerdo, carnero y moudo?. a 3! El Contratista ?e f ubroga durante el trm: ce norato de lbl derechos que tiene el Mniv,no habitaciones dlos cnarto Oeate, SnryXortedei do el nlqniler mensual que con ellos coaviaier concepto de que, las contratas que realice caur das al perodo d e3te convenioj y para cobrar mente los derechos correppondientes los que ocuS dems Indares del edificio para ventas. 01 4 El Contratista no podr exijir ni por h ti aiquuures, m p -r ua ciiuuoa uerecnos mayor can i i de la que6spresan los tipos giguientea. 2" 1 3 o 1 ,1 2 1 .1 ) m 4 4 - V 1 1 : L 11 11 11 500 1 : 11 1 1. La. contrata se har pbr.medio de'subasta pblica que se anunciara con v aias ae anticipa cin. 500 - '? 11 500 . 11 , 11 250 500 800 500 11 146 500 11 : : .Total,- Escudos 43 .196 Puerto-RicO'9 de Jnliu de-1868.'-Gk La. SUBASTAS. SEClliri'ARlA DKL EXCMO. Y U N T xV M 1 K N T O DE LA CAPITAL. 12." Las proposiciones se harn pliego cerra dg ante la Junta Municipal de subastas el dia y hora que prviamente se seflle. 13. Los licitadures debern, acompaar sus respectivos pliegos recibo del,Depositano de es estos tos estos fondos Municipales en que conste la consig consignacin nacin consignacin de cuatrocientos escudos para responder sus proposiciones. . 14. Esta suma se retendr al T que obtenga Bue na pr y s devolver los dems licitadores. 15. Si el rematador dejase desierta su prop'si cioh posesionado del remate diera motivo la rescisin del contrato se sacar de nuevo a subas ta por cuenta de dicha garanta y si sta' no i canzase de sus dems bienes. i 16. El remat s adjudicar al que mas venta jas ofrezca a, estos fondos, mas si en el acto de la subasta r resultasen, dos o, mas proposiciones igua les se abrir licitacin verbt.l entre sus-autores por trmino de diez minutos. 4 17. Los pliegos de proposiciones r estarn redac tados ni esta forma,. 1 -' v T Sr. Corregidor Presidente de la Junta de. su bastas. N. N. yecinb.de : ; . enterado su mayor satisfaccin dl pliego de condiciones para la con trata del suministro de-Bagnges do esta Ciudad, que acepta, en todas sus partes y se constituye cumplir estrictamente; propone hacerse cargo de dicho servicio por la cantidad anual de.'. .exhi biendo en garanta de esta proposicin la cantidad de 400 escudos; : 18. El remate no causar efecto si no fuese sancionado por el Superior Gobierno. : Por lo tocante; este contrato; deber el que l celebre, renunciar todo fuero derecho y consti- .je X '. '''! II J l:t...il' -1 1 luirsu a t'Har y pasar por ei iano ue la auioriaau Superior Gubernativa. ( i U ' Y se-hace notorio para la concurrencia de lici- tadores. Puerto-Rico Julio 4 de 18G8. Federi co Asertjo. Por alquiler mensual de cada una de las ha, bitaciones piezas que se hallan la en entrada trada entrada de la puerta principal y de las otras dos contiguas la cruja del Este pormc 'a Por id. de las restantes incluao las de madera Por derecho de. cada puesto para la venta de carnes de res y cerdo, Piendo obligacin del contratista mantener arregladas las pesai y balanzas que hay en la actualidad, comple completando tando completando el nm. sino hubfese suficientes y 'proveer de peaa3 nuevas cuando ee adopte el sistemk mtrico-decimal como tambin proveer de picaderos y tener en el mayor estado aseo as las pesas y balanzas co como' mo' como' las mesas . ." .. . ".' . . . . Porcada puesto para la vvtita de gauado ca brio por da. ',. ... ... ... . ............ Por cada puesto de mondongo Por cada puesto para el espedio de frutos, ; entendindose un slo vendedor que podr r ocupar el. lugar que coi responda estricta estrictamente mente estrictamente al ancho y largo de los arcos, dejan dejando do dejando libre el trnsito de la3 galeras por dia Por cada puesto. de cuatro varas cuidradas para un solo vendedor al aire libre por dia e;di. 16 ; l 2 id. 1 id. 500 ai 200 il 100 id- 5 El tanto de las mensualidades en que se subate arrendamiento deberi pagarlo el contratista por aJd&u aJd&u-tadoj tadoj aJd&u-tadoj 'y la falta de abono dos mensualidades coasecst- vas har4 caducar este contrato que se sacara & nueTi sabasta por cuenta de la garant i que mas adelante t espresa. 5 : i 6" Es obligacin del Contratista cuidar de que las pa redes interiores" y esteriores del edificio y loa piios t hallen constantemente limpiaB : Va Tendr a su cuidado las llaves de las 5 puertas 4i entrada al mercado las cuales cerrar a Iaa once de U noche.-'--' .Y-..' 8 1 "No tendr l Contratista resnonsalilidad por el de terioro natural del edificio, ni por los depperectos qnr sufra -causa de fuerza mavor. como terremoto &,Ptm si la tendr por los detrimentos que causen Jos abmiw y falta de vigilando; cuyo fin es e su obligacin mas -. i i'. 'i ,T i: ?. ... nertoao ei eamcio en ei mayor csiuui u uuijrc; ejecutar las obras menores que no pasen de vc:r.t cdos.' t-'r m-.i.: & mil CONDICIONES GENERALES. ! La contrata ee verificar ante la Junta de Su' ti tas el dia y hora prefijadas. 