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55
MARTES. 8 DE-MAYO DE 1855. VOl,. 94. ESTE PERIODICO S PIJUCA TODOS MS MARTES., JUEVES Y SABADOS. r..M i - l J e n , Vi iLi i-u s ; , M P r 11 H 1 3 H H H.f Ul 1 rr--w SE SUSCniBE. EN LA IMPRENTA DEL GORir.RNO, CALLE DE LA FOITALKJ.V N? 23 j 1 I ? 1 f 1 I i L, M i--- 1 i ti I l lil 1 ' M'J ti ) t. -e--7 srr vrvrr ': .. rT r t M 5 4 5 i h f i i O I ft lu IR !l I i i B ? PARTE OFICIAL "dAPITNI'A'"GBN'B!lAIi DE LA ISLA DE PUERTO-RICO. ' : lisiado Jlayor. , Seccin V Negociado l.Mm. 34. la orden general del mismo, tenor de lo man-: dado en la Real orden de 19 de Enero de 1850; siendo al propio tiempo su Real volun voluntad tad voluntad que Vsta disposicin se, comunique los Directores inspectores genrales de las ar: mas y Capitanes generales de provincia, as como al Sr. Ministro de la Gobernacin, fin (fe que llegando conocimiento de las Au Autoridades toridades Autoridades civiles y mililans, no pueda apare aparecer cer aparecer en punto alguno con un carcter militar Orden general del 4 de iTIayo de 1855 en que con arreglo ordenanza y rdenes vigen- ' l'uerio-Jico. tes na perdioo. ue licai oruen comunicaba Excmo. Sr. Subsecretario de la Guer- Pr dicho Sr. Ministro lo traslado V. E. pa pa-radicealExcmo. radicealExcmo. pa-radicealExcmo. Sr, Capitn General de es- ra su conocimiento. ,; ta Isla con fecha 14 de Marzo ltimo lo que .. De rden de S. E. se hace saber en la ge ge-sigue: sigue: ge-sigue: . nerl de este dia, para conocimiento de las ".Excmo. Sr El Sr. Ministro dla G ver clases militares de est Capitana General. ra dice hoy al Director general de Artillera El Coronel Gefe de E. J. Carlos de Jjn- (O U a A. on vista drich. 1 Vi ne conionniuan con 10 imorm'iuo por ia o un ta consultiva de Guerra en 6 del actual, acer ca de la consulta que V. l. elev a este Mi 'historio de mi cargo con fecha 16' de Enero: ; Ullimo; na luilino a uieii imuui caicuspu o. iics SECRETARIA . DEL GOBIERNO Y CAPITANIA GENERAL DE LA ISLA DE PUERTO-RICO. Suma del frente.. 21 1, Dt - O Toms Santiago.. ;l ii(0 D. Jos P. Fromesta...... i l 0 D. Miguel Aponte 0 50 O. Francisco Pcrez...... 0 50 ). Vicente -.Rodrguez.... ........ 0 50 1). Pedro Mnrtincz... ...... ....... 0 50 D. Esteban Aconto I). Pedro Soto. .................. 1). Jos Ramn Ilurgos.. I). Julin Rodrguez. D. Ambrosio Marrero...... 0 25 0 25 0 25 0 25 0 25 Bauratquitas. Venerable Cura Prroco D. Juan Antonio Cuevas.... D. Toms Escalera D. Ronocio Ferrcr DSimon -de y Rojas y Calle. Sres Carrasquillo y compaa ). Monesto Zieron... Srcs. Villaronga hermano. ......... D. Pedro Vicento Hernndez.. ... D. Vicente Burgos....' Tenientes coroneles le los regimientos y so- .ojyjv la relacin de suscri(ores 'para gundos Gefes de las BriR" fijas do Artillo-. i construccin del monumento que encicr encicr-fra.la fra.la encicr-fra.la Real orden do 28 de Mayo del ano pro- . Anina nLnti;nKni D. ximo nasado. por la cual se exceptu del ser- ir'y D. Pedro Ramn Colon.. ......... 10 1 0 10 0 50 ,050 0 25 0 25 0 25 0 25 0 25 Narciso Judca .0 25 yicio to Gefes ile da los qoo lo son de De- tn v i ;nnraiinin;i(i en ios uaLaiiuiii's nu ciiz.ii- dores del Ejrcito, as como en las Brigadas pro(jucto jje a SUScricin anterior. 223 12 montauas y ae mouiauu fiei vuwjju ntiu ntiu-llera llera ntiu-llera ndicado.--)e Real rden comunicada por dicho Sr. Ministro lo traslado V, E. pa part rt part su conocimiento y efectos correspondien correspondientes." tes." correspondientes." L - Quinto Departamento. T ; Yauco. ? . Alcalde ordinario, D. Juan Rosas. Secretario. 1). Jos I. Irizarri.... Lo que de Men de S. E. se hace saber en Presbtero, Dti .Francisco Antonio la general de este di para conocimiento de Torres .............i!... la rase. militares de esta Cavilana Gene- M. C.. ........ ..V.-......... ral. El Coronel Gefe de E. M.- Carlos de D. Estvan Olivier Juan do Ribera.. Leocadio Burgos fl). DomtngoxColon. .. ............ Pesos. Cvs.'. Josoores llorgcs.. D- Jos Vzquez D. Jos Antonio Negron D. Jos Mara Berrios..... D. Jos Dolores Colon D. Angel Ramos... ............ D. Ramn Colon. ............... D. Hilario Cintron. . ... ...... D. Pablo Colon.... D. Alejandro Alvarado. ......... f Sotero Dros. 1 0 0 50 Fridrch. Estado .Hay or Seccin I Nezoriado JVum. 35, . Antonio Francisco Negroni ... D. Jos M aria Semidey D. Diego Rodrigues.......... .... I). Juan Amill 11. Juan M. Antongiorgi. ...i.. ... p. Carlos Grimaldi ............... 1 0 2 0 0 25 1 0 1 0 1 0 1 0 i 1 0 0 50 0 25 0 25 , 0 25 .0 23 23-0 0 23-0 12 0 I2 0 12 0 I2 0 12i 0 12 0 121 0 12J 0 12 0 121 Adjuntas. p Orden general del & de Mayo de 1855 en Pnni'to-lSico.. ' tu ti c n Vf ; r0 Alcalde y D. Francisco R i vero. .... .Hl bWrm.n. Sr. i.nmtnn iip.neral (Le esta .. , V. h i. ,u i Cura, i), redro ueiestino inzarri. Guerra con fecha 10 de Marzo ultimo lo que Jog Mra Velez... . r ; Ji., D. Bonocio Argemi. ......... Excirio. Sr. .El Sr. Ministro de la Guer- jj ). Fidel Reina. ............. ra dice hoy al Director general de Infantera SnJco, L). Jacinto- Ribera.. ; lo siguiente. La 'Reina (Q, 1). G.), quien Secretario, D. Mauricio L. Arias. he dado cuenta de una comunicacin del En- D. Jos de Ribera....;.. cargadojde Negocios de Espaa en Paris, p. Luis Cuvelg. ......... ........ trasladada este Ministerio por el de Estado ).;Jos Mara Ferrcr..........;.. en Real rdende 18 de Enero prximo pasa-1 DJulian Hurtado......... r.n In rtiio nnrtifnn liihr rnmiinir..lfii al fl Tnn dnrntrt finnnhp. : Coronel graduado primer Comandante de in-lj). Jos Domingo Carmpna.. ...... 0 50 fantera D. Juan Martnez le Leiva la de 2 do n V ; Diciembre ltimo, previnindole regresase Jarros. i Espaa para pasar la revista del mes de line- Presbtero br. oura, u. jse ua ro va citado, la cual no ha cumplimentado; i fael Rodrguez.... - so ha servido resolver, conforme -lo que en.D. Luis R. Muoz .Ww- m 'r aquella se dispuso, que el expresado Gefe sea ba definitiva eu el Ejrcito, publicndose en 1 0 10 0 50 0 50 0 50 0 50 0 50 0 50 0 50 0 50 0 50 0 50 0 50 1 0 2 0 Snma.. 214 37 Total............. 257 37 y Puerto-Rico 7 do Mayo do 1855. Fran cisco Garda, Secretario. ; Continuar,) KDHN 1)15 l.A PLAZA. 