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ESTE PERIODICO SE PUBLICA -TODOS LoS ICTKS, .' 1 12 X E V S A li A I 0 i .2 nS ;,v'.- SE SUSCRIBE EN LAIMPRENTA DEL GOBIERNO CALLE DE LIF0RT1LEZ XUMERO 21. ll T. : i I ll i T ANO 18G7. i'.i j ni I n 1 i i S s. 1 l .ti SABAO 5 DE-OCTUBRE i vi U ta NUiU 120. RTE OFICIA. ' DlRECClff f E A C ri N SI RA !0N C C A L DEL GOBIERNO SUTERIOR CIVIL DELA ISLA DK PUERTO-UICO. al Excmo. Sor. Capitn General tic esta Isla: ten las medidas oportunas para que en los 24 Jc Acost prximo uasado la Real hesp etivos establecimientos de instruccin . 'j i i ... en Por el Ministerio de Ultramar se comu comunica nica comunica al Eximo. Sr. G( bernador Superior (iiil desta Isla con V t ha ? (c Setiembre la Rtrl rdm que sigu: "Eximo. Sr. En vista de la carta nm. 700 fecha 30 le JulioYil limo, la Reina q. se lia servido nombrar a propuesta de V.'E.j para la plaza de Gc-fe tltl presidio de esa Capital, dotada con cuatro mil ocho ochocientos cientos ochocientos escudos Male, al. Comandante de infantera, 1). Pedro Resano y Marn, y para la. de segundo Gt'e, con el halnr de tres mil escudos, al'Capitan de Caballera I). Javier O bregn de los Rios. De Real orden lo digo V. E. para su conocimiento y efectos cor correspondientes.'.' respondientes.'.' correspondientes.'.' Y dispuesto por S. E. en 29 del ppdo. el cmplase de la preinserta lteal ruen se cu mmica en este peridico para conoci conocimiento miento conocimiento g.. nrd, Puert-Ricu 3 de Octubre de 1867.--Carlos de Rjas. CAPITANIA GENERAL-' DE LA ISLA DE PUERTO-RICO. militar v en las academias reinmcntales se dedique una marcada atencin al estudio (le los procedimientos militares: asi como que se. teniendo en cuenta j valgin de los dems medios que estn al al cance de su autoridad, hasta conseguir que aquella instruccin se generalice en todas las clases en h proporcin debida, haciendo responsables 1 s (Jefes de los Cuerpos de las notas que en esta parte do la conceptuaciou pongan en las hojas de servicio de sus subor subordinados dinados subordinados y que no estn en armona con la su- individuos en materia que . ESTADO MAYOR. Seccin 1?. Negociado 1. Nmero 72. Orden general dd 2 de "ciIc !c I8G7 en Puerto -co. Por el Ministerio de la guerra se comu comunica nica comunica al Excmo. Sr. Capitn General de esta Isla en 30 de Agosto prximo pasado I Real Tdcn siguiente. 'Excmo. Sor.-El Sor. Ministro de la guerra dice hoy al Capitn General de Ara Aragn gn Aragn lo siguiente.-Enterada la Reina (q. D. g.) del oficio de V. E. de 26 del actual al que acompaa el parte detallado que le ha dirigi dirigido do dirigido el Teniente Coronel del batalln Cazado Cazadores res Cazadores de Ciudad Rodrigo D. Alejandro Alonzo, de la accin que el dia 22 del actual tuvo lu lugar gar lugar en Linas de Marcutll entra la peque pequea a pequea columna del malogrado General 1). Ma Manuel nuel Manuel Manso de Zniga, compuesta de 270 cazadores de aquel batalln y 50 caballos del Regimiento del Rey, y. las facciones reuni reunidas das reunidas del ex-geueral Pierard y Morioncs, con fuerza cuatro veces superior aquellas, se ha servido resolver manifieste V. E. todos los individuos quejeomponian la espresada to lumna, que S,'M. se ha enterado con parti particular cular particular satisfaccin de este hecho de armas tanglorioso que enaltece al Ejrcito y. muy particularmente los valientes que lo ege ege-cutaron cutaron ege-cutaron y quienes premiar oportunamen oportunamente, te, oportunamente, siendo su Real voluntad que esta resolu resolucin cin resolucin e publique en la orden general del ejrcito para conocimiento de todos y satis satisfaccin faccin satisfaccin de los individuos de la ya citada co columna. lumna. columna. De Real orden comunicada por di dicho cho dicho Sr. Ministro lo traslado a V", E. para su conocimiento y efectos correspondientes." De rdeii de S. E. se inserta en la gene general ral general de. hoy en cumplimiento de lo que se pre previene. viene. previene. I Coronel Gefe de E. M.--Francisco Sancuz. Seccin 1? Negociado C. Circular.Num. (Si. Vov el Ministerio de la Guerra se comunica yirilen .siguiente. ''Excmo, Sor. Hallndose considerados los Capitanes Generales de Ejrcito constan temente en actividad, y su alta gerarquia en i (q. I). g,) se ha dignado mandar que cuando se presenten en cualquier plaza no compren comprendida dida comprendida en las que se refiere el artculo 27 del titulo 1. del tratado 3. c de Ir. s ordenan ordenanzas zas ordenanzas generales del Ejrcito, seles reciba en todo caso con Tos honores espresados en el ar tiento. 11 del ttulo 2.- del mencionado fioicneia de los tratado sin que por ello tengan el mando de las tropas que no podrn ejercer sin que antes hayan obtenido e1 correspondiente Real nombramiento. De orden de S. M. lo digo V. E. para su .cumplimiento." De orden de S. E. lo traslado U su conocimiento y cumplimiento Dios guarde U. muchos aos Puerto Puerto-Rico Rico Puerto-Rico 3 de 'Octubre de 1867. El Coronel Gere de E. M. Francisco Snchez. Seores Comandantes militares de los De Departamentos, partamentos, Departamentos, Gobernador de Vieques, pri primeros meros primeros Gtfts de los Cuerpos veteranos y de milicias de esta Isla De rden de S. E. lo traslado UI para su conocimiento y cumplimiento. Dios guarde U michos anos. Puer- Kieni'dc Octubre de lSii7. El Coronel GcfedcE. M. Francisco Snchez. Seorea primeros GerY-s de los ruerpos ve veteranos teranos veteranos y de Milieiasde esta Isla. tanto interesa al bien del servicio. De Real rden lo digo V. E. para su cumplimien to, De rden de S. E. lo traslado a, U nara su conocimiento v cumnlimiento en el i 1 1 j 1 para j cuerpo de su mando. Dios guarde a U. . muchos auos. Puerto Puerto-Rico Rico Puerto-Rico tres de Octubre de 107. El Coronel Gefe de E. M. Francisco Snchez. Seores primeros (Jefes de los Cuerpos veteranos y de milicias" de esta Isla. Seccin V. Negociado G. 9 Circular nin. 95. I or el Ministerio de la-Guerra se comu comunica nica comunica al Excmo Sr. Capitn General de esta Isla en 20 de Agosto prximo pasado la Real rden siguiente: "Excmo. Sr En vistt de la comunica comunicacin cin comunicacin de V. E. de 22 de Junio prximo pa pasado,' sado,' pasado,' la Reina q. D. g. se ha dignado re resolver solver resolver que se co:isideren compi endidos enre los Geles a quienes se ha concedido i l iimi Seccin l-Ncgociado 3- Cjtcular nni. 8 Por el ministerio, de la Guerra se coma nica al Excmo. Sr. Capitn General de est Isla tn 3 de Junio prximo pasado la Rea orden siguiente. "Excmo. Sin. El Sr. Ministro de la Guerra dice hoy al Presidente del Tribunal Supremo de Guerra y Marina lo siguiente. Tomando en consideracin la Reina (q. D. g.) lo espuesto por ese Supremo Tribunal al in informar formar informar la propuesta de retiro del Carabinero ti e la Comandancia de Santander Joaqun Serrano Cataln v de conf.irmidad enn lo ma nifestado por el Consejo de Estado en pleno, en acordada de 17 de Abril ltimo, ha teni tenido do tenido bien S. M. disponer qu; la Real rden de 18 de Junio prximo pasado que tratado i'ii ios premios ue constauen (pie las ciases uc tropa han de conservar f.tcra de las filas co como mo como sueldo de retiro, quede reformada para su mayor claridad en la forma siguiente, Primero. ,(iae los aDos de v abono norvjoa.. v i ceuiianuiius, se- le Reglamento de la Real y Militar rden de San Hermenegildo que fueron reforma dos por f de 12 de Abril de 1860, se redac ten en los trminos siguientes: Art. ll. No pon ran omener eta cruz, ios oueiaies que na- de bastn de mando por Real rden de o;j ya" ndo procesados por algn delito, no de Abr ltimo los Coroneles GeLs de las medias Brigadas de ese Ejrcito, al Coronel Comandante del Departamento de Artillera de esa Isla y al Coronel Comandante exento del Cuerpo de Ingenieros de la misma. De Real orden lo digo i V. E. para su co conocimiento nocimiento conocimiento y efectws correspondientes." De rden de S. E. lo traslado U.... para su conocimiento. Dios guarde U.T.. muchos afios. Puerto Puerto-Rico Rico Puerto-Rico 3 de Octubre de 1867. El Corouet Gefe de E-. M., Francisco Snchez. Sres.' Coroneles Ge fes de las medias Irri Irrigadas, gadas, Irrigadas, Comandantes del Departamento de Artillera y exento de Ingenieros. Seccin la-Negocado 7.-Circul.ir nm. 96 Por el Ministerio de la Guerra se comu comunica nica comunica al Exc.no. Sr. Capitn General de esfa esfa-Isla Isla esfa-Isla en 8 de Agosto prximo pasado la Real rden siguiente. "Excmo. Sr. Uno de I03 elementos prin principales cipales principales de la instruccin de todo oficiil es el conocimiento de los procedimientos mili militares: tares: militares: en el curso de la carrera ocurre a casi todos, cualquiera que sea el arma instituto que pertenezcan, el tener que desempaar el cargo de Fiscal, Secretario defensor, y es absolutamente preciso, si estos servicios han de llenarse tan convenientemente como su importancia y responsabilidad reclaman, que los que hayan de practicarlos posean los conocimientos necesarios al efecto.. En tal. concepto, y desendola Reina (q, D.