2a Las nroposiciones se haru en pliego cerrado coa- form al modelo adjunto; y junto con ellas se eatgiri recibo de la Depositara en que conste se han consignado los cuatrocientos escudos que se estipulan como garant de cada proposicin.- ; , 3a No sern admitidas las que no cubran ci ujwu. 1.400 escds.:500 mis. por el "arrendamiento deuncei ni las que lo sean acompaadas del recibo de que lubJ la anterior condicin. 4a Los pliegos d proposiciones se presentaran el t& Ae rr?nmatsf ln Urntapirm: fif leern los opositores t tas condicione! y seles darn las esplicacionea y ckf ciones que pidieren, verificado lo cuai ei que iw se conforme podr retirar su oferta procediendoae ewfr gnida la apertura de lo pliegos restantes; llegado J caso no podr retirarse ni admitirse proponuon algo 5! La buena PRO se dar al qr.e nnyor can ofreciere, pero si resultaren dos 6 mas proposicionei lea se abrir licitacin verbal entre, sus auorci por trmino de quince minutos. . j. V 6a Para que causo efecto la subasta ti indtfjtfasw quo obtenga la sancin del Gobierno Superior m i J requisito no tendr valor ni la. aceptacin de b El contratista deber renunciar, jwr r este contrato, todo fuero derecho y las cuestin por consecuencia de puedan ucitar?e fe resol tb con su-cion lo que dispone el art. 70 del Remon Remonde de Remonde Administracin de pnjpios. -a 8a Otorgada por el Superior Gobierno la aprobi correspondiente deber el contratista elevar cite ew to escritura pblica y otorgar fianza en dinero o urbana de esta Ciudad por la tercera parte ca anual del arriendo; pero la finca ha de prenUrw ; libre degrivamen por el import triple de la MODELO DK PROPOSICIONES. t INTENDENCIA GBNBRAL V IE IACIK3STDA publica de la Isla.de Puerlo-Rico. Ignorando la Intendencia el punto en don don-ae ae don-ae rssida actualmente el Sr. D. Agustn A1- El dia quince del corriente la una le la tarde se hallar reunida en las salas Consistoriales la Junta de subastas, con objeto de contratar el ar arrendamiento rendamiento arrendamiento del suministro de Bagaces de esta jCiudad, conforme al siguiente Pliego de Condiciones para contratar el servi servi-jcio jcio servi-jcio de Bagajes de esta Ciudad: 1. p La contrata del suministro de Bagajes du rar hasta fin de Junio de 1SG9, pero si por cual: quier evento para esta' fecha no hubiese sido posi posible ble posible renovarlo se considerar ampliada por uno 6 A las doce y media del dia 15 del corriente ee bailara reunida en las Salas Consistoriales la Junta d Subastas con objeto de contratar el arrendamiento de I03 produc productos tos productos do la Plaza mercado de esta Ciudad con sugeciou al siguiente PLIEGO DK CONDICIONES. 1! La Subasta tiene por objeto la cesin cu favor del que mayor cantidad ofreciere en el acto del remite de I03 productos de la Plaza mercul desde l? do Julio del cor corriente riente corriente aHo harta el 30 do J;i:jo de 1809. D. N ... Ni ... de este vecindario F j u. entera satisfaccin del pliego de coadicionp Pj rendamiento do los productos de U l11 cgIpf cado de esta Ciudad las cuales cfrcZC0. j ci cien en cien todas sus parte v propongo li iccrme Jt ncrales. Techa y firma del licitador. 1 Js! 1 para la coucurrcncli do licitatlores. I'"0 do 1863. Federico Ascnjo. - ; ; ; ; : INGRESOS. . ; .. ' :i867 CS 1 868 69 R E S U M E N ji Escudos. Escudos. ; Seccin l.' Contribuciones impuestos. .. ... ... . .) 147,148 ;- 143,331 " 2. Aduanas........... ... :. r. ....... 1 ; 133,617 .3. rt Rentas estancadas. . ..... . . . ..... 35,816 '. . 55 Jdem de Loteras... ...... j. ... v 62,404 w ; 'V 5. Bienes del Estado.... j. "v 7,000 6. d Ingresos eventuales.. ; 96 v Total general ... ... 147,148 382,264 DE HACIENDA PUBLICA DE LA LSL D PTO.-RICO. Mc de.Julb de 18GS.Presupinslo de ingresos ; Olculo fonnado con arreglo, lo dispuesto en el artculo 11 de la Real Instrucion de 7 d kazo de Xo0yuoxuiJiU5v;w Ww wuwuwa puouau touoi ugur en ei inaicaao mes por ios ramos aei ArtculsJ CaptuL. i. 1. 2. 3. 4. 2. 3. idicioaal nico. 1. 1. 2. 3. 4. 5. 6. 2. 1. 2. 3. 4. 5. 6. 9. 10 3. u meo. 1. 1. .2. 3. 4. 5. cT. 8. 9. iicioaal nico. nico. nico. dicional nico. Vico. 6. SECCION; 1; f: ---Contribuciones impiieslos. O API TUL 0 1 "Contribucin territorial impuestos sobre la propiedad. Subsidio.-. . . ... . ...... .... ..... Derecho de tierras Contribucin para Culto y Olero. Primicias : CAPITULO 2.. Impuestos por conceptos especiales. Arbitrio sobre venta de rom CAPITULO ADICIONAL Ejercicios cerrados. Resultas de Presupuesto cerrados . . . . r .; Total de la Seccin 1. rt SECCION 2. --Aduanas. : INGRESOS. 1867 685 Escudos. 182451 2543 11049 1787 1868 G9 Escudos. 89421 3318 147148 CAPITULO Derechos generales de A rancel. Derechos de Importacin. Dos por ciento do Importacin extrangera Medio rjor ciento de Aduanas y Muelles . Toneladas. . Ancoraje. . . . Balanza. . CAPITULO 2. Derechos especiales. Medio por ciento sobre el derecho de Importacin Jemoara Caminos Faro.. . ........ Limpia del Puerto -. Depsito Mercantil. Recargo de derechos por castigo ..... . ... Derechos de Interpretacin . Idem de las Capitanas de Puertos . 