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1 v w V t t. :V " DEL ' 4 mm Nm. 151. 3in Sbado 17 de Diciembre de 1842." j PUERTO-RICO 17 DE DICIEMBRE DE 1842. Volfim. 111; "IgiiTTuftTiW ni' ii '. ARTICULO DE OFICIO. Circulares espedidas por el Excmo. Sr. Presidente, Gobernador, Capitn Jeneral y Jefe poltico superior las Autoridades de a Isla, ;- t Capitanajjeneral y Gobierno superior poltico. Circular nme nmero ro nmero 167. Habiendo acudido este Gobierno el Sr. Intendente inte interino rino interino de esta isla manifestndome que. ha advertido en varios espe dientes de mensura de terrenos que los Alcaldes comisionados para discordias y litijios, al paso que se defraudan los Agrimensores de sus lejtimos tlerechos, y al Fisco en todos los casos en que por de defecto fecto defecto de mensura se; adjudica al agraciado una superficie mayor que la que se le ha concedido, he resuelto, con el fin de cortar estos abu abusos, sos, abusos, teniendo en consideracin la penuria que hay en la isla de es estos tos estos intelijentes5 asi icmo los coslos ;que se orijitiarian un infelizi quien se Je; concediera un pedazo de terreno que para solicitar uno de tstos quiz largas distancias le importara mas la operacin: que cl;valor intrnseco del terreno, las prevenciones siguientes. 1 Todas las operaciones de mensura de terrenos que se verificaren en lo suce sucesivo sivo sucesivo se harn ; por Agrimensores titulados por este Gobierno siempre quejos haya en el partido judicial. 2yCuando no ; hubiere ninguno de stos en dicho partido judicial podrn ocuparse solamente en este ejercicio los llamados curiosos.; 3- No tendr lugar lo prevenido en el articulo anterior siempre que los terrenos que hayan de mensurarse sean de consideracin en su valor, y solo s cuando pertenezcan po pobres, bres, pobres, que si llamaran Agrimensor le importaran las dietas lo que no les fuera, dable abonar por su pobreza. Comuniclo UU. para su in in-telijenci telijenci in-telijenci y.puntual cumplimiento. Dios guarde . muchos aos. Pqerto-Kico 13 de Diciembre de. 1842. Santiago Mndez de Figo. Srcs. Alcaldes dejos pueblos de esta Isla. j, i Capitana jeneral yGobierno superior poltico. Circular nme nmero ro nmero 168. Incluyo , la filiacin de Santiago Montoya, individuo del presidio correccional de la Puntilla, que ha desertado en el dia de ayer; previniendo UU. Ipractiquen las mas activas dilijencias para lograr su captura si apareciere en ese territorio. Dios guarde UU. muchos aos. Puerto-Rico 14 de Diciembre de 1842. 1842.-tiago tiago 1842.-tiago Mndez de Vigo.--Srz$. Alcaldes de los pueblos de la Isla. ;, : i7iWon. Santiago Montoya, natural de Manat, hijo de Ju Ju-lian lian Ju-lian y de Mara Manuela Maisonet, de edad de 30 aos y de estado casado. .-.''V ', ,, Certifico, como Secretario de esta Capitana jeneral y Gobierno superior poltico, que' las precedentes circulares han sido espedidas de rden de Sj E. asi comqsu insercin en la Gaceta de este Gbierro. Puerto-Rico 14 de Diciembre 1842. Antonio Mora, secretario, i JH i "i t ? f i Pprt' el; Excmo; tSr. Gobernador y Capitn jeneral de la isla de Cuba, sa ha dirijido al de esta una' comunicacin que entre otras co cotas tas cotas dice asi, "Debo decir V, E. para conocimiento de los: estu estudiantes diantes estudiantes jle .esa isla, que las matrculas de la Universidad en este pri mer aHo estarn abiertas para ellos hasta el dia 1? d. Febrero prxi prximo; mo; prximo; segn he acordado con "la Junta Inspectora, convencido qe k los principios es preciso conciliar los casos y circunstancias para no causar perjuicio los escolares, y en este concepto podrn presentar presentarse se presentarse los que gusten entrar en la universidad." Lo que de rden de S. E. se inserta en este peridico para conocimiento del pblico, asi como se hace tambin continuacin y con el mismo objeto del art artculo culo artculo que se halla en el diario de la Habana de 3 de Noviembre pr prximo ximo prximo pasado, en que se prescribe el modo de poner en ejecucin el plan de Estudios aprobado por el Gobierno Supremo para esta Isla y la de Cuba, cuyo impreso ha remitido S. E.,el referido Esclent Esclent-simo. simo. Esclent-simo. Sr. Gobernador y Capitn jeneral. 4 Aprobado el proyecto de reglamento y estatutos para esta uni universidad versidad universidad por Real rden de 29 de Diciembre prximo pasado publi publicada cada publicada en los diarios de los das 16 y 17 de Febrero ltimo, no fu po sible plantearlo por entonces porque en la misma Real rden se pre prevena vena prevena su suspensin, hasta que formado un plan jeneral de instruccin pblica, bajo las bases en ella designadas, pudiese recaer la resolu resolucin cin resolucin definitiva del supremo Gobierno: debiendo activarse los trabajos de modo, que ser posible hubiese de ponerse en ejecucin en todas sus partes el dia Io de Octubre prximo pasado. Concluidos aquellos en suloportunidad por la comisin nombrada al intento por S. A. S. 