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MEMORIAL QUE PRESENT 4/ EL MINISTRY DE OBRAS PUBLICAS A LAS CAMERAS LEGISLATIVAS EN SU REUNION CONSTITUCIONAL DE 1909 My?11A CARVA-A-S IM REkNT.A. N-A.OION&A.L MCI\1X -^ ^ FLE COPY Om1BUS HEMRIAL kIBRARt INTERNATIONAL BUREAU 'JUL 1i 1909 AMERICAN REPUBLICSI WASHINGTON, 0. 06 ULS.A. Honrado pior t is dztie la Republica, en zig de diciembre del a no;WA Ns'dk;co el cardcter de Minis- tro de 0 bras Pubicas, to.in Posesiwn del Deshacho el dia 21 del mismo mes. Coi'/ al1 card cter, y en acatamiento d un mandato legal, t4 od a' honra deabs cuenla, en la present Memoria, de las labores del ramo de mi cargo en el lap so del 20 mayo de 9go7 al jo de abril del ago en curso. Ciudadanos Senadores, Ciudadanos Dijputados . Venis d conslituir el primer Congreso de un nuevo regimen politico, lleno de iromesas halagadoras para el jialriotismo. Al4,resentaros mi respetuoso saludo os felicito, y hago volos muy sinceros ior que la PaIria derive todo el bien que ankela y eshera de vuestras deliberaciones, hoy mds trascendenlales que de ordinario. c?-4^ A rvm--,r C EXPOSICION CAPITULO I * Palacio de Hacienda y Credito Publico (CARACAS) En la exposici6n de la Memoria dirigida al Congreso del afio 1907 por mi antecesor, se os di6 cuenta de la construcci6n de este edificio, decretada con fecha 6 de marzo del mismo afio. Con- tiene aquella exposici6n una descripci6n detallada de la estructura del edificio en general, y de cada uno de sus departamentos. Ya al terminarse la construcci6n para fines de diciembre de aquel afio, dispuso el Presidente de la Republica, que se ejecutaran various trabajos complementarios de ornamentaci6n, y al efecto se aprob6 un presupuesto adicional, montante a la cantidad de 40.000 bolivares. Concluido totalmente el edificio, 6 fines de abril de 1908, y mientras se trasladaban a' el las oficinas a que estaba destinado, de- sign6se un empleado especial para su vigilancia y aseo. En enero del present afio se le dot6 de alumbrado el6ctrico, y fueron de- finitivamente instaladas en l61 las oficinas del Despacho de Hacien- da y Cr6dito Pfiblico, que hoy lo ocupan. El edificio en referencia satisface las necesidades que determi- naron su construcci6n, y es 6 la vez obra de utilidad y de ornato. Colegio de primera Categoria y Mercado pdblico de Independencia (ESTADO TACHIRA) Por Resoluci6n fecha 3 de enero de 1907 se dispuso erogar la cantidad de 160.000 bolivares con destino 6 la conclusion del Cole- gio de primera categoria, y del Mercado Piblico de Independencia, de lo cual se os di6 cuenta en la anterior Memoria de este Des- pacho. VIII EXPOSICIO6N Dicha suma fue puesta d disposici6n del sefnor Doctor Roman Cardenas, Ingeniero de las obras, en la Agencia del Banco de Ve- nezuela en San Crist6bal, para ser retirada parcialmente de con- formidad con la ejecuci6n de aquellas. SCon fecha 10 de enero de 1908, particip56 d este Despacho el referido encargado, Doctor Cardenas, que, agotada que fuese la cantidad de 160.000 bolivares, destinada d las obras puestas bajo su direcci6n, quedarian sin concluir algunos trabajos, para los cuales calculaba como presupuesto probable la cantidad de 30.000 bolivares, distribuidos asi: 18.000 bolivares para terminar el Mer- cado Pdblico y 12.000 para la construccion del edificio destinado al Colegio. El Gobierno se abstuvo de considerar aquella comunicacion, y fueron suspendidos los trabajos, quedando en poder del inge- niero Doctor C6rdenas, los uitiles, materials y herramientas, de los cuales este Ministerio ha pedido un inventario, mand6ndole 6 entregar en calidad de devoluci6n 6 la Junta de Fomento de San Antonio del T6chira, una parte de la herramienta. Lazareto de la Isla de Providencia (MARACAIBO), Por Resoluci6n fecha 5 de marzo de 1907 se dispuso erogar la cantidad de 135.000 bolivares, para trabajos complementarios de esta obra, en la que ya se habian invertido, para aquella fecha, 500.000 bolivares, 6a que alcanz6 el presupuesto primitive y 200.000 bolivares m6s, con los cuales qued6 la obra en las con- diciones en que fue inaugurada el 23 de mayo de 1906, enu- meradas en la Memoria anterior. La cantidad de 135.000 6 que he hecho referencia, se puso 6 disposici6n del ciudadano J. T. Colmenares, nombrado Director y Administrador de los trabajos, quien, con fecha 