53910 . . ' CAPITULO 3. Comisos. ' Parte correspondiente la Hacienda. . . : Total dla Seccin 2. rt SECCION 3. -Rentas estancadas. ; CAPITULO Ia Efectos timbrados. Papel sellado . Papel de multas. Papel de reintegro. . . . . Sellos de Correos. ........... Documentos de giro, . ,. i.;..."."... . Derechos judiciales . ... . . oenos e folela. . Sellos de ttulos ....... p CAPITULO AD1 CIOAL Ejercicios .. .cerrados. : -... Resultas de Presupuestos cerrados . ; . . , ( 4 Total de la Seccin 3. d . . - SECCION 4 w- Renta de Loteras. 94449 10221 3176 12897 456 1154 3176 176 1106 1279 478 .212 378 1027 432 133617 13087 3811 1362 10686 1368 3042 , 450 210 1 -'i CAPITULO UNICO. Venta de billetes ..... :. . . Total de la Seccin 4. rt . SECCION 5". Bienes del Estado. CAPITULO ADICIONAL. -Ejercicios cerrados. Deudas por resultas de Presupuestos cerrados. .! 1800 62404 .Total de la -Seccin 5. a SECCION 6. rt Ingresos cvcntaales. CAPITULO UNICO. Diferentes conceptos. " "" . .... Manda-pia '.-religiosa. . . Total dla Seccin 6. 62404 7000 7000 i. ti 143331 Puerto -Rico .1.' de Julio de 1868. El Contador. Jos Vasauez Lonez. V. o iR o : ni mienaente, J os Kiero. El da quince del corriente las tres de la tar de se hallar reunida ? en las Salas consistoriales la J unta de subastas con el fin de contratar ; el ar arrendamiento rendamiento arrendamiento del rafe del Teatro je esta Ciudad, conforme al siguiente , .. Pliego de condiciones. If La contrata se har por el trmino de un ao que empezar en el presente mes y concluir en 30 de Junio de 1869. : 2? El rematista tendr obligacin de mante ner en perfecto estado de limpieza el saln en que se halla el caf, y sern de su cuenta las repara ciones que al efecto se necesiten. 3? Se prohibe al contratista destinar, el citado saln ; otra cosa que no sea el servicio' del caf. 4a El contratista deber abonar al Excmo. Ayuntamiento cuatro escudo? or cada vez que se abra el cat para el espendio, con-motivo de alguna funcin en el Teatro, y el pago ser ade lantado el mismo da de la funcin. 1 5? No se admitir proposicin alguna que no venga acompaada del documento que4 acredite la consignacin en Depositara de la cantidad de cien escudos como garanta de la misma y para servir de fianza del contrato al qUe obtenga Ja buena pro. l ; : Cr Las proposiciones se harn en: pliego cer rado conforme al modelo adjunto y acompaados aei reciDo ao que naoJa la anterior conaicion.t 7f ,;bi en el acto del remate resultaren dos o mas proposiciones iguales se abrir licitacin ver bal entre sus autores, por el trmino de quince minutOS.i. :.- :t y::-..; 'y.. Sf El remate no causar efecto sino despus de obtenida l aprobacin Superior. : IO EI rematista renunciar con respecto a es este te este contrato-todo-fuero denocho; y las cuestiones que de l puedan surgir s resolvern segn lo prescribe el articulo 70 del; Reglamento de Admi nistracin de propios, v r : JModelo de proposiciones. D. N..N. de ste vecindario impuesto mi entera satisfaccin del pliego de condiciones pa ra el arrendamiento del cat del Teatro de esta Ciudad las cuales ofrezco cumplir en todas sus partes y propongo hacerme cargo de dicho arren damiento por a cantidad de. ..escudos por ca cada da cada funcin en que se abr al espendio el caf; acompaando en garanta d esta proposicin re cibo del Depositario en que. consta haber consig consignado nado consignado i los cien escudos : que: servirn tambin de fianza del contrato si obtengo la buena pro. -Fecha y firma. '.i-viry: :.: .v-t'.-M J ': Y se hace notorio para la concurrencia de li diadores. -Puerto-Rico Julio 4 de !86S. rico Asenjo. A la uua y media de la tarde del dia quince del cor corriente riente corriente se hallar reunida en las Salas Consistoriales la Junta de. subastas con objeto de contratar el servicio de limpieza pblica de esta Ciudad conforme al siguiente PLIEGO DE CONDICIONES. 35816 96 96 1 Es obligacin del Contratista verificar la limpie za de las basuras de esta Ciudad, inclusos los barrios de a Marina, Ballaj V Y Puerta de tiena hasta terminar la 3 lnea en todos los dias dla semana & escepcion de loa Domingos y Fiestas enteras, desde la hora en que sale el sol hasta las dos de la tarde ;, recojiendo en carros des tinados ai electo las basuras que se hallasen en ; la parte interior de las puertas de las Casas, sin repugnar los cas cascos cos cascos de vidrio, lozas y otras especies que produce el uso domstico volver al mismo punto Tos embases reco: iendo las basuras que puedan haberse derramado al con ducirlas y verterlas en el carro comprendindose eu aquellas las del barrido de las Calles y las del uso inte interior) rior) interior) de los Cuarteles. Los cascos y desperdicios de los estauiecimientos mercantiles, iaornes y aem s ti acu de hornos, el exterior de las cuadras y cuanto no se menciona arriba ser de cuenta de los interesados su ex portacin ; sin que puedan obligar al contratista del ra ramo mo ramo que por su cuenta lo verifique. 