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DEL
HD FTTTGT ipnTvmnPTjTi Nm. 10. Martes 23 de Enero de 1844. Yolum. 13. ARTICULO DE OFICIO. PL.AN DE ESTUDIOS MEDICOS. (Continuacin.) CAPITULO III. DE LOS CO LEJIOS. Artculo 30. En los colejios se ensenarn las materias necesaiias para el ejercicio de la ciruja menor y de la obstetricia y la medicina elemental. Eta enseanza se aplicar una sola profesin que lleva llevar r llevar el nombre de Prctica del arte de curar. Asignatura Catedrticos. Art. 31. Para la enseanza de la prctica del arte de curar ha habr br habr cinco asignaturas, cada una de las piules estar cargo de un catedrtico. Art. 32. La distribucin de la? asigna tu y dlas materias de Ja una de estas se har del modo que continuacin se dispone: cad Asignaturas. V ( Anatoma descriptiva. ( Fisioloja. f Hijicne. ( 0 Teraputica. Materia mdica. Arte de recetar. f Anatoma. 3, i Patoloja... Qurrjica. Clnica .... J Vendajes . j C Patoloja mdica. 4- Obstetricia. ( Clnica de partos. I Patoloja jeneral. 5- Medicina legal. ( Clnica mdica. Provisin de las asignaturas. Art. 33. Estas asignaturas sern desempeadas por los que en el da de la fecha sean catedrticos propietarios de las universidades cu cuyos yos cuyos establecimientos mdico-quirrjicos hayan sido aprobados por el Gobierno. Para las asignaturas que resten, las que en lo sucesivo se crearen, y las vacantes, se adoptar lo establecido en el artculo 99 Art. 34. Se aplicar los catedrticos de los colejios lo que se ha establecido para los de las facultades en el artculo 10, Constitucin de los colejios. Art. 35. Reunidos los catedrticos en un solo cuerpo cientfico formarn el colejio. Art. 36. La eleccin del director y vicedirector se har en tr trminos minos trminos anlogos lo que queda consignado en el artculo 12. Art. 37. Los catedrticos de los colejios sern entre s iguales en categora y atribuciones, y disfrutarn el sueldo de 10,000 rs. El sueldo del director ser de 15,000. Agregados de" colejio. Art. 38. Ademas de Ioj catedrticos habr en cada colejio tres profesores agregados, con destino anlogo al de los agregados de fa facultad. cultad. facultad. Art. 39. Los agregados del colejio disfrutarn el sueldo de 4,000 rs. Art. 40. Las plazas de los agregados de colejio se proveern en los mismos trminos que espresa el artculo 17. Escuela prctica. Art. 41. En los colejios habr tajjjJTtfTruna escuela prctica an anloga loga anloga la de lasjacultades. Estudios preliminares y derechos que han de acreditar y satisfacer los alumnos de los colejios. Art. 42. Los alumnos de los colejios presentarn para obtener U matricula de. pnwc i Tiuy ccimn 1030 acrediten YaVeT tvuWado en dos aos gramtica castellana y Jieraf, ljie y los tfciuv.itvo a matemticas, de fsica, de qumica y de historia natural. Art. 43, Aprobados dichos documentos, depositarn los alum alumnos nos alumnos todos los aos 500 rs. por derechos de matrcula en el acto de tomarla, y 100 por derechos de exmen al tiempo de sufrirle. Con Concluida cluida Concluida la carrera, cuando tomen el grado se sujetarn lo estableci establecido do establecido para los alumnos de las facultades en el artculo 20. Materias que estudiarn los alumnos de los colejios. Art. 44. Los alumnos de los colejios estudiarn en cuatro alos las materias correspondientes las asignaturas que continuacin se esponen: Ao. Asignatura. "TcT V y 2 o? 2- y 5 3? 3 49....... 