'ti R ej entcnic V-ile nryr TnWi4rrr tw-iai-M7 tito, ao .l mi ministerio nisterio ministerio de Marina y Gobernacin de Ultramar, ha tenido & bien S. A. aprobarlos por Real rden de 24 de Agosto ltimo, difiriendo sin embargo su impresin, hasta que concluidos todos los reglamen reglamentos tos reglamentos relativos la enseanza primaria y secundaria, puedan publicarse en un solo cuerpo por el supremo Gobierno: procedindose entre tan tanto to tanto y con la brevedad posible, la instalacin de la Universidad en los trminos dispuestos en el plan aprobado. J Por tanto, y oido el parecer de la Inspeccin interina de Estu Estudio?, dio?, Estudio?, he dispuesto que la apertura del presente curso se verifique el dia 19 del actual en celebridad de los das de la Reina Ntra, Seora, en el local acostumbrado, con asistencia de una comisin de la misma Inspeccin, y de todos los catedrticos que debern concurrir so solemnizar lemnizar solemnizar el acto, en traje serio de uniforme si lo tuviesen, mientras que el supremo Gobierno no determine el que han de usar en ios das de ceremonia. 1 Al mismo tiempo y fin de que los alumnos se matriculen en los cursos que respectivamente les correspondan, se preparan k los exmenes de admisin los que estn en este caso, he dispuesto igual igualmente mente igualmente que se publiquen , continuacin los artculos del reglamento que les conciernen, con las lijeras modificaciones que las circunstan circunstancias cias circunstancias estraordinarias del presente curso exijen, y he acordado en unin de la Inspeccin de Estudios. Art. 19 Las ctedras de la Universidad son pblicas, y basta bastar r bastar para asistir ellas hacerse inscribir en la Secretara y presen presentarse tarse presentarse al catedrtico que dar su autorizacin por escrito, la cual ma manifestarn nifestarn manifestarn los interesados los porteros cuando estos la exijan pero nadie se permitir la entrada empezada la esplicacion del profesor. No podrn sin embargo ganar curso sino ios que estuvieren ma matriculados triculados matriculados como alumnos de i Universidad, 11 Art. 29 Para ser admitido de alumno en la Universidad, ss requiere: - 19 Ser, mayor de doce aos. i f 29 Presentarse al Rector para que haga inscribir al interesado en la Secretara. ; 39 Practicar una informacin por ante el mismo Rector, para acreditar la limpieza de sangre. 1 49 Exibir su fe de bautismo. : t 59 Depositar en poder del tesoro sesenta y echo reato do i 1 f 1 602 plaUferte, para gastos de admisin, de cuya entrega le espedir aquel el correspondiente recibo, que exibira en el acto de entrar a CXn60 Sufrir un exmen que por ahora y atendiendo al estado que hasta aqu han tenido los estudios preparatorios se limitar las ma materias terias materias siguientes: Lectura, escritura y ortogratla. Gramticas castellana y latina. Aritmtica elemental y sus mas usuales aplicaciones. Elementos de Jeografa jeneral y de la Isla, Art, 49 La Junta de exmen se reunir este ao el lunes 21 del actual, prorogando sus sesiones hasta el sbado 3 del siguiente Diciembre. Art. 59 Los examinados se presentarn al Rector para que mande inscribirlos en la lista que ai efecto llevara el secretario, quien cuidara de anunciar por cartel fijado con dos das de anticipa anticipacin cin anticipacin en Ja puerta del local destinado al examen, los nombres de ios que diariamente hayan de sufrirlo. Art. 79 Podrn examinarse hasta cuatro alumnos la vez: el exmen durar hora y media para un solo alumno; dos horas si fuesen dos; dos y media si llegasen- tres; y tres horas si fuesen cuatro, Art. 99 Habr cinco grados de censura saber: Reprobado. Suspenso. Capaz. Aprovechado. Sobresaliente. ? Art. 10. Ninguno podr ser admitido si no ha obtenido lo menos la censura de capaz, Art. 11. Los reprobados no podrn ser admitidos segundo exmen hasta el ario siguiente, haciendo nuevo depsito. Art. 12. Los suspensos podrn entrar exmen sin necesidad de nuevo depsito en los 15 ltimos dias del prximo Diciembre. Art, 14. El curso se dividir, para los alumnos de filosofa en dos semestres: el primero empezar este ao el lunes 21 del actual y terminar en 28 de Febrero: el segundo empezar el 2 de Marzo si siguiente guiente siguiente y concluir en 30 de Junio. Para las dems facultades el cur curso so curso ser seguido desde 21 del, actual hasta el 30 de Junio del ario in inmediato, mediato, inmediato, ,. Art. 16. La Universidad estar abierta ocho horas todos los dias. El Claustro particular determinar, segn las estaciones y cir circunstancias, cunstancias, circunstancias, la dUtrihuemn rl uta hora ? (Para la mas fcil intelijencia de los alumnos, se fijarn en los patios de la Universidad carteles impresos en que se designen la dis distribucin tribucin distribucin de horas y el local en que ha de esplicar cada profesor las respectivas asignaturas.) 