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Sbado 19 dftNoviembre.
Niim, 140, e?Sp 11YT0' : V.; 0 i ff (.''Ir'. " idfc 1 i EST E PE R Q DI C O SE SUSCBI1SE 'I- -xo -.- it! nss flff ) .v-iar. ." -. l J -n f. sd' (,i'r;!:i : : i .'- r n SE PUBLICA TODOS LOS MARTES, ENFLA IMPRENTA DEL GOBIERNO, i sr. -'t -i. vi:,.; i j;7.. j 1 CALLE DE LA FORTALEZA. NO o: w, r a tr a. xa Vk7i J'J i:l Jj I'i .sJ'.-J Ano 1859. ( . j; T 'jn ' vssgwssy -;F;'.V'i t'tT.f? '. ; t !' ;;) f.ifri 1 ir ai ,hm ir-- re; 11 sa u so . ::; -."') fefPJ IB ffiP 3 B.C, TilW I I WWB i n-' PARTE OFICIAL. "5' i SUPERIOR GOBIERNO CAPITANIA GRXBRAli ? SUPIINTEDBNCU pEI.EGADA DR REAt HaCIXNDA DE LA ISLA DE PUER70-R1C0. Circular nm. 110. D ambas clases son,. por ejetplo, "las obras de esperarse, era el nico medio posible rio llevar cabo puentes, anrmados, ranaes reparaciones y otras ne- ei sistema propuesto, sobre el qual ha basado este piti cesaj-ias pa frpque,aif l trnsito en diferentes pun- perjor Gobierno el adjunto reglamento, para la e e-tos tos e-tos difciles, cuos. proyectos han sido sometidos , la cucion de las vas de comunicacin, quo lu de empezar Real aprobacibn: lasbras de riego que sea convenien- regir desde el 1? de Enero do 1860. ta ejecutar, las, comunicacipne por agua, tanto mas En di aparece en primer termino' la clasificacin do ventajosas,, si ja preferente cuilidad de navegables, los caminos de la Isla, en carreteras del servicio p- renen tambin la de servir para el riego; el estudio blico j de el servicio particular, nica que cabe en es-' en fin d las cuestiones que, ofrecen Jq. conveniencia y te pas, que no tierno capitales de provincia nr depar-' posibilidad de, egcucion de los trabajos necesarios, pa- taraentos de marina y por consiguiente no puedo te-' ra la conduccin de aguas potables adonde la necesi- ner lugar la clasificacin do carreteras generales: tam tam-dad dad tam-dad lo reclame.- poco ha lugar la de trasversales, que son ls que en EsUs j otrfls obras pblicas, de igual naturaleza, lazan dos ms carreteras gerteTales, pasando por ol ol-podrn podrn ol-podrn ofrecer en su dia los pueblos & la accin de guna Capital de provincia 6 centros do mayor pobla pobla-nna nna pobla-nna administracin entendida, que busque los medios cion 6 trfico, en cuyo caso no nos encontrams: ni de completar el vasto pan de poner en relacin los la de carreteras provinciales, porque ni tenemos aqu DencHcios muy seii;fciaao3 na aispcnsado s. M. aiwnwo uo piuuuuuu wu iva uv wuouuiv, puiuiv. vUin jjunuuua c uuuiuuicacion L. (i. ) al fomento v nros- o e imparciaimente encr,e ios ueseoa e niere- uucum, m uus uauamus en oiro ae ios aemas casos en se dign dictar sus dis- ses "e ca(a !0Cl"did, haga justicia , los, legtimos, que la ley ue 7 de xMayo de lool establece la clase do venza adootar en e i: v pi"'w'awBii"auu jr samu.iuio vunov.mv, ;csiur ivcsuua, pues, quo propiamente dicho no existen 1 J T 1 1111 1 '1 11 toaam 6on los que prepara en su alta sabidu- U1I1UU sus ,"aB 111,13 iWUl uei wucuwunuw u iua en la isia sino aos ciases ae caminos, que so handeno- de -W Agricultura, con lairesoluctones nos- "freses privados, jada ya la cuestin administrativa, minado y quedan declarados por el art. 1? del recia- , que tenga bien tomar, en vista del monnio- entregue la egecucion manos facultativas y coupe- ment, carreteras del servicio pblico, porque asi se Rei54 Nuestra Seora (Q perifjad d esta ;sla, desde que posiciones DODeranas para q ae comunicaciones, que con . .I -"...- l mayores y a' favor teriores nado plan que he sometido su Real consideracin. tentes para verificarlo benefician con ellas los pueblos por donde atraviesan,, Sentado este gran principio, del cual so han do derivar consecuencias muy provechosas al mejor ser- Esta Isla'eirtnentemente agrcola, ni conoce con Averiguarlas necesidades mas latentes, estudiar como los dems adonde se dirigen: y carreteras del ltitL -i.. ... -i ... .v X. i- -1..' ,8.i -i rr-- J. ?..iz.- i periecuiuu su sueii7f ni saue su proilUCClOn, ni calcula ios ousiauuiu quu s upuimu ni uesarruiiu progreso oci uuw pim.uiai punjuc csiua utuiuiBresun y sera uo sus cbnsumosas es que algunas veces la aliie mas pl de los intereses del pas, V adoptar con conocimiento de utilidad inmediata los vecinos do cada localidad. temor, que la realidad do las carestas; peligro que no causa las disposiciones con que el Gobierno pueda ven ven-puede puede ven-puede olvidarla administracin, que tiene derecho Da- cerlos, es la naturaleza del plan propuesto la aproba ra reclamar dla agricultura abundancia y baratura cin de S. M. En l se ha tomado en cuenta el voto vicio deS. M. y de los pueblos, la primera que seofre- en las suosistencias, con tai que ella Je proporcione en ae 1:13 amnicipanaaaes consignaaoen ios acueruos pre-jee a la consiaeracion ae todo el que no est ciogamento cambjo, seguridad en los campos y facilidad en las co- sididos por m en 1857, en los cuales expresaron estas apegado cuanto existe, ni preocupado contra cuanto municaciones.! Corporaciones las vas que en su sentir podran servir tiene en su abono la presuncin favorable del mejora mejora-La La mejora-La produccin agrcola aumenta en el pais, pero sus intereses; y por una feliz coincidencia de estos con miento de la cosa pblica, es el mutuo auxilio que han tambin aumenta la poblacin: y como aquella sin el 'as miras del Gobierno, en lo relativo u la organizacin de prestarse los dos recursos que tiene el pas para la auxilio de las vas publicas, no haya de continuar siem- delensiva del territorio, han quedado satistecnas am- egecucion de sus vas carreteras, auxilio que combina pre con este impulso, y antes tiendan ambas nivelar- bas necesidades, sin taltar por ello las dems condicio- se, pudiera surgir un conflicto con el tiempo, si no tu- nes lue debe Henar un pensamiento que, asi se adapta risemos ei meaio ue prevenirle, rara ello es preciso a Ja conveniencia locai, como responue ai mueres ge- ion, por otra con la facilidad y comodidad de las los esfuerzos perdidos en tantos anos como llevan los , ya en lo interior, ya en las que llevan- pueblos trabajando en caminos, sin que su desarrollo s las orillas del mar. los Donen en p1 efectivo pueda contarse, sino desde la organizacin