1 2 is tambin obligacin del Contratista liacer -el bamdo de las calles todos los das y las mismas horas que selala anterior condicin para cuyo efectos se le darn veinte presos, empleando por su cuenta en este servicio dos carros pequeos de mano; cuya construccin y entretenimiento ha de costear. o Vantl cas dlos caos por donde salen las aguas de la Ciudad, fin de que est siempre espedita la corriente de las t i j t- i.:u asnias, como lamoien las Docas ae ias aicaiiiunuji cu eu desage al'. mar ,' i :ir 'f -'" 4! Es obligacin del Contratista. conducir los carros con la basura al mar por la parte del matadero donde se le prevenga siempre quo no quiera nilizarFc de ellas fuera del puente de San Antonio. Para que este servicio de limpieza pblica est asegurado todos los dias, tendr el contratista en ejerci ejercicio cio ejercicio continuo seis carras grandes y los dos de manos in- dicados cuando menos, y el nmero de peones y muas q buyes necesarios con la reserva que cale ule, convenien conveniente te conveniente para que en el caso de descomposicin enfermedades &c, no se paralice el servicio pblico ni falte en ningn uia ae ios senaiaaos, y en caua carro ae ios granaes pon pondr dr pondr una campanilla p ira avisar con su sonido los veci vecinos nos vecinos para que puntualmente saquen todas las basuras las puertas de Calles. "v : ; r. G? El Ayuntamiento se obliga pagar mensualmente al Contratista la cantidad respectiva en proporciou 4 la en que se remate el ramo de limpie.a. si fuerfa por todo? el trmino de lacontrata la mensual que ee exprse. f 7 La contrata durar un ao, empezando contar, desde 1? de Julio prximo desde cuya fecha el Catraita $ desempear el servicio de la exportacin de basuras ba- Excmo. 'j 811 responsabilidad y la de pagar los daos Jy perjiii-" cios en su ueiecco -- - 8 El Contratista para garantir la seguridad del ser servicio vicio servicio prestar dentro de quince dias de aprobado el re remate, mate, remate, una fianza en favor del Ayuntamineto por el impor- te del valor de la tercera parte del remate con hlpotoca en i finca rstica urbana que no sea de manera. 9. ;f q se admitir proposicin alguna en el acto de remate -que.no vaya afianzada con recibo del Deposita Depositario rio Depositario que ; justifique haber consignado 400 escudos queso consignar al acto de hacerlo en el Presidente V de la Junta respectiva cuya1 suma sera devuelta al rematador tan luego otorgue l garanta que expresa, el art. anta-i rior, y las no rematadores, terminado que sea e acto de remate j: ,. KJr v. -, -. 10 p Cuando el contratista falte al cumplimiento de la condicin tercera sufrir p r e mismo hecho un des descuento cuento descuento de doce escdo en la mensualidad; cuando deja algn dia de los sealados sin hacer la limpieza de la Ciudad el descuento ser de cuarenta escudos; do otros cuarenta si por su causa no se efecta el barrido do las Calles; y : de 'cuatro escudos cuando deje de barrer de estracr las basuras de alguna Calle. Por la reincidencia se descontar el doble. : '. -V, ..-..',. trrEs-fibiigaeiuu .del Cuntmfgta uagaT'tmYiglYd que pueda establecerse sobre los carros por todos los quo ocupe en el servicio de exportacin de basuras. y CONDICIONES GENERALES; : -t 12 L contnw a' se har por medio d subasta pbli ca que se anunciar con 30 dias de auticipacion. 13. Las proposiciones se harn pliego cerrados ante la Junta municipal de subasta el dia y hora quo previa previamente mente previamente se sealen. : ; I 14 Los licitadores debern acompaar sus. respecti respectivos vos respectivos pliegos recibo del Depositario de estos fondos Munij cipales en que conste la consignacin de 400 escudos pa para ra para responder sus proposiciones. ?; . ...... ,,15. Estisuma se retendr' al que obtenga buena pro y se devolver los dems licitadores. f 16. Si el rematador dejase desierta su proposicin posesionado del remate diera motivo la recision del contrato se sacar de nuevo subasta or cuenta de di di-cha'garanta cha'garanta di-cha'garanta y si esta no alcanza, de sus dems bienes,- 17. El remate se adjudicar al que -mas .ventaja ofrezca estos fondos, no escedieudo de Ja cantidad de 6,400 escudos; mas si en el acto de la subasta resulta sen dos 6 mas proposiciones iguales, eo abrir licitacin verbal entre sus autores por trmino de diez minutos. f 18. Los pliegos de proposiciones estarn reda'ctad en esta forma. " i Sr. Corregidor Presidente de la Junta de Subaitaa. N. N. vecino de. .'