'i SERVICIO PAKA EL 8 DE MAO.UE 1S55. ..; i ... r '. ' 1 Gce ce fm. El Comandante nraduado D. Joaqun Sangran Cuerpos de ser ciclo. Los do Madrid y Ar tillera. . Hosmtal, rondas v contra-rondas, C diz. De rden del Excmo. Sr. Gobernador y Capitn General. El Brigadier Teniento do Rey. Boscii. . C : SECRETARIA DEL EXCUO. ADXWIIIESIO;--, Dada cuenta ea'scson extraordinaria celebrada el 23 do Diciembre de 1854, del informe emitido por el Sndico 1? Ledo. D. Joan Antonio Hernndez de Arri Arriza, za, Arriza, referente una exposicin elevada al Excmo. Seor D. Fernando de Norzagaray, nombre do varios propie- tariodo esta Ciudad, en la que mas do solicitarse la suspensin del reparto vecinal proyectado, 6 censuraba I ra. autorizacin para publicarse en los peridicos de la "aquellos, y que en fin en el perodo de tres aos no ha parto accidental que se apelo para Plaza, acompaando un estado demostrativo de la in- "dado un solo ejemplar de arbitrariedad, conculcando ao el dficit que se advirti en el' - I 1 yioivii uauu u. luaiugicsua uo iuuuus imuuius cu c ua- iwm u uuuuuicuuu peiiia n utuemuda uui iua ica- gresos inuiucipiies, ii o son apucauies ai presente eada ano." uotemao aei xcmo. or. rresiaente Ao,Der-: -pectivos riDunaies, lejos de merecer la censura, es .r dichas leyes; razn por la cual pesar de ser nador y Capitn General por oficio 7 del comente, por el contrario un grato recuerdo que se conservar los antecedentes, no es legtima la consecuencia al acuerdo y estado que continuacin se insertan, con te asociado ellos el querido nombre del Excmo. Seor f el fin lie que se aprecie la pureza y rectitud de la admi- i D. Fernando de Norzagtiray. No es nuestra, es dee Ge Ge-I I Ge-I itracion de fondos, y como un homenage debido al neral, repito, la gloria de haber proyectado y llevado la administracin del Municipio por haber emprendido "puerto y en la reparacin del Arsenal; que na hecho verdad, las fincas de la Capital y para cuya imposicin,' obras de conocida utilidad y ornato; fu acogido por "ingresar considerablemente los fondos pblicos y que no en la Ciudad sino en toda la Isla, es necesario que unanimidad el indicado informe en todos sus extremos; "los ha libertado del abono del gasto de socorros de las preceda resolucin soberana, y que tratndose no de acordndose impetrar del Superior Gobierno la necesa- "reclusas en la Beneficencia que antes gravaban sobre !una contribucin 6 arbitrio permanente, sino de un re- i cuonr en soio un presupuesto d in- caso exactos de aue el permiso que se pidiera; ha dispuesto el Excmo. Ayun- eternamente en la memoria de los puerto-riqueSos, quie- el reparto proyectado pugne con las disposiciones vi- tamiento, en sesin de doce del actual,' dar publicidad nes al dislrutar de tales beneficios, vern constantemen- f gentes; quedando asi destruido el cargo de ilegalidad que se atriouye ai abandonado proyecto. Mal que les pese los autores de la representacin que motiva ste informe, la justificacin de la medida adoptada por el Ayuntamiento de 1854 sobre reparto vecinal, se encuen encuentra tra encuentra en el nm. 7? del art. 57 y en los arts. 59 y 60 del Directorio de Ayuntamientos. All por resolucin sobe sobe-rana rana sobe-rana forma parte del presupuesto municipal cualquiera 4 gasto autorizado por el Gobernador Capitn General; all S. M. dispone que n el caso de que los ingresos no lleguen cubrir los gastos, se cubrirn por reparto ve ve-cinal) cinal) ve-cinal) ail cuando se reconoce la necesidad de nuevos gastos despus de aprobado el presupuesto, es lcito for formar mar formar otro' adicional por Jos mismos trmites quo el rdi- naro. Dnde jpues est la ilegalidad del reparto? No? f'ajprobado por el Gobernador Capitn General? No obr el Municipio dentro del crculo que le trazan; los ar artculos tculos artculos 59 y 60 ya citados? Dejarn de ser sos artcu artculos los artculos una disposicin soberana bastante autorizar el re- parto? Las: respuestas son muy obvias: un reparto veci vecinal nal vecinal consecuencia de no 'haberse podido cubrir los gas- tos, no es un arbitrio perpetuo, y los artculos del Direc Directorio torio Directorio demuestran la previsin del Gobierno Supremo, que comprendiendo necesidades y gastos imprevistos, y teniendo presente la distancia que se encuentra de la metrpoli esta Antilla, autoriza ja manera de cubrirlos. Hay ttis, necesitan los pueblos impetrar anualmente la autorizacin soberana para el reparto y cobro de sus Excnd. Sr. D. Fernando de Norzgaray por su desvelo yjstuerzos en la prosperidad de esta Isla. Los documentos que se citan son como sigue : ACUERDO. "En la muy noble y muy leal ciudad cabo'tamaas empresas, agotando para ello cuantos re cursos estaban su alcance dentro del ciculo de la ley, cual si se tratase do un puerto-riqueo oue utiliza su perodo de marido para; mej'orar la poblacin en que ha de morar toda su vida. No por eso sihembargc debe la Sor. Jimn Rnntkfa dft Pnprt.n-Rifn ummU laA sifttft i mos rechazar los cargos "y quimricas responsabilidades de la noche del 23 de Diciembre do mil ochocientos cin-1 ue Por la aversin de .sumas en esas obras se nos euenta y cuatro, se reuni en las Salas Consistoriales, en i(luier1a sugetar; por el contrario, aceptmoslas. 'demos 'demos-rMSnmtraordinaria,elExcmo: rMSnmtraordinaria,elExcmo: 'demos-rMSnmtraordinaria,elExcmo: Ayuntamiento compuesUtra to de Jps Sres. Corregidor presidente D. Jos Antonio j ainoss. la egecucion de lo que n armona con infinitas Cuculla, 'Teniente 'de Alcaide interino D. M-; i. disposiciones. Jemales y muy prtiqularmentecajlo.s, nT ue? Paniaguay Regidores 2? D; Jos Crlos .Ro'riguez, 7 m89a. Y 7X v e aF ? rrfictorioi P,r4 t. Jos Amig, WD. Juan Iserr;7? ft. Ramn Pas-fP? f 0I?an.B? Ja ,niiiat S03 A40S dehncansa dehncansa-uaU8? uaU8? dehncansa-uaU8? D.. Pedro. Guarch, 10 .D.-, Gerardo, Solen al (ble aH? e uestro digno Presidnte po el adelanto de iJ), Pablo Corominas y, Sndico.l? Ledo. Juan i a? ;HtlIes ?ra! no presumir;' sus'desvelos x TTil'jf MI a l '-i L JL: All rnavah Dakad'dfinTftrnihHlris ri.r.i Ins nArsnnft.a ri :wivrt . .por.e'l Sr. Presidente,' hianifest su Sra.,'u el objeto jfl$ ella era el informe que l Exjmo.r Sr. Presidenie 1 ( Gobernador y Capitn General, se -ha servido pedir Rst. 'Avnntamifintn. en orden J por t l PrOQur.adQr, itionibre de varios sin efecto el reparto vecinal proyectado' para cubrir l yo informe emitido por el caballero Sndico 1?, comisio comisionado nado comisionado al efecto;' es bfiP 'M. i II PxcMOt AYllAMIENTq.EljSndic fDoracion evacuando l informe, que se le pid a cnse ipuervcia de la exposioion.que, suscrita por. el rrocurad( idc or os. Rmotf Rssell, W lyS4 al Exm' JSr Tre tr'viGpilaii Gtnef al!; hombre d va- te GobbtntrVICp comtanos do esta Ciudad,' con erfinMe'que b L. 