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OTM. 133.
MARTES 11 DE OCTUBRE DE 1853. VOL. 22. ESTE PERIODICO SE SUSCRIBE PUBLICA TODOS TOS MARTES, EN LA IMPRENTA DEL (JOIUERNO, CALLE DE LA FORTALEZA N? 23. JUEVES Y SABADOS. ... v w a 1A Ai i?i a h ;IB)ltPlS 1 ilSllIl wWm llJ 111 111 i PARTE OFICIAL ORDEN DE LA PLAZA. SERViCI PAKA EL 11 UE OCTUBRE UE 1853. Jefe de dia. El Mayor Comandante de in infantera, fantera, infantera, D. Francisco Torralba. Cuerpos de servicio. Los de Asturias y Ar Artillera. tillera. Artillera. Rondas. El regimiento infantera de Iberia Visita de Hospital. El Mayor Coman Comandante dante Comandante graduado, Capitn I). Bruno Ruiz de Porras. El General 29 Cabo Gobernador mi militar litar militar interino. Espaa. LA GACETA. S. M. el crhperarior de Rusia un, testimonio perso nal de su mistad la mas sincera, no ha escuchado mas que su confianza infinita, en las eminentes cuali cualidades dades cualidades de su augusto amigo y liado, y se ha dignado tomar en consideracin las representaciones (2) de que S. E. l prncipe MenschikofF se habia hecho r gano cerca de la Sublime Puerta. El que firma, ha recibido por consiguiente la dr dr-den den dr-den de declarar, por la presente que el, gobierno de S. M. el sultn permanecer Jiii la htra y al espri espritu tu espritu de las estipulaciones de los tratados de tiouslchouk KaiAanlji (3) y Andrinpolis, relativas la proteccin del culto cristiano (4), y que S. M. considera como pun punto to punto de honra el hacer observar para siempre, y el pre preservar servar preservar de todo ataque, sea en lo presente en lo ve venidero, nidero, venidero, el goce de los privilegios que fueron acorda acordados dos acordados por los augustos abuelos de S. M. la iglesia or ortodoxa todoxa ortodoxa de Oriente, y que son mantenidos y confirma confirmados dos confirmados por l, y adems, el hacer participe al rito griego, en un espritu de alta equidad, de las ventajas Concedi das los dems ritos cristianas por convenio 6 disposi cin particular ). Por lo dems, como el firman imperial que aca ba de darse al patriarcado y al clero griego, y que con tiene la confirmacin de sus privilegios espirituales, deber considerarse como una nueva jirueba de esos nobles sentimientos, y como, por otra parte, la procla macin de ese firman que da toda clase de segunda Ayer LO del corriente, con el plausible mo motivo tivo motivo de ser el cumpleaos de S. M. la lleina - Doa Isabel II, se cant en la Santa Iglesia Catedral un solemne Te-Deam, al que asis asistieron tieron asistieron de riguroso uniforme todas las Autori dades, Corporaciones y Jefes de los Cuerpos des, deber hacer que desaparezca para Memore torio oe la guarnicin, ionciumo esie atiu, ei temor relativamente al rito griego, que es la religin celentsimo Sr. Capitn General recibi corte de S. M. el emperador de Rusia, me felicito de hallar hallaren en hallaren su palacio, CUVO frente se hallaban las me encargado de hacer la presente notificacin. bandas de msica y. tambores que ejecutaron r'".clwmo tt ,H qe aoe.ame no durante la ceremonia los toques de ordenanza. "c , , 1 ... i len, esta resulta del La plaza hizo las salvas correspondientes: el mn e, 5 de Jrt j pabelln nacional ondeaba en todos los enincios ' del Estado, que fueron adornados por la noche con una vistosa iluminacin. se cambiar nada en el lugar de visitacin de Jerusa- firman revestido del Hatti-llou- luna de Rcbbi Ulnkir !263(rVbre- Tikmill 1 11 l V'IMI Tini i U iU IlUla UA 1 l.ilWili. ' (Del Correo de Ultramar.) t ' Francia. Pars 14 de Setiembre. REVISTA POLITICA. Cuestin de Oriente. Tenemos que volver tomar esta cuestin en el punto en que la dejamos, porque principia reinar de nuevo la mayor incertidumbre respecto las intencio intenciones nes intenciones del emperador Nicols. El Monitor haba anunciado el 27, como ya hemos dicjio, que el divn habia aceptado el proyecto le la Nota dfl ViftfiM con modificaciones de redaccin de ninguna importancia.oH aqu la traduccin de esto Nota escrita en francs como todos los documentos de iu especie: . "S. M. el sultn, no deseando otra cosa que res restablecer tablecer restablecer entre l y S. M. el emperador de Rusia las relaciones de buena vecindad y de cordial afecto que desgraciadamente se han alterado con complicaciones penosas y recientes, se ha ocupurio cuidadosamente en buscar los medios de borrar las huellas de esos dife diferentes rentes diferentes puntos; Al corriente de la decisin imperial por un irad supremo, la Sublime Puerta se felicita de poderle comunicar S. E. el seor conde de Nes Nes-elrde.! elrde.! Nes-elrde.! : . . ir. "Si en todas pocas los emperadores ne i.usia nan tnnnifestado su activa solicitud (I) en favor del soste sostenimiento nimiento sostenimiento de las inmunidades y privilegios de la igle- ortodoxa griega en el imperio otomano, los sulta sultanes nes sultanes no se han negado nunca consagrarlos de nuevo Ppr medio de actos solemnes que atestiguaban su an an-ti?ua ti?ua an-ti?ua y constante benevolencia con respecto tus sb sbitos itos sbitos cristianos. 1 "S. M: el sultn Abdul-Mcdjid, reinante en el dia, animado do lat mismas disposiciones y queriendo dar mayon, ro de 1852) explicado y corroborado por los firmanes y la intencin formal de S. M. el sultn es el hacer ejecutar sin ningunu alteracin sus decisiones so be ra as. "Adems, la Sublime Puerta promete oficalmen te que no se har ninguna modificacin en el estado de cosas que acaban de arreglarse, sin un acuerdo pr vio con los gobiernos de Francia y de Rusia, y sin per juicio ninguno para las diferentes comuniones cristia as. En el caso en que K corte imperial do Rusia lo pida, se sealar una localidad conveniente en la ciu dad de Jerusalen d en sus cercanas, para lo construc cion de una iglesia consagrada la celebracin del ser vicio divino por eclesisticos rusos y de un hospicio pa para ra para los peregrinos d enfermos de la misma nacin. 'La Sublime Puerta se compromete desde ahora firmar con respecto esto un acto solemne que pon ponga ga ponga estas fundaciones piadosas bajo la vigilancia espe cial del co'nsul general de Rusia en Siria y en Pa- lestina. Los firmanes, etc., etc. Las modificaciones pedidas son estas: "(I) Para el culto de la iglesia griega ortodoxa los sultanes no han cesado jams de velar por el sos sostenimiento tenimiento sostenimiento de las inmunidades, y privilegios de este culto y de esta iglesia en el imperio otomano, y de consagrarlos de nuevo por actos solemnes que atesti atestiguaban, guaban, atestiguaban, etc., etc. "(2) Las comunicaciones. "(3) De Roustchouk Koinarriji, confirmado por el de Andrindpolis, relativas la proteccin por la Puerta del culto cristiano. '(4) Y de hacer conocer que S. M. el sultn, etc., etc. (5) De las ventajagacorriadas y que se acordarn las otras comuniones cristianas, subditos otomanos. Al mismo tiempo que la Puerta devolva la Nota enmendada, diriga los gobiernos de Francia, de In Inglaterra, glaterra, Inglaterra, de Austria y de Rusia otra nota en la que expone como sigue los motivos que la han determina do hacer aquellos cambios, y lo que significan: E( proyecto, de Nota herb recientemente en Vie Vie-na na Vie-na y remitido la Sublime Puerta, ha sido nido y exu- minrio en consejo de ministros. El que haba sido re redactado dactado redactado con anterioridad en