.enterado su mayor satisfaccin del pliego de condiciones para la contrata del servicio do exportacin do basuras de esta Ciudad, que acepta, cu todas sus partes y se constituye cumplir estrictamen te; propone nacerse cargo ue aicno servicio pona canu- dad anual dq. . .exnioienao en garana ue esia pro proposicin posicin proposicin La cantidad de 400 escudos- 19. E rem tte lio csar efecto sino fuese sancionadDi por el Superior Gobierno. o: -"'-i Por lo tocante este contrato deber el que lo celebre renunciar todo fuero : derecho y constituirse estar y pasar por el fallo de la autoridad superior gubernativa. Y se hace notorio para la concurrencia de licitadore. - Puerto-ltico Julio 4 do 18G8. -Federico Asenjo. '! : Pede- El dia quince de! corriente las dos de la tar tarde de tarde se hallar reunida en las Salas Conaistorialoa la Junta de subastas con objeto de contratar el arrendamiento de la Pescadera de esta Ciudad, conforme al siguiente Pliego de condiciones jpara la subasta cUl arrendar arrendar-miento miento arrendar-miento de la Pescadera de esta Ciudad ' 1 - - ; -c- - 1 ? Es obligacin del rematista manfener el edi edificio ficio edificio en el mismo e3tado en que se le entreguo por el Ayuntamiento siendo do su cuenta cuan cuantas tas cuantas reparaciones necesitare, en el concepto da quo concluido el trmino del arrendamiento, deber devolverlo sin la mas mnima lesin. ; 2? El rematista queda relevado del cargo que so expresa en la condicin anterior, siempre que la ruina deterioro del edificio proceda do al algn gn algn terremoto cualquiera' tr caima patenta, agena de su voluntad. ; 3 fe prohibe al contratista subarrendar la pescadera, pero podr dedicarla al objeto que mas; le plazca. 4? El arrendamiento durar hasta fin de Junio de 1869. 1 : 5? No se admitir proposicin alguna que se presente sin el documento que acredite la con consignacin signacin consignacin de cieR escudos como fianza de ella ni tampoco la que no cubra el tipo de setecientos veinte escudos por el arrendamiento de un ano y el escdente del remate ser satisfecho' por men mensualidades. sualidades. mensualidades. ; 6? Para responder de los deterioros que pueda tenerl edificio y para garantir la seguridad del pasro ; presntal a el rematador una fianza de cua tro cientos escudos que depositar en la caja mu mu-fiicDl fiicDl mu-fiicDl : 6 ?en finca urbana satisfaccin del Excnio. Avuntamiento. cuvo valor sea de una ter cera parte de la grantaen dinero. 7fr Las proposiciones s harn en pliego eerra 6o con arreglo al adjunto modelo. S Al acto de presentar los licitadores sus plie eos respectivos cerrados se leern estas condicio nes v se admitirn y resolvern las observaciones que se le Hagan, pudiendo Jos que no estuvieren conformes retirarsus proposiciones ; mas despusc de abierto el primer pliego no se admitir obser observacin vacin observacin alguna i podrn retirarse los dems. ; 9 Si en el acto del remate resultaren dos mas proposiciones iguales se abrir licitacin ver verbal bal verbal entre sus. autores. ; 10. La falta do pago dos mensualidades segui seguidas das seguidas de arrendamiento ser un motivo suficiente para sacar nueva subasta por cuenta del con contratista tratista contratista el que expresa este. pliego. U,yj'...' 1 ll J El rematador responder con la garanta Qu exnresa l condicin sesta v con sus bienes 1 bidsy por haber de las prdidas, daos y .per .perjuicios juicios .perjuicios que resulten del nuevo convenio. ; 12. Si sacado nueva subasta el arrendamien to de que se trata por abandono falta de cum- plimientodel rematador, no se obtuviesen licitado- re, se administrar el ramo por este Ay untamien- to,8ienuoue cuenta ae aquei ios gasios ue auiin iiistracion y la diferencia de arredamiento.que se obtengan. ; Y- ; 13. El remate no causar efecto sino mereciese la aprobacin superior. 14. Ha rematista reuunciara con respecto a es te contrato todo fuero derecho ; y las cuestiones que puedan suscitarse por virtud de l se, resol Yern con arreglo lo que dispone el artculo 70 del Kegiamento oe Administracin oe propios. . 15 El rematista: se someter tambin en un to todo do todo la instruccin provisional vigente para todos los servicios municipales, expedida en 6 de Julio de 1859 inserta en la Gaceta de 5 de le mismo ao. y. : ; 7. Por consecuencia de la condicin que "pre "precede cede "precede son de cuenta del contratista todas las repa reparaciones, raciones, reparaciones, blanqueo y pintura, que aquel necesita, menos aquellos que sean causados por fuerza ma mayor yor mayor como terremoto, rayo 8. El Contratista podr dedicar el corral al uso que le convenga en el concepto de que todas las mejoras que naga quedaran a beneficio del mismos. ' : 9. No ser obligatorio persona alfrnna el depsito en dicho corral de Caballeras, muas cualquier otro animal, pero el contratista no podr escusarse oe admitir ios que se le confien. 