'dej'sin efecto la derramat reharto tvecil' proyectado tpnl Municjppra, cubrir; su presupuesto, ,6 qiq se "Jisppmia la.cgecucin ""hasta resolucin soberana, opjn'a: ;ar- rqua envolviendo la indicada representacin, severos, ca EOSi contra la Municipalidad, pues que por. las obrsni Uik lucabu CU VUViUUlVU DO IUi avuoui VID VllOipaiAVi til u Afortuna pblica: 'es de necesidad averiguar tlcirmn ii ii ; i,.iu j:..a;. i('..a1o'a.., I 've, Blius uuuauuui f bu iiaikii uispucsiua a Buawusj juatui uu ulsiuuu uuvurur .que ueulUO a 103 ' 6&cin etabkda,.8ugetndo3e d 144. joonscfiuewas que I fluencia de nustro' ilustre Tresidente,' se Ttrari"congo:n'J.caso d urar, porae los desciibieit3 del nombre s representa: f y antes que inculparlas, la; pru denciaf y- la razn aconsejan que examinemos, cual fu su pensamiento al confeccionar el poder, con que son representados, pues querentre ellos figuran nombres que lomaron una parte muy activa en las contratas que se egecucion as ooras que noy se de aoces Opuestos d las virtudes 'd- modetion 'i 'parquedad.? Una ratificacior puede qan porresuitado que el numero ? de .Jos censores ; desr aparezca se disminuya considerablemente, y entneos habremos alejado d los moradores do PuertoRico ; la califcfco Me Tngratbs porqu infatitud y iuy mar-' cada1es,,desc6nbl olvidr los favores que s nos dis pensan; Entncesel tExcmo. Sr. D. Fernando de No No-zagaray, zagaray, No-zagaray, s4 prauaclr4 cue en Purtc-Ricaes muy cor corto, to, corto, si no nulo, el nmero de los que al recordaren pru-, deftto y "benfico gobierno, no prorrumpan en elogios i.: i x t A uuuu ei, uoiiiemnianuo con aigno y sincero dolor su separacin yausencia'de esta Isla. Aun cuando el qu Informa tjonfiijen que Ja ratificacin que ; propone des- rnri. tntolmotr lo da tenerla'represbtitcion'de que se ocupa, con todofc juzga adecuado refutar los argumentos que se han em empleado pleado empleado paira: combatir la legalidad y cnvenihcia'dlre- parpo vepinaj proycctaucv Antes de nacerlo, empero, cree .1 !J-J J x 1.' . ' esiuerzos e in- reparto no Drosunuea- f c tp cumple 1 decoro de u uorporjiciony.ue no puede fto de gastos ya en su mayor parte se han llenado con rnrar con uuuereiiuia pjuics qup uiiu jiiu uiwuvi recursos que .usa lutorjuau na .proporcionado con la "su huen nrib're. v que atacn directam'e'te v una4 iei4nritraciont qu ha!fcilitdd V obtenido d 'reVlamaci. Autoridad 'superior, Tunicamcnte acreedora a la gratitud nes que mucho tiempo ha .yacan condenadas al olvido, '4 gloria que llevan consigo l proveci1 j egecucion de sin que el Ayuntamiento obtuviera la declaratoria de T0 Vh d I nAiArt hAa imnvtiintaa o vaoqv 1a Ta ,if.AiA v BVA . pblico. El Ayxmtajniento, Ja, jDapital y.lanlslaj entera, recJamaba.Tomando i los autores de la representacin j r Joii )deudor,es de infinitas mejoras, de portpn: de, benefi- por base do sus razriamientos,1 la idea de' que el reparto (noisdCDid03 ai prudente e nustrauo go cierno aci Hixce- vecinal deoia TyeBar' nica v exclusivamente sobre el i'o&nsimo Sf. FernYp'd de 'oraagafayi' y ni el producto dela fincas i sitas dentro del.rdib de la.Ca la.Ca-jpAyuntamitt6,nira'Cpta,' jpAyuntamitt6,nira'Cpta,' la.Ca-jpAyuntamitt6,nira'Cpta,' n la Isla puedn permiJ pital, emplean. para flibatirlo dos. clases de argumehn '"tir'que la iiigratitud'sea-el'nico-premio' de los desve-: to referentes los unos la ilegalidad v versando los los-de sa Autoridad por el engrandecimiento, desarro-,- otros sobre la inconveniencia de la medida. Sin embaa;-? i lio y'nltura. de. esta, provincia de la monarqua espach I go e que sem.eiante idea es falsa..- porque el renarto la. Forzoso es inquirir si ha cabido en la mente de los i debia afectar los nrodtos de toda riaueza. limitndo- " Ji dy representan por'onducWelPrcuTador'Bossell, se al descbidrto de los fondos, ascendentes ntrices f acusar de imprudentes dismadores' de la ortuaa publi- j veinte mil-pesos;-no obstaste que er bmdico para de ca (4 ios quft proyectaron las obras que e censaran crfender cumplidamente aL Ayuntamiento y su respetado dos necesarios para realizarlos. El Sndico, con vista den char mano como argument," cel hecho de haber llga las ..clusulas "del poder y do. las manifestaciones particu- do el trmino del ao sin verificarse la derrama, lo quo lares que na odo de Doca en Doca oon motivo ue la re- aice mueno en iavor ue.ios que? nan .intervenido en la nan ' anlba i coraron no 03 namtantnq ri h'iiftrtoitico anna Ja nas- 1 esnecins d nr nmentos sern omero, ae su iniorm.v f" 1 n iiTTj i r..T. 1 7T 7 1 ? T "T .T-TO. I Ti OT 1 7 i beneficios, y que su3 cabezas tienen cl'suftpittio -6fite- qu9 desdo. tiempo inmemorial ninguna contribucin ni . . 1 j ..i i i i . . i t li x i i . i i -. i i i:i.t. i rio naro .AUBtinguir.' entre., ci, oonuauoso, .xiourauo. pru-ii mijuesio pesa, so uro. ia nuutza uruana uoja vapitai: v i i : k i i i v V" i i i i i ,l(i.. i i i' . 'l -. lento ilustrado gobernante, y aquel en lquien no con-f i quq por Real orden de zii deulio' do, lo40 so mand presentacin de qu se ocupa, creo que esa averiguacin administracin ue ios ionuoj eviuenciando que no dar por resultado demostrar al mundo entero, "que.' el 1 sido disipadores do la fortuna publica; cot todo, . n i r lOlolcitiujfcpresentnws, prMamapd) en su nombre yon fhicrcial, sin nia rustica, pecuaria, iani v co nas eiep'clo'ie las de las lincas urbanas do la Ciudad quo continan con l alcabala hasta nue- i i t i..'.,' i n i r !. i Y t ciun, -quo ei gouierno uci ilustre ueneraiquo devQivio va' rcsomoion, jue ei iveai uecreto ue o ue vciuore ae "a Puerto-Rico su popular fiesta de San juanVu Wo 1H19 cu su art. fi?prohibe hacer -imposiciones do arbi- 'ycct(f ylev A cabo las mejores vTs"d"comuncacion'l.triOs'ten e&tQ3 PWiniQs, sin aprobacin soberanaj y que y 'htiiiU! f&h; qu6'obuv",de S.' N. (Q.')D G.) ly Ia8;leye3 de Indias prohiben la imposicin de sisas,- de'rr "concesin d una feria V xpDicioh p.Ir'nUetrosrror ramas v contribuciones sin especial Real licencia.? En "ductos; que con un anhclo"yccmstancia admirables se buen hora, pero a mas de quo en sentir del bindico, no j0 consagr, al embellecimiento ileJa. Capital, -trocando se alcanza la justicia con qu en la misma Capital seso- yldemls riquezas, exceptundose solo la qu consiste en nca que esta sugota aiiorecno de aicapaia, reducido al' producto .de cuatro .mil pesos anuales; es ;,de tenerso cu. cuenta, cyaQ aquellas leyes so refieren contribucio contribuciones nes contribuciones arbitrjo.pmanentcs, de los quo estn libres, .es; ..t'del excelente alumbrado do cas: .aue iant nartollia -i 1 Birctor. jCul s pues la razn ns que so fundaA los representantes par pretender; que la primera Corporacin municipal de la Isla, y la que cuentan qui qui-zs"c9 zs"c9 qui-zs"c9 mas .garantas do acierto, haya de estar sujeta la satisfaccin de requisitos 4 que no estn obligadas las dems? En' la lev no la cWntraros borqe1 ePDi- rctorio, que ro est derogado total ni garcidlmentf por 'l' poder qu lo sancion, rige 'del mismo- mxjd fl la Capital que n el resto de la lsla; porque el Directorio las disposiciones superiores qu. l se, refieren $pn la norma del jAyuntamento en, sus decisiones,- ,yj iniras quo Ja Corporacin obre, dentro del crculo que le tiene L razado, jaquel Reglamento, su conducta o pUede' ciensu- rarse legalmente nauianuo. xa ley ue jmuias que ser cita I d contrario, es anterior al Directorio,1 y ;comb tl ha sido derogada por ste que mas de ser, una. prescrip prescripcin cin prescripcin especial,1 es tambi"npostrior, circunstanciad qu9 le convencen .'maa yaliojoj y, loa Heales. decreta .jeri-. tads,' ,aun en e. caso de ,que,ef tuyiesen en oposiciop tcon el