7 de noviembre de 1907, envi6 d este Despacho las cuentas finales y detalladas de la inversion de aquella suma, que merecieron la aprobaci6n del Gobierno. (Documentos 15 y 16.) Este edificio consta de 12 salones para dormitorios de 50 m. de largo por 8 m. de ancho, divididos en tres parties, con capa- cidad para 44 lechos. Limitada por ahora la construcci6n del edificio 6 ocho salones de la misma capacidad, s6lo hay espacio pisponible para 352 enfermos. OBR6S PUB ICAS IX Obras Publicas de Valencia (ESTADO CARABOBO) Por Resoluci6n de 12 de agosto de 1907 se dispuso la ero- gaci6n de B 100.000 para las siguientes obras en la ciudad de Valencia, capital del Estado Carabobo: Construcci6n de dos grandes salas en el Hospital de Cari- dad .. ............................... ... ... B 20.000 Reconstrucci6n y refacci6n del Colegio Nacional de Niias ............................................. 60.000 Refacci6n del Teatro Municipal................ 20.000 En la misma Resoluci6n se dispuso que la expresada can- tidad de B 100.000 fuera entregada en porciones quincenales de B 10.000 por la Agencia del Banco de Venezuela en Valencia, a la Junta de Fomento nombrada al efecto, compuesta de los ciuda- danos Doctor Samuel E. Nifio, Secretario del Gobierno del Estado, General Obdulio Bello y Pedro Francisco del Castillo. (Do- cumento ndmero 1.) Constituida la Junta, entr6 en actividad comenzando por la compra de una casa con destino A la construcci6n del edificio para Colegio Nacional de Nifias. Por telegrama de la Junta, fecha 6 de diciembre del mismo afio, tuvo conocimiento este Ministerio de la terminaci6n de los trabajos del Colegio Nacional, del Tel6grafo, de-la Imprenta del Estado y del Correo y de la instalaci6n de la oficina telegrdfica y de la Imprenta del Estado en el antiguo edificio que ocupaba el Colegio Nacional, preparado al efecto. En el mismo telegrama pidi6 el Presidente de la Junta que se le autorizara para la inauguraci6n y formal entrega de dichas obras el 1 de enero de 1908 inmediato. Concedida la autorizaci6n, previa orden del Presidente de la Repiblica, fueron inauguradas las obras d que vengo refirikn- dome y estdn desde aquella fecha sirviendo d los fines para que fueron construidas. En atenci6n a que desde marzo de 1908 no recibe el Minis- terio noticia alguna de la march de las demds obras de Valencia, se procedio a la creaci6n de nueva Junta compuesta de' los ciuda- danos General Jose Antonio DAvila, Ernesto L. Branger y Leo- 11-0. P. xXPOSICION nardo Garcia, que recibird de la Junta extinguida las cuentas y existencias que esta tenga en su poder provenientes de aquellas, y los fondos de la misma procedencia. Casa de las Carmelitas (CARACAS) Esta casa, adquirida por el Gobierno Nacional para trasladar d ella las oficinas del Despacho de Hacienda y Credito Piblico, mientras se construia el edificio de que se os di6 cuenta en la Memoria anterior, tuvo necesidad de varias reparaciones impor- tantes. Hechas estas reparaciones que alcanzaron 6 la cantidad de 100.000 bolivares, 6 instaladas ya en dicha casa las oficinas del Despacho de Hacienda y Credito Publico, se invirtieron 1.600 balivares m6s, en la construcci6n de una escalera que pusiera en comunicaci6n el Despacho del Ministro con la parte baja del edificio. Posteriormente, en enero del present afio, dispuso el Go- bierno Nacional que se trasladaran 6 dicha casa las oficinas del Ministerio de Guerra y Marina, que hoy la ocupan. Esto hizo necesarias varias reparaciones, y al efecto fueron aprobados dos presupuestos montantes d 306 bolivares uno y a 627,76 el otro. Arco de la Restauracion (CARACAS) En cumplimiento de un Acuerdo Legislativo fecha 16 de agosto de 1905 y por disposici6n del Presidente de la Republica, General Cipriano Castro, dispuso este Ministerio en Resoluci6n de 8 de julio de 1908 la erecci6n en esta capital de un Arco de triunfo conmemorativo de la Restauraci6n Nacional, designando al efecto el Boulevar Sur, entire el Capitolio Federal y el Paraninfo de la Universidad, y disponiendo todo lo relative 6 la cabal reali- zaci6n de la obra. (Documento nfimero 17.) Con fecha 16 del mismo mes y en atenci6n 6 que el lugar designado para la erecci6n del Arco en la mencionada Resoluci6n result estrecho, se resolvio que aquel fuera erigido en el punto X i OBRAS PUBLICAS XI donde