4 Art, 25. La Direccin jeneral de Estudios designar en cada curso los libros que hayan de servir de testo para la enseanza de las respectivas asignaturas. i (No siendo posible que en el presente curso tenga lugar lo dis dispuesto puesto dispuesto en este artculo, la Inspeccin designar los libros de testo por esleailo, oyendo prviamente al Hctor y Clustro de las respectivas facultades.) ; :, ,., u ;; ,. ls Art. 91, La matrcula se abrir para el presente semestre en 21 del actual, cerrndose en 31 de( Diciembre, prximo: y ; para el segundo en los 15 primeros dias del mes de Marzo. En ambas po cas debern presentarse necesariamente los alumnos en la Secretara de la Universidad para hacersejnscribir en respectivas asignaturas, debiendo entregar en el acto al Secretario el recibo del Tesorero en que Conste haber Satisfecho en el correspondiente semestre la cuota de veinte y cinco pesos cuatro reales, si el, alumno fuese de filosofa y el doble si facultad mayor; : Art. 93 del Plan. Se.esceptuan de esta obligacin los alum alumnos nos alumnos que juicio del clustro jeneral acrediten ; competentemente su pobreza, siempre que hubieren merecido en los exmenes !de admi admisin sin admisin la censura de sobresalientes. 1 t t ,Art. 100. Para incorporar los cursos ganados en otras, Univer Universidades sidades Universidades del Heino, presentarn los interesados al Rector un memorial acompaando los atestados cerrespondientes, legalizados en debida forma,. con cuyo conocimiento librar el Secretario la oportuna acor acordada, dada, acordada, precediendo el depsito de 17)pesos por cada curso,, para los fondos de la Universidad. .. -i a iL j. (Los cursos que hubiesen sido ganados hasta el presente en esta establecimientos blecimientos establecimientos particulares aprobados por Real orden incorporados en la antigua Universidad, sern vlidos siempre que se hubiesen ob observado servado observado 6 se observen eri su incorporacin las disposiciones que en en-toncesirejiari.) toncesirejiari.) en-toncesirejiari.) i ; ; :.;;:,!! .., f,0 Art. 217, Por la informacin de limpieza de sangre de que ha habla bla habla el art. 29 satisfarn los alumnos treinta pesos por todo gasto; cin cinco co cinco para el secretario, y el resto para el arca. : : J i Disposiciones transitorias 1- Este reglamento no tiene efecto retroactivo, y los alumnos actuales continuarn sus cursos en el orden numrico que les corres corresponda? ponda? corresponda? es decir que los que llevan un ao de filosofa se presentarn al segundo: si dos al tercero; si tres al cuarto; pero si estuviesen gra gra-duados duados gra-duados de bachiller se matricularn en el primero de facultad mayor, 2 Lo mismo se observar con los alumnos de la facultad de leyes, con esta diferencia, sin embargo que no se contar mayor nu nu-mero mero nu-mero de cursos que el de aos naturales transcurridos desde la pr. mera matrcula en dicha facultad; estn no graduados de bachiller en ella: pero los que lo hubiesen hecho clustro pleno se les abo abonar nar abonar un ao mas en su carrera, 1 Las fracciones que pudiesen resultar se abonarn por un afto na natural tural natural siempre que escedan de seis meses. 3 Los cursos ganados en la facultad de cnones,, queahora queda suprimida incorporada con la de leyes, se abonarn para es esta ta esta bajo las reglas que se indican en la precedente disposieionii ; 4? Los anos de prctica que hubiesen ganado los que. sean ba bachilleres, chilleres, bachilleres, se considerarn como cursos acadmicos y les servirn pa para ra para completar los seis de a carrera; es decir, que si hubiesen transcur transcurrido rido transcurrido tres aos naturales desde la primera matrcula en dicha facultad hasta la obtencin del grado de bachiller, y despus hubiesen ganado uno de prctica, se matricularn en el quinto; si dos en el sesto, y s tres podrn aspirar 'al grado de Licenciado. 5? A los alumnos de Medicina se les abonar un, nmero de aos igual al de los cursos escolsticos que hubiesen ganado lejtima lejtima-mente mente lejtima-mente hasta 19 de Octubre de este ano. ,. ., 6 Se entendern ganados legtimamente estos cursos siempre que conste en los libros de la Universidad la matrcula, examen, certificaciones, jura prueba de curso correspondiente cada 'uno de. ellos. .' .'