Reglamento munjcipal lo qef es falso( porgue ya se ha dicho q los i primeros se JreierenV contribuciones Reales arbitrios rinanentes',' y el eundb ' repartos accidntales;' con tod, too l derogan, porque el direc directorio torio directorio es un ley especial 'que enumera as :faultadps y atribuciones de una Corporacin, -y sabido es quepara derogar leyes especiales, es necesario que en las dcrpga- torias se haga mrito de ellas. Lgica os, pues, la con con-secueei secueei con-secueei de que '1 reparto vecinal proyectado caba dentro de las atnouciones que ai AyunaniientO!; Muer dan leyes vigentes, jjn que dcbte;Kl. valor dehesa, pn pn-secuencia, secuencia, pn-secuencia, la., alegacin de ,que no. pagndose ena. Ca Capital pital Capital subsidio por las fincas' urbanas, falta," la base o uo para el reparto fija el art. 59 del Directorio:1 prqe el poder legislativo, al promulgar la ley, fija solo la regla regla-para para regla-para la declaratoria de derechos y obligaciones, dejan-, do al egecutivo la facultad de sancionar reglamentos para la egecucion y hasta para interpretar la misma ley. Aplicando estos principios al' presente caso, resulta que, acogido por .el legislador el pensamiento de acudir i un reparto, cuando los, ingresos no cubran los gastos muni municipales, cipales, municipales, y fijado cmtpb "el subsidio cuya cuanta no puede exceder "!ol reparto; 'el Ayuntamiento aj. .averiguar la riqueza y su producto; para encontrar la basa aue le seala el rnencionadp art. 7, egecuta esa ley itorpre- tndola 'y pnicn'do en juego' los mismos medios' que so emplean para el reparto del subsidio quo es la baso'fija- d.T Demostrada, la" legalidad del reporto, examinemos los argumentos empicados para combatir su convenien cia, v al llecrar este extremo do la representacin tro pozamos con pensamientos y estilo muy propios, si so quiere, para emplearlos nto un Consejo do Estado1 en un; Cuerpo Legislativo, pero que son de todo pntd im impertinentes pertinentes impertinentes cuando so dirigen n poder Corporcion que no tiene facultad de lgislary s solo; de poner en egecucion las leyes; qe no tiene su 'arbitrio la,('pleo cion de los medios para llegar un fan dado, porque es es- es- os nos estn sealados por el legislador quien-com- pete lo prmerb. En efecto, poco importa que el Ayun Ayuntamiento tamiento Ayuntamiento V su digno Presidente estn persuadidos de la preferencia quo ri el terreno econmico merezcan la3 contribuciones indirectas sobre las directas, quejeon- vencidos de quo todo sistma exclusivo es vicioso; so.pro- nucicn.n favpr de, uno mixto que comprqnda ; las. dos cspecics.de contribuciones conocidas, adoptando ladca -3 que ha "obtenid el triunfo ctodos los sistemas tributa 'ros de la imita cia mrn . F Mlf m jjvam uo ouj Vi CCli" . ciasrcomo hombres nue discurren, tfinen la W ! "B!ditos les obliga acudir al reparto directo pdra i-t'f te iitiui tus ingresos municipales, 1 .. -Estas solas consideraciones libarian'1 al Rn.KA .la 1 j t t --av W VJ l , necesidad de refutar las razones econmicas en que se - aeueueu, sobradamente los representaQS por el rrocu- , j-wvoouiiu om ejauajgo, puesio que en la exposi - o'cion se acepta como base fundamental de todos los qo- 'vternvs suoios, la mxima ae ."que toao- ciudadano sin ""'distincin alguna est obligado contribuir los gastos 'dl estado y utilidades de que goza en el pueblo que vi vi-'; '; vi-'; Xe? pon'proporcion sus haberes' se permitir obser obser-. . obser-. e TF ue aplicando esa mxima los vecinos do la Ca- i j DO WCV cu cpuiraprouucente parados que la nan acogido, pues que gravitando las contribuciones indired indired-..'r.tas.'y ..'r.tas.'y indired-..'r.tas.'y municipales que se conocen'en esta: Ciudad sobre" hila TTtn51 rtAnAniA A AsA " mismo: modo para l rico que para el pobre, "resulta, que M jornalero quo no disfruta de las utilidades mifi 1 nrn- pietarioy ni dispone de las rentas del opulento, contris ?$W?'?01C .ucuta pasi igual para sostener esos benefi beneficios.' cios.' beneficios.' toda i desigual cantidad de esos artculos de, qu i quizs r preinde' el, rico, porque sus rentas le permiten el con- , : .sumo do otros equivalentes y de gusto mas delicado, ve--fe nidos del Extranjero y no sugetos al arbitrio. Hay pro pro- pro- porcin entre las yentajas y haberes de que disfruta; el '(' comparados co la miseria y ningunos goces del "'H pobre? No y mil vecWs' no.' Pues entonces a encomiada "' mxima d la preferencia la cntribucipn directa so so-y,Jr y,Jr so-y,Jr a indirecta, porque eii l : prirara la cutii' que se ".gf est proporcionada al haber le qdeno' es' posible l'cskgmr ;cott a, .segunda, specialraete guando afecta u artcus de primera necesidaddejando salvo os v,.4e tyo que' estableceran l equilibrio. Adems, si la - i contribucin del ciudadano debe ser: proporcionada las :jTntajas y utilidades de que croza en el nueblnUn nun ' vive, es justo, es razonable, es siquiera equitativo qu, i disfrutando- el vecino de la Ciudad de mayores vntal a ;J 'ftw el del campo, pue que fuera d las: inhernts ; la milicias provinciales do las patrullas nocturnas, de ls ' 'P'X'ts Vons- ersnals t'i, i r-?" P01 5f5 sammps,'.: iWrfe, tambin del ' pago d gastn pbUcosaptcablesi sosteomiento de t a .sasf mejoraa y beneficios, y con los que, se contribuye 'aafA, loa pueblos, donde tambin son conocidos; los ( arb arb-trios? trios? arb-trios? Vase,' pues, como la mxima admitida en la expo expo-t t expo-t imclomeomo base fundamental de tods' losbbierod- I bios hiere ; con sus propios filos al fin que aquella s prb prb-r r prb-r f pusiera, y como se demuestra' con ella que el proyecta- d farto? d xnas de1 lal era justo qutati v.i--i-ltes Ult& t '& los expositors otro" argumento consistente en -. j o ue las obras emprendidas v casi term n n .da a inn hati r,ecuencia. Ja aplicacin ,de los fondos de propios , fsu t t construccin importa tanto como disipar en el lujo la t wuuw v;u. viviinauv guvo Uj,ui;otUa lila Vlfr tudes de moderacin y parquedad. Amargo s en efec- : tu-quo ue vaio muuu bu pi eimeu y agraaeican 103 m- ' mensos'bencfiios que Tuerto-Rico proporcionan esas obras y qu rio pueden ocultarse sus. censores;, por ' Destlente v nocivo "nara la salud v moral nihti.: nn. , ji,,yirti(5ndps.e,en uno de los sitios mas amenos, aseados y . elegantes ;ae la uiudaa, y aumentando en mas de un zo pur iv.v ei vaiur ue ias propieuaues mmeaiatas, que nas TT ta"ntunc.es no eran solicitadas: or virtud d filas', dos. ,, ;ipues do disfrutar de las ventajas del alumbrado de; gas .1 .1 J. 1'. i i - ;.,Boure ei ue aceite nara tas canes v eamcios nuDiicos a- f i wrante quince aos V abonar por esto 'mayor suma que b'u l& que hoy se pdga por el existente; se encontrar l jtijf uutuiiiiiuiiiv vuii uun uupiuuu.u v hu ana, en uiiicucnia ' t n n A 4-M W ll tAAnnri lv n ni l n X. bu l. 1 1 l vuviu mu jjuau, uiiuicimu lamuiu tsua ia rema que Vi 1 Drodzcn las luces vendidas los nartieula' v f.oln fty 'mdante el cmodo pago de tres mil doscientos cuaren- ef -S-t pesos durante los 15 aos mencionados: merced los --r... ji n i i jj ..uciua ue uvuuiiu, quu por uesgracia se separa Dien . pronto do entre nosotros; dos mil seiscientos ocho pesos nuintct nuuvu ucniavu uuu uusiiuu pura convertir, en un 'delicioso paseo y jardin bolnico que so presupusie- ruu.