4-y 5 Ao escolar, exmenes, premios y grados. Art. 45. Para la duracin del ao escolar, los exmenes y los premios, se adoptar en los colejios lo que para las facultades queda establecido en los artculos 23, 24, 25 y 2G. Art. 4G. No se conferir los alumnos de los colejios mas grado que el de prctico en el arte de curar, el cual recibirn despus de concluida la carrera. Art. 47. El grado de prctico en cParte de curar solo se confe conferir rir conferir en los colejios. Art. 4S. Los prcticos en el artede curar sern entre si iguales en categora, y solo podrn ejercer en todo el reino la ciruja menor y la obstetricia. En los pueblos onde no hubiese doctor en ciencias mdicas en medicina, licenciado en esta ltima, Ies ser, lcito ejercer la medicina y ciruja en toda su estension. fSt concluir. J NOTICIAS ESTR1NJEKAS. POLONIA. VanoaW de Octubre El Emperador de Rusia ha publicado el siguiente ukasei Desde 1? de Enero de 1844 los israelitas del imperio quedarn sujetos al servicio militar bajo las reglas que siguej: Quedan sujetos al servitio militar los israelitas desde la edad de 20 25 aos. Lo estarn tambin los mozos casados, en el caso que con los solteros no hubiese los suficientes para llenar el cupo. Los que no se presentaren al servicio sern condenados per manecer en las filas 35 aos. Los israelitas podrn poner un sustituto: los que desertaren se sern rn sern reemplazados por otros del mismo distrito. Queda suprimida la cantidad de 105,299 rublos de plata que los israelitas pagaban anualmente para eximirse del servicio. El gobernador y el consejo de administracin quedan encargados deja ejecucin del presente decreto. Firmado, Nicols. Por el Emperador y Rey. Firmado, J. Turkull. HOLANDA Saya 16 de Octubre, El Rey ha abierto hoy en persona la nueva sesin del cuerpo lejislativo. Su discurso de apertura est concebido en los trminos siguientes: "Nobles y poderosos sefores: Al abrir la presente sesin de los Estados jenerales tengo la mayor satisfaccin en poder anunciar vuestras nobles Potencias que las relaciones de mvsUdy e rflutua benevolencia que la Neer Neer-landia landia Neer-landia mantiene con lasPotetitsks estranjeras, continan en el mismo estado que antes. Las comisiones mistas neerlandesa y belga han desempeado su encargo en tales trminos, que podemos estar satisfechos del arreglo definitivo que han hecho en los intereses de ambos pases. Las fuerzas n.lvalp del reina se hallan en el meior estarlo V en - . -- j j relacin con, loa recursos con ue contamos. Las economas y las 'mejoras inimAuoldas paulatinamente y euu discrecin en la marina, AnntKKlimjn llOtonlA rvunl ra lt ito Ino lmna n!nn. AT uuiihiuu'"" nuwiiu ium a ia uc iaa utmas uauiuuca i procura lo que las fuerzas terrestres reciban una organizacin porporcionada las sumas concedidas al efecto por el presupuesto. Tambin con continuar tinuar continuar dedicndome con el mayor celo poner en cuanto sea posible en buen estado nuestras lneas de defensa. En nuestras posesiones de Ultramar se disfruta de la tranqui tranquilidad lidad tranquilidad mas completa, y solo esperimentan la influencia de la baja de los precios en sus productos. La administracin interior prosigue su marcha con rden y regularidad. Si, como en el ao anterior, se observa todava que al algunos gunos algunos ramos del comercio y de la industria no estn tan florecientes como seria de desear; servir por lo menos de consuelo saber que las noticias recibidas acerca del estado de la cosecha y de la agricul agricultura tura agricultura son las mas lisonjeras. Los artculos del presupuesto de gastos'del Estado que todava no han sido aprobados se. presentarn en breve vuestras nobles Potencias., Contino, .dedicndome con la mas escrupulosa atencin al arreglo definitivo de las. rentas del reino, y restablecer el equi equilibrio librio equilibrio de las mismas.. L.a.Neerlandia permanecer fil los empeos contraidos y nunca desconocer unos deheres, cuyo cumplimiento, si no fuese sagrado para ella, le seria impuesto por ua sana poli poli-tica. tica. poli-tica. El resultado de las ltimas deliberaciones de la lejislatura me acredita que debo estar confiado en la cooperacin de vuestras nobles Potencias para repartir las cargas estraordinarias que la necesidad exija, debiendo estar persuadidos de que no puede imponerse mis