-g.) que nada se omita para conseguir el conve conveniente niente conveniente y acertado desempeo en la prctica dlos referidos difciles cargos, se ha digna dignado do dignado resolver'que por los Directores Generales de las armas institutos del Ejrcito y por Jo? Capitanes Generales de los distritos adop- Seccin 1. Negociado 5. Circular nm. 07. Por el -Ministerio de la. Guerra se comu comunica nica comunica al Excmo. Sr. Capitn General de .esta orden siguiente. f i-ii abonables p ira premios de constancia "Exorno. Sr. La Reina (q. D, g.)se ha y no )ara rctros; d'jbiendj nicamente te- dignado mandar que los artculos 11 y l erse en cuenta para estos el tiempo de efec tivo servicio y los abonos de campana. 2.a (ue los? premio de tre :e escudos quinientos milsimos y de veinte y seis escu escu-d:s d:s escu-d:s 'deben silo disfrutarlos aquellos que con las condiciones establecidas hayan cumpli cumplido do cumplido los plaz is, al cf.'ctb niarjad.H, antes de babero declarado suprimidos para lo suce sucesivo, sivo, sucesivo, no ptidieudo conservarse fuera der ser servicio vicio servicio como sueld de retiro al tenor dlo d spuesto tu el Real Decreto de 13 de No Noviembre viembre Noviembre de 18 Ji; y art. 3 de la Kcil or orden den orden de 17 de Ag ist i de 183 :; y que en el caso de que aquellos que lo disfruten luyan luyan-cumolido cumolido luyan-cumolido 3.5 10 ai de servicio efectivo con abonos de campaa, se les "seale res respectivamente pectivamente respectivamente cuando se retiren, do.'.e quin quince ce quince coudos niciisii.ilcs, c-ceptu indose los sar sargentos gentos sargentos quitnes les estn declaradas otras ventajas por la ley de 2 i de Abril de 18j y disposiciones aclaratorias, las cuales han de sujetarse. 3 Q ic toi cab.ts y solda soldados dos soldados de loda, las armas tienen dereHn con arre lo lo dispuesto en la rerla novenu de seYqueal dictarse las sentencias, se det.iare br.jo cualquier forma la inocencia legal del procesado. Respecto de los (pie aunque no hayan sido 'procesados, se tuviese noticia de que han incurrido en hechos faltas contra contrarias rias contrarias al mas acrisolado honor, pero acerca de los cujes no puede procederse judicialmen judicialmente, te, judicialmente, es la voluntad de S.'M. que en tal caso seMiistruya por ia via gubernativa un espe espediente diente espediente en el que, sin tratar como reo al indi individuo viduo individuo que se refiero, pero oyendo no obs obstante tante obstante su declaracin, se ponga en claro el he hecho cho hecho de que se trate, para que en su vista y despus de oirso al Tribunal Supremo de Guerra y Marina, pueda resolverse lo que en justieia coresponda. Artculo 12. Si un ca caballero ballero caballero de esta orden fue.-e .procesado por algn delito y en la sentencia que en la can-' a Ril v leu de 31 de (.:trre de 1851, sa recavere no se hiciese la Leclaracioa de la inocencia del encausado en los trminos es es-presados presados es-presados en el articulo anterior, se couside couside-rar'por rar'por couside-rar'por el mismo hecho privado de la con condecoracin decoracin condecoracin de esta distinguida rden y se le recoger, la Real cdula. Y como pudiera su suceder ceder suceder que la conducta de un caballero fuese de trtl naturaleza que aun sin ineui rir en he hechos chos hechos (pie den lugar procedimientos judicia judiciales, les, judiciales, no le hicieren, sin embargo, por las cir circunstancias cunstancias circunstancias que en ellos concurriesen, digno de seguir ostentando tan distinguida conde condecoracin, coracin, condecoracin, se proceder en este caso, con noti noticia cia noticia delns indicados hechos, la formacin del espediente gubernativo prevenido en el ar artculo tculo artculo aucj;or. Es igualmente la volunta I de S. M que no se revise espediente alguno de Ciuz de San Hermenegildo, bien" haya sido concedida negada, sino cuando den lugar ello las solicitudes promovidas' por los interesados los incidentes que natural- Uente los sometan al exmen A referido Tribunal Supremo de Guerra y Marina, De Real rden lo digo V. E. para su conoci miento y, cumplimiento, coma sueldo de retir 1 1 cantidad del mv yor premio que d'fruteu, escepcion del de 133 y 260 reales, en tuyo ca-o gozar i u como retiro el liah-jr de li l. cseiiij; mis si para obtenerlo sj l Iribieson ac-.un ili lo abonos de tieaipo 'que n fueran le cam campaa, paa, campaa, deber este disco ituvsclcs, can can-cedindoseles cedindoseles can-cedindoseles solo co no r5t;ro la candid correspondiente al premio que hubieran al al-canzadj canzadj al-canzadj sin esos abanos. 4. Que todos los cabos y solalos (pie por cualquiera in involuntaria voluntaria involuntaria equivocacin ham btcnido el retiro co i mayores ventajas (pie ls que les corresponderan al tenor de lo consigiado en los arls. anteriores, quedan sujetos la consiguiente refirma, pero sin qie deba ha hacrseles crseles hacrseles descuento alguno por lo que de bue buena na buena f hubieren percibid;) dcjinas. Y (ue al hacerse las propuestas de retiro de la clase de tropa, se especifique separadamente y con todi claridad eu la tercera subdivi subdivisin sin subdivisin referente a los servicios, cual sea el tiempo efectivo cual el de a'umo de campa- r. v 'ii il nm1 i'i 1 1 1 m ;i f l co-ici-d ilo tiitr n nrrt. llicio; cruce j rccngauchcs que no. es d I abono para cT retiro. He Real rden comu comunicada nicada comunicada por dicho Sr. Ministro 1 1 traslada V. K. para su conocimiento, consecut-nte la de tiJ'de Julio del ao anterior, inser insertando tando insertando la rio 18 de Junio tlel misjfio.11 Lo traslado U. para su conocimiento y electos consiguientes en el cuerpo de su mando. Dios guarde U.. muchos alos, l ii rto-iieo 3 rie Octubre rie 1867. Kl Co Coronel ronel Coronel Gefe de E. M. Francisco .anth-z. Sres. primeros Gefcs de los Cuerpos veteranos)- de milicias de esta Isla. cha que corresponde tolos los que por el contra- so exprese el nmero ordinal de cada uno y rio desempeilen destinos afectos empleos inferior, 3 iU contrasellas riel sorteo jara reconocerlos ni de la chse qua pertenezcan loa interesados en raso necesaim Sepelan. u por el respaldo . Seccin 1.a Negociado 3. He rden del Kxcmo. Sr. Capitn Gene General ral General se servir U manifestar si pertenece ni Cuerpo de su mando Jos Lozano. Martin natural de Mlaga de quien se reclama cer certificacin tificacin certificacin de existencia. Oios guarde 11... muchos afios, Puerto Puerto-Kico3de Kico3de Puerto-Kico3de Octubre de 1867. El Coronel (efe de l, M., Francisco Snchez. Sres. primeros Gefes de los Cuerpos ve veteranos teranos veteranos y de Milicias. IN'VKNDKNCIA GENERAL DS T.A ISLA. mu rci:i:To-uicor imi vi sueino ue sus respectivos empleos icrMta es i u i i ,l .. e ,ftinn,in,i,i -.i nitn, 1 , en todas sus tracciones, con el sello de la Ad- que se compomlia del quo tenga sc3 da b el que . i sirva en comisin y el de k parte de eobresueld nimistracioii oXolecturia y se ispenrienm en ende de ende este que sea necesaria al completo de la lo. acin teros en fracciones segn la riemanria rio que corresponda al empleo personal y lo que reste ucoernn perciDino en concepto de sobresueldo, fin que en ningn caso pueda exceder lo que- cobren por uno y otro concepto del total haber did destino que desempeen en comisin. Y respecto li de designacin signacin designacin del lugar que dichos etuplea'dos debea ocupar en los escalafones es la voluntad de S. M. se cumplan las terminantes disposiciones que al ctecto se consignaron en los artculos 04 ni 71 ilel ya mencionado Reglamento orgnico. De l'eal orden -comunicada por el referido Sr. Ministro lo traslado a V L. para su conocimiento y efectos consiguientes." Y dispuesto su cumplimiento Dor Supe i ir de creto de 29 del mes anterior, i orden det Ilustri- simo Sr. Intendente general se publica en la Gace Gaceta ta Gaceta oficial de esta plaza para conocimiento do quie quienes nes quienes corresponda. Puerto-Rico Octubre- 1. de 1807. Jil Secretario, Dominado: C. do Q liiitana. SECRETARIA. Seccion V Personal. . Por el Ministerio de Ultramar, bajo el nmero 453, se comunica al Exento. Sr. Gobernador Su Superior perior Superior Civil de esta Isla, con techa J O do Setiem Setiembre bre Setiembre jipdo. la Rri rden que sigue: 'Exento. Sr. Enterada la Reina (q. D. g.) de Jas cartas oficiales do V. h. nmeros 480 y 4S7 .de 14 de Octubre, de iSflrj, y la do 25 de Mayo v'iltimo, consultando varias propuestas para plazas de oficiales quintos y otras do subalternos de esa Isla, ha tenido a bien disponer se manifieste V. E. que las relativas a las de los interesados designados en aquellas ara las Administraciones de Rentas y Aduanu de Aguadilla, Naguabo y Arecibo, fueron atendidas oportunamente segn V. E. habr tenido ocasin de ver en la Real r- denude iirde Noviembre rio. JSOG. Respecto de dichas Administraciones, S. M. atendieruloda pro propuesta puesta propuesta hecha por V. E. en la primera de las indi indiadas adas indiadas carta, ha tenido bien nombrar pura -la - plaza de oficial '.' de la Administracin de Ren Rentas tas Rentas y Aduana de Aguadilla dotada con el haber anual de (J00 escudos y ?