-tju uuwuiuo juiu uuuugiuuiU Liuiuii y hlCie peSOS plaza Mercado, el alumbrado do gas y. el paseo de: la, Vora 5 por 100 sobre 28,01 J m. de ca Princesa so eximan por los que representan como obras pital (i censo..;..,.. extraordinarias y de lujo que deben aplazarse para me-r Por el cnon de 21 'sohres del Ayunta Ayunta-jores jores Ayunta-jores dias, porque esto pueblo no es de primer 5rden. I micnto....;;".M....;;;;;;.;;;..:.. SnrnniAnrlr sin rnnnolorli nmnnil-.! A 1 KR : T- 1 1 ; 1 i. i 3 es censurable juiciosamente la aspiracin al. mejora- ubicados en Palo-seco.:..,. ...... ., t Miiuuiu utj io que noy gpmos es pruaente aejar escapar I Jfor. id, de Ja fuente de Idira flores C la ocasin de celebrar contratas tan ventaiosas comn la Por id. d la AlTnrtnfd nM;' del gas, qu- para, el. porvenir nos ofrece una renta pin- Por id. del corral (le caballeras!'!!!!!!! gue con quo poaer acometer mayores empresas que ele-i Por id. ,lel impuesto dp carros y carre- ...' ven -Puerto-Rico en lo aseauible al ranfo 1a l'na WaI tillna...: na seauiuie ai rano a ins ta blaciones, de primer urden, por evitar, la censurad de uuuajjvgus u lu lstuus en cuuuiuuir i tan patritico fin? Presentndose al A vuntamicnto la nnnrtnhilnl ae mejorar las condicin e3 higinicas del Mercado, tras-. Arbitrio de 2 rs. "21 mrs. en V?a do rar- ncs,do jres ....... ... ... V. ...... .U ,.... Idem, de. 21 mrs. en ( d .carnes do CCJdp ...... j ; ladndolo un punto ventilado, adquiriendo la- rentademdei rs. por cabeza de cerdo..!!!!!! f ;,'d la noblacinn or la nart del mr. daban A lna W fctfanjeros y transentes una idea Jien pobre' del aseo d -io ilos vecinos jrdel celo de las- Autoridades encargadas del ornato pblico; gracias al tino y acierto' del mismoj po po-.; .; po-.; ; .ee,boy.la Capital una pescadera construida sin gravar v ps.fpnos, pues qup para ello so ha utilizado n solar que nunca se habia considerado como de propios y qup . producir mayores rentas que las que suministraban los , n censos del sitio dp la Meseta. Vean los puerto-riqueos Ji (" Jlas.obras que algunos desu3 convecinos califican do go go-, , go-, ,.c ces epuestos las virtudes de moderacin y parquedad, acusando de disipadores de la: fortuna pblica los quo . las proyectaron y emprendieron su egecucion,; y digan ! .si. tales. "careros son fundados, si es demasiado razonable ' l 'sentimiento' que esa calificacin habr producido i en 1 el nimo del Gobernador quien' t marcadas mucs- tras ue mterea y qcicrcnoa cdc ruerto-ivico. t que antes' cobraba otro' establecimiento.1 dandn vnlrtv . propiedades que nadie buscaba y edificando un barrio asqueroso sin gravar los fondos d nronis n 1n m mnimo,:pudiendo con los mismos productos de la fintea reintegrar l costo do la obra' ls'.ramos extraos quo lo, suplen, y s adquirjnu, do psta suerte una propiedad uo y mu uv wu$ mik pcso3 naoria i Cumpiido sus deberes de buen administrador y la Obligacin de procurar el embellecimiento de f la noblacion ciando esa oportunidad? Responda por nosotros la con- viouw-ia uc u quw uus acusan, respondan por. nosotros tuuuo uuustiya uuuveciuos v ue seguro niie tonns nstna prorrumpirn en merecidas alabanzas al Gobernador. 4uo "u, owiu piujuuiu unes ooras iacintando t JOS meums de llevarlas cabo, sino aue diariamnto las ha ins. cionado cual si en su perfeccin y conclusin cifrase su ventura.-ror ultimo, si los razonamientos emplea'dos hasta aqu para refutar los careros oue so nos dirin. porque proyectamos un reparto vecinal que no hemos exigido, no produjesen es efecto, bastarianos decir Puertos-Rico: auxiliados, meior dicho! 'movdns rhr la ilustracin y eficaz celo do nuestro digno incomparaT ble Presidente,' hemos dotado l Capital dp la Isa!d un Mercado :scioso V c5modoJ d nnnMm Ip'no del alumbrado 'd gas qu adorna las' mejores' pobjacio pobjacio-ns ns pobjacio-ns de Europa;- hemos convertido los arrabales Jen Qu Qu-dad dad Qu-dad y.aumentado y" mejorado jas calles de la pobla poblacin cin poblacin sin que por fortuna los vecinos hayan tenido pira ello que hacer chinas pequeo sacrificio:, v PunrffwRi. de seguro nos 'contestar que el perodo d mando ; del .1" t m Vi ,,afi a mas pena pagina en la historia y'catloir de nuestros GobornadrM rmA dificilmnte podr ser oscurecida olvidada en adelan-te.T-Sin ocuparse elSndicodela administracmn y, ma manejo nejo manejo de los fondos,i porque las cifras de un estado puya publicacin aconseja, son en su centir : mas elocuentes uuo-jtio nuHua ue uu jiiiorrne: conciuve nrnnnmpnr a nA inmediatamente se exija la ratificacin en l cntenid Idem do 2 rs por id. r do carnero Idem dei3 rs,.por.p.uestaa.dg..carncj..do. cerdo y carnero ......... .-.T, ....... 4 a Idem de 2 rs. por d. id id...........'....'. Idem de lrf. por id. id." id....V.....V..l. Idem do lfnirs por id. de menudos do 1 'i 2375 13.00 000 "',17 "()0. 00 823 ni ' 1,000 00 137 '50 G37,fi0 . 01 25 "03 37 res. Multas por taitas en el .peso do carnes y f vacas nreadis. ."Al : . ' "" ...... ....... Idem' al contratista '.del alumbrado 'n-vblicov....:::.;;..-;;.;;..;..;.,;.., Por'impuestp do 7 rs;;2 nrsl por barril 1 r "A A A AA 50 feO ? 8,823-53 Por id; de 8 rs; or; id; id; que so extrae, 0,502, 50 Por id,' do iiia do gallos,1 4 rascada una."-' 20O 'OO Por ventas do sitio pava panteones, 2 '; ... vn m yv Ppr reintegr do socorros suplldo in- ; ' "dividuos do esto vecindario y do-otros pueblos d la Isla la Real C rcel y la BcncficcnciaV;.U.V..:....V.S.;.'..,.!...' Por lo .que adouda el Monasterio d M JI. ; Carmelitas,- por 'cuenta" del quebrado mayordomo, do fondos pblicos I,. Ya-' lentin Urq2.;i..,.';l Ia Guardia muncipprd cuenta do as'. tna rlrt Iao 1 rlifftrrTl'rl, ' 1 i i i ... uf 24 00 2,734 31 I .,. i 120 00 .'I- 210 00 ; .Totafu'fecss:..:. ,41.077' '89 I T i es ad- de lalicitd, los' que otorgaron el .poder quo es lnto ella V oue derresulfcadn o onnnt. 1 T7 lentsimo Sr. Presidente,.' manifestndola lafnn cipajidad no estima' necesaria la exaccin del reparto en ete ano, toua ,vez que, gracias los esfuerzos do I I'l 1 l f aquei, -na saiiao .ae ios apuros auo la asediaban v nnn deja al arbitrio de S. E. la solucin nnahava Ia Amn - . --- 1 V a este-enojoso asnto.bi este norme Jgna parte de l ,'mcrce la bnvola acogida'dcl Ayhtajmietol se atreve el qu suscribe proponr qun'e tollidad 6 '.f v,wju v" o cAueuu ei papci correspon correspondiente diente correspondiente y que revestido COl la firma autentica rln parla uno. do, los Concejales y la competento autorizacin, so cm.u -mavuiu. j smeme ; port una uomision nombrada al efecto, para que en el juicio do su residen residencia cia residencia 6 donde le convenga, sea conocido 1 concepto qu al Excmo. Ayuntamient de la Canital de Punrtn-PirlA merece la administracin y gobierno del Generar Don Frnando de Norzagaray.'