subditos una carga estraordinaria sin que Yo y mi querido hijo no estemos prontos ayudarles soportarla. Aunque es hoy poco favorable la influencia que las circunstan circunstancias cias circunstancias ejercen en la prosperidad del pais, sin embargo no debemos ol olvidar vidar olvidar que poseemos recursos importantes. Adoptando con calma y con reflexin las medidas qujse crean mas tiles al bienestar del Estado, por medio del rden y de la economa en la administracin de las rentas pblicas, y con tal que la accin del Gobierno sea for fortalecida talecida fortalecida por la unin del pueblo, podremos pensar en el porvenir sin entregarnos la inquietud, y esperar confiados en la proteccin del Todopoderoso dias prsperos)' tranquilos."' Este discurso' ha producido el mejor efecto en la bolsa de Ams Ams-terdam, terdam, Ams-terdam, pues se han sostenido los precios de los fondos holandeses; y aun han tenido alguna mejora. VARIEDADES. Granizo, Mr. Fournet, profesor de la facultad de ciencias en Lyon, comunica algunos hechos que ha observado en el tras trascurso curso trascurso del ao pasado, y que le parecen propios para ilustrar la teora del granizo. Bien sabido es que los fsicos han (espuesto una multitud de hiptesis despus que qued completamente refutada la de Volta, Los hechos espresados por Mr. Fournet apoyan la teora que hace consistir el fenmeno del granizo en un puro y simple resultado de una conjelacion del vapor acuoso efectuado por el enfriamiento de una partejdela atmsfera, refrijeracion provocada por una corriente de viento he!adose he!adose-tentrional tentrional he!adose-tentrional en la zona tempestuosa. Entre las pruebas que se pueden invocar favor de los efectos de este jnero de descenso en la temperatura, puede colocarse en primeralnea laj transi transicin cin transicin insensible que las escarchas de primavera establecen ".entre 'el granizo del verano y las nieves del invierno. Este paso basta efectivamente para hacer ver que esas for formas mas formas y esas estructuras cristalinas no son mas que variaciones de causas accidentales del momento. "Y si se lograse, dice Mr. Fournet, encontrar condiciones atmosfricas tales que hubieren podido producirse simultneamente las dos especies de tejidos, denso y lijero, se habra indudablemente dado un gran paso en la cuestin." Pues esta produccin simultnea ha sido observada en diversos parajes en medio de los huracanes y tempestades del ao ltimo, Habindola notado en Lion Mr. Fournet, asegura que la misma nube produca granizo por su centro y nieve por su parte perifrica. Escriben de Arjel: Las escavaciones hecha en OrleansvilJe para la instalacin de nuestros establecimientos sobre este punto han dado lugar uno de los mas interesantes descubrimientos. Hallse una anti antigua gua antigua iglesia cristiana en sus cimientos interiores: la siguiente ins inscripcin, cripcin, inscripcin, colocada en el mismoftimbral del edificio, y que data de 14 siglos, no deja la menor dudaVn cuanto esto: HIC REQUIESC1T SANCTiE : MEMOtll jATER NOSTER. REPARATUS EP1SC0PUS QUI FECIT IN SACERDOTIM ANN0S VIH MENSES XI ET NOS PRECESSIT IN PACE DIE UNDECIMA K A. L. A. G. PRi OV. NC. CCCCXXX ET SEXTA. (Aqui descansa nuestro padre Reparato obispo, de santa memoria, que ejerci el sacerdocio ocho aos y once meses, y que nos ha precedido en la paz de Dios el undcimo dia de las ka lendas de Agosto, ao 436 del nacimiento de Jesucristo.) Se cree que debe hallarse Jiajo el sitio de esta inscripcin el fretro que contiene'los restos, murtales de San Keparato; pero la salida del correo no se hbia escavado lo bastante para cer cerciorarse ciorarse cerciorarse de ello. En cuanto se recibi esta noticia, que fue trada por el co rone Cavainac, comandante de Ja subdivisin de Orleansville, se puso inmediatamente en marcha el Sr. obispo de Arjel para pre presidir sidir presidir