del Y exigir de nuestro suelo, no lo quo hoy lleva, sino altro: neral de las Municipalidades y del Gobierno, quo pro de q mucho jas que es capaz de producir y que pro- 'cu,ra atender al uno y al otro sin menoscabo de la con conducir ducir conducir en adelante con las facilidades que se den la seryacion del territorio, como uno do los puntos objetl objetl-Agricultura. Agricultura. objetl-Agricultura. "" vos1 del sistema de comunicaciones de todo pas. Xa mancra'en que debo concurrir el Gobierno al De aqu el que, para poner al abrigo de las even- trabjo del labrador es, facilitndole la produccin, tualidades y de cualquiera perturbacin tan grandes abrindole mercados, asegurndole consumos. A la pro- intereses, se fije el plan general y constante que pueda duccion contribuyen la seguridad en las propiedades, conducir al acierto en todas ocasiones, haciendo desa- y la certeza, cuando mnos, la probabilidad do las parecer los errores sobre el objeto de las vas pblicas venas: la primera de estas cosas est dentro de. la ac- d m(K de egecutarlas; errores que han producido cion del Gobierno, que tiene la sagrada misin q!e. ha- resultados lamentables, por la costumbre do dar la d- cer respetar la propiedad, asi en medio de las poblcio- reccion facultativas en las obras personas, que, sin nos! como en la soledad do los camnos. En cuanto A los conocimientos necesarios en un ramo que requiere los consumos,"el medio de atraerlos es la baratura," quo estudios especiales; no podia tampoco exigirseles la porua parte. se logra con la disminucin del costo do responsabilidad de sus desaciertos; y de aqu tambin produce comunicaciones, do los producto Comercio del mundo. Las vas carreteras son, pues sistema de prestaciones, no completado hasta ahora. L,. 1 1 1 1.' i I m m l 1 1 Tiempo es ya de que los pueblos, desprendindose do antiguas preocupaciones y abjurando pasados erro errores, res, errores, comprendan que, los trabajos hechos sin las reglas y condiciones quo establecen los principios de la cien ciencia, cia, ciencia, son intiles para el servicio pblico poco tiempo de estar eri uso, consumen el trabajo del .labrador, por la inveterada costumbre de considerados concluidos, cuando apenas se.hallan bosquejados; y que necesitan de grandes esfuerzos, quo ellos devuelven con usura, y de una perseverante voluntad para proseguirlos, hasta su completa terminacin. Entonces conocern lo que cuesta tener buenas vas de comunicacin, y cuanto de debe be debe sor el inters y ahinco con quo han de "acudir es esta? ta? esta? preferentes necesidades, hasta arribar, & esc feliz trmino..' La creacin de una Direccin (le obras pblicas en esta Isla, encargada de promover sus intereses, en cuanto de ella depende, completamente caracterizada, como requiere la gravedad de su encargo, tan' auto autorizada rizada autorizada que no carezca de- recurso alguno, ni material ni moral, Par producir los bienes que do ella deben las Que han danroducir una flomnleLa v fdz rvnln . T, 1 1 cion en los destinos de los pueblos de esta Isla.' 'Estos medios los ha promovido el Gobierno con in incesante cesante incesante afancpmo lo prueban los adelantos consegui conseguidos dos conseguidos en las Otyras de caminos, con solo veinte meses de trabajos, en Jos cuales con el sistema de prestaciones, W .quedado 'terminadas 75 leguas de picas y casi la fritad de otra2 legua3 de va totalmente csplanada; 12 leguas y edia completas de afirmados, de las que son Verdaderofirme cuatro y tres cuartas leguas, y sie siete te siete y tres cuartas son de firmes provisionales; 19 puen puentes, tes, puentes, 21 pontones, 67 alcantarillas y 237 tageas. Obras pblicas como estas y do no meuor. utilidad, debern promoverse y aparecern de. un exmen .cien .cientfico tfico .cientfico de las idealidades, por loque interesa conocerlas: algunas se emprendern desde luego, otras quedarn aplazadas par mas adelante, egun la posibilidad, y Jegn que los pueblos que inmediatamente han d dis disfrutar frutar disfrutar sus beneficios esforzndose por conseguirlos, so "agtn merecedores de la proteccin; yJ se grangeen la cooperacin 0 Gobierno. do admirablemente para que sea ventajoso cada pue pueblo blo pueblo en particular y todos en general, dar el resulta resultado do resultado que el Gobierno se ha propuesto, dotar de perfectas carreteras la Isla en poco tiempo. El fonda general de Caminos, no es suficiente ni con mucho para construir las carreteras del servicio p pblico, blico, pblico, y atender su conservacin segn vayan egecu egecu-tndose; tndose; egecu-tndose; y la prestacin personal empleada csclusiva csclusiva-mente mente csclusiva-mente en los caminos del servicio particular, 6 sea en los quo ponen los barrios en comunicacin con sus respectivos pueblos, de poca utilidad seria estos care careciendo ciendo careciendo de los que haban de proporcionarles el transpor transporto to transporto de los frutos los puntos consumidores, y la impor importacin tacin importacin de los efectos necesarios para su consumo Por esto es que, procurando el Gobierno conciliar el inters rrantrul trn al rtartiMilar a 1 na ar ma Hava. oT ronia vecinal las carreteras publicas, que son tambin del servicio particular de cada pueblo, en su respectiva de demarcacin marcacin demarcacin acude en su ayuda con el fondo general, que todos tienen igual derecho, facilitndoles por esto medio la egecucion de las obras costosas, que no po podran dran podran hacer frente las prestaciones, y descargndoles do la obligacin de conservar y entretener dichas car carreteras, reteras, carreteras, despus de darlas concluidas. Establecido el nico modo de quo 10 beneficien la vez todos los pueblos de los recursos, que funcionando aisladamente, como hasta aqu, no llenaran su princi principal pal principal objeto, quo debo ser poner, lo antes posible, en franca y espedita comunicacin todas las localidades, los municipios son los llamados con igual nmero do mayores contribuyentes, proporcionar los medios do accin con que la administracin pueda ofrecer los re resultados sultados resultados que todos apetecen. Estas Corporaciones, pues, son las que penetrndose det pensamiento- benfico quo guia al Gobierno, pueden hacer todo el bien posible en tavor de los, puebtw ,cuyo aerenos representan, y votando los recurso suficientes para atender & sus ne cesidades, con arreglo sus fuerzas, ya procurando con el mayor celo inters, que desaparezcan las oculta ciones do objetos sugetos la prestacin; fin de que i. ,. ?. i t ? no resulto perjuaicaaa ninguna ciaso uo a quo cuu tri tribuyen buyen tribuyen al servicio; con Cuyo fin este Superior Gobierno na eliminado de 41 6 los claros, bueyes y curre tasque Pueblos, Jornaleros premiados,' ...'I 3U ?. . i adjudicadas. .'A. I Pepino Pon ce- Quebradillas- .......... Rincn Rio-piedras- "li-grande Sabana del Palmar Sabana grande : Santa Isabel- Seiba .