--Ko presume el Sndic'ha Sndic'ha-br br Sndic'ha-br acertado eneldesemj)f .de.su difcil cometido, y al presentar, este informe implpr la indulgencia do la Corporacin .e-ue, pesar de l podr resolver lo quo es estime' time' estime' mas juicioso y conveniente., Puerto-Rico 23 fyo Diciembre do 1854. Ledo. Juan Antonio TTomaTwTf do Arvizu En consecuencia v llenando satisfactoria mente los deseos del Municipio la preinserta mnsirnn del caballero Sndico 1?, se acord por unanimidad ab absoluta soluta absoluta aproMndola""en todos sus extremos y 'qe'practi 'qe'practi-cada cada 'qe'practi-cada pr ante' el Sr. Corregidor en el dia da maana la rectificacin do que so ha hecho j6niof'y autorizada en los irminos' propuestos copia ntrra d se ponga, en manos do. SVE., por. una Comisin compues compues-ta,do ta,do compues-ta,do Jos -indicados Sres. Corregidor y Sndico,' emitien emitiendo do emitiendo el informe prevenido v como una TnrAsAn A a Iaq sentimientos de este Cabildo, en el concento nna la ha merecido S." E., durante la poca' que felizmente ha go gobernada bernada gobernada esta Isla, y suplicndole so digne permitirlo la publicacin do esto acuerdo en los peridicos do la Pla Plaza za Plaza y l estado de fondos relativos para satisfaccin ge general neral general Y se levant la sesin quo, firmaron todos los Sres, Corregidor y Sndico de Oue VO el Secretara rr tfico. Cucullu. Ledo. Jos Antonio Hernndez de Arvizu. Jos Montesino, Secretario. ESTADO de ingresos y egresos .calculados en el pre supuesto Municipal para el presente ao de 1854. Pesos. Cts. EGiESOS. ' 'j Por sueldos do empleados, doa -Secreta-. . ,a, nuuiiaw, rouurtsiauic, xicioic- u, lueuiuu pr pracucanicsi; titulares, r guarda-paseo, portero y ; celador ,dcl ,Cmentri..;..';;.'.:j..t...i;,.. ( v 5 992 100 Por dficit del sueldo del Sr, .Corregidor' .'i .' i por no cubrip'a3ulta9.,,...','.,,..t.,.t 250 r 00 Al Apoderado eri la Cf 'te 150, quo v fiacen macqiyVo8,.,'.",.."..' ? 172j50 Empleados do la Crcel.:..., ,-1,012 00 3,12 00 .2,001 32 . 7,530' 00 4,00100 200 00 2,000 00 hV-227 00 1 v, O A A. Art INGRESOS. Existpnca en caja & fin del alio anterior. 3,451 04 Id. do la Carnicera V Mntndorn '.. Escuelas do instruccin primaria... Cuerpo de serenos y pensin do un boU t dado retirado...',...,.'....., Id. de Guardias municipales...... .... Administracin y deposito al 5 or loa sobre las canridadcs'quo ingresan ; 2,009,- 37 Para conservacin do edificios v lrm obras publicas,' pas?o;j)0ZQ3y a-ibes. '5J5 00 del Cementerio...,.......;., 1 Entretenimiento, enlpsaqp. y empedri do de calles. f Potinon do solares en Santabrbara, , tomado? pAra a piaza-jael Mercado, y f . dn 00 rj. rio rnfnl n "i js.T.r,: Crcel.. ivpiuj uu lauta VH.ii JlfBlU., .,,, u uiua ut ucyd v,uo cniraua (y san . u u. pruaos para ayuntamiento y .Crcel con papel del sello correspon- ' diente, impresos, papel timbrado, por tua uo currcsponuencia, enseres para t Alcaida y decretara, y oblata para la Capilla de la Crccl..L.:... : Manutencin de presos pobres; vecinos do esta Capital......: Id do individuos do los: pueblos do la isia,.,..... M, ; Id, -dq csclayos do.csto vecindario.......'. Medicinas y alimentos presas enfermas en la Crcel Gastos imprevistos de la misma Crcel., Espcrma para sefeionca 6 iluminaciones . ueiAyuntamento... ...'... ............... Ilachos do tabanuco, aceite, velas, jarcia y dems para la matanza................ Contrata do acarreto do carnes del Ma. tadero la Carnicera Id. do la exportacin do basuras do la Ciudad. Suministro do bagajes 1....... Premio del sorteo de ornlcros... Estricnina para la matanza do perros.... Alumbrado do la Ciudad y serenos, Costo do un farol en el puente do San Antonio...:..,....,. b8G 00 2,082' 00 1,912: 33 210 28 " 125 00 25 00 :'5'00 2io;oo 1,75! 00 100 00 50 00 50 00 8,000 00 24 00 Alojamiento d l Guardia municipal. .'. i Hospitalidades de los serenos y Guar Guardias dias Guardias municipales. ............ .'. ' Alimentos en las Prceles de la Isla presos de 'ste vecindario...........'....., Id. en la Beneficencia individuos yeci-, V nos de esta Capital........... adeuda la Beneficencia ( ,i j!r suplementos individuos .de esta ; ' flanital el afio anterir.;...w....-. r 3,668 50. 1 Para sustos imprevistos ea las oficinas t 312 00 . 100 00 ' 200 00 5,064 37 a cansa crirrinal seguida contra D. Pedro LoDes. or ta muer te, del esclavo Juan del Pilar, se ha dispuesto por el Sr. Juez Licdo., de primera instancia, llamar por los peridicos de la Pla.a k loa individuos Jos Garca. Flix Vera. Celestino ... - - - T Snchez. Rufino de Jess Villegas. Juan Eusebio Oieda. Ti. - n silio Bonilla y los esclavos Tomas y Felipe, con el hn de que presten ueciaraciones eu icna causa. se nace noiono, pa para ra para au llegando noticia de los expresados individuos com- I O ----- f parezcan en el Juzgado la mayor brevedad, ron el objeto indicado. Puerto-Rico 26 de Abril de 1855. Manuel Camu- 'us; Escribano pblico. ' v 3 establecimientos pblicos 200 00 Total egresos......",'.? Id. ingresos.'....... 57,277 94 44,677 89 Cantidad que falt para cubrir el presu- puesto..........r 5 12?600 'i Para cubrir" t" dficit 'qu resultando 12,600 ps. 5' "centavos, y atender , 1 otros gastos' no "comprendidos en los y 'presupuestos han ingresado diferentes1 1 ramos lascatitidas que 1 continua: " ' . mn ra xnresan. ; saber :. v .VVA f PorVditos atrasados de capitales censo t 1i T ... i- ... 3 1 1 1 1 tvi 1" v o l n y jan mullas a muuawsw uc iumuiuv, mas del.'prespiiesto'l. , En el impuesto' de 7 Vs. 2 mrs.' en cada barril de Harina ... Por reintegros 4e suplementos de socor socorros ros socorros mas del presupuesto. ....... ,., .Por venta de siete solares declarados por el ExcmoV3rV 'Presidente favor de" 5. 365 80 , 62 44 2,079 42; 1,809 29 aromos.. Por cobrados cuenta de los solares de la Meseta, "que se remataron en 5,209 ps. que antes no producan propios mas que 85 ps. anuales.. Por las i-mlnerias de ordenanza tor los M , cobrado nr cuestin suscitada por el 7 ! gremio, negndose al pago hasta que t ha resuelto el Superior Gobierno - or cobro la sucesin de D. Josd An tonio Lorcdo, resto de una casa del " Depositario que fu D. Miguel Beylcy. Por el terreno tomado por las casas que ; han avanzado' '& la; calle - Por venta del ripio exf raido de las csca-. ,vaciones:hechas ar las alcantarillas . ; que,estabavdepositdo'...... ....... roducto en venta do' los .vestuarios de .los alguacils ektmguidos...4......i.. r'or1vnta d la XJasa de madera de Pue lo-viejo.... "For'el tercio del producto del Coliseo ' mandado por el Excm. Sr. Prcsidcn- . ..