()0 de sobresueldo, y creada" por Real rden de LS de Junio l tinto, 1). Alejandro Ricurt y Torres, empleado de igual categora,, procedente de Santo Domingo, y que viene sirviendo "una plaza igual en i.i misma de- - pendencia; D.Cristiuo Hernndez, empleado riela, categora inferior inmediata, para la plaza ' de oficial 57 Vista de la de Naguabo, dotada con , el haber anual rieGOO escudos y liUO de sobresuel sobresueldo; do; sobresueldo; y para igual plaza de oficial 57 y el misino haber 'de (iOl) escudos de sueldo y S -de sobre sobresueldo sueldo sobresueldo en la do Arecibo. ii I), Jos Travieso, ein- picado tambin de la categora inferior inmediata. Y resultando vacante bi plaza de oficial 5. Vista dla anterior citada Aduana, dotada con oCt)es curio de sueldo y 000 de sobresueldo, ha dispues to-tf. M. pie V. E. propoi.ga alfuncionario que rena condiciones A propsito para servirla. De Real orden lo digo & V. L. para su cotiociuiieuto y electos correspondientes. Y dispuesto su cumplimiento por superior de decreto creto decreto de 20 del mes anterior, de rden del Illmo, Sr. Iuftndeta general, se publica en la Gaceta oficial de esta plaza, en cumplimiento riel art artculo culo artculo 45 del Real Decreto oig.nioo rio 3 rie Junio riel ao prximo pasado. Puerto-Rico Octubre 1? de JS07 W Secretario, Dominador U. uetyuin tana. Por la Subsecretara del Ministerio de Ultramar y bajo el nmero 45G se comunica al Kxctno. S. Gobernador Superior Civil de esta Isla con fecha JU do betumbre r.pdo. la Real rden siguiente. "Excmo. Sr, El Sr, Ministro de Uitrumar di dice ce dice ton esta fecha uj Gobernador Superior Civil do la Isla de tura la que s'gue. Luterana la ueina (q. D. g.) do la consulta que elev V. E. cate Ministerio en caria oficial nmero 5G0 fecha ft de Mayo ultimo, sobre los haberes que deben percibir os empleados que sirvan en comisin plazas supe superiores riores superiores 6 inferiores su categora. personal, y sobre el lugar que debo (lrgelcs en los escalafones; se . lu servi l disponer que conforme lo prevenido en los ares. Gu y 2 dol Ueglanu uo orgnico de 3 de Junio Je HIG, sobre Um iue no ha Jtbido ca ca-LeruuJa LeruuJa ca-LeruuJa ni vacilacin alguna, v mas que corno aclaracin, como ratificacin de loa misinos, so ma manifieste nifieste manifieste V. E. que todos los emplea o las pro provincias vincias provincias de Ultramar qtto sirven destinos afectos empleos superiores il suyo personal, tiene derecho . percibir, as sueldo de cito ultimo por 8er el de , Ja claso que pertenerea como el 8obrsue'd usi& usi&-; ; usi&-; nada hoy que en lo sucesivo se selalo al dsiiuo ' que dts;uipeil;-nci coni'sn, cousjtien.lo el de e- Por el Ministerio de Ultramar y "bajo el n ni. 458 se comunica al Excmo. Sor. Go Gobernador bernador Gobernador Superior Civil rie esta Isla con fe fecha cha fecha 11 de Setiembre prximo pasado la Real rden siguiente. "Excmo. Sr. Para la plaza de Oficial 4 creada en esa Contadura General rie Hacienda por Real rden de 18 rie Junio l ltimo, timo, ltimo, y dotada con el sueldo anual de 800 escudos y 1,200 de sobresueldo, la Reina q. U. g. ha tenido bien nombrar cu co comisin, misin, comisin, D. Beltrau Elias Lamnate. Ofici il 2 de Hacienda que fue en Santo Domingo con el haber anual de 1,600 escudos y agre agregado gado agregado en la actualid'al la comisin de cuen cuentas tas cuentas de aquella Isla en la de Cubi, y compren dido en los artculos 35 y 50 del Reglamento orgnico de las carreras civiles de la Admi Administracin nistracin Administracin pblica de Ultramar, -le Real rden lo digo a V. L. para su ci nojimiento y efectos corresp uidieutes. Y dispuesto mi cumplimiento por supe supe-ii ii supe-ii ir decreto de 29 del mes anterior, de r rden den rden del Illmo. SrP Intendente General e pu blica en la Gaceta oficial de istj plaza, rie conformidad con I prevenido e i e! art. 45 del Real Decreto o gamco de 3 de Junio del ao prximo pasado., ; t'uerto-liico I. w de Uctibre de,1867". El Secretario de la Intendencia,' Dominador 3. de Quintana, ADMINISTRACION CENTHAL DE REIAS, IDIAXAS 1 LOTERIAS. los jugadores. 3'.' Los Administradores y Colectores cui cuidarn darn cuidarn rie remitir ;t. la Local de esta ciudad, en pliego certificado, los billetes que por falla rie espeuri.io deben encontrarse precisamente en esta Capital con tres riias rie anticipacin al designado para el4sorteo, acompaando fac factura tura factura de ellos y un estado anlogo al modelo que se une con el nmero 1? 4? La Administracin Colectura que por haber espenriirio todos los billetes que le fueron remesados no deba verificar devolucin alguna dar conocimiento oficial de ello la Administracin Local de Loteras de la Ca pital con la misma anticipacin que se esta blece en el articulo anterior para la remisin rie los sobrantes. 5 Verificado que sea caria sorteo de' Lo tena los Colectores ormaran su cuenta con arreglo al modelo que se acompaa con el n mero 2, pasndolas el dia 25 de cada mes la Administracin Local de que dependan, fin rie que estas puedan comprenderlas en las suyas y remitirlas la de Loteras de la Capital cu donde debern encontrarse sin es escusa, cusa, escusa, el riia 4 de cada mes Como justificante de la cuenta se acompa acompaarn arn acompaarn facturados os billetes premiados, cuyo importe se haya satisfecho, la carta de naso riel ingreso hecho en su depositara, de la can- Udacr-quc resulta por saldo segn lo previene el artculo 40, rri'afo 2. rie la Instruccin provisional para el rgimen riel Tesoro pbli pblico co pblico rie esta Isla y los recibos de comisin y franqueo, cuyos modelos se acompaan sea sealados lados sealados con los nmeros 3 y 4. (i Para el pago de los bietes'premiados se cumplir estrictamente el artculo 38, pr prrafo rafo prrafo 2. de l Instruccin provisional ya cita da. 7? Quedan derogadas todas las disposi ciones dictadas con anterioridad para el ser servicio vicio servicio especial de la Renta de Loteras que se opongan al cumplimiento de esta Circular, que se publicara en la Gaceta para general conocimiento. ... 'Puerto-Rico, Setiembre 28 de 18G7. Ma Manuel nuel Manuel de j. Gal can. V1 U ) & X C A .b ) O V A Vi & S Seccin rie Aduanas. Para quo la Instruccin provisional del Tesoro pblico de esta Isla de 25 rie Julio l ltimo, timo, ltimo, pueda tener el debido cumplimiento en torio lo relativo la Renta de Loteras, im primiendo la vez la uniformidad en la mar- cna (ie este servicioy su contaimiuau nterin se redacte la instruccin especial de este ramo el Illmo. Sr. Intendente en vista de lo consul consultado tado consultado por la Administracin Local riel ramo y en acuerdo con est, Administracin Central se ha servido disponer que las Administra Administraciones ciones Administraciones Locales y Colecturas rie esta Isla obsrvenlas reglas siguientes: ,1? Recibidos por las Administraciones Locales y Colecturas los billetes que se les remitan por la del ramo, para su espendio, procedern la comprobacin de sus nme nmeros ros nmeros con los que indique el ofipio de remisin, en cuyp margen irn iacxu raaos: examinarn cuidadosamente si hay algn d electo en la numeracin, fecha y ilenjs.y al acusar el re- pibo, rne debern hacerlo por el Gorrco-inme? diato siguiente, manifestarn la conformidad 6 la diferencia que adviertan, suspendiendo des desde de desde luego la venta de todo el que no resulto enteramente conforme hasta que tengan res respuesta puesta respuesta de la Administracin Local dl ramo; entindase que s procedieren i espender al alguna guna alguna que se halle en este caso, sern respon responsables sables responsables de las consecuencias. Tambin niani festarn si les taita alguno de los billetes que en concepto de apartado se compran constan temente por los mismos jugadortk La Administracin local de Intas y Lo teras de esta Capital proveer las depen dependencias dencias dependencias del departamento de su administra administracin cin administracin de los billetes que puedan espender, en a misma tormo, que se lia practicado hasta la fecha. - ; ' Los billetes que. resulten conformes se anotarn en un libro que debern llevar las Avlimnistraciones y Cpiectutis;en donde D. Tomas Morales de la Cortina, Alcaide Maioi hr AI. dla villa de San U crinan y su 2urtido. llago saber: quo cu el pleito ajguido por L). Ge Gerardo rardo Gerardo Ouib, Vceiuo de Mayaues, contra D. Ga Gabriel briel Gabriel Muutuuer y ). Demetrio liamwez, sobre que te K clare i'raudulaita