- ; 7?: La disposicin precedente no se entender de los cursos de qumica, botnica, hijiene y medicina legal que estudiaban simult simultneamente neamente simultneamente con los de la Universidad, :'; i :- ..up v , 8 Los que hubiesen ganado uno mas cursos de Medicina sin haber recibido el grado de bachiller en filosofa prevenido en ? los antiguos estatutos, podrn matricularse sin embargo en el que; les corresponda, bajo h precisa condicin de recibir dicho grado ante' del curso inmediato. ; - A r- ti i i; 9 ., Losque hubieren obtenido el grado de bachiller enMedi enMedi-cina cina enMedi-cina en esta universidad otra cualquiera del reino, se matricularn en el;quiritoafio; pero no quedarn obligados recibir nuevamente dicho grado la conclusin del sesto.; ; ; 10. Si despus del grado llevasen algunos meses de 1 prctica se les abonar por cada diez de" estos un ao mas de estudios",' y 'se matricularn en el 6o 79 segn corresponda; pero asistirn al mis mismo mo mismo tiempo las asignaturas de los' anteriores 'que no hubiesen Estu Estudiado, diado, Estudiado, vi '.V. : '( ;,.tt : : ; 5-l;f'f ri ;-j : Vii.rJ p3 A los que estudiasen para cirujanos latinos se les abonr en iguales trminos la prctica posteri'orial !trcer': curso de1'' ni ver- 11; Los que hubiesen terminado la carrera va suprimida de c c-rujanos rujanos c-rujanos latinos,1 pero no estuviesen aurt recibidos, continuaran la de medicina y cirja matriculndose en el 69 curso ;? ?''f:b) , 5 12. : Los quer: hubiesen teVmind'J de 'Medicina 'conforme los reglamentos que han rejdo' hasta el' (lia podrn recibirse :d'me :d'me-dicos. dicos. :d'me-dicos. 13. Los que estando recibidos de cirujanos latinos de mdi mdicos cos mdicos quisiesen completar la carrera podrn hacerlo, sujetndose un exmen ante el clustro de la facultad sobre las asignaturas. qu n hubiesen estudiado y, depositando en poder del tesorero la mitad de la cuota prevenida para los grados de Licenciado. ; n:rn i 14. Los alumnos de Farmacia que. no hubiesen completado los dos primeros cursos de botnica,: que xijia-en' el primer ao el anti anti-guoTeglamento guoTeglamento anti-guoTeglamento de la facultad, se matricularn en el curs le Far Farmacia macia Farmacia terica, 1 15. Los que hubiesen ganado estos dos' Cursos y !'Sv'' Hubiesen terminado los dos'de qumica que prescriba l mismTegmnto pi pira ra pira los de segundo ano, se matricularn en el de Farmacia esperi- mental. , ... ; i . 16. Si .acreditaren haber ganado los cuatro cursos mencionados en lasjdos anteriores disposiciones, se matricularn en el l primero de prctica, pasanta en oficina publica; pero cori obligcion de asistir al de Farmacia terica en el presente curso. ks que hubiesen ganado los cursos prescritos por el an-? tiguo reglamento para optar al grado de bachiller e7' Farmacia so matricularn en el cuarto aio de la facultad, segundo de prctica, en oficina pblica. : i..h' f Art. 18. Los casos especiales no comprendidos en las precei dcntcs disposiciones se resolvern por el Vice-Real protector de acuerdo con la Inspeccin de Estudios, y prvio informe del Rector por cuyo conducto debern dirijir sus solicitudes los interesados. ; 19. El Rector cuidar de publicar por carteles edictos fija fijados dos fijados en los patios de la Universidad todos los artculos del plan y re re-elamentos elamentos re-elamentos relativos la polica y orden interior del establecimiento, enyo conocimiento interese a los alumnos. Cmo ademas d las disposiciones que preceden conviene los padres 6 tutores de los alumnos y los directores de colejios parti particulares culares particulares conocer, las que dicen relacin la enseilitnza privada, se transcriben continuacin los artculos del plan que se refieren . ella. ? ,. ,, Art, 61. La enseanza secundaria elemental, podr recibirse tambin en establecimientos particulares autorizados competentemen te para ello por el supremo Gobierno, previo informe del superior Gobernador poltico respectivo. , ; .' :- T Art. 65. Para obtener esta autorizacin, se requiere: r i ; ,i: Ser mayor de 25 alos y espaflol haber obtenido carta de na naturaleza. turaleza. naturaleza. ( ": ; ; :' ' ; Estar graduado de Licenciado en artes o en ciencias. ' r Acreditar pon certificacin de la autoridad municipal, ser de buena vida y costumbres, y con' la de bautismo su edad y limpieza de sangre. c .u .::;:..,.: i:- .. i j.:t , No haber sido condenado penas aflictivas infamatorias, 6 ha ber obtenido '.rehabilitacin, V '...j Manifestar por escrito al Rector de la Universidad,, el mtodo que ha de adoptarse en la enseanza, y la ostensin de esta; y acom acom-pafiar pafiar acom-pafiar un plano del local que Se destina ella.' Disposicin 13- transitoria. Har ser jefe de un establecimien establecimiento to establecimiento de cnseiianza' pfiva(ln no se exije por. ahora el grado de Licen Licenciado ciado Licenciado eri; ciencias 6 en filosofi;" pero habr de someterse el.interesa el.interesa-do do el.interesa-do un examen ante lus jueces que designe la Inspeccin de Estu-dios.