-.,r' ;to ingresar en ondos pblicos.. 4,812 50 .1 .. 2,725 83 . Y.; 640 00 380 00 174 '50 207 50 V 1795 ; 28' 00 Licdo. D. Demetrio Santaella; Jllcalde mayor, Juez Letra- r ao ae primera instancia tnunno ae esia ijiuaaa y su uw : Irito Judicial. .;.":.;.;,. : '. -.v"-- v-X;v : .' 1 Por el presente primer edicto, cito, llamo y emplazo el irfWo neero Marcano. cuvo' nombre no consta, pero pire- ce ser negro grueso', alto,' vecino de Naguabo y desertor del presiuio, contra quien estoy siguienuo causa criminal por com com-nlicidad nlicidad com-nlicidad en el conato de hurto, con escalamiento en la casa tienda de . Manuel de Arteaga, en Luquillo, para que dentro 1 : '. . .1 I 1. . : -. e nueve oas que corren y se cuentan uesue noy, comparez comparezca ca comparezca personalmente 'en este Juzgado 6 en la realJUrcel de esl Ciudad, defenderse de los cargos que le resulten; pues si y o hcindoo,; sustanciar la causa en su ausencia y rebel rebelda da rebelda sin rrias citaric ni -emplazarle hsta la sentencia definiti va inclusive,:enieniindose ios autos y uemas diligencias en ns Estrados, del J nouna!, parndole ios perjuicios que naya ugar.- Uado en la Ciudail de Puerto-Kico cuatro de Mayo le mil ochocientos cincuenta y cinco. --Licdo. Demetrio Sari' taella.Por orden de su Sra. fffsrt Rosario. 1 ;siii5sts.; decretara le Gxciiio. Ayuntamiento. v la una del dia 12 del corriente s hallar constituida en' las S.las Consistoriales la Junta municioal de Subastas, fiffn p, fnnffenr en nuien mfiores nronosiciues hiciere en ... :- OT-.- jf r--r :-- li..i.. .i i .. e i .i ...t..... ..u ; a i Meseta, v la casa v cuerda de terreno aue nosee el Consisto- - . J fio en Palo-seco. -IO que se visa para la concurrencia de llenadores. Puerlo-Kico 4 de Mayo de 1855, Jos Monte sino. ;v i ; : .t. 350 00 .Total de ingresos riias del presupuesto... 13,653 20 f, ? Aumento de gastos a mas del -' "., , - 'presupuesto en el empedra empedra-do do empedra-do y enlosado de calles..... 1,935 20 i aseo ue xa rrince&i ,vvu I 7. ) aprobados por S. SE......... 700 00 5,24359 10 Lquido resultado para cubrir el ". dCcit...... '- Dficit del presupuesto ' 8,409 61 12,600 5 7 .j7aitanara,cubrir..'.;.... 44;', :TJnTA:"R1 tirc5?cnte estado" comprende hasta el J mes ue iNoviemDre,.en cuya eui wiwuwi pi plet&r el ingreso presupuesto de los 3 rs. en barril . de harina de extraccin, 2,161 ps. 32 centavos y .de carnes 1,007 ps; 9G' centavos, que hasta fin 'de ao se ignora el verdadero resultado que puedan; dar dichos ramos.' .r.'v.';V. , v.OTRA Queda tambin pendiente el pago del im- porte de la pescaer rematada en 3,500 ps,; hasta bu i conclusin. ' 1 Y- t ... ; .: OTRA.--E1 nuevo Mercado so construye' con los ! forillos do n.r.fidnftOw. reintegrndose 4 este con los p0- r Cdubtos de aquel. Pucrto-Hico Diciembre 19,de l854,. Jos Antonio ae Vucullu.Jos iuonte8tnof wivv wivv-t: t: wivv-t: v rio."" .. .'. .......' '. ,' '. 4 Como Secretario 'del Etcttio. Avuntamiento. certl- Aficp: que los documentos insertos, son en un todo con con-' ' con-' formes los Originales d 'su contenido qu se ( hallan n agregados en d expediente do su referencia, qu me -remito. Y" en cumplimiento de lo acordado', libro Ja , presente los fines prevenidos,, en .Puerto-llico a 30 1 1 1 I r mi-.., rt 'i i l a .... i ve iioru ue ooo.dos Montesino. rLEUTO-KlCO 8 E MAYO DE 1855. Escribana yiica.Por tuto del dia ilc hoy; 0ctaJo en riliiihal tic iiiteiidcnci de PiiertHlico. En el expediente seguido por icho Tribunal con el obje to de comprar maderas paral construccin dej Cuartel de in fantera que se est ilificando'en el barrio de Baila j, se ha provedo con fecha 27 del corriente entre otras cosas, el par limitar tll auto cuvo 'tenor es el siguiente. Sauese " .D ns v Us nrDuestas bor la Comandancia de Ingenieros son relavaai, convocando licitadorts por. 'medio de los peridicos ros v de costumbre de esta Ciudad, con insercin en unos y otros ('e. las indicadas condiciones, y de que se seala para el definitivo remate le aquel acopio de maderas las dos de la irdft dpi na veinte v cinco ne nroximo mes ie iviavo. ame """"- J I V,, Ja Junta de Subasta' que al efecto se reunir en la casa y ba io la1 residencia del Sr. Intendente, fin' de que haan las posturas proposiciones que sean ue su agrauo, en pnego cerrado, que entregarn e,n la Escribana de este Juzgada. Escosura. I alds. Isaac luergq.Enrique de Mira yUlavisencio.Y las condiciones a que-l anterior auto se contrae, y han de sugelarse los rematadores on Jas siguien siguientes. tes. siguientes. Secretara DE LA SUPERINTENDENCIA DELEGADA DE ItEAL Hacienda de la isla de ruERTO-itico. isonaiciones A fiup ihh mu rr.larse el contratista oue wvta de madias del pas las obras de fortificacin.' 1 .pL madera e ausubo de cuya ciase ueoen ser las vigueras que se usen en el Cuartel de infantera para que se destinen, h de ser de buena calidad, sin venteaduras que las perjudiquen, ein blan blanco co blanco ilguno, y sern reconocidas su recibo por un maestro de fortifiCBciun. 2.-rEI largo 6er de ocho varas, y 6U grueso de G por l l pulgadas, segn vengan de la sierra, sin torcederas ni claves en sq, longitud, siendo de desecho toda la que noe presente con estas condiciones, y con arre arre-irlo irlo arre-irlo la muestra sellada que se depositar en los almacenes. . 3.ol precio de cada viga ser el de cuatro pesos una, puesta en la playa irenie a ios aiinapenes ue ioruncaciuu cu la Marina. 4. La calidad de vigas que entregar el contratista ser el de 3,0 i0 en cu tro plazos, en los trminos siguientes :. los cuatro meses de firmada la contrata, entre entregar gar entregar 600; los ocho mas, 1,500, y los otros ocho, el resto de 1,500, que formaf, el total de las 3,600, vigas en veinte nifses, sea en el auo y ocho meses Ue firmada la contrata. 5.0 Se obligar el contratista entregar 544 cuartones de igual madera de ausubo paira marcos de seis varas de lar gt y 4 por .5j pfgadas de grueso, con iguales condiciones .en su calidad y recibo. Su entrega ser la de 272 los cua cuatro tro cuatro meses de firmada la contrata, y l resto' los och me meses. ses. meses. 6. El precio de cada cuartn ser el de. seis teales, puesto en el mismo lugar de las vigas. 7.EI contratista se compromete, (entregar tambin todas la maderas de puertas, y ventanas, compuesta de su armadura y forro de ta tablas, blas, tablas, lodo de cap prieto. La armadura se compone de cinco cuartoncillos de eeis varas de argo y 2 con 3 pulgadas de grueso, saims y bliena clidad y el forro de cinco tablas de madera de cap de "once pies de largo, de 3 pulgndas de ancho con grutsa, para la puerta, que los hay de-diferentes dimrnsioiies; se le dar la medida para e lrgo de las ta tablas, blas, tablas, per nunca pasarn de doce pies. S.KI nmero de cuartoncills ser el de 1,36'J, y ft de tablas 170 para ventana, y de tstas ltimas para puertas, de 590 prxima prximamente. mente. prximamente. Si se necesita mas nmero de uno otro material, se avisar con el debido tiempo y los precios estipulados. 