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MPM. 135. SABADO 15 DE OCTIIBRR DE 1853.
VOL. 22. ESTE PERIODICO se mmuw V.X LA IMPRENTA DEL GOBIERNO. CAl.l.E IIF. I.A mRTAt.EZ N? "3. PUBLICA TODOS LOS MARTES, JUEVES Y SABADOS. hua u mja iliwllli PARTE OFICIAL GOBIERNO YCAPITANIA GENERAL , DE LA ISLA DE PUERTO-RICO. Circular n ni. 52. dolZ!?9- 6lfid0 Pr disP- jvcmu(! estudiosa que quiera con.inuarsu ls- La Junta Directiva de Caminos ha llama llamado do llamado mi. atencin hacia los quehrantos que se han experimentado en los productos del arbitrio sobre las reses y cerdos que se benefician para el abasto publico con destino al ramo, nacidos del descuido con que se ha mirado su recau recaudacin dacin recaudacin en algunos pueblos, y de haberse ad administrado ministrado administrado en otros con demasiada facilidad. por cuyas causas no se ha puesto en el estado,1 itf'f0 dose privado el ramo de Caminos or estos de fectos de las sumas con que debia contar para atender sus graves obligaciones. En su con consecuencia, secuencia, consecuencia, me ha propuesto la Junta variar la lorma del impuesto, sustituyendo los 24 mar 1 clones posteriores . Lo que comunico .' para su conoci conocimiento miento conocimiento y fin de que 16 hagan quienes cor corresponda responda corresponda para que tenga su mas exacto cum cum-pliminto. pliminto. cum-pliminto. ", "' Dios guarde UU. muchos anos. Puerto Puerto-Rico Rico Puerto-Rico 12 de Octubre de 185.1 F . .A MU 11 11 t ai MJI DE iiORZAGARAY. t ' Seores .Corregidores v Alcaldes ordinn. nos de los pueblos de esta Isla. Como Secretario de este Gobierno v fJnni- lana general, certifico: que la anterior cir circular cular circular ha" sido expedida de orden de S. E., as como su insercin en la Gaceta del (2nhir- no. Puerto-Rico 12 de Octubre de 1853. El da 2 del corriente qued abierto ni trnsito pblico el puente de madera de 126 pies de longitud con 15 de latitud, construido sobre la hora di1 rio ferrern nn a " v iihj'uvoiu, ououim y ciiiiu la ni ara w w l uucuin uu l Iris nrestnnnnps vnluninrmc fin lre? nnnkLn .i jv u i uuu tc wai uc ijUU lliUla Se sallo .v ...nima ,JV iua, f uuuiuo uc a: i I.nim v ft v,yii una tuuia uja pur cu o a caneza tie 7' (,"' uvopuca jo uauersc ven fPQ v gorrn nnp nm .r,l. UU1' 'J...l ficado fStl rfOfDcinn V flPndirMri" ' w - ORDEN' DK LA PLAZA. SERVICIO PAHA EL 15 E OCTUBRE DE 1853. u w i m u i wvji calila (alJU&a IIB T o v iu imucioc vcil- res y cerdo, por cuyo medio no habr duda de cado su recepcin y bendicin, cuyo acto que los ingresos sern los que deben ser; pero concurrieron las municipalidades' de ambos aun ue que en este cambio no sufran aquellos p caminas pur ius respectivos Alcal- disminucion ni se aumente el impuesto, ha les Jun Jos Adsuar y D. Eduardo Es Espracticado practicado Espracticado el cmputo de los rendimientos en ca,ona y ol cual por el voto unnime de am am-los los am-los dos anos ltimos, y hecho las debidas com- has Corporaciones y dems concurrentes, se -rio. le nuso or nombro JVor I 'i. vcj vuu vi iiuiiiuiu IIO aillllKllUS IlJIJUr- I -. ... i aviin iw tos y las arrobas de carne que han producido, rfo consta del acta remitida al Excno. seor dando por resultado estas operaciones que Gobernador y Capitn General, quien satisfe satisfe-cada cada satisfe-cada cabeza de res corresponde un peso pr- cho del celo inters con que se ha llevado ximamente, y dos reales las de cerdo. Con- c?bo e.sta 0Dra e utilidad general, se ha ser ser-formndome formndome ser-formndome con lo propuesto por la expresada v'f, ,"sPone' q" se publique en la Gaceta Junta, encargada de meiorar los valores de los leI Gobierno, para que participen de la misma arKt r'mr, l sntisfhcpinn nnnnlna Imn nrnot "-viiua apnuuuus u ia uuiisiruccion y conser- jivoiauu su wuupuru- nacin de las vias pblicas, he tenido por con- cion una mcP tan importante. Puerto-Rico 'emente aprobar la subrogacin del que se co- 1 1 .le uclUDre do it&J.Jose Mrete, Secre- bra en la mnlnnrn At roer a v nnrAna v Alonn, tao. jerqne desde 19 de Noviembre prximo veni venidero, dero, venidero, se satisfaga por cada una de las prime prime-tos tos prime-tos un peso,y por cada uno de los otros dos reales, ambos en macuquina, su equivalente w las especies de moneda admitidas la cir cir-Julacion, Julacion, cir-Julacion, debiendo observarse para la recau recau-cion cion recau-cion la instruccin siguiente : Artculo 19 El Dinutado de Ca rniccra hit.-' i . . 1 . pMra. alariamente al Uepositario, despus de "iiicana la matanza, una papeleta que con 'enga el caado muerto nara el abasto nhl fi y el dueo dueos de las reses y cerdos, lfin de que recaude de ellos los derechos cor- 'V3l'unaientes. Art.'2? Otra papeleta igual la que ex Pfesa el artculo anterior, se pasar al Corre S'uOr n AlpMn , t ,..ivnmc, pai a tjuu ai un ua cauil llius, espues de hecha la confrontacin de unas y y?a estando conformes, autorice con su el estado que deber formar el Deposi Deposi-l0 l0 Deposi-l0 conforme lo prevenido' en la circular 29 del 9 de Mayo de 1848, con el cual . 8?ra e' mismo Depositario hacer a entre entrene ne entrene lo recaudado en la Comandancia del De De-7lamento. 7lamento. De-7lamento. ; Art. 39 y t ft lirio. Queda subsistente la Pasada circular, en todo lo dems que no Jefe de dia. El Mayor Comandante gra graduado, duado, graduado, Capitn D. Luis Bugeda. Cuerpos de servicio. Los de Asturias v Ar- tlInrCo llllvilUi I ivim Rondas.-E regimiento infantera de Iberia ,0S f,nes quo convcnSni truccion aprendiendo Ins materias del ramoue. cundario que cqn Real aprobacin so ensenan en el Colegio Seminario de esta Ciudad, por porque que porque fij:indoso all para la matrcula de las cla clases ses clases desde el mes do Julio hasta principios dbj Setiembre de cada ano, los jvenes, que qui-i sieran entrar ellas, tendran oue airuanlnr ni ano siguiente, toda la vez que verificndose losi exmenes en Diciembre, no podran presentar! oportunamente el certifcalo que se les expido, como concluidos en las materias de instruc instruccin cin instruccin primaria, para ser inscritos en la matr matrcula. cula. matrcula. En su consecuencia, y con el fin do alla nar estos inconvenientes y que la juventud pueda perfeccionar su instruccin en el estu dio de las materias que se ensenan en dicho Seminario, ha resuelto la Academia con apro- bacion de su digno Presidente el Excmo. o. or Gobernador Capitn General, lo que si- Artculo. Io Los exmenes de todas las Escuelas de la Isla so practicarn para lo su sucesivo cesivo sucesivo en los quince primeros das de Julio do cada ao, observndose en ellos el orden pro provenido venido provenido en el Reglamento publicado en 4 do Diciembre do 1852. Art. 2? Los que deban tener nfnrfn m el mes do Diciembre de este ao, se practica practicarn rn practicarn el ao prximo en la noca osrttnAn . o " el artculo anterior. Art. 3? La adjudicacin de nremns fnn- - 1 ------ w w.. dra efecto el primer domingo despus do con concluidos cluidos concluidos aquellos actos.' Art. 4? Si hubieso necesidad do sorteo para la adjudicacin del premio, aquel deber hacerse despus do concluidos los exmenes v i i- i ... en la misma escuela; ele manera que el dia se sealado, alado, sealado, solo habr de concretarse la entrega de la medalla al que la hubiese ganado, as co como mo como de los dems documentos do que trata el referido Reglamento. Art. 5? En los primeros dias del mes do Agosto, cuidarn las Comisiones de nueblo re mitir las do partido los resultados de los ex menes: en la inteligencia oue nara el dia 12 dn dicho mes, habrn do hallarse en poder del uxemo. fcr. rresidento do la Academia para an. Visita de Hospital .El Mayor Coman dante graduado, Canitan D. Mateo Dvila tti uenerai jv Uabo uobernador militar in terino. Espaa. I ACADEMIA REAL .DE BDEXAS LETRAS DE PUERTO-RICO. Art. Las certificaciones do ouo trata el art. 19 se expedirn con la debida anticipa cin, fin do que visadas por el Director do la Academia puedan presentarse los alumnos que quisieren continuar sus estudios matri cularse donde corresponda. Art. 19 En todo cuanto no io ononua lo prevenido en estos artculos, so observar el Reglamento referido. Por acuerdo de la Corporacin se han di-l f r. ., ... I --viuiiiwu kj lala BU ililvlllicncitl njiuo a los Presidentes de las Comisiones deL j. i i .... ij vicnv9 tui i vsuuiiuicnies. partido la comunicacin siguiente: 'v A : i tr aj f.i j u I por disposicin de la Academia se nnhli. Lia wiuuiuia iveai ae uuenas tetras na observado que la poca 'que 'seal para los cn. en esto PPr,dico para que llegue conoci- ftxmenes nthlirna An pcrnnlna en en Da. miento do Otlinn r.nrrpunnndn. I " v wi i I glamento inserto en la Gaceta oficial del 4 de Puerto-Rico 10 de Octubre de 1853. nmK-n )n 1QCO t I mm LriwiciMuiv uu 4ov, n es cuuveuienio para ia juartin J. Travieso. i i : ESPAA. (De "El Comercio de Cdii.") DISPOSICIONES Y DOCUMENTOS OFICIA- LES PUBLICADOS EN LA GACETA DE MADRID DES DESDE DE DESDE EL DIA 4 DE AGOSTO. ( Gaceta del dia 4 de Agosto.) Una Real orden del. Ministerio de Hacienda comti comti-icoda icoda comti-icoda la Direccin general de aduanas y aranceles, acompaando nota de los puntos que debe tratar la misma en una memoria que redactar acerca del es estado tado estado de las rentas que administra. (Gaveta del dia 5.) Una Real orden del Ministerio de Hacienda co comunicada municada comunicada la Direccin general de contribuciones in indirectas directas indirectas y arbitrios, acompaando nota de los puntos que debe tratar la misma en tina memoria que redac redactar tar redactar acerca del estado de las rentas que administra. ( Gaceta del dia 6.) -Una Real o'rden del Ministerio de Hacienda comu nicada la Direccin general de rentas estancadas con el mismo objeto que las contenidas endas Gacetas de los dos dias anteriores. (Gaceta del da 7.) . . Un Real decreto de 3 de' Agosto expedido por el Ministerio de la Gobernacin mandando establecer in inmediatamente. mediatamente. inmediatamente. en cada capital de provincia de prime primera ra primera clase uno mas Asilo de prvulos. Una Real o'rden comunicada por el Ministerio de Hacienda a la Direccin general de casas de moneda, minas y fincas del Estado, con el mismo objeto que expresan las "contenidas en las Gacetas de los tres dias anteriores. m -.,;; ; ti r ( Gaceta del dia 8.); t s Precedido de una extensa exposicin del Consejo de Ministros, contiene, un Real decretode 7, de Agos Agosto to Agosto rubricado por el Ministro de Fomento resolviendo la cuestiop de caminos de hierro. Se mandan Jlevar cumplida ejecucin las concesiones confirmaciones para la construccin de lneas de ferro-carriles con conforme forme conforme " las prescripciones y condiciones estipuladas en los Reales decretos ordenes de su concesin. Las dudas, dificultades, reclamaciones sern resueltas ppr las leyes, reglamentos, instrucciones Reales, dis disposiciones posiciones disposiciones generales,. vigentes, afc tiempo de la conce concesin. sin. concesin. Todas las concesiones confirmaciones de lneas cuyos propietarios actuales adjudicatarios tensan mu cuiu uuiMMi jnir pane utji Casiano oe nteres, amor amortizacin, tizacin, amortizacin, emolumentos d auxilio pecuniario conforme la ley de 20 de Febrera de J 850 estarn sgetus lo que se determine en la general de ferr-carriles que lia de formarse y presentarle Jas Cortes. En adelan adelante te adelante no se harri concesiones sino 'en conformidad lo (fue previene la citada ley, jprv aprobacin de 1 los planos del trazado" yrprsupusto del costo, p se veri- Jicara adjudicacin alguna sino en subasta pblica.' Se nombrarn para cada una d las lneas concedidas con derecho renumeracion por(par.e del Estado, dos ns pectores, uno facultativo quyigile la ejecucin de las ubas haciendo que se sugeten los pjanos aprobados y las reglas' del "arto y otro administrativo que inter intervenga; venga; intervenga; oh !gesXon de los fondos y evite todo 'gasto suprtiuo innecesario.) El Gobierno se ocupar' sin levantar pnnoen formular el proyecto de ley general de ferro-carriles para que pueda ser presentado.las Cfrt? fn la pro'xirna legislatura,, tomando por liase los trabig de la; comisin del Congreso de;80 v Miniliendo iinicamente a las lineas all trazadas, otra general de Madrid Ranelona jmr ZarBgozav'y de' Madrid. Vgo. En armona on estas disposiciones se ii'SoUrin fior'el Minsterio de Fomento losexpedien losexpedien-tefh tefh losexpedien-tefh (V-cafiles procurando subsanar en! su caso ,rtt?.1ll,"siH,e -VWfH", J:l.rM'rtJ efecto preT rti industria acuerdo por la Presidencia y Ministerio de Hacienda. Caveda, Director general de nriculturt Art. o? Las libranzas sobre las caas de Ultra- comercio. mar se acordarn en Consejo de Ministros, propues- Vocal riel Real Consejo de agricultura indi ta del de Hacienda, y se extendern y comunicarn y comercio, D. Ramn de Echevarra, j', ft. ln por la Presidencia. i guma clase del cuerjx de caminos, CHnaes y tmen Art. C? Se trasladarn la Presidencia del Con-j Director general de agricultura, industria y co sejo de Ministros el archivo de Hacienda de Ultramar ci 1). Juan de U Cruz Oses, subsecretario n" los dems papeles y documentos de cualquiern clase -sido del Ministerio de la Gobernacin y Diputad ijuc ici iciic-in u uitiias hiusiiiii es, cuyos urgocia-i t es. dos han de radicar en la Direccin del ramtf; pasando y ella con el correspondiente crdito los oficiales y de dems ms dems empleados que consecuencia de este decreto no sean necesarios en el Ministerio de Hacienda. Por otro decreto de J? de Agosto se nombra Go Gobernador bernador Gobernador de la provincia de Huelva D. Jos Fernan Fernandez dez Fernandez