Constantinopla, y remiti remitido do remitido las grandes potenrias bajo una forma propia pa para, ra, para, hacer desaparecer la diferencia me existe entre U Sublime Puerta y la Rusia, prometa un resultado sa sa-ti.fd ti.fd sa-ti.fd torio. Por este motivo el gobierno de S. M. I. el sultn siente mucho el ver que no se tiene en consideracin este proyecto. Aunque el proyecto de Nota redactado antes por la Sublime Puerta para ser entregado al prncipe de McnschikoT baya sido tomado por bao en lo concerniente al prrafo del proyecto llegado de Vie Viene ne Viene relativo los privilegios religiosos, la cuestin no se ha encerrado en este crculo: y como se han intro introducido ducido introducido ciertos prrafos supifiuos incompatibles con el derecho sagrado de S. AL el sultn, la Sublimo Puerta se halla aun en el penoso deber de emitir cier ciertas tas ciertas observaciones sobre el asunto. ."El gobierno imperial se halla acostumbrado des do hace tiempo recibir muestras de afecto do (asal (asaltas tas (asaltas potencias, sus augustas aliadas, y agradece tantos benvolos esfuerzos como han hecho desde el princi principio pio principio d la cuestin pendiente. Esto quiere decir que lo repugna, por consideracin estas potencias, el titu bear sobre un punto obtenido por su comn acuerdo. Pero como el gobierno de S. M. el sultn, que fu declarado en un principio nico juez competente en las cuestiones relativas sus dereKs indepen independencia, dencia, independencia, no ha sido consultado desgraciadamente sobro la redaccin del nuevo proyecto, resulta que se halla colocado en una situacin apurada. 'Podr decirse que tampoco el gobierno de Rusia ha sido consultado sobre la redaccin de este proyec to; pero los derechos que se trata de defender son los de la Sublime Puerta, y ella debe firmar la Nota quo se de con respecto a esto. A las grandes potencias per pertenece tenece pertenece juzgar, en su equidad reconocida, si es justo tratar sobre ese punto las dos parles bajo igual pi; y por esto se ha juzgado conveniente el no entrar eo mas pormenores sobre este punto. "El primero de los puntos que hacen titubear la Sublimo Puerta es el prrafo siguiente: "Si en todas pocas los emperadores de Rusia han manifestado su activa solicitud en favor del sosteni sostenimiento miento sostenimiento de las inmunidades y privilegios de la iglesia "ortodoxa griega en el imperio otomano, los sultanes "no se han negado nunca consagrarlos de nuevo por "medio de actos solemnes." "Que los emperadores de Rusia manifiesten su solicitud por la prosperidad de la iglesia y de la reli gin que profesan, esto es natural; pero segn el pr rafo citado podra comprenderse que los privilegios de la iglesia griega en los Estados de la Sublime Puerta no han sido sostenidos sino por la activa solicitud rio los emperadores de Rusia. "Ls de notar, sin embargo, que el hecho rio poner en una Nota que debe darse por la Sublime Puerta el mencionado prrafo, tal como se halla en el proyec proyecto, to, proyecto, acerca de unos privilegios religiosos que han sdo lesde el reinado riel sultn Mehmed-el-Conquistador, de gloriosa memoria, otorgados y mantenidos sin la participacin de nadie, implicara y ofrecera pretex- os al gobierno ruso para que pretendiera mezclarlo en semejantes cosas. "Nadie podra consentir en atraerse las reconven ciones y la crtica de los contemporneos y de la pos- enriad, admitiendo que se estableciera un estado do cosai tan perjudicial para el presente como para lo venidero. "Ningn servidor de la augusta familia imperial otomana le atrevera ni seria capaz de poner por es escrito crito escrito palabras que tendiesen menoscabar la glora de las instituciones que los emperadores otomanos han unriado por un impulso espontaneo de su generosidad lersonal y de iu innata clemencia. "El segundo punto criticable es el prrafo riel pro yecto do Nota relativo al tratado de Kainarriji. Cora nadie podra negar que ese tratado existe, y que se lialla confirmado por el de Andrino'polis, es de toda evidencia qu sus precisas disposiciones sern obser observadas vadas observadas fielmente. J Si con la insercin del prrafo susodicho se tiene la intencin de considerar los privilegios relilo c rno el resultado natural y el espritu comentado del tratado de Kainardji, la disposicin' real y previa de este tratado se limita solo- la promesa de la Sublime Puerta, de protejer por s misma la religin cristia cristiana. na. cristiana. Los prrafos nue la Sublime Puerta podra inser insertar tar insertar en'la Nota que firme, concernientes los privile privilegios gios privilegios religiosos, no deberan manifestar, como se ha declarado en todo tiempo, sea jor escrito, sea verbal verbal-. . verbal-. mente, sino seguridades propias para desvanecer las dudas sacadas luz por el gobierno de Rusia, y que han formado l asunto de las discusiones. "Pero, fortificando por nuevos lazos la identidad religiosa que ya existe entre una grande comunin de los subditos de la Sublime Puerta y una potencia ex extranjera, tranjera, extranjera, el dar al gobierno de Rusia motivos para pre pretender tender pretender ejercer un derecho de vigilancia y de interven intervencin cin intervencin en tales materias, seria dividir en cierto modo los derechos soberanos y poner en peligro la independen cia del sultn. Por eso es imposible que l gobierno del sultn consienta, sin que se le obligue ello.' "Si, por ltimo, su objeto no' es otro qu el de re renovar novar renovar los compromisos del trocarlo d Kainardji, la Sublime Puerta podra hacerlo por lina Nota sepa separada. rada. separada. : I 1 "Ahora bien, el gobierno imperial da la mayor im importancia portancia importancia (que se suprima el prrafo relativo ' ese ' tratado en l proyecto enviado, que, s s man man-1 1 man-1 tiene, se separen de un' modo' explcito la promesa de ' protejer que contiene el tratado de Kainardji y la cues cues-' ' cues-' ton d los privilegios religiosos, para que se 'compren-' da a primra ojeada que' son dos cosas diferentes. "Y el tercer punto es el'de hacer partcipe al rito griego de las ventajas acordadas' los dems cristia cristianos nos cristianos Nadie podr dudar qu el gobierno imperial deje ' d hacer particip al rito griego no solo de las venta venta-jas jas venta-jas que d su propia voluntad acord las dems co comuniones muniones comuniones de l religin cristiana profesada por sus subditos, sino tambin de las que podr otorgar en lo sucesivo. 's: 'nes' : es sunrlo aadir nu l Sublim j y I 7 - ' Puerta' quedara justificada si rio puede admitir l em em-plci' plci' em-plci' de expresiones tan equvocas como las dj conve convenios nios convenios d disposiciones' prticulars sn favor d una co comunin munin comunin de tantos millones d subditos' cmo profesan 'l 'rito griego. 