se bifurca la Avenida Castro, 6 sea en el extreme oriental del tridngulo que forman la Avenida Castro y la Avenida del Paraiso y la nueva calle que une las dos Avenidas. (Documento nilmero 8.) Por Resoluci6n del 1? de setiembre del mismo afio se nombr6 un Jurado compuesto de los sefiores Ingenieros Jesus Mufioz Tebar, Roberto Garcia y German Jim6nez, y ciudadanos Antonio Herrera Toro, Director de la Academia de Bellas Artes, y Fran- cisco Azerm, Director de la Escuela de Artes y Oficios, para juz- gar de los m6ritos cientificos y artisticos de los proyectos que se presentaran en el concurso abierto al efecto. (Documento nui- mero 9.) El Jurado cumpli6 su cometido y el Ministerio aprob6 un informed y presupuesto presentado por el arquitecto Doctor Ale- jandro Chataing, quien fue uno de los autores del proyecto premiado. En diciembre de 1908, razones de un orden superior, de- terminaron la suspension de los trabajos del Arco d que he venido refiri6ndome. Los documents del nuimero 7 al nimero 14 contienen todo lo relative 6 esta obra. Cuartet de Policia (CARACAS) En atenci6n A la falta absolute de un edificio apropiado por su situaci6n y estructura para alojar el Cuerpo de Policia de esta capital, dispuso el Presidente de la Repiblica adquirir una espa- ciosa casa inmediata al Palacio de Gobernaci6n y Justicia, para construir en el area de aquella el edificio a que me refiero, descrito detalladamente en la Memoria que os dirigi6 mi antecesor, y cuya proximidad al referido Palacio facility el servicio policial que la Administraci6n de Justicia ha menester frecuentemente. Concluido el edificio A principios de junio del mismo aio de 1907, y dotado de todo lo necesario d la cabal satisfacci6n de ]a notoria necesidad arriba anotada, se encuentra desde aquella fecha ocupado por el Cuerpo de Policia. XII 1 EXPOSICI6N Escuela Modelo (CARACAS) Con destino a una Escuela Modelo dispuso el Presidente de la Repiblica la reconstrucci6n de un edificio en ruina, de propie- dad national, adyacente al tempo de la parroquia de San Juan, de esta ciudad. Al efect6 se aprob6 un presupuesto del Ingeniero J. M. Ibarra Cerezo, montante 6 la cantidad de B 32.000, para las obras, que estk.n actualmente en ejecuci6n. Resguardo de La Guaira (NUEVO EDIFICIO) En atenci6n d que el edificio destinado a las oficinas del Res- guardo del Puerto de La Guaira, se hallaba notoriamente inser- vible, tanto por los deterioros sufridos, como porque las obras, construidas posteriormente 6 su fabricaci6n por la Corporaci6n del Puerto de La Guaira, lo habian dejado en situaci6n inade- cuada d su objeto, pues lo ocultaban a la vista del Puerto, se dispuso la construcci6n de un. nuevo edificio, y al efecto fue aprobado con fecha 30 de octubre de 1908, un presupuesto pre- sentado por el Doctor Rafael S. Sordo, montante d la cantidad de 51.533 bolivares para la construcci6n del nuevo edificio en referencia, y reparaciones del antiguo, sin incluir el cemento que fuera necesario para aquella, e inmediatamente se procedi6 6 su ejecucion. Concluida la obra d mediados del mes de marzo del present anio, se comision6 para recibirla al Ingeniero Juan S. Serrano, quien con tal objeto se traslad6 a aquel Puerto e inform a este Despacho del estado y condiciones de aqu6lla. El costo total de este edificio alcanza a 57.933 bolivares, dis- tribuidos asi: 51.533 en efectivo y 6.400 en cuatrocientos barriles de cemento. Entregada la obra al Gobierno, fuW puesta 6 la disposici6n del ciudadano Ministro de Hacienda, quien a su vez se dirigi6 al PLANT DEL BAJO RESGUFRDO DE LqI GUAIIRA FACHADI ESCALA: .001=1." CORREDORES PLANT DEL (ILTO OURAS PFJBRLICAS XIII ciudadano Administrador de ]a Aduana de La Guaira, para que tomara posesi6n de ella y dispusiera lo pertinente d fin de que comenzaran cuanto antes A servir a sus fines. Casa Municipal y Cuartel de Policia de Barquisimeto (ESTADO LARA) Por Decreto Ejecutivo de 30 de setiembre de 1908, se dispuso la erogaci6n de 40.000 bolivares para la construction, en la ciu- dad de Barquisimeto, de un edificio destinado d Casa Municipal y Cuartel de Policia. La expresada cantidad fue puesta A disposici6n del ciudadano President del Estado Lara, encargado de disponer todo lo concerniente fi la direcci6n y administration de la obra, en la Agencia del Banco de Venezuela en Puerto