Quesada, que lo es de la de Zamora, y de esta D. Antonio Querola, electo de la de Huelva. Por el Ministerio de Estado se anuncia que en la noche del G de Agosto, la Reina Ntra. Sra., acompa ada del Presidente del Consejo, Ministro de Estado, 1 1 : ti i uirecior general ae ooras poniicas . Jos Ma Mara ra Mara de Mora, que lo es de establecimientos pena i Diputado Co'rtes, en reemplazo de D. Jos d Re Re-zeta, zeta, Re-zeta, quien se declara cesante. Por el Ministerio de Hacienda se comunica una Real o'rden la Junta de clases pasivs para la for. macion de una memoria anloga la que s ha peJ. do las Direcciones. : f (Gacela del dia 10. J Una Real o'rden' dels Ministerio de Fomento fecha ir i .r .iAj i . se uigno recioir en auaiencia privada, en el Keat 'a- e "e iigosio, nicianno las reglas bajo las males se lacio de San Ildefonso, al Sr. Barn de Fabrice, en- j ha de proceder al ret onocimiento de los carriles sen- viado extraordinario y Ministro plenipotenciario deita,,os en 'a vn de Almansa y en lu seccin de Arn es ni i i.. o.. i : a iv .i i: : ",au" o. i. ei txcy uc oujuiiih, pronuncindose con este mo- a eiooieque. Otra fifi I riiismn furhn n'irmAi ,1.1 A l,. i dores de las provincias, explicando' y comentando el tivo los discursos de costumbre. En seguida (aade la Gaceta) fu anunciado S. M por el introductor de embajadores el caballero D. Ru- Real decreto del dia 7 sobre ferro-carriles. uovcuiuiii ciiviuiiu eAiruori mar o v luinistrn1 ni.,. ,i,.i t u i . v J.r Utra el .Ministerio de Hacienda, comn ca,n p,,n,,,o,encmr,o no,ur8,.o por el Lxcm Sr.,Pr.-, Direccin general del Tesoro, para la fo.nano I dente de la Renub ica' menCnnn. rpr- Po r, 1 ""tion ne J mJ tm It Vi I lid nuestra Seora; y al poner en sus Reales manos la carta credencial de presentacin, pronunci el discur- a so siguiente : i'ntes los diferentes dirtiiienes jJel Conleio Real. Sa manda, jior ltimo, proceder n fstudio de la. lineas. "-cuuunj iub uMUHjiiM que puoiico ia comisin oei ,hisfji y uu ia nueva linea de IJurceiona Viro nor Seora: Tengo el honor de presentar V. M. las cartas con que el Supremo Gobierno de la Repblica de Mjico me acredita cerca de V. M. en calidad de enviado extraordinario y Ministro plenipotenciario. Mjico tiene, Seora, con la nacin cuyos desti destinos nos destinos rige VM. tan gloriosamente, vnculos preciosos que, la vez que sern siempre entre ambas firm ga garanta ranta garanta del respeto que su dignidad independencia deben los pueblos, huh d hacer perdurablemente n ntimas timas ntimas sus relaciones, dirigindolas la comn mira de su prosperidad y engrandecimiento. As, Seora, lo siente y comprende el Gobierno de la Repblica, de rjuien recib la grata misin de expresar V. M. estos sentimientos y los mas fervientes votos por la conser conservacin vacin conservacin de V. AI. y la dicha de la Espaa. ' oi "Tengo, tambin,' Seora, el encargo de poner en vu.eta.8 Reales manos una carta auto'grafa de Exce Excelentsimo lentsimo Excelentsimo Sr. Presidente de la Repblica, General be be-rimrito rimrito be-rimrito de patria, 1). Antonio, Lpez de Santana; y al desempearlo me habr (e permitir V. M. llene igualmente el muy especial de atestiTiinr lV. M l profunda gratitud que S EJ nbrga por l testimonio i"""""' i"" "c i'fcuiojf ptirucuiar estimacin a V. l. plugo honrarle, condecorndole con la Gran cruz de lu Real y distinguida .orden de Carlos III. ,'a,'!H Seora, mas agradable ni honroso pnra m que, ei ser uei interprete dejos sentimientos do mi Go Gobierno bierno Gobierno y del Excmo. Sr. Presidente do la Rf Mll'lllMMI cerca de V; M. , conseguirlo en el ejercicio de mis funciones dedicar todo m empeo: y lsd lueo lo i me c.u,;cimiu leiizmenie si V. h: se digna acoger con uenevoiencia la parte que tomo en el regocijo p pblico blico pblico y felicitacin de que V. M. acaba de ser objeto,' al paf.que admitir el homenare de mi resneto v iinlm. lo por la ventura do V. M.f de su Real, familia, y de la nacin espaola," Y S. M. tuvo bien contestar : . i.uu ni inajMi ulllacclon ias cartas que ntiuniiau en caiioad de enviado extraordinario v luiinMru pienipoienciario de la Kepblica de Mjici cerca de AI i persono. r r .-. i ? ) . ,;s.'8t ''e,n08-! .' f toso simpata" qiU oca linio if. miinfiiciutn.n'.'n '...i l j .. L'A - iiioi me cu uuuiore ne vuesiro urooierno -rr-Prda Pre8dnc del Conejo se publica tin Real VRrSM6 Agosto, por el i9ual, ,oiq e(parecef del I Consejo de, Ultramar y de conformidad con el.de Aliiistros,' viene 'S".;W en iandar lo"sguiente:; Ji 1 -rrtculoa9i (Las Autoridades do Hacienda (le Uln tramar se entendern en Io sucwjfo nicanente-con h TCf.1!'?' f,el Conspjo de Ministros, segn fif pre previene viene previene en el art. 'derReal'dccrto'de 2G de"ncro ltliii.vif:d ex fso!iijUi;., zt: t- ohtn'i'j--. o Art. 2? Los expedientes. qhiWi l!natnralez: ll9NS9. c?rrefl,fn(!t n a Ministerio de. Hacienda, .nstr rn en la Preii.Ienciqle ml Consjo de 'jl i i-nitros, nitros, i-nitros, y el Director de UliraVnHf 'ilrVuentn de:ellW nlff.llaciefjla pra;4uo sta roe proponga la resolu resolucin cin resolucin conveniente. i( ....rl 4. Arf. ti? toando ef asunto se considere grave, po podr dr podr someterlo el Ministro d' Hacienda' Wu dtdibyra5 cuio 4cl "f OtisiQ; fi iftl joitros. 01 -ari'in'i Alt. 1? El presupuesto sq formar de comutC corresponden. , los que yo abnVo resnecto dn AUiim- 1' loa rol n wt n i I I j .ranunes eiiiie iu ispana y aquella nacin es tn cimentadas en bases tan solidas, ti ainb mpl blos se interesan interesarn siempre en su recpro ca pri).sj)erinao y nienesfar. : i: .particular agrado las; seguridades que me dais del sentimiento de satisfaccin y gratitud con que el Presidente "de la1 Repblica "tnejirana ha recibi recibido do recibido la, prueba de p'urtltuUr; tpreao que me complac ; "Ln cuanto vos, Sr. AIinistro podis contar, con mi bcnevoleicia y con la cordial cooperacin de mi Gobierno para el desempe de vuestra honrosa mi mi-pion; pion; mi-pion; y al asociaros hoy i as felicitciones qde recibo del pueblo espaol por el niev beneficio que la Divi Divi-pa pa Divi-pa Provilencia se ha I dignado otorgarme, os habis grangeado ya mi estimacin y aprecio." t T-' ortfi M'niKtrio de .Hacienda, se publica una fl orden cominlcada la Direccin; gcnrA de lo lo-ii'rt'as, ii'rt'as, lo-ii'rt'as, sobre fa foritacinlola' memor'ia oue a re fieren las contenidas en las Giicetas nterors;!M l! una memoria semejante las que se han pedido ha dems Direcciones. . - C9 (Del Correo de Ultramar.) ioticins iiinrtiiims. , La seccin de los puertos del almirantazgo infles acaba de publicar un cuadro muy interesante. .1 n l hallarnos un resmen de todas las desgracias que hin sufrido los buques, as como l nmero de personas que han perecido en todas las costas del Reino Unido durante el ao 1850, todo ello indicado de un modo claro en una