-. .'. i -. ..; San Germana . . Salinas ; y i i loa-alta Toa-baja ; Trujillo-allo ..... ...... Trujillo-bajo ....... Vega-alta .". . . Vega-baja Utuado- . . I ... . . i 'ti' V . k Santiago Figueras . Pin Deltrnln Jos Bayona ....... ... . .Y. s, Elias Mercado .... c,;; Pablo Gonzlez Eduardo Garca Eugenio Osorio Osorio-Eleuterio Eleuterio Osorio-Eleuterio Rivera Antonio Baez Victoriano Martnez Jos Julin Rivera Leonardo Rodrguez V cente Sol van Ramn Rodrguez Agapito Galagarza Antonio Rodnguz Jos llegas Ramn Gil- Saturnino Cancele. Pedro Rodrguez f Pesos Cs. A I) y I I S T R A C J 0 GEXE1IU DRNTAS .INTERNAS. i.i. ... . . 50 15 50 50 49 25 25 10 50 25 50 50 10 25 16 25 25 14 12 20 n a 66 . ti 66 66 66 66 99 99 "'- : 99 66 66 -66 66 6 66 66 66 66 "SSS? JiSi' Lo que de orden de S. E. se inserta en este peridico para conocimiento del pblico y satis satisfaccin faccin satisfaccin de los interesAlnl iPiipVfn.R - w m J i. i u li-mui t- Jl Ultf. M I UULISCU U IjCrUflOf i ; ji : PUKRTO-ttlCO 19 DE NOVIEMBRE Don Juan de Mendoza y Fontolla Alcalde Mayor por S. M. de ta Muy Leal Villa de Afecibo. y su partido. Por el presente mi prinjerregon y edicto cito, llamo y emplazo Valentn Rivera Vecino de Morovis contra quien pende causa crminal en este Juzgado por hurto de caf pa para ra para que en e trmino de 9 diasse presente en la Real Crcel de esta Villa responder los cargos que en dicha causa le resulta pues si asi lo hiciere se le oir y administr justicia pero no verificndolo, se. seguir la causa en su ausencia y Tebelda, entendindose con los estrados del Tribunal cuan cuantos tos cuantos actos le competan, parndole los perjuicios que en dere derecho cho derecho haya lugar. Y para que no pueda alegar ignorancia li libro bro libro el presente en Arecibo, 5 de Noviembre de 1859. Tuan de Mendoza,Vox mandado de S. S -Feliz M. BMsciro. 2 distrito, en los autosr sobre quiebra de los Srcs.1 Manuel Na dal Hermano?, vecinos comerciantes d Yahuonn .a mn ,Jado convocar 'por edicto los que se crean con derecho . i .... uuuerse tu convenio celebrarlo entre la sociedad deudora, y ios acreedores en la Junta general que tuvo lugar ante el Juez comisario el dia 7 del corriente mes, para que lo de deduzcan duzcan deduzcan en el trmino de ocho dias contaJos desde esta fe- cha, apercibidos que de no verificarlo se proceder lo que hubiere lugar. Para que llague noticia de todos y no se pueda alegar inorancia fijamos eJ presente en Humacao 12 de Noviembre de 1859. Eugenio de Torres. -Tburcia uonzaicz. j Den Pedro di OTin y Garca Secretario honorario de S. M. Alcalde Mayor Letrado del distrito de Poicc, Isla da Puerto-Rico c. Al pblico hago saber: que por auto de 22 de Octubre ltimo, se declar intestado el fallecimiento de Don Jos Sota, y por sus herederos los llamados por la ley, y en consecuencia, se citan y emplazan todos los que se con consideren sideren consideren con derecho los bienes o lictos para su comparen comparendo do comparendo en este Tribunal, dentro del trmino de 30 dias por si sus poderes con instrucciones bastante y los documentos que los legitimen hacerlo valer, apercibidos de su perjui perjuicio, cio, perjuicio, y se publica para su notoriedad. Ponce, Noviembre 7 de 1859. P'dro de Oa. Por mandado de S. S. Rafael de Len. Escribano Real y pblico. 2 Escribana del Tribunal de Guerra. Por el presente se ciut iiuma y emplaza a Uon Aatalio Martinez para que en termino de 15 das a contar desde la fecha d.d ltimo anuncio comparezca en dicho Tribunal usar de su dere derecho cho derecho en la testamentara del Canita n Dnn Fmnrisivi Mart. nez y Patino Apercibidos de su perjuicio sino lo verifica, Puerto-Rico, Noviembre 15 de 1859. Antonio M. de Al- rey. escribano de Guerra. 2 Don Bartolom de Ehaburu Prior del Tribunal de Comer' ci de esta Plaza jpor S. M. Por el presente hace saber que en la Junta general de acreedores celebrada el dia de ayer poi los de la quiebra de Don Francisco Ambas vecino de Cangrejos tuvo efecto un oonvenio entre este y aquellos para satisfceles ntregamen ntregamen-te te ntregamen-te sus acrehencia?; por tanto cumpliendo con lo que ordena el art. 199 de la Ley de Enjuiciamiento convoco los que tuvieren derecho para oponerse la aprobacin de tal con convenio, venio, convenio, para que se presenten deducirlo ante el Tribunal dentro de los 8 dias siguientes la celebracin de dicho convenio apercibidos de que si transcurrieren estos sin que se hubiese hecho oposicin lerjal se acordar su aprobacin procediendo de derecho. Puerto-Rico, Noviembre 10 e 1859 Bartolom de Elzaburu. Por mandado de S. S. Esteban de Escalona. 2 Escribana pblica de Don Geivaso Pz? nielara do intestado el fallecimiento de Pedro del Rio vecino oue iue ue rujiiio-aito, el -bor. Juez de primera Instancia ha mandado llamar por los peridicos de la plaza todos los que se crean con tierecno sus bienes para que dentro del trmino de 30 dias ocurran con los documentos del r.an & deducir en forma sus acciones. Puerto-Rico, Noviembre 12 ae iooy. isaac uuerga. bscnbano pblico de Real Ha NFFTkTF riTY r?irriv trrv -vra. 