- i. ; :i Art. 66. Estos establecimientos estarn obligados celebrar exmenes jrals al fin de c(ja! curso, los cuales concurrirn en .c'ase de Jueces ademas.de los profesores del establecimiento, otras dos personas designadas por el Gobernador superior; poltico-despus de haber oido la Inspeccin de' Estudios en la isla d Cuba' a Comisin provincial en la de Puerto-Rico. ,''L1.''.'.'J Art. 67 En cualquiera pof,a del curso' podrn ser visitados estos establecimientos por orden del Gobernador superior poltico, previa consulta de la Inspeccin de Estudios; pero Jas atribuciones de los visitadores se limitarn verificar los adelantamientos de los discpulos y los mtodos seguidos con mejor xito. Sin embargo, en el caso de abusos graves que puedan pervertir la moral de los jvenes, el Gobernador, poltico podr proceder su averiguacin, instruyendo el oportuno espediente que someter al examen de la Inspeccin de Estudios para la providencia gubernati-. va que haya lugar. Art. 73. Podr .recibirse tambin en los establecimientos pri privados vados privados la enseanza .secundaria superior bajo las condiciones si siguientes guientes siguientes ' -:, ,! : ' ; .. ! fl? Queel Director del establecimiento ha de someter la com combinacin binacin combinacin y orden de las asignaturas lo prescrito en el reglamento de la Universidad. ? : I 2 Que ha le pasar al Rector de la misma? al principio y al fin de cada curso, una nota de los alumnos que sigan estos estudios, con espresion de las asignaturas qie cada uno haya asistido, y de la censura obtenida en los exmenes. 3 Que para incorporar dichos cursos, han de sufrir los alum alumnos nos alumnos un examen especial de cada asignatura, y satisfacer la cuota de matrcula y prueba de curso con que contribuyan los de la Univer Universidad, sidad, Universidad, c i y ; ,: 1 r;:-' :1 '', Y para que ests disposiciones tengan puntual cumplimiento, in insrtese srtese insrtese en tres nmeros consecutivos del Diario. Habana 19 de No Noviembre viembre Noviembre de 1842.- Falds. i I D. Aniel Luis Santoni, por lin buey y un potro suelto 2 07 D. Cayetano Natert por un buey suelto 1 0 , .,Ej mismo, por, dem. dem ??; 1 0 "T.ncis lft Fiifintfis. or un caballo idern .1 O D. Lucas da Fuentes, por un caballo idem D. Manuel Muoz, por idem idem-" 1 0 Relacin de lai multas que han impuesto varios Alcaldes en el mes de Noviembre prximo pasado por tus caitss me continuacin se espresan. l'S. its. 603 Roberto Carrillo, por una novilla idcra--- i o : D. Jos Noell, por una vea dem i o i r Bernab de Jess, por una yegua idem l o ; : ? D. Jos Ribera, porua vaca dem. ,r. 0 : Juan Barbosa, por idem dem- 1 o Francisco de la Cruz, por un caballo idem 1 0 D. Mariano Zenon, por una vaca idem Vr q V D. Tomas Prieto, por 2 idem idem.. 2 O Francisco Goden, por 2 bestias idem 2 0 ; Nicols Nieves, multa impuesta por el Sr. Alcalde, por : . obceno y escandaloso 4 0 Manuel de Jess Tirado, por no haber sacado papeleta de r domicilio en su oportunidad o 2 Fidel Mal, multa impuesta por S. E. 4 o '' V . Toa-baja. D Brbara Castillo, porua yegua suelta 1 q j Jos Colorado, por idem iucm 1 q ; D." Pablo C6rdova, por 2 idem idem"......... j q 1 D. Antonio Crdova, por ona idem idcm........ q -''" Jorje Aguayo, por idem idem.... l o 1 ' . Carlos Mara, por idem idem lo"' l : D. Mariano Insent, por idem idem. ............ q ,; D. Rafael Ramrez, por 3 idem idem 3 o D. Jos Folguera, por un buey idem 1 o i Juan Insent Marti, por una bestia dem l o Jos Mara Dvila, por idem idem- I Or D Francisca Davila, por idem idem 1 q Juan Asencion Martnez, por idem idem 1 o t Jos Mara Dvila, por idem idem. .. l o t Damin Benitez, por idem idem. .. l o v: . MauriciaN. por idem idem l o Andrs, liberto, por idem idem....... l o' Zenon Co'orado, por idem idem 1 q 1 Kusehio Martnez, por idem idem 1 q '": t D. Jos Garca, por idem idem 1 ; q 1 Casimiro de los Santos, por idem idcm......Uf. l q 1 1 ' D. Pablo Crdoyai por idem idem- ., 1 q f Quintn Bltran, por idem idem. ........................ 1 o V "; Juan de Jesusi por idem idem. ........... ................ 1 q ; :, ; 1 . i : ( ! t ; Cabo-rojo. ;' i ; !-." .1 i D. Mariano Pabon, por una res suelta ........ ....... i o D. Claudio Garrastaz, por un caballo idem i 0 1) Flora Camacho, por una yegua idem 1,0 . Antonio Arroyo, por un caballo idem .. 