carta Tle naufragios. Esta carta parece un mapa ordinario de Jas islas britnicas, excepcin de que la lnea e las costas se halla sembrada de se ales negras, que no son 'uniformes ep nmero, sino que varan de uno veinte. Cada marca indka un naufragio, y su corolario demasiado frecuente, esto es, la prdida de los nufragos. La vista do esta carta produce una impresin sumamente penosa. Toda la costa del Reino Unido se halla llena de estos puntitos negros. Que se pierdan anualmente en las costas un milln y medio de libras esterlinas, ete es un amito que toca la compaa de seguros; pero nadie puede saber' sin emocin que 'Vacia ao unas ochocientas criaturas humanas perecen en las costas, dejando viu das, madres, hermanas y hurfanos. El clipper americano Sovereign of the Seasde salir de Liverpool para la Australia con el cargamen to mas considerable yrirq que haya dlevhdo jams un solo hoque, pues w le,!.UU toneladas y de un vW 300,000 libras esterlinas. Adems de este enorme rorgamenio, esce ouque lleva veinticuatro pasajeros df iir i rnpru lu A .i.n.,nin '.ll l'...;.,.l r-.....u j tuai nina IHJ MUIItli1. -Leemos en los periYlicos de Alarsella las siguien tes lineas acerca de los vapores trasatlntico: t b'EI buque destinado inaugurar csia navegacin, el Porvenir, f botado al agua el lnes ltimo, en d Sey oe., Este vapor, construido en los arsenales de M. Taylor, es el mavor dedos one ha luinstruido hasta el d' el comercio' francs; es de hlice y carga 1,500 to neladas. El Porvenir, adems d sus buenos cainnro tes para los pasajeros, pesarle su I mquina y sus depo'sitos de crbon. icarrar non 7(K) lonnladas de - t o - mercancas.' ;; -f:" 'y "Sin embargo. pesar.de estas dimensiones, Va considerables, esto bunu na se hulla Jlftstinado mas que al Viaje le instaiacionl y despus vendrn las cua dciniliva cpderan en nada los grandes vapores Tnless y americanos; s capacidad sera 'doble'de la 'del Porvenir: y su mquina de heliceer de fuerza de 400 caballos. r: "La Francia y el Brasil fcruirn dentro de algu nos, meses al Porve?iir Los materiales preparados ya en los talleras caminun rpidamente, hcia los arsena arsenales, les, arsenales, y antes de acabar el-ao: so lotarn al agua estos juques sooernios. Los otros Jos que completara servicio esttrn. concluidos en los primeros meses le Ls inglese? riu trabaian 'en cubrir' l Cana de caminos de hierro,' secupan al mMmo tiempo enj construir en Escocia; sobre l Clvde, nn vapor nion ruo,;deNtinado a partir deiUolybead para tras;jona luc ilos enteros do emhrrados, Porllnnd. M. el nrimer rnrifiirnotnr -.lo l nrun ItrotMH. se ba"" I nnn.. ..... .1.. .1 1 1 ', J. ' ....nsn. irauajo ihuiv- Clcf?.,, yin; -Contieno cinco Reslc decretos por los 'rn'nh si linccd los sig uieht es nombra menlos : ? ; j Mj ; rfCotpiejerq ReaUa claitMleordinarju D. Jo- El PPc."r?H,l0 (e llevuf a cabo ste lili P VA Va un ur ....-,.. i.hiuiii rita ii u.uuu iuiivi"" na iti oimensiones siguientes: i "fi In'o.j:;:i,;'::a'w'' l' i: p --" ( Ancho j De iih tambor al olr. .111 ot Profundidad. I .i1.'.: C73 ''"pies. 80 120 60 -3- 1 - fuerza e las mius. . . 6,000 t Superficie d tu cubierta..... Ji acre. , j V : ', - I 1 Ti . Esta ciuuau noinme .sera construida en muchos compartimentos enteramente distintos, de modo que alguna vez iefar" o romperse, sus diversas '-partes oten separaumnenie. .. : Est probdo ya que las olas mas fuertes no tp nen mas de 20 pies de profundidad, de modo oue'un l,qnfi qe cnie - pies ie agua, y que tenga mas de 600 pies de largo, no puede ser arrastrado por Ih vio- .!.. d a laa rtlnis r, en -i 1 .1 .1 J lencmv,c u ciuuiuuu nueoe disminuirse nor ln Tormenta. Los capitanes de lnea Cunard v Co Uins han llegado formular esta conclusin despus (e largas experiencias. Kesulta pues que el buque gi gigantesco gantesco gigantesco de que hablamos, podriu literalmente desa desafiar fiar desafiar el furor de las olas; Ahora' queda por averiguar i en cambio no se prestar mas que los otros al furor l(Je los vientos. Estadstica. En Francia la mortandad anual es de 1 sobre 42; en Inglaterra de 1 sobre 45; en ete ultimo' pas fu de 1 sobre 46 el ao ltimo. En Prusia 1 sobre 38, en Austria 1 sobre 33, en Rusia 1 sobre 28. En este l ltimo timo ltimo pas, la mortandad es de 3,590 d, en otros tr trminos, minos, trminos, sobre 100,000 rusos vivos, mueren anualmen anualmente te anualmente 3,590; en tanto que de 100.000 ingleses sulo mue mueren ren mueren 2,207 f) el mismo espacio de tiempo. Un muchas ciixaies de Italia la mortandad es de 3 4 por 100; en aples de 100,000 habitantes se cuentan por ao 4,U4U aerunciones. asi pues la Inglaterra es la que se conserva en menores proporciones, y esto pesar de mi espantosa mortandad de sus grandes ciudades ma manufactureras; nufactureras; manufactureras; pero la balanza se restablece por el es tado floreciente -Je la salud pblica en los distritos Agustn Ponre. por dem i.lem (uillermo (Jameron. por idem idem I). 1 UCAS Reparado, por idem idem l Vicente Nitilei, por dem dem 1 I). Antonio Olmo, por dos dein idein 2 Celestino Gonzlez, por una res dem 1 I). Ramn Valencia, por dem idem 1 Uleto Garca, por infraccin al art. 120 del Bando de polica y buen gobierno, sufri 16 , das de crcel, "por no tener con que pagar la multa de veinte y cinco pesos que se le impuso. 1). Casiano Matos, por una bestia suelta- I). redro lioso, por dem idem-- l). Victoriano Ornedes t or idem Idem-- o o o o o o o I 6 o o Adjuntas. Mateo Arroyo, por falto U patrulla Juan Martin, por igual falta Antonio Barriera, por infraccin al att. 156 del Bando vigente ............... .... Carinen Jordn, por dem idem Juan Celestino Torres, por falta de cumpl, miento una rden de est Alcalda, se le im impusieron pusieron impusieron cuatro dias de trabajo en las obras pblicas, socorrido con medio jornal. Jacinto Ventora, pr abandonarla casa donde estaba colocado de mozo de labor ignorar, se en que inverta el tiempo, 15 dias de ira ira-i; i; ira-i; bajo en los caminos, socorrido con medio ; jornal. V Marcelino Ribera, se le destin 15 dias de trabajo en' los caminos; por mala conducta y haber provocado ria roo Mariano Miranda; se le socorre con medio jornal. . Aasco. 0 O i 1 1 4 4 0 0 3 aercolas. )S!C' r'Coi h Coe Hechos. C'.sa- . Hernn Cortes. Dice un diario se se-'"'' '"'' se-'"'' ,s -.hemos tp.c S.