'i-r-. DELA CAPITAL Licenciado Don Leonardo de Campos Teniente Alcalde Ma Mayor yor Mayor Juez de primera Instancia inteiino de este distrito y subdelegado de Real Hacienda del mismo. Pe el presenta mi primf r pergon y edicto, cito llamo y e m plazo al prfugo Don Lzaro Rodrguez vecino de Ca Ca-yey yey Ca-yey contra quien estoy procediendo criminalmente por heri herida da herida Jos Mara Escribano, para que en el preciso trmino je 9 das contados desde hoy se presente en la Real Crcel oe este pueb.o, & estar & derecho en dicha causa; seguro que de hacerlo asi se le oir y guardar cumpliJa justicia; aper apercibido cibido apercibido en su defecto, de que se entender en los estrados del nbunal en su ausencia y rebelda, parndole el perjuicio que hubierelifgar. Dado cri Caguas i 12 de Noviembre de 1859. Leonar- de Campos. Por mandado de S. S. Juan Ramn de forres. . crilanU pblica de" Humacao. Por autor diez da No No-Miembro Miembro No-Miembro corriente, dictado .por el Sr. Alcalde Mayor de este Desde el 14 del corriente al 1 de Di t - mm v a v V 1 A dero se expender en esta Ciudad la ljbra de carne de res vacuno 18 cuartos y los dias dos y tres 17 cuanos; queaanao sealado para nueva subasta el Io. del entrante la una del dia en las Salas Consistoria les. Lo que se avisa para la concurrencia de Iicitadores y conocimiento del publico. Puerto-Rico. Noviembre nae looif. espino. 2 Seretara del Excmo. juntamiento de la Capital. ta s JNo habiendo tenido efecto la subasta anunciada na ra el dia H del actual sobre composicin del fogn de la Real Crcel por falta de Iicitadores, se ha dispuesto se convoque nuevamente para el lunes 14 la una del dia; cuyo acto tendr lugar en las salas Consistoriales donde so hallar reunida la Junta respectiva. Puerto Puerto-Rico Rico Puerto-Rico Noviembre 11 de 1859. V. B. Espino. Jos Montesino. o Don Gaspar de Estrada Alcalde Mayor Juez Consular de este partido de Aguadilla. Hago saber que por auto de hoy he dispuesto en la q-iiebra de los Seflores Lpez Hermanos se sique pblica subasta la goleta espaola Crmen fondeada en ste puor puor-ta ta puor-ta tsala en la cantidad de 2,600 pesos: y habndo seflala do para los pregones ordinario hs dias 1 1 y2l del corriente y l. de Diciembre y para el cuirto pregn de remate el 10 del mismo se har saber al pblico para la concurrencia de Iicitadores. Aguadilla, Noviembre 2 de 1839. Gaspar da Estrada. Por mandado de S. S. Jos Ramn Cestero. Escribano Real y pblico. o No habiendo tenido efecto or falta. Ats !cfaWo la subasta para el arriendo del ramo de callera del pueDio ae Arroyo ae loo ai b anunciada en los pe peridicos ridicos peridicos de la plaza Dar el 26 de Octubre anterior, la Junta del ramo acord se anuncie otro cuarto precon ae remate en subasta dobla que se celebrar en esta Capital ante la Presidencia del Excmo. Sr. Intendenta en el local de costumbre, y simultneamente en la Al Alcalda calda Alcalda del mencionado pueblo de Arroyo el dia 23 del corriente mes la una de la tarde, en los trminos v i bajo las formalidades que marcan los artculos 10 y 11 de la instruccin mandada observar al efecto. Siendo el precio establecido en los anuncios anterio anteriores res anteriores insertos en la Gaceta del Gobierno de loa dias 20. 22 y 25 del mes anterior, el de 100 pesos: las nronosi- ciones se prese'ntarn como est establecido en pliegos cerrados arrecindose exactamente al adiunto modelo. y la cantidad que ha de consignarse previamente como garanta para tomar parte en esta subasta ser ;dj33 pesos 33 centavos fuertes en el Tesoro pblico en la receptora sustitua del mencionado pueblo de Arroyo, debiendo acompaar cada pliecro el documento nn acredite haber realizado el dej osito del modo que pre previene viene previene la referida instruccin. En el caso de que resultasen dos 6 mas proposicio proposiciones nes proposiciones rales, se celebrar nicamente entre sus autnro una segunda licitacin abierta en los trminos prescri prescritos tos prescritos en la expresada instruccin: advirtindose nnn U I -JWW mejora que en definitiva resulte en la Alcalda de Arro Arroyo yo Arroyo habr de confrontars el dia 29 del prefijado No- vicuiuio cu iiucvii licuacin ame ta x resiaencia aei Excmo. Sr. Intendente en esta Capital. A ese nuevo remate podrn concurrir los licitado- res si no les conviniese hacerlo personalmente, nor mp. dio de apoderado 6 simplemente por encargo competen competentemente temente competentemente garantizado, entendindose que renuncian su derecho si no lo ejercen de uno otro modo. Hecha la adiudicacion por la superioridad se rlevn- V ,t t r el contrato escritura pblica siendo de cuenta del rematante los gastos de su otorgamiento. Los Resguardos expedidos por la Tesorera v R- t tj i j ceptona sustituta se devolvern en el acto del remate, todos los Iicitadores menos aquel quien se adju adjudique, dique, adjudique, y este en el momento de pagar el total impor importe te importe si cumple su compromiso: pero si no lo cumpliere ' perder el depsito. El mismo rematante nuedarA nuott A In nn nrova. I - WMA w v v a v s no el art. 5. del Real Decreto de 27 de Febrero do 1852. Puerto-Rico, Noviembre 14 de 1859. El Adminis trador General. Diego de Tapia. Modelo de proposiciones. Don N.... N.... vecino de.... enterado del anuncio publicado el dia 14 del corriente mes de las condiciones) v requisitos que se exigen para la adiudicacion en p- hlifa subasta del arrian dr drl norrn An, traWorn. A al mi. blo de Arroyo por el trienio de 1858 al 60 inclusive, se compromete tomarlo en arriendo con extrirta su jecin los expresados requisitos y condiciones. (Aqu la proposicin aue se haca, admitiendo mn. jorando lisa y llanamente el tipo fijado, estampando en m uarpebu uci puego cerrauo 10 siguienio Jrroposicio Jrroposicio-nes nes Jrroposicio-nes para el arrendamiento de la gallera do Arroyo de 1858 al 60.") No habiendo tenido locar por falta de licitado 0 j - - w el remate de arrendamiento del billar de Rio-medra para el trienio de 1859. al 61. se anuncia una nueva subasta en esta capital para el dia 29 del comento mes bajo las misma bases que las espresadas en loa anuncios inserto en la Gaceta del Gobierno nmero 131 y sucesivos. Puerto-Rico 14 do Noviembre d 1859. Diego de Tapia. 2 El dia 29 del corriente mes 4 la una de la tarde so verificarn simultneamente en esta Capital en el Pa Palacio lacio Palacio de la Intendencia y pueblo de Trujillo-bajo, el remate de arrendamiento de loa Hamos de Billar y Bo Bochas chas Bochas de dicho pueblo del trienio de 1860 al 62, apre apreciados ciados apreciados en 25 pesos fuertes al contado. Los que deseen tomar parto en la licitacin debe debern rn debern presentar sus proposiciones la hora sealada por pliego cerrados con .sujecin al modelo adjunto, acom acompaando paando acompaando el documento Que acredite haber hecho el de psito do la tercera parto en Tesorera en a Recep Receptora tora Receptora ftustituta do Trajillo-bajo. Una vez entregados los pliegos no podrn retirarso bajo ningn pretosto ni motivo. Antes de entregarlo podrn tus autores manifes manifestar tar manifestar las dudas ano se le ofrezcan pedir las explicacio nes nACA&ariail- An la int1ifna d nnn nnt m K Ar- tO el primer pliego no so admitir observacin ni ox pucacion alguna que interrumpa el acto. t I I 4 . 