Cabello, para ser retirada proporcionalmente al adelanto de los trabajos. En vista de que hasta el comienzo del mes de marzo del present afio e3te Daspacho no habia recibido informed alguno sobre la march de la referida obra, de conformidad con el Decreto que la orden6, ni sobre la inversion de los fondos, como lo dispone la ley sobre la material, se dirigio un telegrama al Presidente del Estado Lara reelamando el cumplimiento de aquellos requisitos. En respuesta a esta gesti6n de! Ministerio, el referido Presi- dente del Estado Lara dijo que enviaria los informes y cuentas pedidas. CAPITULO II Con motive de la epidemia reinante iltimamente en el puerto de La Guaira, se dispuso un examen general de las cafierias y cloacas de los cuarteles de esta ciudad, y las reparaciones mds necesarias a la higiene y aseo de aqu6llos, y al efecto se orden6 la erogaci6n de la cantidad requerida y su administraci6n direct por este Ministerio. (En la cuenta general de la Contabilidad de este Despacho hallar6is ia relaci6n de lo invertido). Cuartel de El Hoyo (CARACAS) Se le repararon convenientemente los techos; se le hizo una limpieza general de la cloaca y sus ramales, y composici6n de la pila principal. Para mejorar el servicio y condiciones higi6nicas de ]a cloaca Norte, que atraviesa la calle Oeste 12, frente al Cuartel, se proeedi6 d su empotramiento en la que baja por la calle Sur 8, d desaguar en el Colector. (Documento nimero 22). Cuarteles de San Mauricio y El Mamey (CARACAS) En estos cuarteles se hicieron las reparaciones siguientes: en el de San Mauricio, composici6n de los techos y azoteas, y limpieza de las caierias y excusados, y en el de El Mamey, cloaca, bajantes y cubierta del pavimento que cubre Ai aquella. (Documento nd- mero 22). OBRAS PUTBLICAS Cuartel San Carlos (CARACAS) Varias erogaciones se han hecho con destino a6 mejoras en este edificio, 6 saber: reparaciones en la tuberia, desagties y excusados; y, dltimamente se aprob6 un presupuesto (Documento numero 26) para la construcci6n de dos nuevas cuadras y cuatro garitas, que dieron ensanche al edificio. Agotado el presupuesto primitive, hubo necesidad de erogar otra suma para la ejecuci6n de various trabajos adicionales comple- mentarios de las obras interiores. Cuartel Anzoategui (VALENCIA) Las reparaciones hechas en este cuartel han sido: transforma- ci6n total de las letrinas adapt6ndolas 6 un sistema especial que permit asearlas diariamente; reposici6n de planchas y viguetas; remiendos y pinturas en las paredes, y composici6n del piso. Terminados estos trabajos, y considerada innecesaria la com- pra de la casa anexa al Cuartel, 6 que se refiere la Resoluci6n por la cual se dispuso (Documento nuimero 25), el Doctor R. Nufiez Cd- ceres, Ingeniero, autor del presupuesto y director de los trabajos, reintegr6 6 la Tesoreria Nacional la cantidad destinada d dicha compra. Actualmente se construyen en el Cuartel d. que vengo refiri6n- dome, y bajo la direcci6n del Ingeniero del Estado Carabobo, ba- iios y excusados, conforme al presupuesto aprobado. Cuartel de la ciudad de Barquisimeto A B 5.951, mAs cuatro barriles de cemento, alcanz6 el costo de las reparaciones hechas 6 este cuartel, y confiadas al Maestro Pedro Virgdez, autor del presupuesto, bajo la inspecci6n del ciuda- dano Comandante de Armas. (Documento nuimero 27). XVI EXPOS1CIC6N ________ Cuartel de Ciudad Bolivar Hecha la reparaci6n de los pisos, para lo cual se erog6 la cantidad de B 573,50, se dispuso recientemente, con fecha 4 de febrero del present aio, la reparaci6n total del edificio, cuyo pre- supuesto aprobado, mont6 d la cantidad de B 26.835. Para la direcci6n y administraci6n de los trabajos se cre6 una Junta de Fomento, que dard cuenta d este Ministerio del resultado de aqu6- llos. Fortaleza Sani Carlos (MARACAIBO) Los trabajos emprendidos en esta Fortaleza, y de los cuales se os di6 cuenta en la Memoria anterior, estdn actualmente sus- pendidos. El senior Ingeniero German Jimenez, comisionado para estu- diar y juzgar las obras ejecutadas, di6 cuenta, en el informed respective, del adelanto y condiciones de aqu6llas. El Faro y las Fortalezas El Vigia y San Carlos (LA GUAIRA) El 18 de julio de 1907 se dispuso la erogaci6n de B 1.000, (Do- cumento ndmero 21), montante del presupuesto aprobado para reparaci6n de los excusados de El