1 0r Pito Mato, por idem dem i .1 o L -''' Gabriel Rodrguez, por una yegua idem ;1 Q Vicente Acosta, por una vaca idem 1 0 i .'D. Manuel Ortiz, por un caballo idem 1 0 u REAL LOTERIA. A Del 25 al 30 del presento so cerrar en los pueblos do la isla la venta de billetes del Sorteo ordinario nm. 68, quo h do celebrarsoel 13 de Enero do 1843. Puerto-Rico 19 do Di Diciembre ciembre Diciembre de I8i2. Hernndez. Carecindose aun en el nuevo pueblo de Rio-grande de la iglesia y cementerio, cuyos edificios han de construirse de manipostera segn antes se ha anunciado por este peridico, las personas que quieran hacerse cargo do la ejecucin de estas obras puede presentarse en el trmino de treinta das al capitn poblador do aquel pueblo hacer sus prosiciones, teniendo la vista los documentos y datos que el mismo la presentar. Puerto-Rico Noviembre 2 i de 1842. De orden de t. E. Monto M M-ra, ra, M-ra, Secretario. : v ESCRIBANIA DE HACIENDA. Por auto del Juzgado de 3 del corriente, so mandan dar los pregones ordinarios 20 piezas de dril aprehendidos por la Aduana de esta Capital, en los dias 7, 10 y 13, sealndose por el mismo para el cuarto y ltimo remate el 10 del actual. Lo que se avisa al pblico para el que quiera hacer postura concurra la un3 del citado dia k la puerta morada del Sr. Intendente, donde so admitirn las que sean lgale. Puerto-Rico 4 de Diciembre de 1842 Jos Antonio Grajirena.-d 1 En las dilijencias que so practican para cumplimentar la superior determinacbn en la causa contra Jos Montes, ha dispuesto el Sr. Juez togado se anuncie al pblt pblt-co co pblt-co por los peridicos la yegua y su cria depositadas; fin do que los que se crean coa derecho ellas acudan k reclamarla con las formalidades do derecho este Tribunal; siendo sus sllales las siguientes: color alazana amarilla, un coedon con dos lunarei en la frente, pati-llana de la izquierda trasera, espinazo parejo y sobre U rabaddU unas canas; siendo el potro zaino oscuro. Puerto-Rico 14 do Diciembre de I8 I2. Juan Basilio Nuez.l , t i-rji: io! Eicrlbana pblica de ITamacao. ; ,,: Por auto provedo el dia 12 de Noviembre .corriente por el Sr. Jaez da jmnera instancia de este partido, e manda insertar en la uacett to uooicnio y pertouteos de esta plaza las seales de las caballeras siguientes.lPrimero: una yegua color zai zaino, no, zaino, pequea de cuerpo, las cuatro unas negral torcidas para adentro bi nanos, y la pata izquierda para afuera. Segundo: un caballo' color zaino encendid), a crin n n-cia, cia, n-cia, en la frente un cordoncillo que le baja hasta la punta del hocico, rabo abultada y corto, las cuatro unas negras, y marcado con cata letra F. Tercero; una ycgui ca calor lor calor zaino oscuro, de siete cuartas de jdzada, las cuatro patas negns de la rodilla para 604 abajo, teniendo la ua con el menudillo de la pata de atrs del lado derecho blanco, en la izquierda por atrs un la orilla de la una pelos blancos, en las espaldas y ensilla ensilladura dura ensilladura varias manchas con pelos blancos como de mataduras, orejas grandes y cadas, pobre de crin, y de edad de seis siete aos. Lo que se hace saber al pblico a. fin de que los que se consideren con derecho a ellas acudan este Juzgado reclamar reclamarlas las reclamarlas con Jos correspondientes comprobantes. Humacao 28 de Noviembre de 1842. Ramn de Torres. Secretara del ilustre Ayuntamiento de Camay. Habiendo el Excmo. Sr. Presidente Gobernador y Capitn jeneral de esta Isla aprobado el plano y presupuesto para la construccin de la nueva iglesia que se ha de fabricar en este pueblo, de manipostera de ladrillo y azotea, de veinte y ocho va varas ras varas de largo y diez y seis de anch, cuyo costo se ha calculado en nueve mil quinien quinientos tos quinientos doce pesos cuatro reales; y mandado se saque a, pblica subasta, el Ayuntamien Ayuntamiento to Ayuntamiento de este pueblo, en cabildo ordinario de este dia, ha acordado se verifique el re remate mate remate en el dia cuatro del mes de Enero prximo venidero; y para la debida -notoriedad se avisa al publico para que los que interesen rematar la construccin de la espresda obra se presenten en el referido dia en esta sala Capitular, donde se veri verificar, ficar, verificar, la subasta, pudiendo tambin antes hacer sus proposiciones en esta secretara, en ia cual desde hoy hasta el mencionado dia estar de manifiesto el indicado plano; advirtindose que el rematador deber prestar fianza satisfaccin del Ayuntamien Ayuntamiento. to. Ayuntamiento. Camuy" 30, de Noviembre de 1842. Jos E, Santana, Secretario. ; ; ANUNCIOS. En la jurisdiccin de Patillas se ha aparecido un potro zaino oscuro, de cuerpo chico, pobre de crin y copete, el rabo un poco largo, paso tranqueado, como de tres anos de edad, marcado en la nalga izquierda con las iniciales P. G. un poco confu confusas. sas. confusas. La persona quien pertenezca puede presentarse a reclamarlo del Alcalde de aquel punto.