1 i I. J t I 1 m: id empleen oclusivamente en las labores del campo, dajido asi facilidades la agricultura, que venia ya re recargada cargada recargada en este servicio, desde el reglamento de 16 de Febrero de 1853, que lo organiz, tal como hoy est, y conservndose el principio de la proporcin en la carga, nacienao que caua uuu wuhimuj w 6 siguiente dejarlo ultimado; y disponindose lo con conveniente veniente conveniente para que segn lo prevenido en el art. 17, fueda encontrarse en este Superior Gobierno el 23 de 'ebrero siguiente. Para que ha va la conveniente uniformidad, en la rendicin de las cuentas, y con el objeto de facilitarla i. ma,lin nnfl emtdee en su beneficio, i en contra de ; todo lo posible, fin de que en ningn caso dejen ae la conservacin de los Caminos. producirse con la exactitud que se previene, se provee- Con el mismo objeto de evitar perjuicios tercero, r los Depositarios de los impresos necesarios, que que en materia de servicio personal, resultan por la solicitarn de la Imprenta del Gobierno las Autorida Autorida-menor menor Autorida-menor condescendencia 6 tolerancia, debern las Mu- j des locales, y les sern remitidos con h cuenta de su nicipalidades, proceder con mucho pulso y circunspec- importe, que se satisfar, prvio acuerdo de la Muni Municin cin Municin en la calificacin de cuotas fallidas, que ha de ha-! cipalidad, con cargo al artculo de gastos de escnto escnto-cerse cerse escnto-cerse por trimestres, despus de un exmen detenido, i rios, si alcanzare cubrirlo,-;jr en otro caso al de im im-y y im-y con la conciencia de que la declaracin que de ellas previstos del presupuesto Municipal del corriente ao. hagan es una verdad que puede justificarse siempre Para los sucesivos se incluirn en el mismo presupues presupues-que que presupues-que se quiera; en el concepto de que el Gobierno par- to Municipal dichas impresiones, las de lp3 padrones y tiendo de este principio, no admitir otras bajas, des- el cost de los libros que deben llevar el Depositario pues de aprobadas las que se le propongan, con arreglo y Secretardel Municipio,' conforme ; lo 'que se al art. 28 del reglamento. ; 1 dispone en el reglamento. r j. v En feste encontrarn las Municipalidades cuanta Por ltimo, los Comandantes de Departamentos, ilustracin y atribuciones pudieran desear, para llenar delegados de este Superior Gobierno en el ramo de ca ca-cumplidamente cumplidamente ca-cumplidamente elgrave y responsable encargo de ad minos, quedan encargados, como tales, de egercer la ministrar fondos pblicos, como son los de la presta- ma3 activa vigilancia para que tenga cumplido efecto cion, ya se de en amero o eu uauajv, puiv .v Vale, tanto como aquel, y por 16 mismo toca al Munici Municipio pio Municipio vigilar para que su empleo sea en provecho comn, y nunca, ni en ningn caso, en beneficio particular. El tiene el medio de evitar que esto suceda, haciendo que se cumpla el reglamento, sin dar lugar por considera consideraciones ciones consideraciones ni afecciones de ninguna especie, que se de defrauden frauden defrauden jas esperanzas de los vecinos, que aguardan confiadamente de los que por sus cargos estn llama llamados dos llamados velar por sus intereses, el resultado que se pro prometen meten prometen de los esfuerzos que hacen para proporcionarse el bien apetecido, en la construccin y mejora de las vas pblicas. El nuevo reglamento ofrece tambin las Munici Municipalidades, palidades, Municipalidades, una slida garanta de sus procedimientos, con ei sistema ae cuniuuumau 4uC relacin te l0S jornaleros premiados en el presente aflo segn lo cuspuesiu ru vi VStJSit "ETT, tW i Reglamento de la materia, con espresion de la ascendencia de dichos premios el reglamento, pudiendo en el caso de observar que'se falta cualquiera de sus prescripciones, adoptar las disposiciones que les sugiera su celo y prudencia, prevencin con este Superior Gobierno, quien darn cuenta circunstanciada de los hechos, para la resolu resolu-cion cion resolu-cion que en su vista corresponda. :" Lo digo IT. con inclusin de un egemplar del ex expresado presado expresado reglamento, fin de que reuniendo la Muni Municipalidad cipalidad Municipalidad en sesin extraordinaria para .; l sol objeto de enterarse de l y de esta disposicin circular, acuer acuerde de acuerde desde luego lo conveniente para su mayor publici publicidad, dad, publicidad, en la forma acostumbrada, y con el objeto de pro proceder ceder proceder la formacin del padrn de prestaoj-mes; y mediante el acreditado celo de U. existe el de la cor corporacin poracin corporacin Municipal, cuyo frente se halla, para el mas exacto, cumplimiento de cuanto se dispone, evitn evitndola dola evitndola incurrir en el desagrado de este Superior Gobier Gobierne, ne, Gobierne, que espera su mas eficaz cooperacin, para la rea realizacin lizacin realizacin de los altos fines que se propone, en favor de los jpueblos que le estn confiados. K Dios guarde U muchos aos. Puerto-Rico 9 de Noviembre de 1859. Fernando Cotoner. En el prximo nmero se 'publicar el Reglamento de que sse hace mencin) C CAPITANIA GENERAL Y SPEIlINTENDENCIs DELEGADA DE REAL HACIENDA ... L 3 ? -J 3 B3C --SISO. aviso para la recaudacin; y por su claridad y precisin es compatible con la seguridad de la debida inversin de los fondos. jsm emoargo, si algunas uuuas uuurnu uuurnu-sn, sn, uuurnu-sn, no obstante los formularios que lleva para todos los casos que puedan ofrecerse, se consultarn con sen sencillez, cillez, sencillez, antes que incurrir en errores que pudieran ser de trascendencia y afectar responsabilidades, que el Gobierno quiere evitar todos los que tienen interven intervencin cin intervencin en la administracin de las obras pblicas. ( lia parte