la enajenacin hecha de una ta .a, so ha dictado li seutmcia siguiente, "ln la villa de 6in Germn 10 Setiembre de lSdT: el Sor. D. Toms Morales deja Cortina, Alcalde Mayor del partido, unte m Escribano dijo: en los autos Civilc seguidos en este Juzgado por i). Gerardo Carh representado, por.ei Procu Procurador rador Procurador i). Francisco llamn Uorrego, contra el Presbtero . Gabriel Muutauer quien repre repre-sefcVa sefcVa repre-sefcVa el otro Prccurador D. i aulio JLJ. Quiones y Toro, y contra l). iJeinetiio Ramrez quien se lu han sealado por su iucomparecunoia loa estra estra-do; do; estra-do; sobre quo eo declare fraudulenta y sin valor legal la enajenacin hecha por Ilaicirez al Pres Presbtero btero Presbtero Aliuitaner de una ca a. Viato la comparecen comparecencia cia comparecencia juicio verbal celebrado el 21) do Julio do este uo sobre la pretcnsiou del citado LVesbterO acer acerca ca acerca do que. el valor do dicha casa escedo do los dos mil escudos que limita la Ley, el procedimiento eu juicio de menor cuanta. Resultando do loes puesto y del reconocimiento y juicio policial que jmr i mejor proveer resulta practicado fi fojas 76 vuelto y. 77 asi como de Jas noticias adquiridas, que la casa en cuestionpor su cabida, construc construccin cin construccin y maderas asciendo su valor 2,50 escudos Consdmndo qua'sogun el rt. 1,133 y el iteal Delcieto de 21 do Febi-cVo dj 185 lo propio -que el art. segundo dj la jnstruepion j ara la o'icryanr cia do la Ley de Enjuiciamiento de y do piciein piciein-bre bre piciein-bre .e 1 8(J el inters do las cuestiones de quo puedo conocerso aogun el procedimiento ue menor cuanta, en UltPamar, no puedo esceder do U,000 escudos. Fu li con sugecciou ii lo dispuesto en el art. 1,13-3 da dicha Ley, que debia fijar y fijaba el valor de la cmanda promovida sobre la casa por D.. Gerardo Curi, 2jU espudos determinando en su consecuencia que debe conocerse de (ello en jui? ci de mayor cuanta. Asi definitivamente juzgan do lo prjjvoy y tino a S. ante n de quo Joy le. Toms orales de la Cortina. Joso D. Qui Quillones llones Quillones y Ka:uos." 4 Y soli-uiidose quo so adiciono la sentencia la condenacin de cosca, recay el auto siguiente. "Considerando que la responsabilidad do las costa, es inherente al quo las hi causado 6 ha dado lugar a ellas. Considerando que segu el en liiigio. Consideran lo qui declarada do miyor cuanii la caja, en cjeitiou p ir h ih.-r iitentdo el demaudinte lajiieiu.i onubh la rusp-jcto de la misma en juicio dj m uor cuinta sitstetiieadoo ;n tal concepto liastu ilefiiiitivahk dido luar las costas originadas. Y consideran l quo so h i pt'dilo dentro del ti mino quo seala el mismo urt. 77. Se suplo laoir.iiion habida ea.la .sentencia le 10 del curriente dowriaraii'io do cuenta do D. Ge Gerardo rardo Gerardo Caibo las costas causadis en las que lo Condena por virtud dj la misma sentencia de quo so considerar parte integrante esta declaratoria. L mand y finn i el Sor. Aleal le mayor ante mido quo doy fe. San Germn S Miembro U do I8d7. Morales de la Cortina. Jo D. Q ii lories y Ra Ramos. mos. Ramos. Loque. so hace rotorio en cumplimiento del art. 1,183 de li Ley de JCnjuiciamiento Civl. Sin Germn Setiembra 20 de 1S7. -Tom is Morales le 1 Cortina. Por man lado do S. 8. Jos D. Quillones y llamos. 2 For este mi primer pregn y edi,;to, cito, llamo y emplazo al prfugo I). Gustavo .Gonzalo para que dentro de nueve dias s? present en la Real Crcel de estB cabecera cumplir la condena que Ue fu impuesta en la causa criminal que contra l, se sustancio por rapto do lajoven Dona Cleopatra Martnez, y recibir los cargos y purgar la culpa que le resulte en la quo contra el mismo se sus sustancia tancia sustancia por fuga; apercibido de que no verificndo verificndolo lo verificndolo se tendr su ausencia por presencia, sealndo sealndose se sealndose los estrados del Juzgado por lugar de citacin, donde se le hagan todas las notoriedades, parn parndolo dolo parndolo entero perjuicio. ndo en Arecibo & 22 de Setembro do 1867. Miguel Zavaleta. Por disposicin de S. S Mi Miguel guel Miguel J. Ganda, Escribano publico. Por esto tercer y ltimo edicto cito, llamo y emplazo al prfugo Narciso Negron, de este vecin vecindario, dario, vecindario, contra quien so procede criminalmente, por resistencia y hurto, para que dentro do nueve riiaa contados desde esta fecha, so presente en esto Juzgado estar derecho y disculparse de lo quo en dicha causa le resulte; seguro de quo sera oido, y guardar cumplida justicia; apercibido encaso contrario, de entenderse en los entrados del Tri Tribunal, bunal, Tribunal, parndole el perjuicio que haya lugar. San Germn Setiembre veintitrs do mil ochocientos se sesenta senta sesenta v siete. Tomas Morales de la Crtina. Por man lado do S. S. Jos D. Quifiones y Ramos. 2 Cito, llamo y emplazo por este tercer y ltimo edicto, al prfugo Jos Monserrate Ayala, pai que dentro de nueve dias contados desdo hoy se presen presente te presente en la crcel pblica de esta villa & responder los cargos que le resulten en la cauwi criminal que so le sigue por hurto'de varios efectos; percibin percibindole dole percibindole rie seguirse la causa en su ausencia y rebel rebelda, da, rebelda, caso de no verificar su presentacin, enten entendindose dindose entendindose la,s diligencias que ocurran can hft estra estrados dos estrados del Juzgado. San Gorman Setiembre 2i de' 1SG7. Toms Morales rio la Cortina. p0r man mandado dado mandado deS. S?, Jos . Quiones y Ramos. 3 escribana pblica de Catedral. Por auto del Sr. Alcalde Mayor de este Distrito dictado el JO'del corriente en los autos sobre con concurso curso concurso rie la hacienda "Sarita Ins" se ha dispues dispuesto to dispuesto la venta en pblica subasta do 17 bocoyes de azcar quo existen depositados en las haciendas "Encarnacin" y "Felicidad", cuyo remate "so verificara. simultneanieiito .en este Juzgado y en el de paz do Vega baja el dia 1 1 de Octubre prximo las dos de la tarde. Y para la concur concurrencia rencia concurrencia de licifcadores libro la presento en Puorto Puorto-Rico Rico Puorto-Rico 2i rie Setiembre de 1 807. -Juan Basilio Xuez. 3 Ignoindoso el paradero de Juan Mata, vec'no que so dice -er do Rio. piedras, y do Julin Santa, de Guainabu, se lu dispuosto por auto d esti dia' dictado por el Sor. Alcaldo mayor, so leg llame por el prosente peno tico a un do quo so presenten en el Juzgado dentro do ocUo dias prestar declara declaracin cin declaracin en causa criminal seguida contra Hermenegil Hermenegildo do Hermenegildo Muriel, por hurto. Y para quo llegue su co conocimiento, nocimiento, conocimiento, y verifiquen su compare! do libro el Ereseme quo firmo cu Puerto-Rico de Octu Octu-re re Octu-re de 187. Gervasio Puente Aco'sta. . -VT T tT "T-TIT"! I i JIM H jj. JLJ I)m Leonardo de Camws, Alcalde Mayor del jwtido llago notorio: quo en los autos do intestado de Doa stebaua Prez, vei ina que fue de osta vi villa, lla, villa, habiendo transcurrido el trra no del primer llamamiento sin haberse presntalo otra heredera quo Dola Josefa Noa hernia-a do la fiiunbi; ho dispuesto se citen y emjdazen. de nuevo todos los que se crean sus herederos, con dencho sus bienes, para quo dentro de 20 dias quo le se sealo alo sealo por este segundo termino comparezcan en este Juzgado y por el oficio del actuario diducir bus acciones coa los document s justificativos cor correspondiente;?, respondiente;?, correspondiente;?, apercibidos ri ; su perjuicio si as art, 77 do la L3j,l03 Jueca3 pueden aclarar algn 'no 10 verincan. .uayoguez oouemnre o ue ioo. concepto oscuro en las sentencia, Buplir ctl-i Leonardo do Campos. Por eu mandado lti lti-quiera quiera lti-quiera viaiiojj quo liuliere sobro punto disctitdo Jl Cello, Escribano, .. 'i D.- J$' V. S'Vitaai Juez de Paz del pueblo de Cavtuy. I'.,r el presento hago MtW: que c-i este Juz-ado de paz so ha seguidi i jui.-i, verbal cutre los ve vecinos cinos vecinos l). Pedro Aiancro y L. Crios Murtii.cz y sustanciad en r-Ucl iu por taita .lo eon.par.mlo del segundo, recay la provid -nci i Mguieutc: "Sentencia" acto continuo el Sr. Ju-.zdepiz, visto estos .utos do juicio verbal y resultando qu. redimo es por la suma .1' 't e.