1 U. rodr lijar su placer, mas previamente para evitar discordias el tanto diario oue deban satisfacer los depositadores de bestias, pero por las que vayan en el concepto de presas 6 se deposi depositen ten depositen por la Autoridad, no podr exiiir mas nue 200 muesimas uiana con oDiigucion ae mantenerlas. lir Est en la facultad del arrendatario no en tregar, animal alguno .que se le confie sino se le solventase lo que haya devengado. r. 12. Es responsable de las bestias que s le en treguen para con ios que las u opositen. Agosto 1G. Aprobado que sea el remate por el upe rioT Gobierno proceder el rematador formlizar ia corresponaienie escritura puunca revesuua ue toda las formalidades y requisitos legales. , MODELO DE PROPOSICIONES. D. N .N . del vecindai io de. . ; . enterado toda mi satisfaccin del pliego de condiciones para la contrata de. arrendamiento de la pescade pescadera ra pescadera de esta Ciudad asi como de la instruccin provisional vigente para todos los remates de ser ser-Vicios Vicios ser-Vicios municipales expedida en 6 de Julio de 1859 A inserta en la lia ceta de fa de Acost del mis- jo ao, cuyos antecedentes rae someto ofrecien ofreciendo do ofreciendo Cumplirlos extrictamente, propongo hacerme cargo del arrendamiento citado por la cantidad de.l. .que me comprometo satisfacer reli religiosamente giosamente religiosamente en moneda oficial, su equivalente cada tintie mes, dando en garanta ae esta pro- pQSicion el recibo que acredita haber consignado en Depositara la cantidad de cien escudos. Fe Fecha cha Fecha v firma del Iicitador. Y so hace notorio para la concurrencia de lid iadores. Puerto-Rico, Julio 4 de 868.Fcderko CONDICIONES GENERALES. 13. La contrata se har por medio de subasta pblica que se anunciar con 30 dias de anticipa cin, v : 14. Las proposiciones se harn pliego cerrado ante la J unta Municipal de Subastas el da y hora que previamente se senaian. 15. Los lictadores debern acompaar sus respectivos puegos y recioo del depositario de es estos tos estos fondos Municipales en que conste, la' cousicna cion de 250 escudosj para responder de sus propo SlClOneS. ; ;-vi-; v 16. Esta suma se retendr al que obtenga la buena peo y se le devolver los dems lictadores 17 Si el rematador dejase desierta su proiosi proiosi-cion cion proiosi-cion 6 posesionado del remate diese motivo la rescisin del contrato se sacar de nuevo subas ta el arriendo del corral por cuenta de dicha garan ta y si esta no alcanzase, de los dems bienes. 18. Si en el acto de la Subasta resultaren dos mas proposiciones iguales se abrir ; licitacin verbal entre sus autores por trmino de 10 minutos. 19. Los referidos pliegos estarn redactados baio esta formula, r ; v ; Sr. Corregidor Presidente de la Junta de Su bastas.- N. r. vecino de. ..... . enterado mayor satisfaccin del pliego de condiciones para el arrendamiento del corral de Caballeras de esta Capital que acepto en todas sus partes y s con tituye cumplir estrictamente, propone hacerse cargo del referido arrendamiento por la cantidad anual de. . exni niendo en garanta de esw pro posicin id canLtasxrna5cmms: su Por lo tocante este contrato deber l que lo celebre renunciar todo fuero derecho y consti tuirse estar y pasar por el fallo de la Autoridad Snpenor Gubernativa en las cuestiones que pue dan suscitarse las que debern controvertirse por la via contenciosa administrativa. Y se hace notorio para la concurrencia de lic lictadores. tadores. lictadores. Puerto-Rico Julio -4 de lSGS.-rFcJerico sus proposiciones pero la mas ventajosa que se presente servir ae upo para la suoasca que se efectuar verbalmente 'entre todo3 los que ten gan depsito por el trmino de quince minutos. 7 Para responder de la taita de cumplimiento i esta contrata y garantir la seguridad de los pa- a-s. el contratista presentar una fianza de ciento veinte escudos en dinero que se depositarn en la rjiia municiDal. . t i 11 l 1 ' 1 i $ o en ei acto aei remate resultaren uos o mas proposiciones iguales se abrir entre sus autores . i i i r r j - licitacin veroai por ei termino ue .uuuice mi ntcs. .. V : '". 9? La falta de pago dos mensualidades segui das del arrendamiento ser motivo suficiente pa ra sacar nueva subasta el servicio por cuenta del contratista. 10 Si sacado nueva subasta el arrendamiento de que se trata, por abandono falta de cumpl miento del rematador, no se obtuviesen licitado licitado-res, res, licitado-res, se administrar el ramo por el Ayuntamiento siendo de cuenta de aquel los gastos de adminis tracion y la diferencia de rendimiento que se ob tenga. 11 jl remate no causara electo sino mereciese la aprobacin superior. 12 El rematista' renunciar con respecto este contrato todo fuero derecho v las cuestiones que puedan suscitarse por virtud de l se resol vern con sujecin lo que dispone el artculo 70 del Reglamento de administracin de propios. MODELO DE PROPOSICIONES. Don N. N. de este vencidario enterado toda mi satisfaccin del pliego de condiciones para la contrata del arrendamiento del Jardn dla Prin cesa de esta ciudad las que me someto ofrecien- lo cumplirlas extrictamente, propongo hacerme cargo de dicno arrendamiento por la cantidad de... .escudos que me comprometo satisfa- cer religiosamente en moneda onciai o su equiva lente cada nn de mes; dando en garanta de esta proposicin el recibo que acredita haber consig nado en depositara la cantidad de cincuenta es cudos. Fecha v firma del Iicitador. Y se hace notorio para la concurrencia de lici tadores. Pto.