-A. II. el Duque de Mont- - Tipiado la humilde casa morada de Iler Iler-uada uada Iler-uada en a inmediata villa de Oastilleja La injuria de los vientos y ms aun la .l ios .h .esivos dueos de ella, la tenan re- .'"i'm! a un estado de abandono y ruina tal, que solo w ceu all los despojos de una casa, las bardas'de un ciar v los tapiales de una gran choza. Con todo la par, puertH ferrada, sugeta con clavos de formas' pi pi-ruti:idales. ruti:idales. pi-ruti:idales. revele, la antigedad y apoya la tradicin. De estos faltan muchos que los extranjeros se llevan, cuando visitan este monumento, pagndolos buen "IMos complacemos sobremanera que ni adquirirla S. A. se haya propuesto conservar estos restos, cuya posesin honra este pas." Organo. En la nueva iglesia de San Pedro en Berln se est construyendo un grandioso rgano so so-lire lire so-lire 60 registros, de los cuales se han acabado ya 32. No solo ser uno fle los mayores de Alemania, sino el de mejor tono; y proporcionar de este modo Ber ln una diversin artstica que ha sido hasta' ahora muy rara en los conciertos de rgano. Ll can mas eran de eri'este o'rgano (l contrabajo de 'm'dra) tiene una longitud de Z pies.fcu constructor es el hbil artista I 10 1 1,0 imM :HIC 15 .DE OCTUBRE M 1853,: RELACION de las mullas que han impuesto varios Jllcal des Correjidores y Alcaldes ordinarios en el mes de Seticm. hre prximo pasado por las causas que continuacin se apresan; IB. IX. -. ;. 'Jlrecibo. 2 2 0 0 .; Alateo poto, por un bofetn que dio un mu , chacho en a plaza7 I?. Nevero de Jess, por dos bestias sueltas '.'Jos, Ramn ,Kibera, Por una idem idem ... .10 "Carpi Ciarc, por dem idem ) 1 0 . t-ruz Batista, por idem idem ' Jos U. Cioitia por l. vaca preuada que mA. J Manuel Figueroa, por una bestia suelta "' Antonio 1J ibera, por idem dem "idora Lugo. po idem. idem;' Francisco' oldad, ppr blem'idef ' Evangelista lioman, por idem dem . fomfo K.mHi, ot idem dem-.... .... .... n rlix Maldonado, por idem idem ' 'Ignacio Aroceua. por dos idem idem- . ..... 1 4 2 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 o o ' t'mtiano Matos, por una idem ittftn 1 Maimel lmirw nur idpm ilm I Mps4 Coilia,. por jdera dem I. -Mdij u.. aj arijri ta. por tos mera dem 'Z u ll t. U" y udiiounuo Urti?, por una res irtetn... . Gregorio Colon, por dos bestias dem Emibo. Gil,, por una res idem- : v.n084 FueiltPa mr 'mi hastia idpin-.. Jimo I -i i Jtodoro-IJeihger, por i.lem idem tiano del Kosado. por dem dem- UdU Wauer, por dem idem i I 0 0 0 o o o o o o l? Fidela Mayans (vecina de Mayaoes), por ha haber ber haber sido aprehendido en esta jurisdiccin su esclavo Santiago sin el pase de la Autoridad de aquella Villa, con arreglo al art. 95 del . Dando de polica- I). Carlos Mangual, por un buey suelto- Juan de. Soto, segin juicio verbal, por haber entrado en los terrenas de I). Jus Chis opo oponindose nindose oponindose ste, 15 das de trabajos pblicos, con arreglo al art. 175 del Dando de polica vigente. Fermn Bener, por un caballo suelto Antonio Kuiz, pdr un buey idem ............ . Daltasar Grra, por idem idem ; Al jornalero Juan Feliciano,' por su holgaza holgazanera nera holgazanera y prdida de su libreta, con arreglo al art. 4. del reglamento de su instituto, ocho dias de trabajos pblicos. ; r Zoilo Ribera,; por igual causa,' la misma pena. I). Modesto Domnguez, por un caballo suelto.. Juan Moran y Francisco Candelari, por in- , fraccin 1 aru 4. del reglamento de joma- leros, 8 dias de trabxjo pblico. ; Jun Manuel Pap, por escndalos en la po po-. . po-. bliicion, 8 dias de crcel; . MnueJ Candelaria, por contravencin 1 art- , culo ,4, del reglauicnlo de jornaleros, 8 dias de trabajos pblicos. . . Ramn Martnez, por a misma folla igual pena. Pablo Feliciano, por id. id., id, id. , Antonio Ribera, Jos Soto y Serapo Avils, por inobedientes l llamado del comisario der , su barrio para la formacin de la estadstica, . Stcorridos por s, dos dias de crcel. Nicols Oan, por infraccin al art. 4. del re reglamento glamento reglamento dejornleros, 8 dias de trabajos en .l,os caminos vecinales. , Julin Morales, por blasfemo, 4 dias de crcel. El mismo, por contravencin al art. 4. del re. I( , giiunento de jornaleros, ocho dias de trabajo pblico, ..i t "a , Pablo Acevedo.'por infraccin 1 art. 178 del : , Bando de polica vigente, 15 dias de traba traba-n n traba-n jos pblicos..,.. . i -,, Len Rodrguez, por escandaloso y promove- dor de pendencias, 2i horas ds arresto. Regalado Morales, por contravencin al art artculo culo artculo 175 del Cdigo de polica, 15 dias de trabajo en los caminos vecinales. Flix, esclavo de la sucesin de I). Francisco t Miranda, por' insolente ante Ja Autoridad, i fu condenado 24 horas de crcel, que su sufri, fri, sufri, y apercibido. Juan Jos Iboleon y so concubina Crmen Pi Pi-capiedra capiedra Pi-capiedra (vecinos de Mayages), aprehendi aprehendidos dos aprehendidos en est jurisdiccin sin pase ni pasapor pasaporte, te, pasaporte, fueron remitidos disposicin del seor Corregidor de su' domicilio. Remigio Soto, por una vara suelta 1 0 Francisco Ribera, por infraccin al art. 176 del Bndo de polica, 30 dias de obras pblicas. U. Manuel Soto.'por haber alterado el precio de las carnes, vendiendo 2 onzas por un real, estando subastado 32 onzas 4 0 D. Zoilo Itauthamp, comisario del barrio de rio- arriba, por incumplimiento 4 una rden de esta Alcalda .......... 4 f). Trinidad Marzano. por un caballo suelto 1 . Francisco Marsdo, por dos bueyes dem.. 2 U. Nicols Garca de Quevedo. se le apercibid t- mente para que en lo sucesivo hable con mas respeto de la Autoridad, no, repitiendo 1 la escena que tuvo lugar en U maana de es- ; te da y que ha dado margen este aperci liiniento. ........ 0 0 0 o o D. Jun M. lime, por propuhr f oas incjcri. y qp perjudicaban los intfrtse.) de tercero, apercibido I). Ramn del Rosario Quijxno, Secretario de Corregimiento le San (ernisn. por infrie infrie-Ncin Ncin infrie-Ncin al rK 89 del Rundo de polica rigente. Andrea Mua, por ii fracrion al art. I5G del Bando de polo- 0. Rmn Pwgan. comamlnte de patrulla en l 2. cuarto, por no h it t-r salido prestar el servicio- i). Manuel Carlos, por haber fludn a U patrulla sin justo motivo 4 0 4 O 1 0 4 0 I 0 41 0 40 0 BOLETIN MUNICIPAL. ILUTACIONES DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO EN EL ' MES 0E0CTUBRE. Iolicin. Ai.t!MHM4ito. iSr. Ii.gd r, l). Jse L. Aran7.imi'tidi. IlukPii At. r. Mirin, lf, Juk'; Amig. VrArirf .Sr, ilem. l. Jo Kspir. (JNCKt. Wr. idem, I). I.ui Bulill. Aiko dk CiitEM. r. idem, D. Fruncirte. iJarc l I)ih tcioi i. Cii (mu, Sr. K ff tlor, l). Manuel CoIoidit. Idkm ak Plaza, Sr. id.. D. Soa l). Kutbiguri 0 o o Mdicos. I.iIoh. I). Anselmo Prei J I). Hamon Dapena. ri:oi iri:i as .uj sucia b,i;. Don Jos Antonio de Cucullu, JUalde- Corregidor de esta, Capital y Juez de primera instancia accidental de ta misma. Por el presente ten-er edicto cito, llamo y emplazo I). Jo. s Tuero, vecino que fu de esta Capital, para que dentro de nueve dias que corren y se cuentan de esta fecha, comparezca en este Juzgado defenderse de los c-rgos que le resulten ea esta causa que pende por el ofcio del presente Escribano so bre averiguar el autor y cmplices en la ocultacin de un ex ex-pediente pediente ex-pediente de la Escribana de 1), Mauricio Cuerra; pues si as lo hiciere le oir y giiHrdar cumplida justicia en lo que la tu tuviere, viere, tuviere, y no hacindolo sustanciar la caos en su ausencia v re. belda, sin mas citarle ni emplazarle hasUja sentencia defini definitiva tiva definitiva inclusive, entendindose los autos y dems diligencias en los Estrados de ettw Tribunal, y parndole los perjuicios , que haya lugar; y se convoca , la vez se deudores para su presentacin en dicho Ju2gnlo. Dado en l'uerto-Rico 4 de Octubre de 1853. Jos sintona de Cucullu. Por mandado de su Sra. Agustn Rosario. 