-cudos 72 nti ntimos. mos. ntimos. Resultando quo el sealamiento para lu ce.e ce.e-i i ce.e-i :. .. n t'nrn. n:ir.i las 0:100 de la maana y que sj lo apercibiera fallarse en rebelda si no compareca por si, por medio de apoderado. Insultando que & las 3 do la tarde no se lia pre presentado, sentado, presentado, y que aun cuando ha espuesto por escrito encontrare enfermo, no lo hjt justificado compe competentemente. tentemente. competentemente. Resultando que el actor para compro comprobar bar comprobar el reclamo ha'proser.tado la cuenta comente Paca la dess libros autorizados comp -tentemente. Consideiando que los libroicmertfia.es presen presentados tados presentados para el objeto de la cu mu ves un medio de prueba que la' robustece la falta Ue comparendo del demandado, dijo: que deba de fallar y Jallo, que don Crlos Martnez d y pague en t i improroga improroga-ble ble improroga-ble trmino de tercer dia ion Pedro Murreru Jos !G escudos 72 cntimos que 1c reclama y las cos- tas, teniendo en cuenta lo dispuesto por los rts. 1181, 1183 y 1190 de la Ley de Lnjuiciamnnto civil, notifquese esta providencia en Estrados de este Juzgado y publquese por medio de edicto y la Gaceta de Gobierno y 'por esta tu definitiva asi lo mando y firma de que certifico. Jos h. toan toan-tana. tana. toan-tana. Bernardo K. Caamao, Secretario. Y para los fines prevenidos expido el presente en Cauiuy 28 de Setiembre de 1807. Jos E. San San-tuna. tuna. San-tuna. Bernardo 11. Caamao, Secretario. 2 Por" providencia del Sor. Alcalde mayor del is trito de San Francisco de 24 del corriente, recada en ti intestado do Mara Dolores Lpez, se ha de depuesto puesto depuesto se cite todos los que se consideien con de derecho recho derecho los bienes de esta, para quo en el trmino de 30 dias s presenten eu dicho Juzgado egerci' tarlo en foama. teniendo entendido que ya lo han hecho Maria.Kwolasa Lpez hermana do la difunta v las sobrinas legtimas de es:a m.mbia la Juana de la Cruz y Juliana Montes. Puerto-Rico" 2b'de Se tiembre de 187. Por mandado de S. S. Demetrio Gimnez y Moreno. gurode queso le oir y guardar cumplida ju ti ti-ca; ca; ti-ca; apercibido en cao contrario do entenderse los entrados del Tribunal parndolo el perjuicio a que haya lugar. Da', eu Cgu.is 20 de Setiem Setiembre bre Setiembre do 15(57. Andrs Sitjar. Derdcn de S. S. Pedr6 ("Jimnez Sicard. 3 Eu virtud de providencia del SoivI). Leonardo le Caninos Alcalde inavor por S. M. de esta Villa y su partido, por ante los infrascritos Actuarios, remida, instancia de 1). Rosendo Bernardo Ojios y Lpez de este vecindario, haciendo sesin de bienes en favor de sus aceedares, se lia dis dispuesto puesto dispuesto la formacin de concurso voluntario y dems consiguiente i estos casos como as mismo el llamamiento de dichos acreedores, a linde que en el trmino de 20 dias se presenten vste juz juzgado gado juzgado con los tftulos justificativos de sus crditos segn lo prevenido en la Ley de Enjuiciamiento civil tenindose por hecha la cesin cuanto -ha lu lugar gar lugar eu derecho. Mayngez Setiembre 24 de 1807. Pi Martnez y Ilivas. Manuel F. de la Sierra. herudtra v reclamando I.n bienes del citada ; oncurrencia de licitadores. Sabina del Palmar Baqui-t, iJuisa del Ipropio apellido, vecino : Setiembre 20 de 1'u. Por Su m. de Guayama y casada con James Filtspatrich. i Secctario. V Ponte y bencmbre 18 de 18G7. llcraelio. Tirado, Lscnhano auxi'iar, 'i ipdado, Sobas V.. Utero. I F.n virtud de providencia del Sr. Juez de primera Instatu ia accidental refrendada por el infrascrito se citan, llaman y emplazan, por segundo ediclo y trmino de 20 dias todos los quej.ccre.m con. derecho a. heredar a i'elix Cartagena, vecino que fue de Aibo Aibo-nito nito Aibo-nito casado con Francisca Flores y falleci en dicho pueblo de Aibonito el dia O de Agosto de I8GC) para qde dentro del trmino indicado comparezcan en este Juzgado de deducir ducir deducir sus acciones segn previenen los art artculos culos artculos 3 08 al 371 de la Ley de Fnjuicimicnto Civil con apercibimiento de que pasado sin verifiearlor les parar ( l perjuicio que haya lugar. Ponce y Setiembre ,10 de 1807. Heraclio Tirado, Escribano auxiliar. 2 Escribaca pblica de fjrn Don Toms 3oralcs de la Cortina, Alcalde Ma Mayor yor Mayor por . iM. de la Villa de an Germn y su partido. -Por el presente se hace sabpr las personas que tengan conocimiento de que la tinada llosa Bey liberta, vecina que fu del barrio de Lavade Lavadero, ro, Lavadero, haya dejado alguna disposicin testamentaria, concurran este Juzgado dentro del trmino de 30 dias dar razn de ella. San Germn Setiem-bre'2-3 de l.Sii7. Tomas llrales 'de la Cortina. Por mandado de S. S. Jos D. Quiones y Humos. SUBASTAS; Don Benito de Oaende y Lira, Audiloi Honorario de. Marina y .'lien Me Mayor por S. M. de Jlumacao y su partido. . Por el frsente cito, llamo .y emplazo por pr mer prepon y oolicto al prfugo Don Kamon Viyao de este vecindario, y le mando que dentro de los nueve dias siguientes al de hoy te pn sent enasta Crcel publica, para contestar .& los cargos que le resultan en la causa criminal que cu su contra de sigue por el delito de abigeato; apercibido que se no verificarlo se seguir la eiua en su ausencia y. rebelda entendindose cut los estrados uo.este Juez gado todas las diligencias que con l JJau practi practicarse, carse, practicarse, parndolo entero perjuicio. Dado en 11 u u-micio micio u-micio 20 de Setiembre de 1807. Benito de Osendo y Lira. IV rdon do S. S. Jos Ce Celestino lestino Celestino Schrodef. 3 Don Leandro oler y Etpaltcr, Alcalde Mayor del distrito de San Francisco. Por el presente segundo pregn y edicto cito llamo v cmidazo uscbio (avino natural v , j 4 vecino de Luqullor cuyo paradero se ignora, para 1 I 1 ipio en ti nuevo termino ue nueve mas quo se le sealan &e presente en estj Juzgado y en la Crcel do esta Ciudad estar derecho en la causa que so ln sigue por hurto, en lainteligcnca de quesera atendido y s le administrar justicia; apercibindole en otro caso del perjuicio que hubiere lugar. Yi fin de que llegue su noticia, libro el presento en 1 ; uerto-Kico a zi ue setiembre uc ij. Leandro oler y Fspalter, Por mndalo de S. S. Mauricio Uuerra. Por el presente y en virtud de providencia dic dictada tada dictada en. las diligencias de cumplimiento del Supe Superior rior Superior despacho recado en la causa que se sigui contra Luis Andiuo y Fernando Figueroa por re re-yei yei re-yei ta y lesiones entre s, cito, llamo y emplazo por frmiuo do 80 dias al espresado Fernando tTigiieroa, n; tural de esta Capital, soltero, negro, libre, albail, de treinta anos do edad, cuyo para paradero dero paradero s'j inora, rara que comparezca en este Juz gado n la loal Crcel, con el fin de estinguir dos meses de presidio correccional que le han sido impuestos en dicha causa. Puefto-ltico 2tj de Se Setiembre tiembre Setiembre de 1807. Leandro Soler y Espalter. Por mandado de c. o., Demetrio imenea y Mo reno. 3 MIECilN l)E A3IIMSTMCI0X LOCAL DEL COLTERNO SUPEiUOIi CIVIL l)K LA ISLA DL PUEUTO-HICO. Escribira pblica de fguas, Por auto de esta lecha dictado por el Sr. Juez Colindar de este partido en la seccin cuarta de la quiebra de 1), Juan Prtela, de este comercio, se ha mandado prevenir los acreedores que den dentro tro dentro de treinta dias contados de bsta fecha, pre presenten senten presenten los Sndicos los ttulos justificativos de ss respectivos crditos ; sealando para la junta de examen yieconocimiento.de los mismos el dia 2 de Noviembre prximo, disponiendo su publi publicacin cacin publicacin por medio del presente, encargndose al Sndico nombrado el cumplimiento del nrt. 1.101 del Cdigo de comercio. Cguas Setiembre 20 de 1S07. Pedro G. Sicard. 3 Escribana pblica. En providencia de hoy del Sr. Juez de primera instai.cia accidental del Distrito se declara intes intestado tado intestado el fallecimiento deMadame Catalina Boyle, Viuda de Lee, y se manda citar y emplazar por trmino de treinta dias los quese crean con de derechos rechos derechos los bienes relictos para que comparezcan con losdocumeutos que los justifiquen hacerlos valer. Ponce 2 de Setiembre de 1867. Rafael de Len. i)on Andrs Sitjar y (hrtey, Alcalde Mayor de tute partido. Por el presente segundo edicto cito, llamo y emplazo al prfugo Jos Antonio Vzquez, vecino tic este pueblo, contra quien estoy procediendo criminalmente por hurto de aves y otros efectos para qnc dentro del trmino de nueve dias con contados tados contados desde esta fecha so presente en la Keal Cr Crcel cel Crcel deeste'pueblo, & eetar derecho y i C6Culpar bc de la que en la mencionada causa le resulta se T. Francisco de Arce Alcalde mayor acciden accidenta', ta', accidenta', de la villa de Ponce y su partido. Al publico hago saber: que en lasdiligencias re lativas al rollo de la causa seguida contra el escla esclavo vo esclavo Nicols, por resistencia con lesin, atentado los agentes de la Autoridad, y sospecha de hurto de una gallina color blancu, he provisto en este dia anunciar dicha galltha para quo en el termino do 30 dias, se presento en la Escribana do Don Francioco ParM, el quo se crea su verdadero duc duc-flo, flo, duc-flo, con las constancias que lo acrediten. Dado en Ponce y Setiembre 1U de 1867. Francico Arce. Por sa mandado, Eraclio Tin do. 3 Lseribatia pblica mas antigua de Don Francisco Parra, 0 Dn virtu'd de providencia del Sr. I). Fran cisco de Arce, Juez de paz de esta Villa y Alcalde Mayor interinle la misma refren refrendada dada refrendada por el infrascrito, se citan, llaman y emplazan