todas las obras que deben hacerse fin de descubrir las re reliquias liquias reliquias de uno de los obispos mas antiguos del' pas, y al mismo tiempo de uno de los Santos de que se' glorifica la iglesia, Un nuevo volcan. Segn cartas de Ancona (Italia) se ha formado un volcan mediados del mes de Agosto en la isla mon montuosa tuosa montuosa de iMeleda Melada, situada sobre el Adritico cerca de Raguse. En la noche del 13 al 14 de Agosto un buque romano que se hallaba en estas aguas, y que se habia ya resentido la vspe vspera ra vspera por diferentes sacudimientos consecutivos durante cuatro ho horas, ras, horas, vio salir lavas del centro de la isla, y correr sobre una es es-tension tension es-tension de cerca de media milla. La noche siguiente, mientras que.se hacia la vela en el canal vecino dos millas de tierra, observ que se haban forma formado do formado siete crteres distintos sobre las montaas de la isla, y lanza lanzaban ban lanzaban materias negruzcas e inflamadas. El navio de que se trata es la Madonna di San Ciraco, mandado por el patrn Navone, Madama la Delfina, duquesa de Borgoa, gastaba macho de la pesca; an aldeano qne la observaba cierto dia dijo en alta voz: "por muy bien que Madama la Delfina pesque, no lo podr verificar mejor que lo ha hecho." En esto hacia alusin que se habia casado con el Delfn. (G. de 31.) PUERTO-RICO 23 DE ENERO DE 1844. Estado del cargo y data que ha tenido en el presente mes por esta depositarla interina de mi cargo, los fondos para la obra de la casa de reclusin y Beneficencia de esta ciudad, saber: CARGO. Pesos. Rs. Mrs. Noviembre 30 -Primeramente. Me son cargo tres mil ciento veinte y tres pesos un real treinta y dos maraveds, correspondientes a la existencia que result en caja en dicha fecha, segn consta de mi anterior estado. ...... v . . 3,123 1 32 ' Diciembre 19 Me son cargo ochocientos pesos que ha remitido el Alcalde municipal de Guayama por conducto de D. Antonio Pillich, de este vecinda rio, correspondiente dicha suma al legado que de dej j dej en su testamento en 1842 favor de dicho es establecimiento tablecimiento establecimiento Jos L. Garca, que fue de aquel vecindario, segn consta por nota en mi estado de Agosto ltimo. 800 Idem. Me son cargo tres pesos que ha remitido el capitn poblador de Rio-grande, por igual n nmero mero nmero de licencias de bailes que dio en Noviem Noviembre bre Noviembre ltimo 3 Idem. Me son cargo trece pesos que ha remitido el Alcalde de Manat, por igual hmero de licen licencias cias licencias de bailes que ha dado en los meses de Agos Agosto, to, Agosto, Setiembre y Octubre ltimos. 13 Idem. Me son cargo doce pesos que ha remitido el dicho Alcalde de Manat buena cuenta de la multa impuesta por S. E. D.Vicente Mara de Acuna, de aquel vecindario.'. 12 ,, Idem2. Me son cargo cuatro pesos que ha remiti remitido do remitido el Sr. Alcalde 19 de esta Capital D. Santos Puente, pertenecientes la multa impuesta por S. E. D. Juan Soler. 4 Idem 4.- Me son cargo quince pesos que ha remi remitido tido remitido el Alcalde de Guayama por igual nmero de licencias de bailes que ha dado en los meses de Julio, Agosto y Setiembre ltimos. ....... 15 ,; Idem 11. Me son cargo diez pesos, que he recibi recibido do recibido por conducto de la Secretara de este superior Gobierno, correspondiente igual nmero de li licencias cencias licencias de bailes que ha dado el Alcalde de Yau Yau-co co Yau-co desde Julio hasta Octubre ltimo. ...... 10 ,; Idem 12. Me son cargo cuatro pesos que he reci recibido bido recibido por conducto de la espresada Secretara de este superior Gobierno, perteneciente multa im impuesta puesta impuesta por S, E. al albauil Luis Cottes. .... 4 Idem. Me son cargo cuatro pesos que ha remitido el Capitn poblador de Palo-seco, por igual nu numero mero numero de licencias de bailes que ha dado en los me meses ses meses de Setiembre, Octubre y Noviembre ltimos. 