reglamentaria se ha mejordo convenien convenientemente, temente, convenientemente, acomodndola al nuevo rden qite ha sido preciso establecer en este ramo de la administracin, fin de hacer funcionar, segn corresponde, la Di Direccin reccin Direccin de obras pblicas, creada con posterioridad al reglamento do prestaciones de 28 de Febrero de 1853, y al adicional do 22 de Setiembre de 1857; pues por lo dems, el que ahora se publica para que empiece regir desde 1. de Enero prdxiny), descansa en las mis mismas mas mismas bases que aquellos, con la sola diferencia de la clasificacin de los caminos, en carreteras del servicio pblico y del servicio particular, variacin exijida por el pian de comunicaciones presentado, que si no nega negare re negare merecer la Real aprobacin, bastara la supresin de aquella parte del reglamento, y la que se refiere las subvenciones del fondo general de caminos, para que pudiese continuar observndose. En este concepto, y habindose comprendido en el presupuesto general de gastos para 1860, la9 cantida cantidades des cantidades que se. han considerado necesarias para subvencio subvencionar nar subvencionar los pueblos en dicho ao por el ramo de cami caminos, nos, caminos, las ftunicipalidades, procedern votar las pres prestaciones taciones prestaciones que deban emplearse en las obras el ao prV cimo, sin pretensiones de adquirir el derecho las sub subvenciones venciones subvenciones acordadas por el art. 4. del reglamento, pues-en el caso de que estas tengan logar porque Su Magestad se dignase aprobarlo, se proceder, con avi aviso so aviso de este Superior Gobierno, nueva votacin de pres prestaciones, taciones, prestaciones, y entonces las Municipalidades podrn ratifi ratificarlas carlas ratificarlas votadas, 6 proponer las que estimen convenien convenientes tes convenientes para optar al auxilio con que aumentarn sus fon fondos, dos, fondos, para la continuacin de los trabajos. La tramitacin que ha tenido qe seguir el expe expediente, diente, expediente, hasta decretarse la publicacin del reglamento no ha permitido hacerla antes para que el 1. de Octu Octubre bre Octubre prximo pasado, hubieran principiado las opera operaciones ciones operaciones de la formacin de los padrones, conforme lo prevenido en el art. 13; por lo tanto en. el presente ao se entender aquel plazo el 15 de Diciembre pr5c pr5c-cirao cirao pr5c-cirao venidero, en cuyodia se presentarn las manifes manifestaciones taciones manifestaciones de los .vecinos, obre loa objetos sugetos prestacin. Las relaciones de los que no sepan escri bir se formarn en la Secretara de las Municipalida Municipalidades, des, Municipalidades, cargndose el gasto de un escribiente que se ocu ocupe pe ocupe .en estos trabajos, por solo quince dias, los del material f oficina, si hubiese cobrante en este artculo y en otro caso, el fondo de prestaciones; dndose cuen cuenta ta cuenta de su importe para que recaiga l 1 aprobacin. Por la misma razn que ha sido preciso prorrogar el da, en que han debido principiar los trabajos del padrn, ee entender diferido hasta el 15 d Enero del alio prximo, el fijado por el art. 1G para su exmen y exposicin al pblico; la cual: durar hasta el 81 del jabino mc, err-que sodesfijar, pioecdindose el dia que percibirn en este da los agraciados, en celebridad de ser los de S. M. la Reina Nuestra Seora (Q. D G.) Cantidades Jornaleros premiados, adfudicaaas. Pueblos. Capital Adjuntas Aguada Aguadilla Aflasco Arecibo Aibonito Aguas-buenas Arroyo Bayamon Barranquitas Barros. Cabo-Rojo Cguas.. Cayey. Camuy. Cidra. Cales Coa ni o Corozal Cangrejos Carolina Dorado Fajardo Guayama Gurabo Guainabo Guayanilla Hato-grande Humacao Hatillo. Yabucoa-. Isabela Yauco Juana Daz Juncos Loiza Luquillo- Lares Mayagez- Manat m t Moro vis- Maunabo. Moca Naranjito-. ... Kguabp.v? f vv Patillas-. Pcftuclas' .... Pesos. lamon Lpez-.. r 50 Juc Dolores Rodrguez- '25. ictoriano Villanueva 50 Ramn Corts 50 Jos Valentn .25 Agustin Berenzuela 50 Jos Rosado 10 Joaqun de Jess 14 Alberto de Jess-- 25 Severo Rosa 50 Jos Colon Liberto. 1G Manuel de Jess Colon 16 Pascual Cintron 50 Lorenzo Diz 50 Cosme Cjruz- 25 Carlos Rosado 25 Celestino Santiago 25 Teodomro Rivera 16 Benito Cruz 25 Jos Resto- 38 Simn del Rosario 17 Wencesla?) Alejandro 32 Santiago Morales- 16 Jos Chico 50 Blas Garca-.. 50 Juan Bautista Cruz 50 Patricio Snchez 25 Benito Centeno. 50 Basilio Melendz 25 Pedro Bazquez 44 Jos Dolores Mercado 10 Jiian Severo Quiones 50 Joaqun Vargas 50 Bernab Ortiz 50 Juan Mara Torres 50 Matas Rodrguez ... 50 1 Antonio Osorio ,., t 50 Anastasio Parrilla .t;ii25 . Miguel Ramrez j- 50 Julin Luciano- 50 Joaqun Carriou 25 ; ' Diego Reyes- 1 15 t Benito Ruiz v, l0, Carlos Colon ... 25 Juan Tomas Vzquez 15 Jos Mara Carrasquillo-. . . ... 50 1 'Benito Coto-... vh,i ....V ;"50 Ramn Pcrcz 50 Cts. (i i( ii t( i( ii ti ti i i ii ii ii ti ii ii ii H ii ii it it ii it ti it H a a a a a a tt t( 'tf d tt a a ti a ti i'tt a En el caso de que resultasen ,dos 6. mas .proposicio-1 Una vez entregados los pliegos no podrn Jetirarse que se ha de verificar maana da de'S. M. la Rein ncs iguales,' se celebrar1 nicamente' entre sus autores: baj nmnrefesto ni motivo. f Nuestra Sr. (Q. D. G.) juegan los. fondos de la Exce Exce-una una Exce-una segunda licitacin abierta en los trminos prescriHi 'Antes 'de entregarlos podrn' sus autores1 manifs- lentsima, Corporacin con los nmeros" 8,790 9,753 en definitiva resulte en la Alcalda de Trujillo-baja ciones necesrias, jen inteligencia de que una vez abier- Jos Montesino,: ? '1 habr de controntarse ei uia ae uiciemure eu uuev iu eipinuci puegu uu bc numim uww .,r." licitacin, ante la Presidencia del Excmo.Sr. Inten- cacion algun4?bue interrumpa l acto rr:rj ,;; dent en esta Capital;4: '' '- 11 : ; w J! En el cas ae que resulten dos mas proposiciones A ese nuevo remate' podrn concurrir los1, licitado- iguales, se celebrar nicamente entre sus autores, una res or si, o por meuio ue apoaeraao, o oimpieiueuie Bt-gauu uvatavjuu aiucua u wo icjiuiuoo pcewuuo cu competentemente garantizado, entenaien- ia instruccin auviruenuose. que .1 .mejora que cu utr- finitiva resulteen la Alcalda de. Aguasrbuenas nabr de confrontarle el dia 2 de Diciembre prximo en nueva licitacin