por segundo edicto y trmino de 20 dias todos los que se crean con derecho a heredar a remando ISaquet vecino que fu de esta Villa, de estado soltero, de 47 afios de edad, natural de San lartolom y falle falleci ci falleci abintestado en esta villa el dia 17 de larzo del ailo actual para que dentro de di dicho cho dicho trmino comparezcan en este Juzgado a deducir sus acciones segn previenen les ar artculos tculos artculos 368 al 371 de la ley de Enjuiciamien Enjuiciamiento to Enjuiciamiento Civil con apercibimiento de que pasado sin verificarlo les parar el perjuicio que haya lugar. Ajmisino se hace saber que en dicho juicio se ha prefn2 U"ica Inspeccin de Obras p'ahlicas. En virtud de lo dispuesto por el Excmo. Sor. Go Gobernador bernador Gobernador Superior Civil do esta Isla coa fecha 4 del actual esta Direccin ha sealado el dia 15 de Octubre prximo las doce en punto do su maa maana na maana para la adju iicacion en publica subasta do las obras de terminacin de la casa de loco3 contigua al Eslablecitiiiento de Beneficencia. La su tasta se celebrar en los trrano preve prevenidos nidos prevenidos en la Instruccin de 2 do Julio de lti'J cu el j jo lajo de la lcal Fortaleza, hallndose en la Direccin de la casa de Beneficencia de mani manifiesto' fiesto' manifiesto' pira conocimiento del pblico los presupues presupuestos tos presupuestos detallados y los pliegos de condiciones gene generales rales generales facultativas quo han do regir en la contrata. El tipo quo se fija como limito inferior do la9 proposiciones es el do 2,38 j escudos U35 milsimos siendo claridad que es nula toda, aquella quo reba rebaso so rebaso do dicho tipo carezca de alguno do los requi sitos l validez quo la Instruccin requiere. Las proposiciones eu pliegos cerra. J03"pr sentadase arreglarn exactamente al modelo adjunto, y la cantidad que ha do consignarse previamente como garanta para tomar parto en la subasta eer el cinco por ciento del presupuesto & quo so refiere la proposicin. Esto depsito so har precisa precisamente mente precisamente en metlico, debiendo acompaarse caia pliego el documento que acredito haberlo realiza realizado do realizado del modo que previene la Instruccin referida. En el ca quo resulten dos mas proposiciones iguale-', te celebrar en el acto y nicamente entro sus autores una segunda lioitacion ab crta en los trminos prescritos por la misma Instrucc on. i'uerto-Ric 27 do Setiembre de 1807.' Crlo3 de liojas. Molelo de proposiciones. D. N... N... vecino do enterado del anun anuncio cio anuncio publicado por la Direccin do Admon. Local del Gobierno Superior Civil con fecha d.. de... do... y de los requisitos y condiciones que 80 exijen para la adjudicacin -en pblica subasta do las obras de terminacina do la c.ifta do locos, so com comprometo prometo comprometo tomar su cargo las referidas obras con estricta sugecciou ti los espresados roquisitos y condiciones por la cantidado (tantos escudos) FeclA y firma del licitador. Por auto del dia de ayer dictado por el Sr. Alcal Alcalde de Alcalde mayor de este partido en el incidente del con concurso curso concurso do acreedores do la sucesin do 1). Demetrio .Gimnez Sanjurjo, promovido por los Sndicos Eolicitandc la venta de la Hacienda Iu lustria, sita en el barrio de Turabo do e?ta juris iccion, so ha mandado proceder 1 venta de la referida ha hacienda, cienda, hacienda, con todas sus pertenencias por el tipo do su tnacion ascendente 01,10 escu los eegun i l inventario quo est de manifiesto en c-ta Escriba Escribana na Escribana ponindola pblica subasta por el trmino de ocho dias, en cuanto los mu bles y semovientes, y por el do veinte dias en cuanto 1m raices, se sealndose alndose sealndose para los remates los dias 21 del corrien corriente te corriente y 8 do Octubre entrante la doce en loa es estrados trados estrados de esto Juzgado, a Ivirtindoso qu no so admitirn proposiciones que no culiati las dos tor cer is partes de la tasacin. Lo que so hace notorio por medio ilel presento para la concurrencia de licitadores. (.'aguas So So-tiembro tiembro So-tiembro 14 do 1867. Pedro Gimnez Sicard. 2 Tribunal de Slariua. Per auto do cs'e Tribunal se mando dar un nuevo cuarto pregn, de reni ito la g deta es espaola, paola, espaola, "Nueva Clemontina" surta en esto puerto tasada en 400 escudos, y so w nal i para el acto el di.i 7 de Octubre entrante. Y para la concurrencia, de licitadores na anuncia al pblico. Puerto Uto Setiembre 27 do 187.--Bernardo Escalona. 2 IlcaV AAuana vc vx Can. Pcbiendo prncederse la venta en pblica subasta de varios efectos comisados por esta Aduana, cuya relacin 'y nota de precio de tasacin se encuentra de manifiesto cu esta oficina, se anuncia al publico parala concur rencia de licitadores al acto, que tendr lu gar en los ilmacencs de esta Adevna el vier nes 1 1 del corriente las doce del lia. l'uerto-Uico 2 de Octubre de lH()7. S. Hurn. l EscrWvana ftulica Ac CatcAra, Por auto do esta fecha dictado pea el Sor. Al Alcalde calde Alcalde mayor del Distrito do Catedral en el inci inci-dcnto.al dcnto.al inci-dcnto.al intestado de D. Cayetano Nater, que tra trata ta trata sobre venta de bienes &c la dispuesto la venta de aquellos quo consisten en una estancia bit i en el oarrio do Hato la tej en el pirtilo da Bayamon compuesta de cincuenta cuerdas de terreno, valo valorada rada valorada en mil escudos. Y habie"ndoao sealado para 1 acto del remite el 15 do Octubre prximo las doce en esto Juzgado, lo hago notorio para la con-, currencia do licitadores. Puerto Bco 30 doSeticm doSeticm-bre bre doSeticm-bre de 1807. Juan Basilio Nucs. 1 Alcalda Municipal de Sabana del Palmar. Por auto de esta fecha dictado eu el espediente gubel:),tivo incoadu par. el cobro por la vi de apresan do las contribuciones rcals y municipales que dul ao econmico anterior a leu la la sucesin Je Leocadia Figueroa, so ha dispuesto h venta en pblica Bubata, de dos cuerdas de terreno qud &i han euibargido y residen en el barrio do Vega de este territorio, bajo el tipo do 40 escudos que es el resultado de la declaracin pericial, y sealado para quo teng lucrar el acto el dia 5 del venidero incs y hora do las doeo en las puertas de esta Al- Secretar del Correnimirii:) de la fa- pii.il de riuro-Ico En la delegacin del barrio de Cingrcjon existen depositados dos caballo cuyas se seales ales seales son coin sitrucu: uno alaz uio de seis cuartas de alzada com d ojli ) ailo L edad, de paso devanado un lucero eu l i frente una cinta blanca en e! hocico l.i pita ijp'iuierda trasera blanca y con seriales de haber sido herrado, otro zwui oscuro de seis cuartas tres pulgadas de alzada como de seis s:ete anos tres patas blancas y de piso trote .Y se luce notorio para el que se crea ''on derecho ello-t s'i presente en este C r regimiento con los documentos justificativos y en el termino de sesrota dia. -Puerto-Rico etubre 2 de LSo7.---Kl Secretario, Manuel Gonzlez. V. IL 3 El Cor Corregidor regidor Corregidor Ctparrsi l Alcalda Municipal do Utuado. En polcr del propietario D. Simplicio Seirano, ha hi lo deposita depositado do depositado un caballo que fu aparecido' cu f&ta loeali lad birri ) do l). Alonso, color zaii.o oscuro, un lucero pequeo en Ja frente, cinco cuartas y inedia do al za la, pobre de crin, cola coi ta, paso trot, y un garrn do 1 1 pata izquierda blanco, lo quo so anuncii al pblico en consonancia las deposicio deposiciones nes deposiciones dictada- cu el bando do polica vig- i.te. Utua do Setiembre 18 do leOi.Ll Alcalde, Salvador Valla y Burgucraa. 2 Vuc)o de Vftmeoa. Relacin do los individuos qie en el dii do nyr fueron sorprendidos en despoblado por el civd d esto pueblo en juegos prohibid js, y los c lale- S3 les ha impuesto la pena qu-j deiermini ti art. 17 del bando Jo polica vigente. Iliginio prtiz, 10 esculos h multa, qu por care carecer cer carecer do metlico, sufre 10 lias 1j ercel. Juan Vidal, reincidepte, 20 escu los dj multa quo por carecer do metlico, sufre 20 das do crcel. tiauti3ta Uodrigucz, reiruidjnto, 2) tlias docnrjcl, por carecer d inctilivo, pia pagar los es- Ida, te hace saber para general conocimiento ; cudj de mult ua 8e lo npwoa- ADMINISTRACION LOCAL DE REMAS Y LOTERIAS DEPIERTO-RICO Negociado de Loteras. Dispuesta por el Sr. Administrador Central de lientas, Aduanas y Loteras Ja publicacin en el peridico oficia! del prospecto de la Lotera nacio nacional nal nacional que so lia de celebrar en Madrid el dia 2-3 del prximo mes .le Diciembre, se inserta a continua continuacin cin continuacin para general conocimiento. Puerto-Rico t!).lc Setiembre de 1SG7. Fran Francisco cisco Francisco de 1'. de Abanrrca. Documento que se refiere el anterior anu n ci LOTERIA NACIONAL. PROSPECTO de premios para el sorteo que se ha de celebrar en Madrid el dia 23 de Diciembre de 167. Constar de 20,000 billetes, ,-1 precio de 200 es escudos cudos escudos cada lino, divididos cu (i'diiius 20 escudos; dhiti-rbuyiidoso :5."