- En la jurisdiccin del nuevo pueblo de Salinas, existe un caballo de cinco pies menos dos pulgadas de alzada, color zaino, abundante de crin, un cordn blanco en todo el frente que le cbre la nariz, las dos patas delanteras negras, la izquierda de atrs blanca de la mitad de la canilla para abajo con una veta negra al lado de la una, la otra con una mancha blanca de pelos al pie del casco, teniendo tambin una veta negra, andar de menudeo, entero y como de seis 4 ocho afosdeedad. Dicho caballo se le estrajo sumamente estrayiado un esclavo prfugo de D. Jorje Lohse, vecino del partido de Mayages y residente en el barrio dla Marina meridional, cuyo sier siervo vo siervo fuecapturado en la enunciada jurisdiccin de Salinas y conducido con el mencio mencionado nado mencionado caballo a aquella real crcel; y habindose presentado un individuo que andaba en su solicitud con los comprobantes necesarios, se le entreg, y aunque exijia se le entregase el supradicho caballo, no se verific la entrega por no venir documentado al efecto, el cual qued en volver con los comprobantes necesarios, y no lo ha veri verificado; ficado; verificado; en cuya virtud se hace saber al pblico para la persona quien le pertenezca acuda a aquel Alcalde con las formalidades precisas. 3 En el paitido de Humacao se ha aparecido un caballo color zaino, las cuatro pa patas tas patas blancas, nuevo de paso, crin abultada y rabo regular. La persona quien perte pertenezca nezca pertenezca dicha bestia puede presentarse reclamarla del Alcalde de aquel punto. Puerto Puerto-Rico Rico Puerto-Rico 2 de Diciembre de 1842. 3 En el partido de Maunabo se ha aparecido una yegua oscura, con un lucero pe pequeo queo pequeo en la frente, pelos blancos en las narices, las cuatro unas negras, crin abulta abultada, da, abultada, orejas grandes y mortafonas; tiene un potro colorado con un cordn blanco en la frente. La persona quien pertenezcan estas bestias puede presentarse reclamarlas del Alcalde de aquel punto.3 ,, ; , . Enel pueblo do Gurabo existe depositado un caballo de las sHales siguientes: zaino, como de dos o tres anos de edad, de seis cuartas y seis pulgadas de alzada, lucero apagado y cordn encima de la nariz," con la pata "delantera izquierda blanca; el cual llev all un esclavo de esta capital habr tres meses, diciendo que lo habia al alquilado quilado alquilado en esta ciudad. Y se hace saber al pblico para que llegando noticia de su dueo ocurra dicha Alcalda a reclamarlo con las formalidades debidas. Puerto Puerto-Rico Rico Puerto-Rico Noviembre 23 de 1812. 3 v -En el pueblo de Bayamon fue aparecido un caballo zaino oscuro, con unos pe pe-Jos Jos pe-Jos blancos en la frente, en el belfo superior unas manchas del mismo color, con otras en el espinazo, de paso corto y trotea, melenudo, entero, de seis cuartas y me media dia media de alzada, con las circunstancias de tener colmillos abajo. La persona que reco reconozca nozca reconozca pertenecerle puede acudir reclamarlo del Alcalde de aqul pueblo. 3 : Se vende una estancia en el partido de Gurabo y muy cerca de la poblacin compuesta de 380 cuerdas de terrenos de superior calidad, con mucha parte de veo-as propias para labranza ceba de novillos, de los que puede contener hasta 200 por estar dividida en varios cercados firmes y fuertes, con agua abundante y corriente en toaos ellos, sin caminos que la atraviesen, con cierto nmero de yeguas y un burro para la crianza de muas, algunas vacas, bueyes &c. siendo la casa de habitacin de madera y teja, de bastante estension, con todas las comodidades apetecibles en el campo, pudiendo entrar ademas en la venta otra casa tambin grande y cmoda que existe en el mismo pueblo. La persona que se interese en su compra puede verse con el presbtero D. Jos Lpero, cura de aquella parroquia, que vive en ella; advinien adviniendo do adviniendo que si es posible recibir en cuenta una buena casa en la Capital. 3 En el partido, de Juana-Daz se ha aparecido un caballo colorado -encendido .con las dos patas traseras y desalante blancas, un lucero en la frente, crin y cola re' re'-gular, gular, re'-gular, de siete cuartas de alzada, paso forzado y con una matadura en el espinazo aquel pumo -3 pCrtCnezCa esta bestia Pede acudir reclamarlo del Alcalde de &?F ?! Prcsi?io correccional de la Puntilla existe depositado un negro nombrado Jos. Mana, aprehendido en el territorio de las Adjuntas cuyas seriales son las simien simientes: tes: simientes: color negro, cara redonda, ojos negros, nariz chata; boca regular, estatura "corno t Sff 'nST' 7 P 63 C!1 niuy gruesos, y de G5 anos de edad. Y se aW aW-a a aW-a al publico por d,spos,con del Excmo. Sr. Gobernador y Capitn jeneral para que LZl SU te'y 8Cnda 4 reclamarl c0nla formalidades onrfe e ado 'b. Antonio Martnez; vecino' del pue pue-iStu iStu pue-iStu ed f,813 Cruz 'lovento, de las seales siguien