ante la Presidencia del Excm. Seor cor encargado competentemente garantiza dose qu renuncian su derecho si no lo ejercen de uno oiro mouu. r , Hecha la adjudicacin por la Superioridad se ele elevar var elevar er contrato escritura' pblica, siendo de cuenta del rematante' Jos gastos de, su otorgamiento. , '", EL misino rematante quedar' sujeto jo que pre previene viene previene lart. 5o. del Real decretle 27 de Febrero de 1852. Puertb7Ricy Noviembre it'de 1859.2)'o "de Tapia'. : V'V - -; i 1i X Intendente enasta Capital. A ese nuro remate podrn- concurrir los licita&o- "i.tnr.H -ji'tL a.. D CADIZ. . .. .i , - s 4 Hallndose. vacante la plaza de Sargenta de cornetas: il el Batalln Caadrtis de, Cdiz-dota- I da con,;el sueldo de. 18 pesos, y lav-gratificacion Modelo de proposiciones? ' : 1 1).J liilv N..:.'5 vecino cde.v.H enterado 'del anuncio Sublicado el 17 de Noviembre de este ao de las con con-icins icins con-icins y reauisits que se exijenpara la adjudicacin ' enpblica subasta dl arriendo de los juegos de Billar yBhs del pueblo de Trujillo-hajo, por el trienio d 1860 al 62 inclusive s compromete tomarlo en arriendo con sujecin' 4 l$ expresados requisitos y condiciones. , .'X'.'T'". . ) ' "Aqu la proposicin que s haga; admitiendo 6 met jorando: lisa y llanamente el tipo fijado., '' i .ra. .w,!i"r t-'.i t i j; r-'.' ''"" iry-l i.- :. i; -t , : El da 29 del corriente mes y hora de la una de la tarde, se verificarn simultneamente 4 en esta Ca Capital pital Capital en s el Palacio de la Indendencia y pueblo' de Barros, el remate de arrendamiento 1 de los ramos, de Billar y Gallera de dicho pueblo del trienio de 1860 al 62, apreciado en 30 $ el primero y Jen 60 .$ el segun segundo, do, segundo, pagaderos por terceras partes en (el mes de Enero do cada ao. ; :i !', .;; Los que deseen tomar 'parfe en 1; licitacin debe debern rn debern presentar sus proposiciones la hora sealada por pliegos cerrados con sujecin al modelo adjunto acom acompaando paando acompaando l document que acredite haber hecho el dep depsito sito depsito de la 'tercera parte en Tesorera 6 en la Recep Receptora tora Receptora sustitiita de Barros. J ' ' V ' ' Una vez entregados los pliegos no podrn retirar retirarse se retirarse bajo 'ningun'pfetesto ni motivo. Antes de entregarlos podrn sus autores manifes manifestar tar manifestar las "dudas qu' se es ofrezcan pedir las explica explicaciones ciones explicaciones necesarias,' en inteligencia de qu una vez abier abierto to abierto el primer 'pliego no se admitir observacin ni ex explicacin plicacin explicacin alguna que interrump el acto; 5 En el caso de que resulten dos Vi ms -proposiciones iguales se celebrar nicamente entre sus autores una segunda licitacin abierta', en los trminos prescritos ( en la instruccin, .advirtindose que la mejora que en ? dfinitiya "'result en .Ia Alcalda de Barros habr de confrontarse l dia '2''de'picerbret.jn hueva licitacin nt' la" presidencia del Excino Sor Intendente dees dees-ta ta dees-ta Capital.;-, j ; . ,.r '.."'"A: ese nueyoemate' podrnl concurrir Jos licltado licltado-res res licltado-res "por si 6 ,por jriedi d apoderado, d simplemente por encargado competen tmcte' garantizados entndih entndih-dse dse entndih-dse que rhucikn su derechB' sriti l'iejrch'de uno 1 'deWmdov- ; ;'; J ! f'' s,lecjia l Jdj!dicacion'pr;ia "Surienoridd se ele ele-- - ele-- var'eVcontrato escritiir pMic,: siendo d' cuenia del rematante los gastos de su otorgamiento.'" ' 1 j El mismo rematante, quedar sujeto lo que pre viene el arteulo 5" del Real Decreto del 27 de Jebre ro!do 1852. Mi o. ' Puerto-llico1, "Noviembre 17 deiuoy.xio ae i i p i i iia i manen o i oc on nnninn a ix4t a r arrnn i a ir crnai. respor si o por meaio ae apoaeraao- o simplemente i.m", vw.. mvinvuu j -r porencargadd competentemente garantizado, entendin- j do de Sargento 1 .los 5 aos de ejercicio, los dose que renuncian su derecho, si no lo ejercen de uno j licenciados del Ejrcito - quienes acomode, y otro modo M que;reUniendo.los conocimientos, necesarios pa- echa ladjudicacion por la Superioridad ,.se ele-( ra aijnstf.UCcion.de la banda no. tengan nota al al-var var al-var el contrato 6 escritura publica, siendo de ; cu?n desfavorabe. en sus-licencias, presentarn del rematante los gastos de su otorgamiento. ,. , , r., XT El mismo remtante quedar sugeto lo que pre- 's?s licjtudes en, tocio, el resta del mes d No No-viene viene No-viene el art. & del Real Decreto de-27 de Febrero viembre al primer Gefe del mifmo qu?:! vive en de 1852. f! fia Real Fortaleza, expresando en ellas el tiempo Puerto-Rico, Noviembre .17.de .1859. Diego de, por : quei desean .empearse.. . i .. ;, Tapia ;- i;. Puerto-Rico, .Noviembre 12 de, 1859. El y Comandante. Mateo lamia. Modelo de proposiciones. vi AUMilVISTRAGION' DE PUERTO-RICO. Don K.i.. N.!... vecino de., i.- enterado del anuncio publicado l 17 de Novieinbr de este ao de las Wn- diciones y requisitos que se exijen para la adjudicacin .t XEEAIrDE'COEiaiEOS de Aguas buenas porel trienio de l860 dl 62 inclusive, se compromete tomarlo en arriendo con sujecin los expresados requisitos y condiciones. ! Aqu la proposicin que se haga; admitiendo me jorando lisa y llanamente el tipo fijado. ' ..'.'" Fecha y firma del proponente. -rr V ' Carias sin cursar tjp falta "de sellos de franqueo hoy dia de la fecha. H Antonio Cabasa. 1 Joaqun Velasco. Luis Mariani. Luis Antonio Becerra. M. Crdova y Ghabert Polus J. Padilla. .'. v ; Palma y Compaila. Tomas iMartinez. .'