'Siendo estos los puntos que ofrecn inconyenen inconyenen-ies' ies' inconyenen-ies' la Sublim Puerta, esta no puede, pesar de sus "consideraciones por los consejos de las altas potencias ' sus'nliadas y su deseo sincero de anudar sus' relacio- s con l gobierno imperial de Rusia, su amigo' y ve ve-cnp, cnp, ve-cnp, no puede menos,' digo, d confiar l equidad y ' a l justicia de las grandes potencias las consideracio consideraciones nes consideraciones relativas sus derechos d soberana y su iride iride-pendencia. pendencia. iride-pendencia. ,, 1 4 ' '"S,4 por fin, el ltimo proyecto de Nota rjue ha si si-Ido Ido si-Ido redactado "por la Sublim Puerta' se acepta, si el "deVie'na recibe las modificaciones deseadas, el g- hierbo otomano no tardar eV firmar- uno otr de ' ambos proyectos, y enviar inmediatamente un emba embajador jador embajador extraordinario, con la condicin de la evaca-' 1 clon de los principados. El gobierno d Ja Sublim Puerta .espera un na sdlida garanta Jpor parte de ' las ollas potencias contra toda intervencin en lo su-' resivo y toda ocupacin de tiempo' en tiempo de los prineipados d' Moldavia y Valaqa Y' el objeto del ' gur n otomano en tomar precauciones hasta ese punto,1 V el dvitaf todo lo qu podra romper el acuerdo entre las dos potnciasuha vez .qu la Su Sublime. blime. Sublime. Puerta haya 'renovado sus relaciones con 'la edr edr-le le edr-le de Rusia. ' ''Los "puntos '' del' proyect lde Viena relativos al risVnto'de los Santos Lugares,1 , la 1 construccin oe J; una iglesia' y j? un hospta I en Jrsalen han recibido l'compa adhesin le l Puerta. "(! '" "Una copia de la Nota de Vien' que contiene amWn las modificaciones qu 1 'gobierno, imperial Ma juzgado conveniente hace'rj .ha sido 'trasmitida ' K 1 tjjb Rtn'm' l'uertn o'.l1 J njtecion clclf aun lina1 prVeT d s particular deferencia hcia las po po-'teKcal'sighataras'del 'teKcal'sighataras'del po-'teKcal'sighataras'del tratado' de 1841; aunque le se- ra 'turlmhe preferible' el 'provecto redactado pre pre-cdenthienii1,i cdenthienii1,i pre-cdenthienii1,i est pronta aceptar el proyecto de Viena, con as modificaciones qe n l ha'! hecho, Jy espera que las potencias, que no.han cesado de reco- - f r ; si '' 'i i i! ; i 'i 1 1 t m r !;(';,, i Y, i' nitor. Y no es esto solo: Como lo habamos previsto, la Puerta.no enviar un embajadora San Petersbur Petersbur-go, go, Petersbur-go, sino condicin de que sean evacuados los princi principados; pados; principados; no lo enviar mientras no haya obtenido de las altas potencias una garanta slida contra toda fufu- ra ocupacin de la Moldavia y la Valaquia, contra to toda da toda intervencin de la Rusia en los negocios de esos pases. Bl lenguaje del Divn es seco y casi duro, y se resiente de la presin que el partido de la guerra prin principia cipia principia ejercer sobre el gobierno. La Puerta se ha sen sentido tido sentido humillada del poco caso que la diplomacia ha he hecho cho hecho de la Nota suya, y del poco miramiento con que ha obrado envindole ya preparado para firmarlo un documento sobre que no haba sido consultada, mien mientras tras mientras que el Czar haba recibido prvimente su comu comunicacin. nicacin. comunicacin. Se ha sentido ofendida de esa seguridad de los diplomticos que, sin miramiento hcia la dignidad del sultn y la justicia de su causa, han formulado un ultimtum que en cierto modo se le intimaba aceptase so pena de retirarle el apoyo de las potencias que an antes tes antes reconocanlos derechos y ponan sus escuadras su disposicin para apoyarla. Y ha obrado en conse consecuencia cuencia consecuencia de esto, es decir, ha reclamado garantas for formales males formales para probar que no se dispone .de ella sin su consentimiento, y por si la Rusia rehusaba aceptar la nueva Nota, ha continuado sus armamentos y dems medidas para hallarse en el caso de resistir con las ar armas, mas, armas, aun con sus solos recursos, si la abandonaban las potencias signatarias del tratado de 1841. De consiguiente muy posible seria que n s hu hubiese biese hubiese hecho mas que diferir el momento de la colisin. Por otra parte, el entusiasmo de los otomanos va sien siendo do siendo tal, que si llega prolongarse el ctual estado de cosas, sera difcil responder de la conducta de las tro tropas pas tropas acampadas sobre el Danubio y separadas le las avanzadas rusas por' un tiro de fusil. 1 Las noticias de Constantinopla del 27 de Agosto daban sobre el estado militar de la Turqua los deta detalles lles detalles siguientes: :! LasTortificacipnes del Danubio se han puesto ba bajo jo bajo el pi mas respetable, y las de los Balkans no de de-jan jan de-jan que desear A los 120,000 hombres de Ih Romelia hay que aadir 20,000 egipcios y l40 d 50,000 irregu irregulares lares irregulares albanses, bosniacos, zeibeckes, etc. En Anato Anato-ia ia Anato-ia se ha podido reunii un efectivo de 50, 00,000 hombres, al que mas tarde se podr agregar otro, de regulares irregulares. En el Bosforo se halla surta una escuadra de 50 60 buques, con una tripulacin de 10 12,000 marineros mandados por oficiales in ingleses gleses ingleses que Iftin hecho su aprendizaje en Injlatrra. ' En resumen, la cuestin h vuelto al mismo pun punto to punto en que se hallaba hace dos meses. No sabemos si la'Rsia aceptar la Nota modificada y evacuar los principados, si en el caso d n "aceptarla, s volve volvern rn volvern anudar las negociaciones. Y en fini n todo even evento, to, evento, siguen la Francia y la Inglaterra dispuestas , pres prestar tar prestar su apoyo la Turqua? ''del gobir'n ttijpctm'jf .de dr tstimonios 'd s 'be 1 nvolnfci,'apranllo fests 1 mdifcciones, obrri "b- ' obraran en consecuencia in ral)in()orVlena(o Mi 'el 'sultn comu-, mear a V. lo que precede, igualment que a los ' otros fenrekerita's sns'cdlga's cumplo1 con es ile ile-r, r, ile-r, rpo-W !;; uuuov,,: tiz ,h ovn ;.FiVlvb?M iparaaV'niMf1; rnodificaciones reclama-. v,das)nq! carecen de jnnoYfancja pomo lo crea e) Mo de Setiembre, segn la tasa oficial, 90 'ntimos y . .i. Cosecha. de 1853. SU INSUFICIENCIA. MEDIDAS ADOPTADAS POR EL GOBIERNO FRANCES PARA EVITAR LA ESCACEZ DE GRANOS. Ya no cabe hacerse ilusiones: la ultima cosecha de cereales es insuficiente para el consumo en Francia, Blgica, Inglaterra, Italia, Grecia y otros pases de Europa. Ya I cosecha del ao anterior no hnbia sido buena; pero an quedaba en manos de Iqp labradores y en los almacenes una cantidad de granos suficiente para colmar el vacio, mientras que hoy, por el contra contrario, rio, contrario, s hallan agotadas lasQservas, y el nico recurso qu qued es pedir granos los pases abundantes y mas favorecidos que los nuestros por, la ProvdinrM. Esos paises son: la Rusia, las provincias danubianas, . 7 i T.c iyinuit, y ue all es'preciso traer, pesar de la distancia, los granos y que ho(menester una parte de la Eu- Hemos anunciado ya algunas de las rnedidas adop adoptadas tadas adoptadas por el gobierno francs para el abasto.de la Francia lo mas barato posible. e han suspendido los derechos de la importacin, y se ha declarado libre la entrada d los puertos para todos los buqus, cual cualquiera quiera cualquiera que sea su bandera, que importen cereales has hasta ta hasta el 31 de Diciembre prximo. Posteriormente han sido publicados otros dos decretos no mnos importan importantes: tes: importantes: por el uno se abren los ros y canales tds las embarcaciones, aunque sean extranjeras, que traigan granos, harinas, arroz, patatas etc. sitr pagar ningn derecho; y por el otro se concede las compfiasde ferr-carriles qu trasporien cereales bajo precila facujtad de wiibir mas tarde la tarifa hasta e mxi mximum mum mximum fijado por el pliego de condiciones. Ehhs diver diversas sas diversas mudidas, Excelentes todas, han surtido inmediata inmediatamente mente inmediatamente buen efe to, pues la poblacin inquieta y pita pitada da pitada se ha tranquilizado al Ver al gobierno ocuparse se seriamente riamente seriamente de la situacin; y al punt se ha prtrado el alzn,de(las harjnas, que da un mes ac habiai) subido de (50 90 francos, v hasta.se h sentido un lirrt ....... '. --.