()O,0O) escudos en 4,000 pre mios, do la manera siguiente: Premios. Escudos. I de 500.000J . 1 de .'00,000 1 do : 10,0000 ' 2 do 50,000 100,000 .10 do -J(),000 200,000 22 do 10,000. 220,000 100 do 2.00JJ 200,000 1,151 do 1,000 : 1.151,000 2,400 v:inlrj,'(ix do rjOO escudos para los 2,40!) nmeros cuya termina termina-cion cion termina-cion sea igual !a del que ob obtenga tenga obtenga el premio mayor 49),S00 , O) aproximaciones do 1,000 osen- dos cada una, para los ;!.) nms. restantes do la conten;) del que obtenga el premio de. 000,000 escudos '. 9),000 09 id. de 1,000 id., para los 90 n nmeros meros nmeros restantes' de la centena del premiado con 200,000 eseds. 1)9,000 9 id. de 1,000 id., para los 9 nms. restantes de la decena del pre premiado miado premiado con 100,000 escudos 9,000 2 id.de , 000 para -los nmeros anterior y posterior al del pre premio mio premio mayor. 10,000 2 id. do o,G00 id.,'para los nms. anterior y posterior ul del pre muno segundo. 7,200 a vi.- do 9 ,Tioo w .y panri orno ms; anterior y posterior al del pro mi o tercera.... 5,000 4,000 3 500,000 Lis aproximronnos y I03 reintegros ?on compati compatibles bles compatibles con cualquier oU'o p'emio que pueda conespomier ni billete; tiiierjuiindoe, con respecto ft las Rproxima Rproxima-ciones ciones Rproxima-ciones sealadas para los nmero anterior y posterior dejos 'rea premios mayores, qun si saliese premiado el m mero 1, su anterior es el nmero 2500 ', y si fuese este el agracillo, el billete n -ero 1 Vr el siguiente. Pura la apln-acion de las aproximaciones de 1,000 escudo?, 6c s ibiveniiemle qu, el premio mayor cor cor-reionde reionde cor-reionde por ejemplo al nmero 9, el segundo al ,WQ y el tercero al 15,t03, e consdeian agracilos respec respectivamente tivamente respectivamente os 99 nmeros restantes de las centenas (el primero y egiuvlo, y Iob 9 de la decena d 1 tercero; e hecir, desde el 1 al 100, del tll al 8,200 y del 15801 ul ITilO. .'jV-iutran derecho al remiecro dnl precio del billete, sfgnn quu ta d'ilio, 10. los 0.5 m'unmos coya terminacin pea igual la del que obtenga al premio do 000,000 escudos; de manera que si este cab? en suerte al nme nmero ro nmero 02 1 7 1 62 IS etc., te entendern reinh grados to todos dos todos los que terminen en 7 en 8 etc., sea uno por cuila 'decena. A 1 dia siguiente de celebrarse el Sorteo eo darn ni pblico listas !e los nmeros que obtengan premio, utrtco documento or el (fue en efecta ti los pagos, trun lo preveni lo en el art. 8 de 1 Instrurrion vi- ircuti, debiendo reclamarse con exhteion de los bille is, conforme i't lo ( -taSleriilo en ti 32. Los premios se pagarn en la A.lmiubiraciones en fjue so vendan los billetes, con Ja puntualiJad quo Ueoo ncreuitaiia la lienta. 'IVrniinailo ebSotteo ?n verifu'nt otro, en la firma, prevenida por lleal leo de J(.) de tebieo iel8o2j ji .ra a.ljmlicar loa p:emios concedidos las Imi fati s.j ilfl militares y patiiotai muertos en enmpa;r y. a las d(ncct!ns ne;d i en el Ilerpk'io y colegio d ht paz fe est i Corte, cuyo resultado se anunciar dei la lauco) uco) lauco) le. el DinncToa general. Sici'ctarb Municipal de lin piVdras. J'. i caballo 7.a i lo) amarillo de 5. aos tic edad, i'i t'tiai t.ts alzada, lriiies i'L'gularcs, tina nube en t i i j').dcrct;lio,x,on varias peladillas cu t.l 'espinazo y depositado en D.Qustavo de Ker Ker-cado. cado. Ker-cado. el cual fu nuuciado en la (aectr. mi nitro 98 de 15 de Agosto ultimo, U:, muerto tu el da de ayer copsceucneia de 110 pasmarote que le aI en la ahuja teniendo adcuuis el mal segn consta tlel parte pasad' por el depositario y del recoiu cimiento de ilus vecinos. V lo hitro notorio para conoc miento general. Rio-piedras Setiembre 1 6 de 1867. leraclio Cordero y Fuenes. V U. Roniapy. . Secretara del Municipio do Yauco. De rden del Sr Alcalde se ha depositado en poder del veci vecino no vecino Eulojio Morales del barriodc S.u.-;u4, un caballo alazano colorado, lis patas de atrs bhtnc:?s,f renti renti-blanco, blanco, renti-blanco, y de ocbo aos de edad: tiene una matadura en el espinazo; cuyo animal fu aparecido ea el citado barrio de Su y estancia del espresado Morales. Y s. haco notorio por medio del presente, s los efectos que estn prevenidos. Yauco Setiem Setiembre bre Setiembre 10 de 1S67. Alfredo C. Alonso, Secretario. Y. L El Alcalde, Ramos. 3 Secretara del Municipio de Cayey. En po poder der poder do Don Lzaro Rodrguez se haya 'oposita lo do rden del Sor. Alcalde un caballo alazano que quemado; mado; quemado; con p'elos blancos en la cabeza, cuartos traceros, la rabadilla y con especialidad en bis patas, un cordn blanco, en la frente hasta el Celio superior, tres cascos nebros y el de la pata izquier izquierda da izquierda nacer blanco, crin regular y rizada, cola y copete rcguHr'una berrnga en la b irriga, de seis y media cuaUas de alzada, y como de doce ao de edad; cuyo caballo con aperos de banasta, conte conteniendo niendo conteniendo una almohada con funda de zaraza de flores amarillas, una Irisa do lana de color oscuro, con dos fi arijas negras?, un par do pantalones de dril con cuadritos morados, dos pares ideui de' coleta blanca, una camisa blanca y otra idin de arabia de. color, y un chaquetn do alpaca negra, todo de rancho uso, dej abandonado en bi -tienda do Pon Miguel Muoz, radicada en el camino que conduce Ciigua?, un negra do quien solo so recuerdan las seiia, ts de f-cr alto, fornido y tener bis pii s algo hinchado?, al cual lo reclamaron all los dncni.n-n! legales con que viajaba, peca de ser conducido la Alcalda, pues sin concemelo intentaba, pernoctar uii el 28 ele esto mes. Lo que 83 avisa por el presente para conoci conocimiento miento conocimiento del publico. Cayey 2o de Setiembre de 1867. El Secretario, Ignacio Miyares. V. B. Boscatia. 2 Secretara del Corregimiento dla villa de San Germn. No habiendo tenido efecto por falta do licitadorcs la subasta do las obras de construccin de una Iglesia do madera par el barrio do Mari cao, anunciada para el 20 del corriente mes; la comi comisin sin comisin do vecinos nombrada para dicho objeto ha se serala rala serala o el dia 15 del entrante Octubre y hora de lis dos de su tarde, para que tenga luar un nuevo acto de remate, bajo (as bases y condiciones ya publicadas. San Germn Sethmbro 24 de 1867. Scrctaia Junicijtal de la Carolina. En esta fecha ha sido entregada -U. Juan del Toro veci vecino no vecino de Uio-piedras, la vaca negra, cen la ubre blan ca, marcada en el cuarto tracero derecho con las' iniciales J. T. por haber justificado ser de su pro propiedad, piedad, propiedad, y cuya vaca fu anunciada en las Gacetas le Superior Gobierno, nmeros 10 1, al 111 inclu sive de fechas 5, 7, 10, 12 y 14 del mes astua!, y se hace pbbco a los efectos correspondientes. Caro lina u '2-1 de Setiembre de o7. licardo Zevallo ir o r o ir i aiui.u !!.! ,n o El Alcalde, Srraa. Seer'.tara de Gunvnnilla. E,n la hacienda So-ono de D Jufin Bartolom y de eeila jurisdiccin ha sido apareciito un caballo encerarlo, entero, crines regulares do 7 cuarta alzad 1 y como rie diez aos ile edad, Of-so devanado trarieido a especie (le media 'andadura, ep n ronzal do suela y aperado cor. unrvs banastillas viejas y 1111 aparejo piqueo -forrado en coleta. Y. se 'hace noto rio para que el que su eonsidi ro ser su dueo -ioncurr solicitarlo en el trmino de (Jos ines'-s con los doce a nclitos ilc propiedad. Guaya lilla Si tiembre 13 de I8G7- licarao Martnez. V. B. 0 Uodrigurz. 3 Sfcrebra Municipal de Naguabo. La potranca zai zaina na zaina oteura, que fu depositada eif 1). .los Dolores Car Car-non non Car-non de este- vecindario y publicada eo hi Gaeeta de esln Lia, Con f cha da Junio pie-ado, ha ti !o desaparecida de la posesin de dicho si feir. Se liare sabei hI pblico pura conocimiento. Nagubo Agosto 21 ue I8G7 LM Secretario, Enrique Goinez. V. B c Ardtiius. 3 Secretara de la Junta local rtc Man nabo. Por dis disposicin posicin disposicin de la Junta local de Intrne.iou pblica do estp pueb'o -a sil cuer-Jc tenido ea e?u chn, se -acord pub icar nucvmei ti: la vecinte ile Prefesura de a Es Escuela cuela Escuela deniaa3 por i0 haberse pron-iitado n nuuiia solicitarla en el dia designado m el mes prx:mo pasn pasn-v''iy v''iy pasn-v''iy cuyonctJ te ir lugar il da 9 del mes entrante para las que npion por dicha plaza, presenten bus olici olici-X'ide X'ide olici-X'ide combata las ele l!s l Minenlos del caso. Y se hace notorio para la ronurrencia de lan personas que doeen ocopu ja mencionadn' plaza. VLuinabo Agosto U de 1867 E1 Secretario, Antonio Na varrjp-'V 0 B. 0 Aurelio Prados: 4 1 3 t U Secrctara Municipal do Isabela. El caballo alazano aparecido en esta jurisdiccin y p'ublicudo con fecha 10 de Julio en las bacetas, nmeros 86, 93 y 7, ha sido entregado D. Pedro Rico con. ductor lo correo? (Je Arccibo Aguadilla, toda vez que ha justificado -competentemente pertcnecerle en propiedad. Lo hago notorio lo efectos dis dispuestos. puestos. dispuestos. Isabela Setiembre 5 de 1867. El Secre Secretario, tario, Secretario, Sebastian del Valle. 