3 Escribana pblica. Por auto del Sr. Juez de primera instancia, dit l-Uo el da de aver.se manda nubliear en los peridicos, el flJcrinueiito intestado de I). Ramn Baget, vecino que fu de Bayauion; h fui de que, los que se consi-' deren con derecho sucederle eu la. herencia y bienes, aa como sus acreedores y deudores, ocurran h estduigado den dentro tro dentro de treinta dias que al efecto se le seahn, deducirlos. con los documentos que acrediten su lejitunidail, apercibidos le su perjuicio. Y se avisa al pblico para su inteligencia. Puerto-Rico 13 de Octubre de 1 833. Jigustin Rosario. l Escribana pblica A escrilo presentado por D. Ri cardo Knight, vecino de Ti ujillo I. j pidiendo espera i sus acreetioiei, se ha mandado cnvociir stos y & los ignorados, por medio de lo peridics para una concur concurrencia rencia concurrencia que te ir lugr el din 1 1 de Noviembre entrante; adyrtindoso que han de venir acompaados de sus respec tivos documentos do crdito. Puerto-Rico t de Octubre de 1853. Mauricio flurrra, Esmnano Real y phlico. 3 Escribana pblica. Por huio del Juzl'mUo de primer instancia ie eta Cnpitnt, dictado ron esta fochu en la causa criminal que sh instruye contm Domingo'Dalmau (a) Conejo, por hurto d un manojo d tabaco de la Ha Habana bana Habana en rama del peso dn seis libras y medit que te le su supone, pone, supone, egecutndo en ta Real Aduana de esta Capital el pri primero mero primero de los corrientes; so ha dispuesto se haga siber por los peridicos de esta Plaza la existencia de dicho tabaco en el oficio del que suscribe, para que cualquiera que sea su dueo comparezca ante el referido Juzga-Jo acreditarlo en formn, y ser examinado por lo relativo al hech. Puerto-Rico G de Octubre de 1853. Manuel Camuas, Escribano pblico. 3 Escribana pnblica.-'En la causa criminal que se sigue contra Juan Hilario Correa, vecino de aguas, por hurto con escalamiento en despoblado en el partido' de Trujilloalto, se ha dispuesto por auto de ayer publicar en lo peridicos de es- 1 m ta Plaza hallarse en depsito en dicho Trnjillo una yegua cu yas seales son las siguientes: saina oseara, pobre de cola v crin, cinco cuartas y un pulgada de alzada, las cuatro pataai blancas, eu el lujar una mancha del mismo color, po corto y tranqueado, una matadura sobre la aguja, como de cuatro aos; cuya bestia dice la tom eu una estancia en San Loren Lorenzo zo Lorenzo dn Hato-grande, Puerto-Rico Octubre 8 de 1833 Agua- Un Rosario. .' 2 SUBASTAS. SECRETARIA DE Li JUJVTA Dircciva ce Can nos. Ii Junta ha fijado cKlia 31 del corriente para el remate del portazgo del puente de la Aurora, situado eu la carretera I de esta Capital al pueblo de Rio-piedras, cuyo remate se veri ficara por el trmino de dos anos (pie empozara A correr el 7 1 de Noviembre prximo venidero y concluir en igual dia y mes del ao de 1855. El acto tendr lugar excitado dia las siete y media de su tarde, por pliegos cerrados, en la casa de Gobierno, bajo las condiciones que estarn de manifiesto en la Secretara de la Junta, para que puedan enterarse de ellas las personas que de deseen seen deseen tomar parte en la subasta, bajo las prevenciones siguientes: 4 1 La licitacin se verificar por pliegos cerrados, sujetn sujetndose dose sujetndose las propuestas que en ellos se hagan al modelo que con continuacin tinuacin continuacin se expresa. 2- Los pliegos cerrados podrn entregarse la hora que gusten los proponentes, durante todo el da fijado para el re remate, mate, remate, pero principiado ste se entender terminado el plazo pa para ra para la admisin. 3' Se declararn nulas y como no hechas las proposicio proposiciones nes proposiciones que no se hallaren exactamente conformes al modelo, y asimismo las que no lleguen al importe del actual remate que es de 1,G80 ps. 4 Una vez concluido el remate ser inadmisible cualquie cualquiera ra cualquiera mejora que se ofrezca. 5 Si en la licitacin resultasen dos mas proposiciones iguales se proceder en el acto nueva licitacin, nicamente entre sus autores, sta que ser abierta, durar por lo menos diez minutos, pasados los cuales se terminar cuando lo dis disponga ponga disponga el Presidente, apercibindolo antes por tres veces. 6 Ser de cuenta del rematador los gastos de la escritu ra de la contrata y de la fianza que ha de otorgar, lo mismo que los de los testimonios necesarios. 7? El pago de la cantidad en que se haga el remate se ve verificar rificar verificar en efectivo metlico, en los trminos que expresa el pliego de condiciones del mismo remate. Puerto-Rico 13 de Octubre de 1853. Juan A. Daz. Modelo de proposiciones que se cita. , Don F. de T., vecino de propone tomar su cargo el portazgo del puente de la Aurora, situado en la carretera de la Capital al pueblo de Rio-piedras, por el trmino de dos aos que empezar correr el 7 de Noviembre prximo venidero y concluir en igual dia y mes del ao de 1855, por la canti cantidad dad cantidad de sugetndose enteramente lo que prescribe el plie pliego go pliego de condiciones que debe regir para el remate y al arancel del mismo portazgo. Fecha y firma. 1 La Junta ha fijado el dia 25 del corriente para la subasta de la obra de reparacin de 560 varas lineales de la carretera de esta Capital Rio-piedras, en la prolongacin del trozo que se construye por contrata en la misma carretera, y su presupuesto asciende 3,415 ps, 46 ctvs. El expresado acto tendr lugar en el citado dia las siete y media de su tarde, por pliegos cerrados, en la casa del Go Gobierno, bierno, Gobierno, bajo el presupuesto, condiciones y dems que estarn de manifiesto en la Secretara de la Junta, para que puedan enterarse las personas que deseen tomar parte en la licitacin, bajo las prevenciones siguientes. 1? La subasta se verificar por pliegos cerrados, sujetn sujetndose dose sujetndose las propuestas que en ellos se hagan al modelo que continuacin se expresa. 2? Solo podrn tomar parte en el remate los que renan las circunstancias expresadas en la primera de las condiciones del pliego general para las subastas de las obras de caminos, y los que acompaen al pliego de proposicin la carta de pago el documento legal correspondiente, que acredite haber depo depositado sitado depositado en esta Capital, en la Depositara general de los fondos de caminos, el cinco por ciento del importe del presupuesto, en metlico, un pagar de persona de responsabilidad que se comprometa consignar en la cja de caminos el depsito exijido, caso de ser adjudicado el remate ai licitador garanti garantizado, zado, garantizado, como fianza provisional psra responder del resultado del remate; en el concepto de que, no se declarar adjudica adjudicado do adjudicado hasta que se verifique el depsito. 