Vigia y El Faro, llevada d efec- to entonces; y por Resoluci6n de 13 de diciembre del mismo afo (Documento nimero 23), se dispuso tender d reparaciones de mayor importancia y trascendencia que de tiempo atrds reclama- ban El Faro y las Fortalezas El Vigia y San Carlos, incluyendose aquellas reparaciones en la citada Resoluci6n, que contiene tam- bi,6n la aprobaci6n del presupuesto presentado al efecto, por el senior Doctor R. Ndnez Cdceres, encargado de la ejecuci6n de los trabajos. El presupuesto alcanz6 a la cantidad de B 30.000, y los trabajos fueron ejecutados a entera satisfacci6n del Gobierno. OBRAS PUBLICAS XVII Cuartel Nacional de Maracaibo Las reparaciones de este edificio, confiadas al Ingeniero Au- relio Beroes, por Resoluci6n de 8 de diciembre de 1908, fueron ejecutadas d entera satisfacci6n, y su costo alcanz6 d la cantidad de B 5.612, montante just del presupuesto aprobado. (Documen- to nimero 28). Cuartel de La Victoria Los trabajos estdn suspendidos y no ha habido otra gesti6n del Gobierno Nacional de que daros cuenta, respect 6 esta obra, que la reorganizaci6n de la Junta de Fomento. (Documento nfimero 24). III-0. P. *. 5 .- ? CAPITULO III Puente sobre el Guarapiche (ESTADO LARA) Estando el material de hierro de este puente en el lugar de su destino y agotada la suma primitive destinada para su erec- ci6n, el Gobierno dispuso con ese fin una nueva erogaci6n mon- tante d la cantidad de B 35.000. (Documento ndmero 29.) Reanudados los trabajos que habian sido suspendidos espe- rando la estaci6n del verano, se encuentran ya terminadas las dos pilas principles y en construcci6n los andamios para el montaje de la obra de hierro. (Documentos nimero 30 y 31.) Ultimamente, el Ingeniero encargado de los. trabajos parti- cip6 A este Ministerio haber contratado 10 obreros practices y especiales y haber traido de Trinidad 2 fraguas para carbon, motones, martillos y demds litiles de remachar platinas, pernos, clavos, barrenas, toldo de lona, pintura, mecate, mollej6n, ce- mento, todo para proceder d terminar la montura del puente, aprovechando el verano. Puente Bolivar (ESTADO FALCON) Con destino a la reconstrucci6n de este puente, que se habia derrumbado, y por disposici6n del Presidente de la Repfiblica, se orden6 a la Junta de Fomento del Acueducto de la ciudad de Barquisimeto que atendiera a dicha obra con los fondos del product mensual de aqu6l en los meses de setiembre, octibre, noviembre y diciembre del afio de 1906 y enero, febrero, marzo y abril de 1908, lo que mont6 a la cantidad de B 14.400, con la cual se ejecutaron, ademds de la reconstrucci6n del puente, las de dos ealles anexas 61l. MINISTER DE OBRAS PUBLICS PROYECTO DE PUENTE SOBRE EL RIO GUARAPICHE ELEVACION >1 NIVEL MAXIMO TERRAPLEN DEL SUR ^-4 "- 1 -i T T T r { I t I I i 1 1 i T 7 T r Si '' !'' I i i i i I ] L l 1 ; i i i ' .* '^^ ^ ' 1 1 i i I 1 1 [ VI -f I 'W i I 1 I ', STRABAZONINFERIOR TRABAZONSUPERIOR ESCALA: 1:400 DIAGRAM\ ya el( mental superior - - -- --- - Ii I '-.. a \ ^'f- \ ^ \ ''"/ ..__\L'_ Ca /,5 (0 p jj j,' /i .cizatr iL, Iie s e1 (z U I/: ,L, x .' 6'() 1,)'0.> 01 V." 1 < I I 7 1a 1i 1 11 Ue U. *' -4 A (1. ul/0-f b 11. id id. id. ..U '< /). ,~ O l)U)4 id id. 1. )24 0.U() U 4 C Id. d id. id. l x 0.06l 5 xv 0 i.(do< d. id. o. 524 x JO.(l 1 . / ; -- -- ._.-- - ------ .. .-. -_--r----. - ^ - ----, ,- \'K U -7 '/ "\ \ -7 / \\x x .V ... ... .. .... . ... .. ;. ,,10 .! Vi elemental inferior i za d 2 i'i. W.2 J x i)i, St1 it 'O i f 00' j" x0 0x 1 ;ii. , ' ,\ V 1 -. - ----a-- I-- - ~- --*.-- -.-----,-- ~ ~ - - / *1 .- 'S. -S N 'I ,. -lft~ -. I I;. 'I I ;~i Fi C IN4 N irA E Ei DEjiEIA DEL STADO BFPA1MIDE Z 8. MILA UE. LA ROCA -. - 'S ESCALA: 1:100 PEDRO HERRERA VEGAS U il IMI U TERRAPLEN DEL NORTE --- ^ -- --- = --- --- ^ ---- S, --- --- ^ ----J: i -~ - -~ -N N-> w ~ N. - " OBRAS PUBLICAS XIX Puentes de hierro sore los rios Lobaterita y La Blanca (ESTADO TACHIRA) Concluidos estos puentes, d que se hizo referencia en la Memoria anterior, y puestos al servicio del publico, rindi6 la Junta encargada de su construcci6n la cuenta correspondiente, la cual arroj6 un saldo favorable al Gobierno, montante a la cantidad de B 5.000, que se dejo en poder de dicha Junta para ser invertida en la conservaci6n de las mismas obras. Puente Restaurador (CARACAS) Derrumbada la cortina que sostenia