-Rico Julio 4 de 1868. Federico Asenjo. ANUNCIOS OFICIALES. A las doce del dia quince del corriente se halla tA reunida en las salas Consistoriales la Junta, de .Subastas con objeto de contratar el arrendamien- , to del yorrai de uaDaiienas ae esta unidad con i ........ "urreiriu; ai oiguicutc ....... ; ' Pliego de Condiciones para contratar el arren damiento del corralde Uabaueras y depsito de iranadodeesta Ciudad; 1 El Contrato durar hasta el 30 de Junio de 1S68 pero si por cualquier circunstancia "pa- Ya. esta, fecha no hubiera sido posible renovarlo se - j. considerar ampliado por uno dos meses mas en lo que se vuelve contratar. ; 4 ; 2. w JNose aomire proposicin aisruna menor &$ 1 ,200 escudos, tipo qu se fija por l arrenda talento en un ano. ; V 2. Esta cantidad 6 la en que se verifique el firrandr deber satisfacersA nnr trimstrps aHlinJ tados, de por mitad entre este Ayuntamiento y la casa de Beneficencia condueua del corral. 4. La falta de pago oportuno causara la cadu caducidad cidad caducidad de contrato" y se sacar , nueva Subasta por cuenta de la garanta. ; f Esta consistir en efectivo metlico que deber depositar el rematista en estas arcas Muni Municipales, cipales, Municipales, por valor de la cuarta parte de la totalidad ;,3fiJ irriendo :' .J'v :; ;..,v -;----'-- ;' 6 9 Esta garanta no se cancelar sino despus que ei Contratista aya entregado el corral en el iniaib estado qu lo recibi satisfaccin del Mu Municipio, nicipio, Municipio, para lo cual se le' posesionara de l con las lormaluaaes ueujuu. El dia quince del corriente las dos y media d la tarde se hallar reunida en las Salas Consis toriales la Junta municipal de subastas con obje to de contratar el arrendamiento del Jardn de la Princesa conforme al siguiente PLIEGO DE CONDICIONES 1? Es obligacin del contratista mantener siem pre cultivado y sembrado de matas de flores el terreno que comprende el jardn, euyo efecto se le entregar por dos peritos nombrados por el Cixoniu. AyuuuiuiieuLa que certiuquen ia exten extensin sin extensin dl terreno en cultivo, nmero de arboles y matas de cada clase y estado en que se hallen; y los mismos lo recibirn por ese certificado cuan do termiue la contrata siempre que no acredite que un temporal alguna plaga le han destruido las plantas. . -f : -; r . 'y :: 2? El Contratista tendr la obligacin de sem sembrar brar sembrar y cultivar una mata nueva de la misma cla clase se clase de cada una de las que durante el -tiempo de su contrata puedan morir por enfermedad otra causa cualquiera; y sembrar y cultivar adema. en el mismo periddo, dos docenas por l menos de arboles matas nuevas que den flores finas esco escogidas gidas escogidas su gusto. 3 Se prohibe al contratista ? dedicar ni el todo ni parte del terreno del jardn otro objeto que la siembra de flores cscepcion de veinte varas cuadradas en las que podr levantar una pequea casita de madera de solo cuatro va varas ras varas de alto para conservar los instrumentos de la branza y resguardarse de la lluvia I03 peones que ocupe en aquella; previo l necesario permiso de la autoridad competente para levantarla. 4? El arrendamiento ser por un ao; desde el mes de Julio corriente hasta SOde Junio de 1SG9; durante dicho tiempo el contratista podr vender los frutos y florea al precio que le acomode. 5f Las proposiciones se harn en pliego cerra cerrado do cerrado y con arreglo al adjunto modelo, debiendo pre presentarse sentarse presentarse acompaados de recibo del Depositario de los fondos funicipales en que conste que so ha hecho el depsit de cincuenta escudos como garanta que se exige cada proposicin. 6 Los postores no tendrn lmite alguno para Secretara de la Alcalda y Municipal de Santa Isabel.- Ue orden del beor Alcalde, ha sido de- -- - - . positado en poder de' ios bres..Uanevaro y SeffiO ril, un caballo que fu encontrado en el barrio de Tanca de esta jurisdicion, color saino amarillo, castrado, la pata trasera derecha blanca, paso menudeado, de mas de seis cuartas alzada y como de ocho anos de edad. ;, Y lo hago notorio los efectos dispuestos en el bando de polica y buen gobierno. Santa Isa bel Julio 1? de 1868. 'Jos R. Navarro Secreta- io. ; V? B? El Alcalde, de Corbacho. 3 Alcalda Municipal de Aguas Buenas. Relacin de individuos a ue han sido sornren- , i didos en juegos prohibido, en un corral, por el comisario de esta poblacin U. Jos Mara Uaba llero. . ; , Penas impuestas. Nicols Pereira, i orualerb, .... 10 . dias Crcel. Cirilo Monserrate.. . ..iL I IlO.'. .id. .. .".id Cruz Mulero.. ...... ..id. II 10. '..id. '."..lid. Juan Crisstomo Lpez. id. ; ; .10. .id ... .id. Raimundo Rivera. . .id. Nicols Mercis. .id. Luciano Ramos. ... .id. Simn Ortega id. Telsforo Ramos ..id. Aguas buenas 2 de Julio de 1868.- Fran Francisco cisco Francisco Gonzlez .. .. . .10.