-"-."O baja en algunos mercu(los., , ., , ,, 'qi MlP c.",l,nrg?v, pesar de, esta mejora, de la situW- t,w,M.V.'; f 4tV i'on?y. o.H ai ;uesqo CJ IV quiz 95 Ia3 cuatro libras; precio subido que presen ta sus peligros para el o'rden pblico en las grandes ciudades, y especialmente en Prsi Adems, todos los gobiernos precedentes han limitado siempre en Pnr3 el precio del pan del pobre y del obrero 40 cntm03 las dos libras, y la diferencia entre este rtiuximun, el precio real era compensada por la municipalidad por medio de bonos dados por ella, cuyo importe era' satisfecho en metlico las panaderas por la caji de lu ciudad. El actual gobierno no ha querido que este ao la clase obrera y los necesitados pagasen el pan mas ca caro ro caro (pie en otros aos semejantes al presente; ha hecho mas: ha obligado los panaderos vender toda la poblacin sin distincin de clases al precio de 80 rn timos lo que, para no perder, tendran que vendpr yu. CiSia exigencia nei gooierno de obtener del vende dor 80 una mercanca que cuesta 90, merece natu ramente una explicacin. La panadera de Pars goza de ciertos prvilp(r08. 400 d 500 panaderos tienen el monpoliTde la fabril cacion del pan, y no se permite la concurrencia. En cambio de estp ventaja, la panaderH debe tener en almacn la cantidad de harinas suficiente para el a. ment de la ciudad durante un mes, y debe someter someterse se someterse una tasa fijada cada quince dias segu'n el precio medio de las harinas en el mercado de Paris, y n vender mas caro. Si este sistema es bueno mL. B; , i i i ""ni, SI el pan seria mas barato permitida la concurrencia es decir, gozando la panadera de la libertad que goza el comercio de vinos, carne, etc., son cuestiones que se han debatido muchas veces sin obtener solucin,. I,o cierto es que este sistema puede tener sus inconve inconvenientes. nientes. inconvenientes. As, para obtener una tasa mas subida, puede la panadera comprar precios ficticios, d comprar poco precios elevados, viviendo de su reserva. En este caso, se puede falsear la tasa establecida solire ventas simuladas en alza, o establecida sobre una venta de cantidades mnimas durante una quincena. Ignoramos si se ha presentado este caso durante la ltima quincena; pero es indudable que las harina han subido en proporciones enormes (de 7095frs.), y que la panadera no ha comprado. Como quiera que sea, el gobierno ha adoptado inmediatamente la me medida dida medida que dejamos mencionada: la de forzar la pana panadera dera panadera vender menos del precio de ctffnpra. Esto no es decir que el gobierno tenga la preten pretensin sin pretensin de hacerla soportar una prdida que se reprodu reproduce ce reproduce diariamente de 10 J5 por JOO; lo que nicamen nicamente te nicamente hace es tener con la panadera una especie de cuen cuenta ta cuenta corriente hasta la completa compensacin de las prdidas y las ganancias.. As, .cuando,, corno hoy, el pan vendido 80 cntimos valga 90, el panadero ten tendr dr tendr en su haber diez cntimos, y cuando por el con con-trario trario con-trario no valga mas que 70, seguir vendiendo 80, pero se le cargarn diez cntimos en'su deber. Esta medida durar hasta que se establezca la balanza. En Entretanto, tretanto, Entretanto, como la panadera podria hallarse en la im imposibilidad posibilidad imposibilidad de hacer frente los gastos supletorios con sus propios recursos, se le harn anticipos por el Es Estado, tado, Estado, llegado que sea ese caso. La medida tomada por el gobierno puede hasta cierto punto parecer atrevida, si n violenta; pero es est t est justificada por las circunstancias. Lo cierto es que al punto se ha tocado el resultado que de ella se pro prometa meta prometa el gobierno: se ha detenido el alza que no guar guardaba daba guardaba proporcin con el stado de cosas; han llegado al mercado en abundancia las harinas, que antes solo llegaban en pequeas cantidades, y el precio de 53 40 los J00 kildg. ha' bajado a 49-51. En Inglaterra, la '"cosecha ha sido muy mala, y sa necesitarn grandes importaciones. De consiguiente, los granos sern all muy caros, no porque falten, pues puesto to puesto que, como hemos dicho, hay cantidades considera considerables bles considerables en el Mar Negro y los Estados Unidos, sino por porque que porque los armadores sern tanto mas exigentes para el flete, cuanto que ser necesario emplear en los jros portes una cantidad mayor de buques, t El gobierno belga ha, admjtido, como el francs, la libre importacin de granos; perp el pueblo, sindii sindii-da da sindii-da mnos tranquilizado que el pueblo francs, se di vierte en formar motines y saquear las fbricas de armas. i En Italia se ha prohibido la exportacin de cerea cereales les cereales por varios gobiernos, creyendo calmar de ese mo do las poblaciones, que, saqueaban las panadera!" pero esta medida nos parece ineficaz, porque non se han de ir , buscar granos.es a. los pases que abun abundan, dan, abundan, en ellos, y no los que sienten su escasez. 7. En resumen, ha desaparecido todo temor de escu sez, gracias la actividad desplegada por el. gobierno paru traer nuestros mercados los granos extranje ros, y no dudamos que muy luego, suceder lo mi'110 en los paises que tenan las; mismas, necesidades qije la Francia, perojo que acaba le suceder, n puel reproducirse dentro de dos. do cinco d diez unos po era d consiguiente Hegado.el caso de.que el gobier no estudiase esta, grande cuestin, la mas .importan de todas, del alimento de los pueblos? no existe gun. medio de evitar la escasez de granos? En loj f0 abundantes, en que engrano so vende mal, el la -3- 1 or no se caula ue la cosecha siguiente, descuida el cultivo, y sus tierras producen mnos. No seri posi posible ble posible crenr graneros de abundancia, depsitos en quo so e)n8tas el exceso de la cosecha como se depositan i mercancas en los docks, y no se podra por consi consiguiente guiente consiguiente entregar al labrador, al colono, billetes ex excesivos cesivos excesivos de san depsitos por cuyo medio se propor proporcionare cionare proporcionare dinero, como se hace con un billete de Banco? gi fuese practible este medio, y nosotros tal le cree - ... ... luis Nicolas l'illet '.o, por un caballo idera. I Pedro Ciarca, por un buey idem 1 l). Rosario Padrn, por un novillo idem I Blas de Len, por nn caballo idem I Eulojm Ros, por un novillo idem 1 I). Joaqun Gimnez (de Pcuelas), por I buey id. 1 Feliciano Olivera, por infraccin al art. 18'i del Bando de polica, en la noche del 22 del ac tual Alejandro Cal, por idem idenv mos, W cultivador no vacilara ya en producir, norne Orloa Rubio, por un caballo suelto estara eeguro ele que sus cosechas no atestaran sus ,),' J09efa Salle, por una yegua dem- graneros y no se veria obligado vender vil precio, i' Eu,0jo por un buey idem no serian de temer las hambres. En algunos aos se 'S y Besosa. P.r un caballo idem .... i ...... i podra crcai uuu reserva un un ano entero, y aun cuando no fuera mas que de seis meses, y aun de tres, es uegwrp que basturia para reparar la diferencia del producto de dos malos aos consecutivos. Al gobierno, me ha creado