4 n Idem. Me son cargo cuatrocientos pesos que ha entregado el capitn de infantera retirado D. Fran Francisco cisco Francisco Vassallo, como apoderado jeneral del coman comandante dante comandante militar de Guayanilla, comandante de infan infantera tera infantera D. Jos Bacener, correspondiente dicha su suma ma suma multas impuestas por S. E. tres individuos del vecindario de Yauco, del modo siguiente: dos doscientos cientos doscientos pesos a l). Antonio Hodriguez, cien pesos D. Antonio Llovers, y el resto de los otros cien pesos D. Juan Antonio Martinez. . 400 f) ,f Idem 19. Me son cargo cuarenta y cuatro pesos que ha entregado el Alcaide 2? de esta Capital 1). Joa Joaqun qun Joaqun de Neyra, correspondientes la contribucin del mes prximo pasado de diez villares y un jue juego go juego de bochas, al respecto de cuatro pesos uno. 44 Jf Idcm22. Me son cargo veinte pesos que ha remi remitido tido remitido el Akalde 2? de Caguas 1). Pedro Snchez, por las licencias de bailes que dio en los meses de Diciembre, Enero y Febrero ltimos. . . Idem23. Me son cargo veinte pesos que ha remi remitido tido remitido el Alcalde de San Miguel de Trujillo, per pertenecientes tenecientes pertenecientes al remate de dos cfballos por or orden den orden de S. E. que se aparecieron en aquel pueblo y no parecieron sus respectivo dueos en largo nmero de tiempo apesar de los avisos por medio de la Gaceta Boletn. ......... Idem. Me son cargo ocho pesos qfc he recibi recibido do recibido por conducto de la Secretara de este superior Gobierno, correspondientes multa impuesta por S. E. D. Francisco Soler, por haber admitido en su hacienda i un estranjero sin el permiso com competente. petente. competente. Idem. Me son cargo veinte pesos que he recibido por conducto de la Secretara de este superior Go Gobierno, bierno, Gobierno, correspondientes igual nmero de licen licencias cias licencias de bailes que dio la Alcalda de la Moca en los aos de 1811 y 1842, dejados de remitir en su oportunidad. Idem. Me son dargo diez pesos que he recibido por conducto de la propia Secretarla de este superior Gobierno, pertenecientes a multa impuesta por S. E. la mencionada Alcalda de la Moca. . Idem. Me son cargo ciento tres pesos cinco rs. que he recibido por conducto deD. Jos Antonio Qui Qui-jano, jano, Qui-jano, por orden de S. E., correspondientes al l lquido quido lquido producto que result ea Ponce de dos fun funciones ciones funciones teatrales que ejecutaron varios aficionados. Idem 28. Me son cargo doce pesos siete rs. que ha remitido el Sr. Comandante del 7? batalln de mi milicias licias milicias de esta Isla D. Bartolom Mara Villalon, por conducto de D. Carlos Decombe,.de este ve vecindario, cindario, vecindario, correspondientes al donativo que hizo el escribano pblico de Caguas D. Agustn del Ro Rosario, sario, Rosario, por conducto de este superior Gobierno, cu cuya ya cuya suma le adeudaba por sus honorarios en dos es espedientes pedientes espedientes que se siguieron contra los milicianos de dicho cuerpo Francisco Fontancs y Ramn Ra mo. Idem. Me son cargo diez pesos que he recibido por conducto de la Secretaria de este superior Gobier Gobierno, no, Gobierno, pertenecientes multa impuesta por S. E. Matas Arroyo, comisario de barrio del pueblo del Dorado. . Idem 29. Me son cargo diez pesos que ha remiti remitido do remitido el Alcalde de la Seiba, por igual nmero de licencias de bailes que ha dado en los meses de Agosto, Setiembre y Octubre, y en el presente hasta el dia 24. . Idem. Me son cargo once pesos que ha remitido el Alcalde de Guayanilla, correspondientes igual nmero de licencias de bailes que ha dado en la presente anualidad. Idem. Me son cargo mil ochocientos pesos que ha entregado el depositario de los fondos consu consulares lares consulares de esta Isla D. Esteban Fuertes, correspon correspondientes dientes correspondientes al presente mes, por la segunda entrega que ha hecho buena cuenta de los catorce mil pesos, que sin nteres alguno ha ofrecido prestar por iguales mensualidades la Junta de aquel ramo la de Beneficencia, invitacin hecha por S. E. en calidad de reintegro, segn circunstanciada circunstanciadamente mente circunstanciadamente consta de mi anterior estado Idem. 