. Mugeres. Juana de Federico. Magdalena Blume, El 29 del corriente mes y hora de la una de la tar tarde de tarde se verificar simultneamente en esta Capital en el Palacio de la Intendencia y pueblo de Gurabo, el rema remate te remate de arrendamiento de los ramos de billar y gallera de dicho pueblo del trienio de 1860 al '62, apreciado en 26 pesos 67 centavos el primero, y en 35 pesos 66 cen- es Campa. J 1. ' J A 1 lavos ei segunao, pagaaeros por terceras panes en ei :.. ; mes do Enero de cada ao. ; Secretara riela Alcalda y Junta Municipal del pueblo1 Los que deseen tomar parte en la licitacin debe- de Aasco. Los fondos Municipales de este pueblo, en el rn presentar sus proposiciones la hora sealada por sorteo extaraordinario nm. 41 que ha de celebrarse el dia pliegos cerrados con sujecin al modelo adjunto, acom- 19 del mes qu cursa, juegan con el nmero 10,459 lque pafiando el documento que acredite haber hecho el de- se inserta en la Gaceta para notoriedad publica. Aasco, lo Puerto-Rico, Noviembre 17 de 1859. Joaqun Fernn- 1 psito de la tercera parte en Tesorera 6 en la Recep Receptora tora Receptora sustituta de Gurabo. Una vez entregados los pliegos no podrn retirarse bajo ningn pretesto ni motivo. l Antes de entregarlos podrn sus autores manifestar las dudas que se les ofrezcan 6 pedir las explicaciones necesarias en inteligencia de que una vez abierto el pri primer, mer, primer, pliego no se admitir observacin ni esplicaciou-alguna que interrumpa el acto. En el cas de que resultasen dos 6 mas proposicio proposiciones nes proposiciones iguales,"se celebrar, nicamente entre sus autores, una 2i licitacin abierta en los trminos prescritos en la instruccin, advirtindosc que la mejora que en de de-finitiva finitiva de-finitiva resulte en la Alcalda jde Gurabo habr de con confrontarse frontarse confrontarse el dia 2 de Diciembre en nueva licitacin an ante te ante la Presidencia del Exctab? Sr. Intendente en esta Capital. A ese nuevo remate podrn concurrir los lidiadores de Noviembre de 159. Munuil J. Martnez; Scet'iru de la Alcalda del pucho de tltuado. Los fondos pblicos de este pueblo juegan en el sorteo extraor dinano nm. 4 1 que ha de celebrarse el dia 19 del corriente, con los tres billetes nmeros. 450, 6,457 y 6,45S. Lo que se avisa al pblico para su conocimiento. Utuado 1 4 de No Noviembre, viembre, Noviembre, de i 659 De Rivera y Garca. Luis Mouclova. certtara interina de Loiza. -Por acuerdo del Munici Municipio pio Municipio celebrado el 15 del los c orrient-, se ha dispuesto ia publli publli-cacion cacion publli-cacion en la Gaceta del Gobierno por 00 dias la plaza de M Mdico dico Mdico titular ue esto pueblo dotada coa, 700 pesos anuales, y oliligacion de servir ja vacuna.. Lo que se hace notorio del orden del Sr. Alcalde lo? efectos consiguientes., Loiza, No Noviembre viembre Noviembre J de 1859- Jos E Colon. I Akaldi de fiio-'piHrat. En ol Sorteo extraordinario nm. 41 que tendr lugar el 19 ie los corrientes juegan los fondos Municipales de este iwblo con el billete nm. 3,023 por s.. 6 por medio de apoderados simplemente por Y se hace notorio l pblico a I03 fines1 consiguientes. Rio Rio-rnr'n'lA rnr'n'lA Rio-rnr'n'lA nmnfttnt.minf.A rnt.;(ln. nt.ndin. piedras, Noviembre 3 de tS5Q.Temi$todei Andi-no. 1 ir f IIkj Modelo de proposiciones ( ' Jir V. K:.lN:;. WcihVt. en,terado:del 'athcio 1 hmmv 'iTde Novnlt'ttl corient' a'; d tas i condiciones y requisitos que'VnVkignpam J- ld Tdpid. aicacion en puDiica suQa&ULuei arneimo ub lusjueuo 1 11 Tl'll 3 T -1 i J. 1 Oif 1 ll; 1 I "J ra irniiorn v itinir nn nnrrnsnnr i i.rimim iik iouu ai oe.Wtoiif6trf'itctohri(!nwind con estricta -fsjecfh i lbv Vxre8doieqlsio 'y condicioe8;v i ', .'LAhl4r1ropbsicib qtCs hi dttitiendo ;d 'me-; -mq la V'cM Jibf 'u'Wj oh ;I ofo'di oh ?.i h -tJj r i i l $ Jnsi JfiMU9f.ab ;u J j ici :i fu'lj ir- i U !?'i:)Sroqc1.j n:moiq ah nuorfl i 29, del( Corriente mfo'tf Juor Mib uaa 4e i la . tatdese iVerificrn simultneamente, eh (esta .Capital . iy-Dtit'Woijo;) Asvas? banasel remtele rrendan)ien. to del ramo de Billardof 4idhc- tJ)'uobloUel tri4iovdo : l 60. ti i&2 apreciado jan, 6Q psos fuertes. y i u ) lob que aoseen tomar parte en ia; (licuacin aepe aepe-rtia.presenUr rtia.presenUr aepe-rtia.presenUr usi proposiciones laihora' sefiaUd po piego3.cerrdds col fujecien al iaodelo adjunto, facora . paandoi,cL dnpumentO ue : ftcrditfl'f Mber, iiechoi .AtyUxW de Ja aercer, paarte.cn jTcsOfr 16. en 3a (Re (Receptora ceptora (Receptora Sustitua do: Asnas-buenas. tj v. -:z i W dose que renuncian sil, derecho si no lo ejercen de uno , f. :" ): W otro modo. i. Secretara de la Junta Munieipal de Isabela. Los foq- ' llecha la adjudicacin por la' Superioridad, se ele-' dos Municipales de est; pueblo juegan en el Sorteo extraor var 61 contrato escritura pblica, siendo de cuenta diarlo que tendr, efecto el 19 del presonte con el billete ar;mi,ntWln9 rnetna Ha rh ntnrm'tn' r.m. 9,394. Isabela, Noviembre l de 1859. V o B. ' 'El mismo rematante quedar sujeto lo que pre viene el art. 5. del Real Decreto de 27 de Febrero de 1852. Puerto-Rico, Noviembre 17 de 1859. Diego Gavarain. Juan de Dios Iglesias. a Modelo de proposiciones. jjon n.... i VciMo ue.... futejauu uei .anunviu Alcalda interina del pueblo de Aguat buenaf.-n el barrio de Duina do esta jurisdiccin ha sido aparecida una potranca zaina encendida do ,G cuartas alzada,, como do cuatro alos de edad, crin y cola regulares, un pocolar&aS' con los cabos negros, orejona, y el hocico calabozo; la cual se halla denositadden uodef le D. Jo. Manuel Rivera publicada el 17, de; Noviembre del corriente ao de las a 0s ffectos dispuestos en el artculo 155 del bando de po condicones y requisitos qile so exyen para la adjudica Clon, en puoi cu ijuyasi uei jiprxeuuujue ios juegos ue ui ui-llar llar ui-llar y gallera ;de pueblo de. Gurabo por. el trienio de JS60" id 62 s inclusive se 'compromete A tomarlo -en arriendo con extricta sujecin los expresados reqisi- lca y buen gobierno vigente; lo haga notorio al pblico para conocimiento de su dueo Aguas-buenas Octubre 17 de 1859.-V.u ti Valentn Fcrez. Miguel Becerra l " Secretari del Corregimiento de Guayama.-rn poder de D: Ramn Mata 'existe depositado de rden de la auto- lia a v t m as -iq IV$oPo ,a.,ata Z'erltalS M .r . v. lilArtP. rfpl mpntirl lio i bino. niprn hanrn on In frente aiaua jorando lisa y llanamente el tipo fijado .,. , Jeehfl jf firma del proponente i. j-' 1 rr ! J j ANUNCIOS OFICALES. n el Sorteo extraordinario de i Real Lotera oa nitAPtna rlnr tAr(f ftfina na en mAnitrlon rrnpfl TPTU'" res, el cual fu ;apaVecido en esta jurisdiccin; se hace noto notorio rio notorio para qde bu d'uftiO' ocurra " solicitarlo con los documen documentos tos documentos que lo acrediten en la inteligencia que transcurridos dos meses se rematar fen pblica subasta fegun previene el pr lenlo 15 del feando vigntei C?iayama 5 de Noviembre de 1859. Mauricio Irpez Arias, "IV k 4 O'.' ii '' ' I- Imprenta icl Gobierno. |