las sociedades de crdito territorial y os docks, toca cora pletar su obra con el estableci miento de gnneros de reserva, que de seguro nrodu cirn el resultado de evitar las escaseces y de mante ner los cereales' p precio constantemente regular flSl eu ios tiuva uucuus mu eil IOS IIUIIOS. Cu. d'Amyot. PUEftTO-ilGO 11 HE OCTUBRE l)E 1853. REI'ACION de las multas que fian impuesto varios Alcal Alcaldes des Alcaldes Correji'low y Alcaldes ordinarios en el mes de Setiem bre prximo pasado por las causas que continuacin se expresan. Ps Rs. Naguabo. D? Eugenia Mareeaur, por una yegua suelta' D. Pedro Lebrn, por dos terneros idem I). Crlos de Castro, por un caballo dem Juana B. Mrquez, por idem dem D. Sixto Sublnna, por tres reses idem D. Andrs Martnez, por una vaca idem- I). Leo)oldo Kercado, por un caballo idem I). Guillermo Hadot, por una res idem .. . Martin Andreu, por un caballo idem Guillermo Fari, por no tener silencio en la Al Alcalda calda Alcalda D. Ricardo David, por una yegua suelta Jos Manuel Santana, por idem dem' Anacleto Pipini, por tres bestias idem Regino Cabrera, por una yegua dem. D. Rodulfo Tegeiro, por un becerrito idem Luis Pizarro, por dos bestias dem I). Fermn Lugo; por dos bueyes idem Juan Marcos Rodrguez, por un caballo dem. D.Jos Lluveres, por dos reses idem-. l), Leopoldo Kercado, por un caballo idem1 Juan Pimentel, por un novillo idem l Ponce. D.Juan Bautista Silvf, por cinco reses sueltas- Antonio Garca, por. infraccin al art. 182 del . Bando de polica, como comandante, en la noche del 23 del mes pasado.-. Juan Maldonado, por iIern tdem-.. Jos Prez, por idem idem Lorenzo Fernandez, por una yegua 9uelta Ramn Faustino, por tres cerdos idem-. . Florencio Rodrguez., por dos dem idem Basilia Miguelillo, por un buey idem Cayetana .Rodrguez, por dos cerdos idem... Lua Montuto, por un caballo idem Juan Antonio Martnez, por infraccin al art art-, , art-, culo 209 del Bando de polica, en el segun segundo, do, segundo, extremo- Hilario Martnez; por infraccin al art. 182 del Bando de polica-- Pedro anrhez, por los cerdos sueltos D- Marcos Collazo, por. un caballo dem l Juan.Lscot y compaa, por un buey idem- D- Crlos Cabrera, por dem idem Krancisco Vega, por una yegua dem ti. Roberto Nquel, por poco aseo en el pan que h-i amasado, encontrndose en l materias extraas .....i... ....... Lino Lambert, pof un biey suelto- Jos 1omingez, por un caballo' idem ....... JJ. Jos C. Luna, por dos cerdos idem pomingo'Paoli, por 'infraccin al art. 182 del Bando de polica, en la noche de ayer, co- raocomandante -.- .... "Vps Sngegj por poco aseo en el pan que ha 'iinasado-'--. ....... Pedro Donacien, por promover cuestiones Juan Martnez 2 Polirarpo Viera, por id. id. Juan Martnez. 2 Ignocncio Collazo, por falta ja patrulla del 12 del aclual..'.. 1 u J8 Senges, por desaseo en l pan que ha masado.....,....1... ............... 20 m 'X 0rl'z Por im caballo suelto" 1 Mari Coln) por un buey idem-..- I AJri,in Viso, port un potro dem-.. J"n C. Zayas, por infraccin al art.' 182 del 0 p "'P.jde polica-. -- ........... francisco Meletche, por dos bueyes sueltos-".. Manuel M arlla,' por infraccin al art. 182 del n ub poiiei r t. "'era, por un caoaiio sueno w tUlogio Rn. k.,-.. a-. ....... Rosario Nuez, por una potranca dem. 1 0 2 0 1 0 1 0 3 0 1 0 1 0 1 0 1 0 .,1 0 ' 1 o 1 o 3 0 1 0 0 4 2 0 2 1 0 2 0 1 0 1 0 28 4 5 0 2 0 1 0 1 0 1 0 3 0 2 0 1 0 2 0 '10 1 0 1 o 2 0 1 0 1 1 o 1 o 20 0 1 0 1 0 2 0 2 0 u'8 F'gue"oa, por fallar adonde estaba asalaria-, do, 6e.le impusieron ocho das de crcel. Antonio Marqhez. por brio y escandaloso, 15 das de obras pblicas. Isidoro Figueroa, por faltar adonde estaba asa- 1 laricio, ocho das de crcel. Juan Bodn, por hber injuriado y hablado mal de una familia honrada, ocho id. id. Antonio Jurro, por haber muerto un cerdo sin permiso dp la Autoridad, veinte id. id. Fausto Vzquez, por haber faltado los traba trabajos jos trabajos de caminos, cuatro id. id. Vicente Nazario, por igual cansa la propia pena. Antonio Rodrguez, por faltar adonde estaba asalariado, ocho id. id. ' Manuel Prez, por la piisma causa igual pena. Jos del Crmen Renta, por faltar al maestro quien estaba entregado, la misma pena que al anterior. Juan Estban .Muoz, por faltar adonde estaba asalariado, la misma pena. Manuel Gonzlez, por brio y escandaloso, 15 dias de obras pblicas. Juan Martnez, por faltar adonde estaba asala asalariado, riado, asalariado, orho das de crcel. i'ablo Rodrguez, por la propiaesusa igual pena, Jos Nieves, por id. los trabajos de caminos, seis dias de crcel. Saturnino Craballo, por id. adonde estaba asa asalariado, lariado, asalariado, ocho id. id. Juana Mara Hernndez, por bria y escanda los quince id. id. Juan Luciano Daz, por faltar adonde estaba asalariado, ocho id. id. Leonardo Coln, por brio y escandaloso, 15 dias de obras pblicas. Antonio Figueroa, por faltar adonde estaba asa asalariado, lariado, asalariado, ocho das de crcel. Pablo Mendoza, por id. id. id., la misma pena. Ramn de Jess, por id, id, id., igual pena. Juan Ramn Chavarra, por brio y'escandalo y'escandalo-so, so, y'escandalo-so, quince dias de obras pblicas, .Tiburcio Figueroa, por id. id., id. id. Genaro de Jess Guzman, por rateras, 15 das de crcel. .... ... ... D maso Chavarra, por brio y escandaloso, 15 das de obras pblicas. Ramn Matamoros, por la misma causa, igual pena. Pablo Vega (a) Sabroso, por id. id., id. id. Justo Duchene, por injuria de palabra !. Ra-; fael Marrhena, veinte das de crcel. Feliciano Olivera, por haber faltado la patru patrulla lla patrulla y al respeto de mi autoridad, 8 id. id. Jess Pealvert, por rateras, la misma pena. Quebradillos. Juan Barges Ortiz, por brio consuetudinario, quince dias de crcel. Felicinno Pereai con contravencin al prt. 170 del Bando de buen gobierno, un mes de cr crcel cel crcel con destino caminos. I). Pablo Juan, por tres bestias sueltas 3 l. Felipe de Jess, por idem dem 1 1). Manuel G. de Echeveste, por una yegua y un potro dem 1 . Jos M. Pea, por una yegua dem 1 Juan B. Ortiz, por brio consuetudinario, nue nueve ve nueve dias de prsion. O u o o o o o o o o o o 120 0 o o 4 0 6 4 BOLETIN MUNICIPAL. 20 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 o o o DIPUTACIONES DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO EN L MES DE OCTUBRE. l'olic:i. At.wMfM. 8r. Hrgidar, i). Soi L. Aranzamcndi. Hoari-i ai.. -8r. uhiii, D. Joa Amig. VrvMk. Sr. i1em, )). Jon Opai. Cahcki. Mr. dem, D. I.uis Iiufdl. Aao ii CitLis.JSr. Uem, D. Prancisco Barcel. , ALa(o nfililico. iri'TACio na CAHRiruNU.r., Itglur, D. Manuel Colomer. lotx i n Vkzi, 8r. jidM D. Joh'O. lodiisuea Mdico,- I,do. . Afn'liiio l'etti y l), Knman I)apna. A 1 2 1 1 l Don Josi Antonio de Cucullu, Alcalde-Corregidor de ttta Capital y Juez de primera instancia accidental de la misma. Por el presente tercer edicto cito, llamo y emplao 0. Jo. s 'filero, vecino que fu da esta Capital, para que dentro de nueve das que corren y se cuentan de esta fecha, coraparerca en estfl Juagado i defenderte. d? loa c-iigo-i qw- re-uilpn efi esta cau,a que pnd. por el vfi:Q tlrl prvscut ltnrno bre averiguar el autor y cmplice en la :Ucjoii .le un ex expedienta pedienta expedienta de a srrihan de N. .Uiiru. (f-rcj pu.e ai H lo hiciere e vir y gur lr ruiuplnJa jusi.