'Me son cargo siete pesos que ha entregado el Alcalde 39 de esta Capital D. Jos Prez de Lema, por igual nmero de licencias de bailes que ha dado en el mes prximo pasado y en el presente. IdemSX. Me soncargo veinte y siete ps, siete rs. y cuatro mrs. que hx satisfecho I). Pabla Corami Coramina, na, Coramina, como arrendatario de tas caballeras que vie vienen nen vienen diariamente al mercado de esta plaza, como ltimo resto de la presente anualidad. ..... Idem. Me son cargo das pesos tfut ha entregado el Asentista de los esubiecimientos del matadero y la carnicera de esta capital D. Francisco Bara Bara-soain, soain, Bara-soain, correspondientes la equivocacin involun involuntaria taria involuntaria que sufri en los meses de Marzo y Abrif ltimos en la multiplicacin en el resumen de las sumas de las relaciones del arbitrio del tasrave- di eo libra de carne de, res i 2 Idem Me son cargo trescientos noventa pesos do-, ce mrs. que ha entregado el dicho asentista, per- , tenecientes la matanza que fea habido en el pre presente sente presente mes de 366 reses con peso de 4,420 J arro- : bas de solo carnes, al respecto de 24 mrs. laarro- i ba, habiendo sido diputado el Sr. Rejidor D. Jo Jos s Jos Joaqun de Sols. 390 4 12 RESUMEN. DATA. . 3,761 3 16 3,123 1 32 . 3,761 3 16 .6,884 5 14 Pesos. Rs. Mrs. Diciembre Me son en data quinientos pesos en en-tregados tregados en-tregados al pagador de la obra de Beneficencia D. Juan Kamon de la Rosa para pago de jornales y compra de materiales, segn rden de este su- v, perior Gobierno. . ... ....... Idem 13. Me son en data quinientos pesos id. id. id. Idem 19. Me son en data id. id. id. id. id. . Idem 28. Me son en data id. id. id. id. id . 500 500 500 500 JJ )f 9f 9f Total de salidas. . . 2,000 ' BALANCE. ..; ; Asciende el cargo . . . '. . . ... 6,884 5 14 Idem la data . . . . ..... . . 2,000 Existencia para 19 de Enero de 1844. . 4,884 5 14 Puerto-Rico 31 de Diciembre de 1843. Calixto Romero. SECRETARIA DE INTENDENCIA. Por decreto de este dia dispone el Sr. Intendente se prevenga por tercera vez i los individuos de los gremios de merceros y pulperos de esta Plaza que no han con concurrido currido concurrido & dar sus sufrajios para la eleccin d3 repartidores y recaudadores del subsi subsidio dio subsidio con que los mismos han de contribuir en el presente ao, lo verifiquen desde lue luego go luego apercibidos de lo que hubiere lugar caso contrario. Puerto-Rico 4 de Enero de 1814. Francisco Ualvez, 2 , ESCRIBANIA DE HACIENDA. Por auto de 23 del pasado se manda rematar los terrenos sitos en la jurisdiccin de San Jerman, que fueron de los RR. PP. Pl, compuestos de una estancia cerca de la Villa, de setenta cuerdas de vega, tasadas en 30 pesos cada una: otra sita en la jurisdiccin de Yauco, compuesta de 00 cuerdastasadas en diez pesos cada una: otra en el sitio de Ducarabnes, en la misma Villa, compuesta de 7 caballeras de montes, tasadas peso tatenla: para cuyo acto se seala el dia 30 del prximo Enero las doce y media de la maana en las puertas del Sr. Intendente. Puerto Puerto-Rico Rico Puerto-Rico 30 de Diciembre de 1843. ; ; & Por auto del Juzgado de Intendencia de 9 del actual se manda dar los tres pre pregones gones pregones ordinarios en los dias 20 y 29 del corriente y 7 del prximo Febrero h Es Escribana cribana Escribana pblica del pueblo de Guayama que obtuvo D. Francisco Brenes, tasada