la calzada de este puente en su cabecera nordeste, en una extension de cuarenta metros, el Gobierno dispuso su inmediata reparaci6n, para lo cual se erog6 la cantidad de B 14.139. Puente PAez (CARACAS) A este puente se le repararon convenientemente las barandas y se erog6 para ello la cantidad de B 1.540. (Documento nii- mero 96.) Puente de La Trinidad (CARACAS) EncontrAndose el muro de sostenimiento entire este puente y el Puente Paez, socavado en su base y con varias grietas, se proeedi6 A su inmediata reparaci6n erogando para ello la suma de B 1.750. (Documento numero 95.) XX BXPOSICI6N Puente Sucre (CARACAS) Para la reparaci6n de este puente contribuy6 el Gobierno Nacional, en fecha 6 de agosto de 1908, con la cantidad de B 2.000, la cual fue mandada a pagar por la Tesoreria Nacional :. a la Administraci6n General de Rentas Municipales, por estar a cargo de la Gobernaci6n del Distrito la reparaci6n de dicha obra. '4" MINISTER DE OBRAS PUBLICAS 1. z 0 P E T SU R I PENTE UI I I :",: I [+K ' i ' PORTACHUELO ' // ! N^ ~ ~\ !\\, S' PERFIL LONGITU[ \ \CON EL REBAJO HASTf L.IN. RA5ANTE : L'Y FEND [\. i17 i ii ..I )INAL iENTE MAXIMFi ES DE 5 :, I, ii :1 II I I I I i i I III II OEMENTERIO ' I I:"',. -- II^ I .11ag~asagicsjaa~as' || ___t______ j ____________________________ -V L -L - -- -- -- O0 1 - - - ------ -- --- -.--,.. -,' ,-,, _- '-t, , A 0 . .. A- A- ,-L ,-L A-. f-K .. 300 400 0.0o toO 7o00*000eo 0 0040 0 0 0 0 0 0 00hco20 EL RINCON AVENIDA DEL ,, PUENTE SUCRE ANLLA PALOCERat . AL CEMENTERIO . ESTAGCON CARACAS l PLANO 4~ *0. 7- Y Zi 4; 4t 04, a a 0- A d MINISTERIO. DE OBRAS PUBLICAS PORTACHUELO.--Trabaios dq banqueo para la Avenida del PuenteSucre al Cementerio.-Marzo 1909, MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS U PORTACHUELO.--Trabajos de banqueo para la Avenida del Puente Sucre al Cernenterio.-Marzo 1909. MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS PORTACHUELO.--Puente para e Paso de la Acequia.--Marzo 1909. MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS t. Piedra picada para el Macadams.--Marzo 1909. K 4.i'-'' . If CAPITULO IV Avenida del Puente Sucre al Cementerio del Sur Ordenada la ejecuci6n de esta obra por Resoluci6n fecha 1 de diciembre del afio pr6ximo pasado, nombrando al efecto una Junta de Fomento encargada de la direccion y administraci6n de los trabajos, con una asignaci6n semanal de B 5.000, se di6 co- mienzo 6 ellos. (Documento nuimero 32.) Dicha Junta estuvo actuando en el ejercicio de sus funciones hasta 12 de marzo del present afio, fecha en que fue extinguida, ordendndose la continuaci6n de aquellos bajo la inmediata ins- pecci6n de este Ministerio. En las obras ejecutadas en esta Avenida y para facilitar mejor la expedici6n de los trabajos, se hizo necesaria la cons- truccion de un puente elevado para dar paso de un extremo 6 otro a la acequia Espino, erogdndose con tal fin la cantidad de B 1.248,10. (Documento nimero 127.) Pavimento de las calls de Caracas por el sistema de concrete Calle frente al Palacio de Hacienda y Credito Publico Concluido este edificio, se hacia necesaria la convenient composici6n del pavimento y aceras de la calle que se extiende 6 su frente, y al efecto se procedi6 A la pavimentaci6n por el sistema de concrete y al encimentado de las aceras. En el cua- dro de la cuenta general de la Contabilidad ver6is lo erogado por tal respect, EXPOSICI6N Calles del Sordo hasta La Cochera y de Las Carmelitas hasta las Dos Pifitas En la Memoria anterior se os di6 cuenta del comienzo de los trabajos y del gasto hasta la fecha de la cuenta, en estas calls, del todo concluidas. Lo erogado desde aquella fecha hasta su terminaci6n figure en el cuadro respective. Calle de Salas & Las Mercedes y de aqui hasta Tienda Honda El pavimento de estas calls fue contratado en una extension de 1.071 metros cuadrados al precio de B 10,50 el metro, siendo su costo total de B 11.245,50. (Documento numero 37.) Junta de Fomento de las calls de Caracas Con fecha 15 de diciembre del aio pr6ximo pasado, fue ciea- da una Junta de Fomento 'a cuyo cargo correria la direcci6n y administraci6n de los trabajos de construcci6n y reparaci6n de las calls de la capital, asignando al efecto la cantidad de B 4.000 semanales. (Documento nimero 33.) Esta Junta fue extinguida con fecha 1 de febrero del pre- sente