-! u qu U Vi Viviere, viere, Viviere, y no h ciijdola fuin'ir c;noj a aoMncu v aaa ntiuia, ain mis citarle ui empljiarle fust U sem-ocu !t uni unitiva tiva unitiva inclusive, entepdiodo-'e 1? actos y vi mis dil v'encMt en las Estrados jV pste Tnuiul, y parmid o perjuicioh ;, que haya lugar: y se convoca a. i vea sn d-tibr-s para $n presentacin en dicho Jugolo. Dado en l. r; -Kn o a .frt Octubre de 1833, w AUoninde Ouatfn.-w iiwik i de su Sr.-rAgnstw Jiosarit. Escribana pblica ;A escrito presentido por . Ii Ii-cardo cardo Ii-cardo Koioht- vecino de Ti uidlo bi'i. uiuiend i esnera h u acreedore-t, ae h mandudoiconvo. at ,-t.f y U ignorados, pfr medio d Ion pendicn para uat concur concurrencia rencia concurrencia que tendr lugnr el da II de Noviembre entrantv; clvirtifidogti que han de yeoir acompaa l d iua respec respectivos tivos respectivos documento' de crdito, Pueito-Rir 8 de Octubre de IQ53. 'Mauricio ' Escribana pblica. Por auto del Jugnu.i de primera instancia de eta Capital, dictado' con eta fochi en la causa criminal que so instruye contra I). mingo Difmin (a) Conejo, por hurto d un manojo d tabaco' de ia ll llbana bana llbana en rama dl peso do seis libra y med qu se le su supone, pone, supone, ejecutado en la Real Aduana de esta Capiu! el pri primero mero primero de los corricQlen; se ha fipuetn .e haga siber por los pnridicoa de et Plazala ex"ttne de dith tabaco en el ofi ci del que suscribe, para. juh ualqoiera qte iea fu dueo compareioa ante el refriido Ju;.a i a. ri ditarjo en frma, y ef examinado por lo relativo al h"di Puerto-Rico 6 da 0'lubre de 1853. Mamd (Jamuu Escribano pblico, l SAnTAS. SECRETARIA DI 1. 1 JUNTA Directiva de Caminos. La Junta ha fijado el da 25 del corriente par ls susia de la obra de reparacin de 500 varas. Iit.e.ile oe la -rmteia de esta Capital Kio-piedrHS, en h prolnngaeinn dl iroi que se construye. por contrata en la misiou carretera, y mi presupuesto asciende 3.415 ps. 40 ctv'n. El expresado arto tendr lugar en el nt..do di a 1 siet'i y media de su tarde, por pliegos cerrados, en U casa del (o (o-bierno, bierno, (o-bierno, bajo el presupuesto, condicionen y dems que esta run runde de runde manifieatq en la Secretara de U .Hita, par. qu puedan enterarse las perpiid8 que deseen lomar parle e la 'licitacin, bajo las prevenciones siguientes. . l? La subasta se verifican por olieg.-s rerrados, .sujetn .sujetndose dose .sujetndose Jas propuestas que en ello? se hagni al iu.mIbIo que contiuuacion, se expresa. 'V Solo podrn tomar parte en el rennie los que t-punan las circunstancias expresadas euja primera dij lasroiidicioiies del pliego general para I is subastas de las obras de caminos, y" los que acompaen al pliego de proposicin I carta de pago el documento legal orrtpondienie. qu acredite haber depo depositado sitado depositado en esta Capital, en la Depositen generdl de lo oudoii de caminos, el cinco por ciento del importe del presupuesto, en metlico, un pagar de persona d i-epon.bijdad que se comprometa consonar en la cja caminos el depsito exijdo, case de er adjudicado e remate u helador garanti garantizado, zado, garantizado, corno I'miuu pro v 110111 par-i aponder del resultado del remle; en el roncepiu ,e que. no v declarara! adjudica adjudicado do adjudicado hasta que fe yentque el depsito. 3 Los pliegos cerrado! oodrn enlrcirarne la hora nnn gusten los proponentes durante todo rl di ti do p.na la su- uasia, pero nncipiada eta se entender terminado el plno para la admisin. 4 Se dedarurn nulas y romo no hechas ls nrotioncio. nes que excedan del importe del prtuuptiesii i .uuuciado. 5 Sern desechados los pliegis que no kc Ii.IUhcii ex i.'. lamente conformes ai modelo, v liSimiomn loa une no nv.n acoiiauados de la correspondiente garanta, (i? Una vez concluid el tmale, sera inadmisible nial- quiera mejora que se frene. T eI nisximun para la eiecucion rs el dp nes meses con. lados desde la apertura de loa lrKt)jo.a. y esioa pnncipMr.m precisamente los quince dias de hecha" la srijudioci'!:. 8 Si en la licit ciou resultasmi dos mas nronosiemncs iguales en el precio de la olra se preferir la que ofieze eje eje-eiiUrla eiiUrla eje-eiiUrla en mnos tiempo del designado, v en ii'Mldd n1 s... luta de nrcuusiancias ee proceden en el ai toa nuev 1 lint. lint.-cion, cion, lint.-cion, nicamente entra sus Vjlore. Esta m-iUciuii que ser.i abierta, durar or lo menos w.v. it:h.hi.m m ult lox roal se terminar a cuando lo disporua el i'rcsi.iiuie anvrcibju. doio antes por tre veces. : 0- Los hciUdores oue hubieren toin-t.lo i. r. en U aub .s. . ... ta podrn retirar la jrarantia Dresentida iue;o oun haca .if-r- minado el remate; pero quedar retenida l de aquel a cuyo f vor haya quedado, para ou constituya la fnuia corrcsboii- diente. 10? Ser de cuenta le contratista los imstns de h es -ri- tura de la contrata, y do U lianza que hUe otorgarse, lo ui." ui."-Co Co ui."-Co que los de los testimonio necesarios. II'-'. El paCO de las exure4datl obras se rifi. ar em-fec tivu metlico, en los trminos uue st convt ua tu ti dIu-j de condiciones particulares. i'uerto-lico 4 de Octubre de 1853. Juan itz. Minelo de projtosieiunct tpf c tiUi. Don F. de 'i vecino e nrnoone circularen me. ses y por la cantidad de.... toda Us obr-s de reparacin f (?in (?in-prendidas prendidas (?in-prendidas en las 560 varas lineal- d Uc-rrctru de vta l-a-pital Uio-pedras. en la orlo nie ion del truo oio s caos- truye por contrata eu la moma cintera. ?uietndu.-e cntir.i- mente a I que prescriben los pliegos du o..Jiciore gnih.ra gnih.ra-les, les, gnih.ra-les, ecocmicas y facultativas que deben r.-gir para L rju-.u ctoa. Fecha y frua. Alcalda ordinaria de la Moca. Debiendo de hacerse varias reparaciones en la casa de Rey de este pueblo, pre presupuestadas supuestadas presupuestadas en ciento treinta y seis pesos, cuarenta y dos centavos; se pone en conocimiento del pblico que el dos del entrante Noviembre se rematar, en el que ofrezca mas economas y garantas: en la inteligencia que el pliego de condiciones y presupuesto se hallan de manifiesto en esta Alcalda, fin de que puedan enterarse los que gusten. Moca 6 de Octubre de 1853. Casimiro Gutirrez y Ca Caedo. edo. Caedo. 1 Secretara de ta Junta municipal de H umacao. A pro probada bada probada ya por el Excmo. Sr. Gobernador y Capitn General, la construccin de una fuente en medio de la plaza de este pueblo; ha acordado el Municipio, en sesin ordinaria de es es-te te es-te da, que se anuncie en los peridicos de la Capital, fin de que los que ee consideren adornados con suficientes conoci conocimientos mientos conocimientos para construirla, concurran en el trmino de un mes, contado desde hoy, celebrar el contrato con la corporacin; no ofrecindose el presupuesto de la expresada obra por no hallarse en este partido, persona inteligente sobre la materia, para formarlo. Y lo hago notorio por medio del presente, cumpliendo con lo acordado, umacao 6 de Octubre de 1853. Mnnticl ..Qirifinn Rpprpta rin. 2 Secretara del Excmo. Ayuntamiento. El dia 15 de Octubre prximo venidero, las once de la maana, se reunir en las Salas Consistoriales la Junta muni municipal cipal municipal de Subastas con el fin de contratar la obra de la nueva plaza del Mercado, y la del cuartel de Guardias Municipales, qae por cuenta del Excmo. Ayuntamiento se han de construir en esta Capital y barrio de Santo Domingo, conforme al plie pliego go