siguien-S;,3? S;,3? siguien-S;,3? af e c,o Obrador, su estatura siete cuartas, cara larga, ojos ne ne-Uros, Uros, ne-Uros, nariz aniastadLi hn: rrA- -J. -, -8a "Ju .ve En el territorio de la Seiba ha sido aprehendido el 27 de Setiembre ultimo nn ne negro gro negro que dice llamarse Juan, color achocolatado, un pequeo bigote, lampino,-pelo pa pasa, sa, pasa, cejas abultadas, nariz ancha, alto de cuerpo y delgado, marcado en el pecho de recho con un crculo que figura O y dice el mismo negro fue hecho con la boca de un cachimbo, tiene una cicatriz blanca de resultas de una llaga en la pierna?derecha habla muy poco el espaol y asegura llamarse Pedro Juan su amoi Lo qu se avisa al pblico por disposicin del Excmo. Sr. Gobernador y Capitn jeneral para que llegue noticia de su dueo y acuda reclamarlo con las formalidades correspon dientes. 3 CAPITANIA DEL PUERTO. entradas y salidas de buques en el mes presente. Entradas. .1 i Dia 10. De Santomas: bergantin americano Aurora, capitn Barry,con 6 hombres y maderas, De Mayages: goleta espaola Aguilita, capitn D. Bartolom Cabanillas, con 6 hombres, 4 pasajeros, en lastre. . De Baltimore: bergantin americano Water Wich, capitn Lebrun, en 11 das, 8 hom hombres, bres, hombres, un pasajero, y vveres. De Inglaterra y Santomas: vapor ingles Fortle, su comandan te R. T. Puyadr, con la correspondencia del 17 del pasado. . 11. De Manat: lancha espaola Josefa, patrn Juan Pablo Domnguez, en 2 das 4 hombres, en lastre. De Puerto-Cabello: goleta idem Camila, capitn D. Francisco Artaza, en 7 dias 7 hombres, un pasajero, y frutos. 12. De Fajardo: balandra idem San Patricio, capitn D. Lorenzo Vzquez, con 4 hom bres, 6 pasajeros, y cueros. De recibo: guairo idem Tragona, patrn Pascual Figueroa, con 5 hombres, en lastre. De Santomas: idem idem Agustina, patrn Miguel Casanova, con 4 hombres, 3 pa pa-1 1 pa-1 sajeros, y mercancas. ..:-'. Salidas. Dia 10. Para La-G uaira y Puerto-Cabello: bergantin goleta espaol Ana Mara, ca pitan D. Jos Arjona, con 10 hombres, y vino. Para Sotavento, con correspondencia: vapor ingles Fortle, su comandante R. T. Pu Pu-yadr. yadr. Pu-yadr. i. .;.:: r. 11. Para Vieques y Fajardo: bote espaol Capuchinito, patrn Estanislao Guadalu Guadalupe, pe, Guadalupe, con 2 hombres, y bacalao. : Para Mayages: balandra idem Nueva Esperanza, capitn Nicols Facio con 3 hora hora-( ( hora-( "' bres, y comestibles. . : 12. Para Barcelona: bergantin idem Almirante, capitn D. Jos Prez, con' 14 hom hom-, , hom-, bres, y frutos del pais. . . ... Para Mayages: goleta idem Formalidad, capitn D. Santiago Boscio, con 7 hombres, 9 pasajeros, mercancas y vveres. ' 4 IDEM EN AGADILLA EN NOVIEMBRE. ' V , i t i ; f i t 'i - : ; ' : Entradas. Dia 2. Balandra espaola San Juan, capitn Lorenzo Crison, de Isabela. ; Goleta idem Sofa, capitn Juan Bautista Trilla, de Curazao. 6. Idem idem Magdalena, capitn Martin Bertan, de Santomas. r; ; Idem idem Belencita, capitn Jos Gonzlez, de Mayages. ; .... 11. Idem holandesa Van Speyk, capitn David Gaert, de Curazao. 12. Balandra espaola San Juan, capitn Lorenzo Crison, de arribada 13. Bergantn idem Etelvina. canitan Antonio Seiriii. d LiVprnnnl 16. Goleta idem Esperanza, capitn Dionisio Hermina, de Santomas. J --"l'11"" vjvt, vjuii,ait, uc IUCIIJ. Balandra idem San Juan, canitan Lorenzo Crison. Ap. mhaA:- 2G. Goleta idem Esperanza, capitn Dionisio Hermina, de Mayages. balandra dem San Juan, capitn Lorenzo Crison, de Quebradillas. 30. Goleta dem Esperanza, capitn Dionisio Hermina, de Mayages. ' Salidas. t '. .'' V .ri Da 3. Goleta espaola Belencita, capitn Jos Gonzlez, para Mayages. ?; , 7- Jdem dem Sofa, capitn Juan Bautista Trilla, para Ja Capital. v ; 8. Idem dem Magdalena, capitn Martin Bertan, para Mayages. 1 10. Bergantn bremes Jerard Hermann; capitn Clausen,' para idem. : 1; Balandra espaola San Juan, capitn Lorenzo Crison,-para Quebradillas. ' 11. Goleta dem Belencita, capitn Jos Gonzlez, para Mayages. 2. Balandra dem San Juan, capitn Lorenzo Crison, para Quebradillas. fi holan1deT?a ,Van Speyk, capitn-David Garts, para Mayages. S tZ h 2elenTCIta caPitatt Jose-Gonzalez, paa idem.- fi r u i ,de?,-af1Jaan'. caPitan Lorenzo Crison, para Quebradillas. n 18, Goleta dem Magdalena, capitn Martii Bertan, para Mayaaes. - 51 1 T Kn ,U,em Bnl,ante' CaPilan Francisco Cibilspara Cuba. 24 fSlVmenyhrer' capitn Carlos Bayley, para Mayages. Bv"?1 Etlv na; caPitari Pedr0 Segui, paa idem. ; 0 Balandra ,dem San Juan capitn Lorenzo Crisonfpara Quebradillas'. 7. Goleta dem Formalidad, capitn Santiago Bosci, para Santomas. - y '- -4-it;'t ;' ':'-r c -r; ".vr'i l ' K "" ,i.r oii;.-..i ; s: ,. ,, ;. .: . i Imprenta del Gobierno, a cargo de D. Santiago Dalmu. |
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