3? Los pliegos cerrados podrn entregarse la hora que gusten los proponentes durante todo el dia fijado para la su subasta, basta, subasta, pero principiada sta se entender terminado el plazo ra la admisin. 4? Se declararn nulas y como no hechas las proposicio proposiciones nes proposiciones que excedan del importe del presupuesto anunciado. , 5? Sern desechados ios pliegos que no se hallasen exac exactamente tamente exactamente conformes al modelo, y asimismo los que no vayan acompaados de la correspondiente garanta. 61, Una vez concluido el remate, ser inadmisible cual cualquiera quiera cualquiera mejora que se ofrezca. , ?' El mximun para la ejecucin es el de tres meses con lados desde la apertura de los trabajos, y estos principiarn precisamente los quince dias de hecha la adjudicacin. 8" Si en la licitacin resultasen dos 6 mas proposiciones iguales en el precio de la obra se preferir la que ofrezca eje eje-rutarla rutarla eje-rutarla en mnos tiempo del designado, y en igualdad abso absoluta luta absoluta de circunstancias se proceder en el acto nueva licita licitacin, cin, licitacin, nicamente entre sus autores. Esta; licitacin que ser abierta, durar por lo menos diez minutos, pasados los cuales e terminar cuando lo disponga el Presidente apercibin apercibindolo dolo apercibindolo antes por tres veces. ,.. ,,,. 9' Los licitadorei que hubieren tomado parte en la subas, ta podrn retirar la guramis presentida luego que haya ter terminado minado terminado el remate; pero quedar retenida la de aquel cuyo fa favor vor favor haya quedado, para que constituya la fianza correspon correspondiente. diente. correspondiente. . , , , .,.',' : 10 Ser de cuenta del contratista los gasto de la escri escritura tura escritura de la contrata, y de la fianza que ha de otorgarse; lo mis mismo mo mismo que los de los testimonios necesarios. - 1 1. El pago de las expresadas obras se verificar en efec efectivo tivo efectivo metlico, en los trminos que se convenga en el pliego de condiciones particulares. Puerto-Rico 4 de Octubre de 1853. Juan J. Diaz. " V Modelo de proposiciones que se cita.1 Don F. de'T., vecino de...... propone ejecutar en me- es y por la cantidad de.... todas Ls obras de reparacin com compendidas pendidas compendidas en Na 500 varas lineales )e la carretera de esta Ca. pitad , Rio-pilra?, en la prolongacin del trozo que se cons construye truye construye por contrata .en la misma carretera, .sujetndote entera entera-juenti juenti entera-juenti Jo que prescriben ios pliegos de condiciones genera les, econmicas y facultativas fque deben regir para la ejecu- cion. Fecha y firma, 4 Escribana de Real Hacienda. El Tribunal de Inten Intendencia, dencia, Intendencia, por auto de esta fecha, ha sealado el cuatro del entrante Noviembre, de doce k una de su dia y n la casa de la Superintendencia, donde se hallar reunida la Junta de Almonedas para dar el cuarto pregn de remate al ofi oficio cio oficio de Tasador de costas del Juzgado de Aguadilla, valora valorada da valorada en trescientos pesos fuertes. Las personas que quieran rematar dicho oficio concurran el dia, hora y lugar desig designado, nado, designado, debiendo consignar prviamente en Arcas Reales, la suma de cien vesos fuertes, que les sern devueltos los no rematadores, con una certificacin librada por el que suscribe. Para su publicidad libro el presente. Puerto-Rico 11 de Octubre de 1 853. Manuel Uarcta de Lasueia, u.8 cribano de Real Hacienda. 1 Juzgado de 1? instancia de esta Caj-ital.Ea la testa mentaria de O. Antonio Hermoso, se ha dispuesto por el Tribunal la venta en pblica subasta de los bienes quedados al fallecimiento de aquel, consistentes en una estancia en la jurisdiccin de Luquillo, barrio de la Habana, cuyos ter renos de vega, pasto y monte, importan 5,740 ps; el gana do vacuno 227 ps; y os enseres 145 ps. 75 ctvs., y una casa en la plaza del pueblo de fajardo, en 900 pesos: na cindose entender que el que comprare dichos bienes, pue de proponer; 1. pagar de contado las costas que se de ben. 2. hacer un arreglo con el defensor de los ausentes para pagar la cuota que stos corresponda dentro de un plazo proporcionado, con seguridades satisfaccin del Tribunal, y mintras tanto satisfacer la renta pupilar. Y 3. convenirse con Soledad Hermoso respecto al con contado tado contado que exija, y plazos que quiera acordar eu orden su porcin hereditaria en particin. a Lo que se manda anunciar en los peridicos, para que el que quisiere comprar se acerque la Escribana del que suscribe y estampe su proposicin, de que se dar cuenta. Puerto-Rico 13 de Octubre de 1853. Mauricio Guerra, Escribano Real y pblico. 1 Secretaria de la Junta municipal de Patillas. No ha habindose bindose habindose presentado licitador alguno la reparacin que ha de hacerse en la Iglesia de este pueblo, ascendente su costo mil ciento treinta y tres pesos, se anuncia nuevamente al pblico, nnr disnosicion de la Junta exoresada..nara los que gusten ha- 1 w cerse cargo de esta obra presenten sus solicitudes en el termi no de treinta das, pasando antes la oheina de mi cargo a en enterarse terarse enterarse del pliego de condiciones; bien entendido, que el que la optepga ha de dar fianza satisfaccin de la Municipalidad. Patillas 3 de Octubre de 1853. iVoylan Santana, Secre Secretario. tario. Secretario. 2 Alcalda ordinaria del Corozal. No habindose presen presentado tado presentado licitador alguno la obra de recomposicin de la Iglesia de este pueblo, se ha dignado el Excmo. Sr. Capitn Gene General ral General hacer extensiva la cantidad presupuesta 140 ps. con las condiciones demarcadas. Lo que se hace notorio para que dentro de quince dias puedan los que interesen hacer propo proposiciones siciones proposiciones concurrir la oficina de esta Alcalda donde se les en enterar terar enterar del presupuesto y dems condiciones. Corozal 8 de Octubre de 1853. Juan de la Cruz Coca. 2 Alcalda ordinaria de la Moca. Debiendo de hacerse varias reparaciones n la caaa de Rey de este pueblo, pre presupuestadas supuestadas presupuestadas en ciento treinta y seis pesos, cuarenta y dos centavos; se pone en conocimiento del pblico que el dos del entrante Noviembre se rematar, en el que ofrezca man economas y garantas; en la inteligencia que el pliego de condicione y presupuesto se hallan de manifiesto en esta Alcalna, fin de que puedan enterarse los que guxten. Moca 6 de Octubre de 1853. Casimiro Gutirrez y Ca Caedo. edo. Caedo. '. 