pliego de condiciones y respectivos planos, los cuales se hallarn de manifiesto en esta Secretara para que de ellos puedan en enterarse terarse enterarse los que deseen contratar dichas obras. Las proposiciones se harn en pliegos cerrados, y se en entregarn tregarn entregarn por los licitadores sus representantes en esta Se Secretara cretara Secretara durante las veinte y cuatro horas anteriores la su subasta; basta; subasta; en el concepto de que no se admitir por la Junta pro proposicin posicin proposicin alguna que exceda de la cantidad de 51,479 pesos que asciende el presupuesto de ambas obras. Para extender las proposiciones se observar la frmula siguiente: Sefiores Presidente y Vocales de la Junta de Subastas." "Enterado mi mayor satisfaccin del plano que ha de servir de norma para construir la nueva plaza del Mercado y del respectivo al cuartel de Guardias Municipales, as como del pliego de condiciones aprobado con el propio objeto, me constituyo y obligo construir ambos edificios en el trmino de meses, con entera sujecin dichos documentos y por la cantidad total de.. ... pesos que habr de pagarme el Ex Excelentsimo. celentsimo. Excelentsimo. Ayuntamiento en los plazos que establece el cita citado do citado pliego de condiciones ( en tales otros si fueren mas cmo cmodos dos cmodos para el Municipio)." Ofrezco por fiadores de esta proposicin Don que garantizar en finca urbana, libre de todo otro gravmen, la cantidad estipulada en el pliego de condiciones y en prueba de su conformidad firma conmigo." Fecha y firmas, Los licitadores sus representantes con poder en forma, concurrirn al acto de la subasta por si se abriere licitacin entre dos proposiciones iguales; pero en este caso solo se en entender tender entender h Junta con los interesados en las mismas, quienes ha harn rn harn en el acto sus nuevas proposiciones y las entregarn cer cerradas, radas, cerradas, en el concepto de que sin mas licitacin se adjudicarn as obras al que de los dos hiciere mejor oferta en favor del Municipio. Puerto-Rico 27 de Setiembre de 1853. Rafael Castip, Secretario. 6 Escribana de Real Hacienda. E veinte del corriente, de doce una de su dia y en la casa de la Superintendencia, ee dar el cuarto pregn de remate la Escribana de nueva creacin en el pueblo de Juncos y sus anexos de San Loren Loren-20 20 Loren-20 y las Piedras, tasada en mil pesos fuertes; siendo enten entendido dido entendido que ha de, consignarse prviamente por los opositores la quinta parte de su tasacin sean doscientos pesos fuertes, los que les sern devueltos por I Contadura con una certifi certificacin cacin certificacin librada por m, de no haber sido rematador. Para su publicidad libro el presente. Puerto-Rico l. de Octubre de 1 853. Manuel Garda de Casuela, Escribano de Real Ha Hacienda. cienda. Hacienda. 3 Don Joaqun Primo de Ribera, Auditor honorario de Mari Marina, na, Marina, Juez letrado de primera instancia de este distrito y Sub Sub-delegado delegado Sub-delegado de Real Hacienda del mismo. Por auto de tres del corriente mes, dictado en la testamen testamentara tara testamentara de U. Francisco VirelU, se ha dispuesto dar el cuarto pregn de remate una hacienda nombrada Cayares, sita en el partido de Guayama, barrio de Jobo, compuesta de ciento cincuenta y una cuerdas, setenta y nueve vos de terreno, y cien mas en el sitio de Pomelo, con sesenta y cuatro escla esclavos vos esclavos de varias edades,' fbricas, casa de vivienda, muebles, carretas, animales vacunos y caballares y dems tiles que componen dicho ingenio, tasada en sesenta y cuatro mil tres trescientos cientos trescientos ochenta y dos pesos sesenta y cinco centavos. Una casa de madera cubierta de teja-man, con sus muebles, situa situada da situada en la calle de San Fernando del indicado pueblo de Gua Guayama, yama, Guayama, en ochocientos cincuenta y ocho pesos, setenta y cinco centavos; por cuya hacienda y casa tiene ofrecido D. Pedro Virella Casaes el precio en que estn tasadas, bajo las con condiciones diciones condiciones siguientes. Primero: reconoce con especial hipote hipoteca ca hipoteca y general de bienes, los quince mil pesos legados Don Francisco, I). Jos y D. Crisanlo Virella Duque, con el seis por ciento ttulo de renta anual, segn lo dispuesto en la clusula 12 del testamento. Segundo: reconoce tambin los tres mil pesos de la demente Mara Asuncin Turres, con los veinte y cinco pesos de rdito mensual que prescribe la elusula 13. Pagar al contado diex y seis mil pesos en mone mone-l. l. mone-l. t-nrri-nta nin la distribucin que corresponda los accio nistas entre los cuales optar las porciones que le puedan . .... i j npsns con sesenta v cinco centavos, hasta cubrir el importe de tasacin, lo pagar en cuatro plazos iguales de cinco mil noventa y cinco pesos, sesenta y seis centavos en los dias 30 de Junio de los aos siguientes de 1854. hasta el 1857; y res respecto pecto respecto la casa satisface su importe el 30 de Julto del ao pr prximo ximo prximo venidero. Dos ranchos situados frente la carnicera, por los que tiene ofrecido D. Veremundo Salcedo quinientos pesos, precio de su tasacin. Una estancia en el barrio de Arraucaucina, tasada en cuatrocientos setenta y siete pesos. Otra estancia en Pozo-hondo en trescientos setenta y cinco pesos. Una casa de madera en la calle de Buena-vista en trescientos cuarenta pesos. Otra de material en la calle del Comercio, esquina la de San Fernando en seis mil pesos, y los derechos y acciones que deben percibirse de los fondos pblicos por la construccin de la carnicera y matadero que correspondan al finado, regulados en tres mil pesos; cuyo ac acto to acto tendr efecto ante el Sr. Corregidor de Guayama, el dia 15 del corriente. Y para la debida publicidad se fija el presente en Caguas 6 de Octubre de 1853. Joaqun Primo de Ri Ribera. bera. Ribera. Por mandado de su Sra. Jos Fernandez. Fran Francisco cisco Francisco Batille. 3 ANUNCIOS OFICIALES. GEPATRA DE SANIDAD MILITAR INTERINA DE ESTA ISLA. Hallndose vacante la plaza de Mdico-Cirujano del ter tercer cer tercer batalln de Milicias disciplinadas, la que est anexa la deSanidad del puerto de Aguadilla, donde reside su Plana Mayor, y debiendo conferirse ambos destinos, mediante opo oposicin sicin oposicin entre los aspirantes, segn lo dispuesto por la Capitana General en 26 de Mayo de 1849, invito lodos los Faculta Facultativos tivos Facultativos establecidos en la Isla que deseen tomar parte en la opo oposicin, sicin, oposicin, para que lo hagan con sugecion las bases siguientes. 1? Podrn optar este destino tanto los Doctores como los Licenciados en Medicina y Ciruja. 2 Los aspirantes darn aviso esta Gefa tura por s, por medio de personas autorizadas para el efecto, algn tiempo antes de cumplirse el plazo de treinta fliat, contados des desde de desde la fecha de esta publicacin en la Gaceta del Gobierno, pues transcurridos stos perdern todo derecho la oposicin. 3? Igualmente debern presentar, antes de proceder la nnnsicion la aptitud leffal necesaria para el desempeo de se mejantes destinos con los correspondientes ttulos originales, acompaando ademas una relacioa documentada de los mri mritos tos mritos que tuvieren. 4 Terminado el tiempojde los referidos treinta dias se da dar r dar inmediatamente principila, la oposicin en la casa del que KiisfritiP. 