en tres rail seiscientos pesos. Lo que se avisa al pblico para que el que quiera hacer postura concurra dichos dias la escribana del ramo que se le admitir las que hi hiciere ciere hiciere siendo legales. Puerto-Rico 11 de Enero de 1844. Jos Antonio Grajirena, escribano de Hacienda 3 ,o TRIBUNAL DE MARINA. ' Por disposicin de dicho Tribunal se llama Pedro Crisstomo, marinero que fue de la fragata espaola Rosa (a) Primera de Cdiz, para que comparezc h, eva evacuar cuar evacuar una declaracin y ratificacin, dispuesta por el Excmo. Sr. Comandante jeneral de Marina del Apostadero de la Habana, Puerto-Rico Enero 11 de 1844. Esteban de Escalona. 3 Escriban! alel Tribunal de Cuentas Por auto del Sr. Contador mayor se manda citar D. Antonio" Rodrguez D. Joaduin Erui. Trnipntpa f,,0rrm AtA nnehln de LUQUillo IOS aOS ( , o- .v. i tutiia juviuliuu j-" i a ... IWZ'J y JU para que se presenten contestarlos reparos deducidos & ios juicios ae as cuentas de castos pblicos del itidos aos. Puerto-luco U o s skjl.m ka o uuuuiuw de Enero de 1844. Jos AntomoGrajircna.3 y de JUZGADO JENERAL DE BIENES DE DIFUNTOS. Por auto de este dia recado a virtud de concurrencia celebrada en el mismo por los acreedores del intestado Mr. Hugo Fitsiraons, se ha dispuesto, llevndose efec efecto to efecto lo acordado en 1. de Febrero del ao pretrito de 1843, la publicacin de las pro proposiciones posiciones proposiciones hechas por D. Juan B? y D. Jos Mara Gmbaro para la. compra de la hacienda San Jos, de dicho intestado, cita en el partido de Loiza, con el fin de que si hay quien las mejore lo haga presente este Juzgado, que concede para el efecto el trmino de 10 dias; siendo' el teor'de aquellas como sigue. "D. Juan Bautista y l). Jos Mara Gmbaro proponen comprar dicha hacienda por la tasacin que re resulte, sulte, resulte, en estos trminos: se dn por pagados de la cantidad que por la venta de la mis misma ma misma se les adeuda: se obligan satisfacer las hipotecas que en ella existen, y recono reconocer cer reconocer los censos que la gravan en los mismos trminos en que estn constituidas estas obligaciones: deducidas estn tres partidas de la tasacin de la hacienda, el resto se comprometen satisfacerlo, mil pesos al ao de tomar posesin de la hacienda, y dos mil al cumplimiento de cada uno de los aos sucesivos hasta cubrir dicha tasacin, y abonarn los herederos ausentes cien pesos anuales por via de inters del capital que les quede lquido del precio de la hacienda, rebajndose el nteres proporcin que se pague el capital." Puerto-Rico 11 de Enero de 1844. Jos Antonio Gra Gra-jirena.3" jirena.3" Gra-jirena.3" ' JUNTA DE SUBASTAS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO. El dia 24 del corriente mes, las doce, ha dispuesto la Junta tenf;a efecto el cuarto pregn de remate de la construccin de los diez y ocho pezcantes de fierro pa para ra para faroles del alumbrado de la ciudad, de la figura y peso dejos que estn en servi servicio. cio. servicio. Lo que se anuncia los licitadores para su conocimiento, y que concurran el dia que se cita la casa ConsisiQrial. PaertorRicp 19 d Enero u S 44. Julin Garcu, secretario. 1 Por decreto de esta fecha ha dispuesto la Junta que el cuarto pregn de remate de la obra de la caera proyectada para llevar las aguas de la iglesia de Sto. Domin Domingo go Domingo al aljibe de Ballaj, tenga efecto el dia 24 del .corriente mes, las doce en punto, en la casa Consistorial. Y se avisa asi los licitadores. Puerto-Rico 1 6 ; de Enero de 1844. Julin Garca, secretario. -2 ' : JUZGADO DE 1. INSTANCIA DE AGUADILLA. Quien quisiere hacer postura una estancia radicada en la jurisdiccin de Lares, compuesta de 62 cuerdas de terreno con casa de habitacin, cinco cuerdas de plata platanal nal platanal y algunos rboles de caf, y 28 de monte vijen: acuda los estrados de este tri tribunal bunal tribunal donde se dar el cuarto pregn de remate el dia 4 d Febrero, cuya estancia est tasada en 669 pesos. 