3 Secretaria de la Junta municipal de fumacao. Apro Aprobada bada Aprobada ya por el Excmo. Sr. Gobernador y Capitn General, la construccin de una fuente en medio de la plaza de este pueblo; ha acordado el Municipio, en sesin ordinaria de es este te este da, que Se anuncie en los peridicos de la Capital, fin de que los que ee consideren adornados con suficientes conoci conocimientos mientos conocimientos para construirla, concurran en el trmino de un mes. contado desde hoy, celebrar el contrato con la corporacin; no ofrecindose el presupuesto de la expresada obra por no hallarse en este pulido, persona inteligente sobre la materia, para formarlo. Y lo hago notorio por medio del presente, cumpliendo con lo acordado. Humacao 6 de Octubre de 1853. Manuel Aguayo, Secretario. 1 4 6 ANUNCIOS OFICIALES. - ... GEPATURA DE SANIDAD MILITAR INTERINA DE ESTA ISLA. ' Hallndose vacante la plaza de Mdico-Cirujano del ter tercer cer tercer batalln de Milicias disciplinadas, la que est anexa la de Sanidad del puerto de Aguadilla, donde reside su Plana Mayor, y debiendo conferirse ambos destinos, mediante opo oposicin sicin oposicin entre los aspirantes, segn lo dispuesto por la Capitana, General en 26 de Mayo de 1849, Invito todos los Faculta Facultativos tivos Facultativos establecidos en la Isla que. deseen tomar parte en la opo oposicin, sicin, oposicin, para que lo hagan con sugecion las bases siguientes. 1 Podrn optar este destino tanto los Doctores conio los Licenciados eo Medicina y Ciruga 2 Los aspirantes darn aviso esta Oefatura pnr s, por medio de personas autorizadas para el efecto, algn tiempo antes de cumplirse el pfazo de treirtl (lias, contados des desde de desde la fecha de esta publicacin en Gaceta del Gobierno, pues transcurridos stos perdern ludo derecho la oposinuu. 3 Igualmente debern presentar, antea H . oposicin, la aptitud legal necesaria para el desempeo deV mejantes destinos con los correspondientes ttulos original acompaando ademas una relaciou documentada de los m' tos que tuvieren. e" 4? Terminado el tiempo de los referidos treinta dias se d r inmediatamente principio la oposicin en la casa del o suscribe. ue 5a Sern censores de estos actos el Gefe de Sanidad cuatro Vocales mas nombrados por el mismo de entre los V cultativos Castrenses residentes en esta Capital. a ' 6 Los censores se reunirn con ja anticipacin debida n ra fijar el dia en que luyan de principiar las oposicin y H'. ra formar papeletas en que se expresen tantas cuestiones cua ts sean los opositores, poniendo aquellas en una urna, de don" ue uaua uno ue esios sacara la suya respectiva, cuyoefect sern llamados este acto. 0 7a Los ejercicios sern pblicos siendo estos dos; el nr. mero consistir en escribir una memoria en latn en castella castellano no castellano y en veinte y cuatro horas sobre el punto que cada uno toque en suerte, cuya lectura deber durar un cuarto de hora lo mnos; y el segundo, exponer un caso prctico de enfer enfer-medad medad enfer-medad mixta que el Tribunal designar en su oportunidad. 8a Para el primer ejercicio cada opositor guardar que que-tud tud que-tud en su casa durante las veinte y cuatro horas indicadas pa. ra formar la memoria, facilitndole los libros que necesite 9a Para el caso practico pasarn los Jueces con los opo opo-sitores sitores opo-sitores al Hospital militar de esta Plaza, donde sealarn cada uno un enfermo de afeccin mixta, fin de que lo exa examine mine examine con bastante detencin, y la media hora despus ex ex-pongan pongan ex-pongan en la Sala del concurso la dolencia que padece, insis insistiendo tiendo insistiendo principalmente en el diagnstico y el plan teraputico de ella. ' J- 10. Despus de cada ejercicio contestarn los opositores los argumentos que le pongan los contrincantes por espacio de media hora; y falla de estos, le argirn dos de los Jue- ees a io memos. 11. I liego que se hayan terminado los ejercicios, proce proceder der proceder el Tribunal, . la probacin reprobacin de los ac actos, tos, actos, y 2. formar la lista en que resulte calificado fielmente el mrito de cada opositor. 12 y ultima. Ll agraciado deber sugetarse las obliga obligaciones ciones obligaciones prevenidas en el Reglamento del citado ramo de Mili cias; as como las rdenes y disposiciones de este superior Uobierno. f uerto-Kico b de Uctubre de 1853. Dr. Jos Rosado. m 4 SECRETARIA DE LA JUJVTA Directiva de Caminos. La Junta ha acordado que se publique una plaza va vacante cante vacante de Pen caminero, dotada con 20 pesos mensuales y casilla para habitacin, fin de que los que deseen op optar tar optar ella acrediten laa circuntancias siguientes: Ia Que no tienen mnos de 25 anos de edad, ni mas de 40. 2 Que saben leer y escribir. 3a Que gozan de buena salud y de la robustez nece necesaria saria necesaria para este servicio. 4a Que tienen buena conducta y aplicacin al trabajo. 5a Sern preferidos para el destino loa que ademas de las circunstum ias expresadas, hubiesen servido en algunos de los cuerpos del Ejrcito. 6a Los que tengan hayan tenido el oficio de labrador cantero otro anlogo al servicio de caminos. 7a Los que fueren casados. Y en virtud de lo acordado se hace saber para que los aspirantes presenten sus solicitudes en el trmino de quin quince ce quince dias, contados desde la publicacin de este anuncio. Pueito-Rico 6 de Octubre de 1853. JuanJi. DUi.S 1 Jilcaldvi ordinaria de Jjoiza.k principios del mes ac tual fu sorprendido, destruyendo las cunetas del camino que se construye en el barrio de Santa Catalina, de esti jurisdic cin, un novillo negro marcado con E en la misa derecha; y como Insta la fecha se ignore quien sea su dueo, se anuncia al publico, con el fin de que, el que lo sea se presente soli citarlo con la papeleta de empadronamiento correspondiente. Lona 10 de Octubre de 1853.-7. JoS Jidzuar, 1 Secretara d la Alcalda ordinaria de Aasco. El 30 lrnumlot ta Muran ttlu an aI kanni A MvoM.irCt'lr (Iff hIp tprriturin un Aahalln nnlrirolrk rr limrn hlanrn fifi Is frente. De orden del Sr. Alcalde lo hago notorio, fin de que los que se consideren con derecho l acudan reclamar- io con ei documento just ncativo en el termino ue nos mese, art. 155 del Uando de polica. Aasco 8 de Octubre de 1853. jse rcente noscana. Secretario. avisos; BOLETIN OFICIAL DEL MINISTERIO DE GRACIA Y JUSTICIA. Habindose nuhlicado va en Madrid el tomo de ete pe ridico. Clinteniemlo la pntrpiraa rnrrpunnmlientes al priUff semestre del presente ao, se hace saber al pblico y lo uscritores que hasta qu lo han ido, fin de que M V gusten recibirlo se sirvan pasar viso esta agencia; sienutf de advertir que el precio de la suscricion de un ao se ha re bajado 10 ps. macuquinos. ' ungirse a U. francisco parque 2.", calle uc i i-lea, lea, i-lea, tm. 23. 1 Imprenta del (ohterno. |