5a Sern censores de estos actos el Gefe de Sanidad y cuatro Vocales mas nombrados por ei mismo ue entre ios ra ra-cultativos cultativos ra-cultativos Castrenses residentes en esta Capital. 6a Los censores se reunirn con la anticipacin debida pa para ra para fijar el dia en que hayan de principiar las oposiciones y pa para ra para formar naneletas en aue se expresen tantas cuestiones cuan- - ii i tos sean los opositores, poniendo aquellas en una urna, de don- de cada uno e estos sacara la suya respectiva, a cuyo eiecto sern llamados este acto. 1 7 a Los ejercicios sern pblicos siendo estos dos; el pri primero mero primero consistir en escribir una memoria en latin en castella castellano no castellano y en veinte y cuatro horas sobre el punto que cada uno toque en suerte, cuya lectura deber durar un cuarto de hora lo mnos; y el segundo, exponer un caso prctico de enfer enfermedad medad enfermedad mixta que el Tribunal designar en su oportunidad. 8 8 Para el prmer ejercicio cada opositor guardar quie quietud tud quietud en su casa durante las veinte y cuatro horas indicadas, pa para ra para formar la memoria, facilitndole los libros que necesite. 9a Para el caso practico pasarn los Jueces con los opo opositores sitores opositores al Hospital militar de esta Plaza, donde sealarn cada uno un enfermo de afeccin mixta, fin de que lo exa examine mine examine con bastante detencin, y ta media hora despus ex expongan pongan expongan en la Sala del concurso la dolencia que padece, insis insistiendo tiendo insistiendo principalmente en ejl diagnstico y el plan teraputico de ella. .. . . ; 10. Despus de cada ejercicio contestarn los opositores los argumentos que le pongan los contrincantes por espacio de media hora; y falta de estos, le argirn dos de los Jue Jueces ces Jueces lo menos. 11. Luego que se hayan terminado los ejercicios, proce proceder der proceder el Trihnnul 1 O U nnrnhamnn renrithacinn dn loa ai. tos, y 2. formar la. lista en que resulte calificado fielmente el mrito de cada opositor. 12 v ltima. El agraciado deber sujetarse las obliora- "jetones prevenidas en el Reglamento del citado ramo de Mili cias; as como las ordenes y disposiciones de este superior Gobierno. Puerto-Rico 6de Octubre de 1853. Dr. Jos Rosado. 2 SECRETARIA DE JLA JJVTA Directiva de Caminos. La Junta ha acordado, que sa publique una plaza va vacante cante vacante de Pen caminero, dotada con 20 pesos mensuales v casilla Dar habitacin, & fin de que los que deseen od- tar ella acrediten las' circuntancias siguientes: 1 1? .ue no tienen menos ae o auos de edad, ni mas de 40. 2 Que saben leer y escribir. 3 Que gozan do buena salud y de la robustez nece necesaria saria necesaria para este servicio, ;' i. 4 Que tienen buena conducta y aplicacin al trabajo. 5 Sern preferidos para el destino los que ademas de las circunstancias expresadas, hubiesen servido en algunos de los cuerpos del Ejrcito. V 6? Los uue tensan hayan tenido l oficio de labrador Y en virtud de lo acordado se hace saher aspirantes presenten sus solicitudes en el trmino de qu9 ce dias, contados desde la publicacin de este anuncio Puerto-Rico 6 de Octubre de 1853. Juan A. Din Alcalda ordinaria de Fabucoa.En el barrio del J,Ua cate y estancia de D. Juan Nicols Zunllo, de esta jtirisc" cion, existe depositada una yegua aparecida, de color 8anj india, con una matadura en el espinazo, como de 9 aiios de edad, cuerpo regular, orejas grandes y pobre de crin y cola Tambin se halla detenido en la real crcel, y en deposito de D. Juan Rosa Lebrn, un caballo color alazano, cojo de las 03 manos, matado del espinazo, crin y cola costada. Y se av. sa al pblico para que el que se crea ron derecho ellos, pre presente sente presente los documentos creditivos de "legitimidad, teniendo pre. sent el art. 155 del Bando de polica. Yabucoa 27 de Seiiem bre de i 53. ti. tiamirez ae arenario. 3 Alcalda ordinaria de Yabucoa. En la estnneia de lZ Jos Dolores Beniquez, y barrio de Juan Martin, de estn ju jurisdiccin, risdiccin, jurisdiccin, se ha aparecido una yegua color saina oscura da seis cuartas de alzada, edad como de siete aos, paso devam- do, crin y cola regular, orejas grandes, unos pelitos blancos en la frente, y el lado izquierdo de labca mada. Y Dura que el que se crea con derecho ella acuda con los documen tos de legitimidad, se avisa al publico, labueoa 27 de Setiem bre de 1853. ti. liamxrez de Avellano. 3 AVISOS. DE, VENTA. Una casa de alto, de piedra jazotea en la calle de la Luna nm. 28, con frente la Santa Iglesia Catedral. En esta imprenta in informarn formarn informarn del vendedor. 6 E Sbre. 27.- nte necer para su legado en el pronto y plazo, y en regla de Cantero tro anlogo al servicio de caminos proporcin, y el resto de veiute mil trescientos ochenta y dos 7'. Loa que fueren casados. CAPITANIA DKL PUERTO. 11 tratlas y salidas le buque. Entradas. -De Gibara, sali el 12 del corriente, gol. esp. Olii i:. O .i : 1 1 lia, cap. i mana, uuu lauauu, uuusiguaua P. 28. No hubo. 29. Ha sido igual. 30. le Jamaica, vap. de la Mala Real ing. Clyile! ... cap. Mr. Woolcott, con correspondencia. j De Fajardo, sali el 28, bal. esp. Esperanza, pat Mariano Rodrguez, con cueros. Obre l. -De la Dorma, sali el 30 del mes prximo pasa do, polacra-goleta esp. Cordelera, cap. 1). Pedri Soler, con frutos. Conduce 13 soldados de arti : Hera y 1 de infantera. 2. De Halifax, sali el 2 del prximo pasado, bergan , tin-goleta ingl. Arrow, cap. J, Ilarrison, con sa lazon, consignado Elzaburu. 3. De Santomas, vap. de la Mala Keal ing. leviot. su com. Mr. Herlie, con correspondencia 4. De id., sali ayer. gol. esp. Anita, pat. Santiagi Ortiz. con mercancas v4 pasajeros. De Arecibo, sali ante ayer, id. id. Nueva Igna cia, cap. U.Jos Martnez, con maderas y cuero De la Corna, sali el 1. del prximo pasauo. bergantin-g'deta id. Dionisia, cap. I. Uoming Garca, con frutos y un pasajero, consignado a K sobrinos de Ezquiaga 5.' De Boston, sali el 10 del prximo pasado, be ' gantm-golela ing. Charlotte, cap. Mr. Mierrei con hielo y frutas, consignado bampayo. Do lo A I 3 it upIiihI. trol. ES Perla, pat. Juan Enriquez, con provisiones, j 1 De New York, sali el 19 de! prximo pnsadl " berg. oldemburgues Sophie, cap. Behrus con me cancias y provisiones, D. R. Gonzlez. f 6. De Manat, sali ayer, gol. esp. Josefa, pat. Jos Domnguez, con melado y maderas Salidas. Sbr. 27. Para Mayagiies, gol. esp. Rosario, pat. Anzag con provisiones y 9 pasajeros. .1 Para N aguabo, id. id. San Antonio, pat. Antonio Garca, en lastre. j Para la Aguadilla, id. id. Perla, pat. Juan tn que, con provisiones y 4 pa?ajeros. rara new iuik, urrg. amn. --1 Ponaclnn ml ulM'lf tr O naftxifTOS. Para Arecibo, gol. esp. Belencila, pat. 0. -h,s Marraida, con mercancas IVT.. Para Santomas, vap. de la Mala Real ing. l cap. itir. uoicuii, vuu ;uiic3vM."v. 4 sajeros. No hubo. .fia anlst itiioI Para Santomas, bergantin-goleta esp. Isleo, puan 1.. rauiu nicacai, cu ua,ii -.. : TWi.i! 11 com. riei"! 1 ara jamaica, vaji. mg. v.. con correspondencia y un pasajero. Para Halifax. bergantin-goleta ing. Plato, cap 1 Rendle, con azcar. n'Vicen Para Santomas, gol. esp. Otilia, cap. V. rerez, con azuuar. -Para Mayagiies, bergantn-goleta id. D'on u " pitan D. Domingo Garca, con la carga que dujo.' -No hubo. 28. 1 29. 30. Obre. 1. . 2. 3. 4. 5. 0.- liuprcnta del Gobierno. |