9,0 f precio de cada cuarloiicli ser de cuatro reales, y de cada tabla, ya s para puerta ventana, de seis reales. 10. L poca de la entrega ser' por terceras pa tes de can cantidad tidad cantidad de ctiartoiicilos y tablas. Cada cuatro meses desde el da de" firmada a contrata. -'L El contratista Bp .Obliga tambin atsiec'er de las.fms iiccesi.ria un nmero do 3,600 de ausubo, de seis varas largo y lr por 3f pulgadas de ancho, de buena calidad, al precio de 30 pesos luu. y su entrega se har la poca de la ltima del artculo d vigas, 6 .los veinte meses, de firmada la contrata. 12. Para efectuar los pagos se har al fin de cada poca fijada para la entrega sealada en los artculos que la fijan, formando un liquidacin el contratista, el Comisario del detall y pagador de las cantidades entregadas los precios fijados en esta con trata, y para que pueda el contratista preparar la madera y trabajos necesarios para su corte etc.; que ser prximamn prximamn-teen teen prximamn-teen la menguante, se har un adelanto de la caja de la Co Comandancia mandancia Comandancia de Ingenieros, que estar en armona con e valor de los materiales, lo cual se ha tenido presente para los 'pre 'precios cios 'precios dados, ventajosos las obras por el adelanto que se; ha hace, ce, hace, y para la debida, responsabilidad de este adelanto, deber presentar una fianza que cubra dicho adelanto con arreglo la ley, quedar en caja hasta la terminacin de est contrata. 13. Si l contratista adelantase la poca de las entregas marcadas en los respectivos artculos, se le recibirn. 14. El contratista queda suget a la jurisdiccin de esta Coman dancia, segn lo prevenido en el arlr3., reglamento 10, del tomo 2. de las Keales ordenanzas de. Ingenieros, gozando del fuero y preeminencias que concede .los dependientes' i -i nn .i-, i I I f ir rt uei ramo ei aru uei regiameiuo uei mismo, i o. vomu no se puetl.e fijar el numero exacto de tablilhs de persianas, se dar aviso con anticipacin debida, para que en cada en entrega trega entrega haya una partida de ellas.' y ser de cap prieto, y su precio el de dos pesos luf, de las dimensiones, de largo 39 pulgadas y 51 por de grueso. 16 le la misma manera -que se ha dictio para las vigas, habr un ejemplar -deseada clase de material, sellado con la marca de Kl. F.k en los al macenes de mate rales.--17 Si adems del sitio sealado para el recibo de materiales, conviniese desembarcarlos en la puerta de San Juan, siempre que, la mar lo f permita, lo eje ejecutar cutar ejecutar el contratista Piurt-lico 9 de Marzo de 1855. Juan Manuel Lombera. r Condiciones para la seguridad de las cantidades que Iss Ca Ca-. . Ca-. jas Ueales deben entregar al pagador dev fortificacin para que este 10 vennque a ios rematistas ne las maderas ,uei Cuartel que se est construyendo en BaUaj, tas que son. - relativas las comprendidas en las atribuciones; que cor corresponden responden corresponden la Intendencia, con arreglo al art. 71 del re reglamento glamento reglamento del Cuerpo de Ingenieros de 5 de Junio de 1839. . que unidas las facultativas que son de incumbencia de ; du ho Cuerpo, forman el total pliego de condiciortes, Al . efecto se adicionan el art. 17 y anteriores de las ; condicio condiciones nes condiciones dadas por el Sr. Comandante exentp de Ingenieros el 9 de Marzo prximo pasado, las siguientes : 7 7 1 Entiega las las maderas, clasificadas en las anteriores condiciones, en los plazos en ella marcadoSj se satisfar, por la caja de fortificacin, con las formalidades debidas, el ira ira-porte porte ira-porte designado en cada 'plazo. i2?r Si el contralista adelantare la entrega ;de las madera en los plazos fijados, se le abonar su import segn Con Contrata. trata. Contrata. : a'-'u ;:,:-. v '' :;.-.v"; :'y'-'( 3' Si el contratista solicitase un adelanto para preparar la adquisicin, elaboracin y transporte de las maderas, se le anticiparn en proporcin ? las cantidades de piezas que ofrezca presentar segn los precios de contrata; pero en esto caso deber dar una fianza hipotecaria de las cantidades .que CI i-lud y uno kciicm ,c mas. t .;;'"' i. 4? Para el cumplimiento del contrato, y para que este so considere solemnemente celenraoo, debe preceuer la aprooa aprooa-cion cion aprooa-cion de una fianza de 2,000 ps. de que debe responder en el cuso de que no presente las maderas en oportunidad y de ello se siga perjuicio k la Real Hacienda, o no cumplir el contrato segn lo estipulado. .t " 5? "Paja admitir cualquier licitador como persona 'spU' para hacer postura, debe presentar una firma de casa conoci conocida da conocida satisfaccin de la Junta de Almoneda que responda del cumplimiento del contrato en su oportunidad y para exigir en su defecto la responsabilidad. que contraiga en el hfichodeno cumplirlo. Puerto-Hico 24 de Abril de 1855 Fernandez. f Lo que se anuncia al pblico para la concurrencia de licita licita-dores. dores. licita-dores. Puerto-liico 30 de Abril de 1855. De asistencia. Jsaac J3aerga Enrique de Mira ni'ovisencio. :2 Escribana pblica. Por auto del da 30 de Abril ltimo, pictado por el Sr. Juez de primera instancia de esta Capital, en los egecutivs por D Enrique'M aria Vara contra . Ma Manuel nuel Manuel Gernimo Gonzlez, en cobro de pesos, e ha sealado el dia 9 del corriente mes de, Mayo para dar otro pregn de remate la casa situaba en esta Capital, calle del Sol, marca marcada da marcada con el nm. 48, la cual tasada en 10,200 ps. reporta 1,450 ps. de tributos favor de, varios seoros, estando ofrecida' por ella 7,500 ps. en estos temimos: 5, 00 de contado, reconocer los tributos, y el rest da 1,050 ps. . un ao plazo. Y se anuncia pnra la concurrencia de lidiadores. Puerto-Kico 2 de Mayo de 1855. Manuel Camuas, Escribano pblico. 3 anuncios oficiales;. Kcal SiiXidcIcsacioii de Farmacia. Por acuerdo y decreto de esta fecha, en el expediente de matrcula de U. Juan Domingo Cabrera, se le seala el mr mr-tes tes mr-tes 8 del prximo venidero Mtyo, para que las once de la maana concurra sostener examen pblico de elementos de qumica en los altos de U casa nm. 47, dla calle de la For Fortaleza, taleza, Fortaleza, de esta; Ciudad. ; -: ; 1 ! , Lo que se avisa al pblico como invitacin para la concur concurrencia. rencia. concurrencia. PueTto-lico 25 de Abrit de 1855. El Vocal Secre tario, Licdo: Tomas Bubel. VA Alcalda ordinaria de Inijlo-uajo. Hace diez das que se apareci en el barrio del Cacao, de esta jurisdiccin un buey toruno, de color negro, chifles recortados, y marcado en I masa derecha con una x ' s Quien se considere con derecho '4 l acuda solicitarlo con los documentos ereditivos de su propiedad. Trujillo-bajo 2 de Mayo de 1855. Jos Escudero. 1 Imprenta del Cojicrno. |