-. .id. . ..id. . .10. .id. . .id. . .10 id id ..10 id. . lid ..10. .id id. Yabucoa30 de Junio delfir.ft t?i o. J -1 T MfA Zoilo M. Abril. V? B? Gutirrez. plaza de esta Alcalda dotada con 400 j juuuicn, uougiac ojiuiuu voluutariaaient 1 que la servia en virtud de reforma introducida el presupuesto Municipal; la corporacin cu muu ub cslc un uturuu puuiicar ciea vacante fin ds que los interesados ocurran en el trm de ocho dias solicitar la plaza que ser pnr f o' on o) uto ronnn mniAP las n!... . capacidad y honradez. Y para conocimiento p neral libro el presente en Toa-alta 1? Je J$ Mwva.vMw VVUUU1U iClUlerflrt Y J. XJkiXttm j Secretara de la Ju uta Local de Instruccin pi. blica de Aguas buenas. Dispuesto por el Excmo Sr. Gobernador Superior Civil de acuerdo coa U Direccin de Administracin del Gobierno Supe Supe-rior rior Supe-rior la continuacin de las escuelas incompleta de los barrios Bayamoncito y Sagueyes de estaja, radiccion, la Junta local de instruccin Dblip del mismo en sesin de 18 de Hyo prximo m sado ha dispuesto se publique nuevamente la va vacante cante vacante de dichas escuelas con la dotacin que c. da una de ellas seala el estado demostrativo ra. oncauo por ei urouiernu oupenor v;ivn del ao de 1866. Todo lo que hago notorio para que lainer. sonas que deseen obtener el desempeo de las e iresadas escuelas concurran a solicitarlo previoi os requisitos marcados sobre el particular. Aguu buenas Junio 8 de 1868. Francisca Qimeaei mero. . 3 Secretaria Municipal de Aybonito. Aprobada por la Superioridad la creacin de una plaza de Escribiente para la Alcalda de este pueblo coa la dotacin anual de 400 escudos, la Municipali Municipalidad, dad, Municipalidad, en sesin celebrada en el dia de ayer, acor d se publique la vacante de dicha plaza fio de que los "aspirantes ella que renan las condi condiciones ciones condiciones necesarias para su desempeo, concurras con sus solicitudes esta Secretaria de mi cargo dentro del trmino de 15 dias contados desde esta fecha. Lo que se hace pblico por medio del presea presea-te te presea-te los fines indicados. Aybonito 22 de Junio de 1868. El Secretario, Francisco Archilla Marti Marti-nez. nez. Marti-nez. Y? B? El Alcalde, Miyars. 3 Secretara Municipal del Rincn. Noxabienilopodido cubrirse -la vacaste de mapstrn dp. esrnpla inr.nmnleta establecida DOr ahora en el barrio de Calvache con el sueldo nual de 300 escudos por no haber llenado los as Jurantes que se presentaron los requisitos del caso, a Municipalidad ha sealado nuevamente para proveer aquella plaza el da l.w del entraa Agosto. Y se hace notorio ai pblico para loa que la interesen presenten anticipadamente en esta Secretara las solicitudes provistas de la partida de bautismo y del atestado de aptitud y mora moralidad. lidad. moralidad. Rincn 2 de Julio de 1868. Jos P. Infante y Santana. V. 0 B. 0 Gavarain. 1 Secretara dt la Alcalda de Gurabo. El di 18 del anterior mes, fu capturado ea este pue pueblo blo pueblo un hombre que dijo llamarse Fliz Mara Ve Ve-lasquez lasquez Ve-lasquez y ser esclavo de D. Pascual Gorge 6 Mr. George y de Fliz Velasquez, vecinos ambos de Sabana grande. Dicho e3clavo es de color tngue- no, peio castauu, iiari icyuiai, vjv w-.- 4 dios saltones, y tiene en la parte superior de J caoeza aos cicainces. oe iiwj uuwuw r- del presente aviso, para que llegando coaexn- miento de las autoridades de los pueblos de Secretara Municipal de Aasco En esta ju jurisdicion risdicion jurisdicion exista uu buey viejo negro con man manillar illar manillar blancas, depositado en poder de Juan de Dios Valentn, el cual ha dido parte esta Al Alcalda, calda, Alcalda, de haberse desaparecido ea la noche ante rior, y se anuncia al pblico para conocimiento general. Aasco Julio 4 de 1S6S. bA becretano Jos Iglesias. V? B? El Alcalde Echevarra. 1 Alcalda de Yabucoa. Secretara. Transcur ridoel plazo de dos meses con exceso, que se die diera ra diera para recojerse por su dueo la ygu saina preada que fu aparecida en esta jurisdiccin y le que se di conocimiento al pblico por medio le la Gaceta oficial en sus nmeros 49 y 52 de 23 y 30 de Abril ltimo, y cuyo animal hoy se en encuentra cuentra encuentra jarida eu poder del depositario D. Guz Guz-man man Guz-man Cintron ; en cumplimiento de lo quo deter determina mina determina el artculo 155 del Blndo de Polica vijente, se saca subasta pblica para el da 10 del en entrante trante entrante Julio las doce del dia en las puertas de esta Alcalda. Y de 5rden del Sr. Alcalde se avisa al pblico pira la concurrencia Je lictadores. Isla, se sirvan inquirir 5 quien sea el dueo, ci, virtud, de no haber recibido aun contestaron m la autoridad local de Sabana grande, quien w obstante se reitera en esta fecha lo coaiunjcaa Gurabo Julio 1 de 1S68. Jos Llorena y un varra. V.o B.o El Alcalde, Lago. 1 COBREGrBUENTO DEL opartamonto do Iayague2. en juegos prohibidoa coa expresin de las pe3 I9 han sido lid pues tas. 31anuel Cintron infraccin al art 19 del Bando Ramn Fernandez infraccin al art?.. 1 7 del Bando Antonio Sayme, infraccin al art? .... 17 del Bando;..... Exeqniel Diz, reincidente al anterior art? 20 id. inulta 6 20 dias corcel.. Jos Rosario, id. id. id 20 id .... Bernardino Lpez id. id. id. 20 ia.. Mavasaez Jnnio 30 de 18G3. El Coronel Con Antonio de Balboa. 20 t?c 10 10 1 JLtI |