aio (Documento numero 38), habiendo rendido cuenta d satisfacci6n del Gobierno y reintegrado el saldo favorable de B 7.081,30 que quedaba en su poder y el cual fue depositado en la Tesoreria Nacional para ser invertido en las mismas obras, que continuaron Ai cargo de un Director-Aministrador, bajo la in- mediata inspecci6n de este Ministerio. Los trabajos ejecutados desde la fecha de la creaci6n de la Junta hasta el present, son: Pavimento de concrete: Mijares a Altagracia, Santa Capilla a Veroes, Mijares A Jesuitas, Mijares Ai Las Mercedes, Principal a Santa Capilla, Santa Capilla a Las Carmelitas (media cuadra), Chorro al Doctor Paul, Callej6n de Penichez. XXII ORAS PUBLICAN Aceras de cemento: Puente Miraflores 6a Callej6n, Socorro 6a San Ramon y 6a La Crucesita, Puente de la Trinidad 6a Luneta de La Merced, Pastora 6 Torrero. Empedrados: Caja de Agua 6 Guan6bano, Amadores 6 Urapal, calle Sur y Este de la Plaza de La Pastora, y calle Norte y Oeste de la Plaza de La Pastora. Avenida de El Paraiso Prolongacidn de la Avenida hacia La Vega Para el riego, vigilancia y progress de las plantaciones de esta Avenida, se tuvo asignada una cantidad semanal hasta el mes de febrero del present ano, en que por disposici6n del Go- bierno fue puesta bajo la jurisdicci6n de la Gobernaci6n del Dis- trito Federal, habi6ndose erogado ademds, en el mismo mes, para su mejor servicio, la cantidad de B 4.732,25 por valor de tuberia y su colocaci6n 6 instalaciones de riego. Nueva Avenida de El Paraiso hacia la caretera de Antimano y Palo Grande Fue ordenada la apertura de esta nueva Avenida, partiendo del punto donde hoy terminan las aceras de cemento de la Pro- longaci6n de la Avenida El Paraiso hacia La Vega y enlazando con la carretera de Antimano hasta Palo Grande. (Documento nuimero 34.) Hechos los studios preliminares y avaluados los terrenos de particulares que ocuparia la Avenida, para su debida expropiaci6n, se di6 comienzo 6 los trabajos. Estos fueron suspendidos en el mes de febrero del. lresente afio, habiendose gastado en lo hecho, inclusive sueldo del Inge- niero encargado de la obra, la cantidad de B 3.712,75. xmmII XXIV EXPOSICI6N Plaza Ribas y Campo .Elias (LA VICTORIA) La instalaci6n del alumbrado por gas acetileno en estas pla- zas ocasion6 el gasto de B 1.454,10, para la compra de tuberia con sus respectivos accesorios. Plaza principal del Municipio Tucupido Por iniciativa de la autoridad civil, Presidente de la Muni- cipalidad y cura parroco de esta localidad, tuvo d bien el Gobierno Nacional acceder la solicitud dirigida d este Ministerio relative ]a cerca de dicha plaza y al efecto se erog6 la cantidad nece- saria con tal fin y se dieron las demds disposiciones del caso. MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS PLANO TRANVI(I 2842 ESCALA 2 1000 A^ .) ----- CUEDUCTO NMALECON 1d0 OBRAS COMPLEMENTARIAS DEL PUERTO CRISTOBAL COLON G. JIMiNEZ, ESCALA 2 100 /y - - f I ', L 'I - ; ;' I I K I \ rjpi II[1 .: !; 1 J I\ /, SECC/ON TRANSVERSAL DEL MUELLE TECHO SOBRE ELMALECON BAJO PLANT F- - ~J I II ESCALA 1=100 ^. 'C CAPITULO V Puerto Cristdbal Colon Las obras de este puerto continuaron bajo la direcci6n del Ingeniero J. M. Ibarra Cerezo, (Documento ndmero 43) hasta el 11 de julio de 1907, fecha en que fueron suspendidos los trabajos, y comisionado el Ingeniero Doctor German Jimenez para. su exa- men y studio detallado. (Documento nfimero 45). En vista del minucioso informed del mencionado Ingeniero Doctor Jim6nez, y atendiendo d indicaciones suyas, derivadas del referido studio (Documento nimero 44) se dispuso la terminaci6n del muelle limitdndola A la 2' Secci6n, y reduciendo esta d cien metros de los cuales faltaban para aquella fecha 44, y encomen- dando la obra al Ingeniero J. M. Ibarra Cerezo (Documento niu- mero 45). Para el 17 de febrero de 1908 estaban concluidos los 44 metros y entregados por orden de este Ministerio al ciudadano Adminis- trador de la Aduana del puerto, asi como la existencia de ma- teriales y herramientas que quedaron, pertenecientes 6 la obra, mediante un inventario suscrito por el Administrador y el Inge- niero, Doctor Ibarra Cerezo. Mas adelante, con fecha 15 de mayo del mismo anio, se dic- taron dos Resoluciones (Documentos nimeros 51 y 52) ordenando la construcci6p de nuevas obras bajo la direcci6n del Doc.tor