3 Secretara del Corregimiento de Cgua Existen depositados do orden del Sor. Corregidor hs siguientes asimiles aparecidos. En poder de lon Ildefonso Sotoinayor, una yegua. zaina, careta, hasta el belfo superior, seis cuartas de alzada, paso trancado, copete y cria cortadas, cola regular, las patas do atrs blancas, y de f C :iio3 de edad. 'n poder de L'on Joe Manuel Ramrez, un caballo rucio calido, cabos negros, crin, copete y cola re regular, gular, regular, paso rrp'cado forzado, seis cuarta de alzada y como do tres aos de edad. Y en cumplimiento alo dispuesto se hace publico. Cguas Setiembre 28 de 1S67. Juan Hernndez,. Secretario. V. 13. Martored. 2 Secretara do la, Municipalidad de Bayamon. En poder del vecino D. Fihbert.) Orespin, se ha deposita lo nn poiro zaino amarillo, un lucero en la fente, paso menudeado, alzada 6 cuartas, crin y co a abultada y como de tres aos do edad, el cual lia sido aparecido en esta jurisdiccin.' Y Se anuncia al pblica a fin de uue el que se crea con derecho a dichoaniuial, so presente con 1 s docu documentos mentos documentos credirivos de su propiedad. Bayamon Se Se-tienbio tienbio Se-tienbio 27. de 1807 El Secretario,' Flix Y. Abril. Y. B. El Alcalde, Muoz. 2 Secretaiii do la Alcalda d Coam-o. La yegua negra, crin y cota nuore, paso uevanauo, atzaoa pequea, y como j cinco- ano 1 ua euv.i, que iue aparecida en este partido, y depositada" por el Sor. A loable en el vecino fon Olegario Heves del bar iodo los Llano; cuyos anuncios fueron pu- Idiea los en los peridicos y gacetas nujoeroi 102 al io del mes de Agosto ltimo, ha sido entregada el da de ayer por el referido Sora Alcalde al vecino (io Juana-Diaz Don Antonio Catoni que justilico perencceile su Seora Suegra Dona Mousenate Torrea. Y de rden del Sor. Alcal le se hace saber a pblico para conocimiento general por medio de la Gaceta oeial. Ooamo Setiembre '2"1 do 1807. i'd .-certario iuteriuo, C listo Bonilla. V. Darasoain." o Fajardo. Relacin de los individuas sorprendidos en jue juegos gos juegos prohibido.-, por la Autoridad local en el barrio de Quebrada-Fajardo la noche del 2T del corrien- te. Ignacio Torrens, duco de la cas, satisfizo en papel 0 escudos. Moncerrats ltodriguez, jornalero, id. 10 id. Jos'Mara Olivo, i b id. 10 id. Eusebio Hichcl, id. id. 10 id. Juan Concepcin, id. id 10 id. Duntiugo Cruz, se solicita por no parecer en la ju rb diccin. Jorje Olivo, id. id. id. Esteban fguewal veciaos de LuquUlo y so oi- Hu ano Vlerci Ir i L UUtlIV k"l WUI'I'. J J ( c& 11 li Anrnrid.a l mnal nara ouo les imponga la pena correspondiente. Secretara de la Alcalda de Juana-Diaz. Lu yegtia negra, y la potranca zaina colorada, que fueron aparecidas en. esta jurisdiccin y anuncia das su hallazgo cu 12 do Julio la primera,, y. 10 de Agosto la segunda; por las Gacetas Ue Gobier Gobierno no Gobierno nmeros lOd, 104 y 105, han sido entregadas O. Juan Frncesela y a V- Jto JMegion que acreditaron su propiedad. -Juan a -Dias Setiembre i1. '411 t 16 de 187. i' rancisco Antonio Arnuaga. 1 Seovphara Municioal de Maunabo. For dis- nosicion del Sor. Alealdo ha sido depositado en L)oh Jos Severo Dvila, un caballo alazano amarillo, un cordn blanco en la frent-' hasta el hocico, tres patas bUucas, cola y copete abultado, como do seis cuartas alzada, en una de las uflas de las patas delanteras uu cordn negro, como de diez aos de edad, una gran matadura en el es pinazo; ignorndose su paso por no poderse montar, uao se encontraba en la ileal Crcel y no ha sido solicitado no." su dueo. Y en cumplimiento de lo que so rdeua en el artculo loa el bando ue polica, 10 nago noiorio para el quo se crea bu dueo, acuda con los do do-mnntos mnntos do-mnntos lo-flditiv. s de propiedad. Maundbo So- ticiobro 25 do 1867. -El Secretario, Luis E. V.r,n,fi v Uamlrez. V. 0 11. 0 Aurelio Pra- dos. '-i-"- j 1. Secretariado la Alcalda' Municipal do Santa Isabel. Por" rden del Sr. Alcalde existo deposi depositado tado depositado en poder del vecino l). Rafael Prez un caba caballo llo caballo parecido cn'sta jurisdiccin do color zaino colorado, pas menudeo y trote; siete cuartas ul- z da, pobre do crin y col medio pando, .como de 6cteosde edad, la ua do la pata derecha do Mantera rajuda. j -1 Q aviso al publico para qc la pef3n qe e 'crea con dviveh? ocurra coa los documentos1 i s '.'. ;' justificativos reclamarlo, pues transcurridos los uos meses aispucstos se llevara efecto lo quo se determina en el art. 155 del Bando vigente. San Santa ta Santa Label Setiembre 14 do 1S67. Jos li. Navar Navarro, ro, Navarro, Secretario. V. 0 B. 0 Cordero. 3 Secretara Municipal de Naguabo. El caballo alaz no; tostado lucero, herrado do las cuatro pi pitas, tas, pitas, conservando uieamento las dos de atrs, de paso taconeado, siete cuaraa do alzada como do ocho unos do edad, y con una matadura en cJ es espinazo, pinazo, espinazo, que fu depositado en poder do I). Ansel Anselmo mo Anselmo (jarcia de este vecindario y publicado en la' Gaceta de "22 de Agosto pasado ha sido entregado D. Bruno Pablo, segn certificacin del Sor. Corregidor d? la Capital. Se hace saber al pblico para conocimiento. Naguabo 23 de Setiembre do 1867. El Secretario, Enrique Gouez. V. 0 B. 0 Arderius. 2 Secretara de Loiza. La yegua alazana apa aparecida recida aparecida en este partido, se entreg Mrcos Uosa vcci iode Rio-grande, que acredit ser suya. Loiza Setiembre 2'3 do 1867. Antonio Gimeuoz. '2 Alcalda de Laquillo. Encontrndose vacant0 la plaza de mdico titular de este pueblo dotada con 1,200 escudos anuales, so anuncia al pblico, fin de que los que deseen obtenerla y renan las cualidades necesarias dirijan sus solicitudes esta oficina de mi cargo acompaando los docu documentos mentos documentos necesarios. Luquilio Setiembre 23 de 1367. -J. G. Coca. 2 Secretara Municipal de Naguabo. La potran- ca zaina, de seis cuartas alenda y como de cuatro aos edad, qu fu depositada en poder do I). Plcido Camn, publicada en la Gaceta lo la Isla de, 27 de Agosto pasado, ha' sido entrega-la a . Fermn Carrnsquillo segn certificacin del Sor. Alcalde de Juncos. Lo que .se haca notorio para conocimiento. Naguabo Setiembre 23 de 1M67. El Secretario, Enrique Gmez. V. 0 P. 0 El Alcalde, Arderius. .2 Secretaria del Corregimiento do Cuiyama. En poder de Don Manuel Aponte se encuentran depositados ros animales siguiences. Una vaca ho3.a berrenda, con un lucero en la fie te, tres patas blanca?, una picadura en la crej 1 izquierda, chifles pequeos y como do diez aos do, edad. Un caballo oscuro, pobre de crin y cola, alzada seis cuartos, edad cinco aos y una mancha blanca en la patt izquierda. Lo quo aviso al p pblico blico pblico para su notoriedad y fines quo dispone la regla 155 del bando vigente. Guaynma 20 de Setiembre de 1867. Jos Antonio 'eruandez. V. 0 13. 0 El Corregidor Gonzlez. 1 2 Secretara Municipal do la Alcalda de Santa Isabel. La municipalidad do este pueblo en 'su acuerdo celebra io el dia once del corriente y en consonancia con' lo dispuesto en el art. 65 del De Decreto creto Decreto orgnico, sobre la Instruccin de ceta Isla, dispuso publicar la vacante dla Escuela incom incompleta pleta incompleta del barrio de Janea de esta jurisdiccin, por fallecimiento del cpi el a. desempeaba. Y se avisa ai pblico para que si alguno quiero optar ii ella ocurra c&ta Secretara do m cargo con los documentos creditvs en lo que resta del presente mes. Santa Isabel Setiembre 16 de 1867. Jos U. Navarro. V. 5 13. 5 Cordero. 3 Secretara del Municipio do Yauco. -Do rden del Sr. Alcalde so ha depositado en poder del ve vecino cino vecino Francisco Montalro, un caballo colorado, crin y cola abultada, de la frente hasta el hocico una cinta blanca, las patas b!anca3 menos la derecha do adealante, seis cuartas alzada y como de ocho aos do edad. Y Se hace presento los efectos prevenidos en el bando de buen gobierno. Yauco Setiembre 10 de 1867. Alfredo C. Alonso, Secretario. V. 0 13. 0 El Alcalde, Ramos. 3 , 1 ." m Secretara del Corregimiento de la Villa do S. Germn. Vacante la escuela incompleta del bar, rio de vlaricao dotad", con 30 escudos mensuales mensuales-la la mensuales-la Municipalidrd iia acordado so anuco al pblico fui de que loa quo deseen obtener su doscinpeil presenten sus solicitudes en esta Secretara en el .transcurso del presente mes. S. Germn Setiembre 11 de 1867. Francisco R. Sabat. V. 0 B. 0 Quixano. 3 Rape le la Iberia. - , Kl acreditado "Kap de la fbrica1 la Ibe Iberia, ria, Iberia, y de las clast'S ya conocidnSj'se encuen encuentra tra encuentra d venta n el establecimiento de don Ptdro del- Valle, calle de San Justo, viten nmero 10. Pucrto-Uico 16 -de Agosto' dc-8G7. 14-24 MPiENTA DEL GOBIERNO. |