3 w v " :- '.'.ANU'Ncios.;::. Hallndose vacante el majistrado de primeras letras del partido de Aguas-buenas, se hace saber al pblico de orden de S. E. para el que quiera optar su desempeo, hallndose adornado de los requisitos necesarios se presente hacer sus proposicio proposiciones nes proposiciones la Junta vecinal de dicho partido, en la intelijencit que el establecimiento se halla dotado en 100 pesos anuales. Puerto-Rico 11 de Enero de 1844. Antonio Mora, Secretario. 3 '' Hallndose vacante el majisterio de primeras letras del partido de Hatillo por renuncia que de l hiciera el que !o desempeaba, se hace saber al pblico de orden de S. E. para que el que desee optar dicho establecimiento, hallndose adornado de los requisitos indispensables se presente aquel Ayuntamiento hacer sus pro proposiciones. posiciones. proposiciones. Puerto-Rico 12 de Enero de 1844. Antonio AJora, Secretario. 3 En el presidio correccional de la Puntilla existe un negro natural de Africa, que fue aprehendido en el pueblo'd Quebradillas el 23 de Noviembre ltimo, cuyas se senas nas senas personales son las siguientes: dice llamarse Simn y ser esclavo de D. Paulino Torres, del vecindario de Mayages, color negro retinto, estatura cinco pies y pul pulgadas, gadas, pulgadas, cara larga, nariz larga y algo aplastada en la parte superior, poblado de barba y como de 25 30 aos de edad. Lo que se hace saber al pblico por disposicin deExcmo. Sr. Gobernador y Capitn jeneral para que llague noticia de su dueo y se presente reclamarlo con las formalidades correspondientes. 3 En el presidio correccional de la Puntilla existe en calidad de depsito un negro aprehendido en Peuelas el 7 de Agosto ltimo de las seales siguientes: dice lla llamarse marse llamarse Marcos, como de 35 40 aos, cuerpo regular, delgado, dentadura completa y aguzada, nariz chata, boca y barba largas hacia afuera, calvo, orejas chicas, mar marcas cas marcas de lasque acostumbran en su pais en el pecho y vientre, color colorado, los ojos brotados y rosados, en la pierna izquierda una ucatriz vieja, tiene marcas de foete y nombra Jernimo y Toms, natural de Africa, y habla muy poco el caste castellano. llano. castellano. Y de orden del Excmo. Sr. Gobernador y Capitn jeneral se hace saber al pblico para que llegue noticia de su dueo y se presente reclamarlo con las for formalidades malidades formalidades correspondientes. 3 D. Jos Marcelino Alvarez, Profesor titulado de primeras letras, vacante y re residente sidente residente en esta capital, hace saber los seores padres de familia, que se ofrece dar lecciones de primeras letras las nias en sus casas por un estipendio moderado mensual, consistiendo la instruccin, en lectura, escritura, arismtica y la gramtica castellana; y despus que hayan concluido las discipulas perfectamente, las que gus ten aprender la bella arte uei uidujo, ei maestro proporcionara muestras ae uireccion la instruccin, pudiendo los seores solicitarle en la calle de San Justo, casa n nmero mero nmero 28 de Doa Merced "Alvarez de Camuas, quien les darn razn del Precep tor, el que desea complacer en la primitiva facultad iudicada. 3 Eu la calle de. San Francisco, nmero 56," casa de D. Gil Lierta, se vendo turrn de Alicante de superior calidad precio equitativo. 3 El 1. del corriente se ha desaparecido de su pesebre un caballo prieto, abulta abultado do abultado de crin y cola, con unos pelos blancos en la cadera izquierda y tambin en las patas de atrs; por sea particular tiene la de verter sus oriues hcia atrs causa de una enfermedad que ha padecido. Su dueo gratificar al que d aviso de su paradero: y en esta imprenta impondrn de su persona. 3 Imprenta del Gobierno." |
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