A. Chataing. En ejecucion estas (Documentos nuineros 53, 54, 55 y 56) el Gobierno envi6 al Doctor German Jimenez a encargarse de su terminaci6n, por llamamiento del Doctor A. Chataing, 6. esta ciudad. Las obras de Crist6bal Col6n, que eran: conclusion del muelle y sus defenses, anclaje de las boyas, y construction del camino de los edificios de la Aduana y almacenes al muelle, continuaron Jv--o. P. kiVxl B^POSICi6N sin interrupci6n hasta su t6rmino. Habiendo pedido el Gobierno el piano y presupuesto de las demas obras complementarias e indispensables para el mejor servicio del puerto, estos fueron elaborados por el Doctor German Jimenez y reposan en este Ministerio hasta que el Gobierno resuelva lo que crea conve- niente. Muelle de Carupano En la Memoria anterior se os did cuenta del contrato cele- brado con el senior Julio Bescanza, para la construcci6n de este muelle. Posteriormente, el contratista, en nota dirigida f este Despacho, solicit permiso, y le fue concedido, para tras- pasar a la Compaiia An6nima "Muelles de Puerto Sucre," todos los derechos y obligaciones adquiridos por su contrato. (Docu- mento nimero 57.) En conocimiento el Gobierno de que en dicho puerto se cobraba el impuesto de muelle por la tarifa estatuida en el contrato, sin haberse procedido d la construcci6n de las obras contratadas, orden6 que mientras no estuviere c6ncluido del todo el muelle, la tarifa que debia regir era la que antiguamente cobraba la Municipalidad del lugar. (Documentos nfimero 58 y59.) Con fecha 5 de diciembre de 1908 fue comisionado para que se trasladara al puerto de Cardpano y rindiera un informed acerca del estado de la obra, el Ingeniero Doctor Luis Julio Blanco, quien desempefio6 cabalidad su cometido. Obras de Puerto Sucre (CUMANA) En la misma Memoria citada se os impuso de que este contrato fue traspasado fa una Compafia An6nima, la cual, con fecha 15 de mayo de 1907, notific6 d este Ministerio haber xecibido, 'en su carrcter de cesionaria del senior J. M. Iturbe, el muelle y demas obras construidas, en virtud del con- trato celebrado con el senior Miguel Alvarado Mendoza, en 3 de abril de 1906, y que aquellas estaban ya concluidas y puestas al servicio del pfiblico. OBRAS PUTBLICAS Ademds, se os dijo que el Gobierno se ocupaba de consi- derar varias quejas recibidas 6 prop6sito de la aplicacion de la tarifa de impuestos, asunto que fue solucionado reglamentando el cobro de aqu6llos. (Documento nuimero 60.) Tambi6n se hizo necesaria la acci6n del Gobierno para poner t6rmino d una desavenencia entire la Empresa del Muelle y la Compaiia An6nima de Sales, con motive del impuesto que esta illtima debia pagar por la sal que desembarcara en Cumana, proce- dente de la misma jurisdicci6n del puerto, haciendo uso del mue- lle 6 no, y la que embarcara para otros puertos de la Repfiblica. La decision del Ministerio, tomando en cuenta los intereses de ambas parties, fue just y equitativa. En 13 de enero del present aio fue nombrado el Inge- niero Carlos A. Martinez, en comisi6n especial d Cumana, para el studio de las obras del Puerto y ejecuci6n de algunos tra- bajos de cardcter urgente. En consecuencia, por Resoluci6n del 18 del mismo mes, se aprob6 un presupuesto montante 6 la cantidad de B 5.918 (Docu- mento nimero 62) para la construcci6n en dicho puerto de un de- p6sito de mercancias. Este fue concluido con fecha 15 de marzo del mismo afio y mandado 6 entregar al ciudadano Administrador de la Aduana, para su servicio, ordenando al mismo tiempo al In- geniero C. A. Martinez, que de regreso 6 6sta hiciera el sondaje en las Salinas de Araya y rindiera 6 este Despacho un informed con todos los datos correspondientes 61l, como tambi6n visitar el edificio de la Oficina de la Administraci6n de dichas Salinas 6 indicar las reparaciones que fuera de necesidad hacerle. Dicho Ingeniero rindi5 cuenta de su cometido, pero 6 este respect no hay hasta la fecha determinaci6n alguna de que daros cuenta. Muelle y Caleta de Maracaibo El Gobierno Nacional celebr6 en 21 de diciembre de 1892 un contrato, que fu6 modificado en parte por Resoluci6n Ejecutiva de 2 de julio de 1895, para la construcci6n en el Puerto de Maracai- bo de Muelles y Malezones, y las obras anexas 6 los Muelles que fueren necesarias, y un edificio propio para el despacho de la Aduana y Resguardo, todo de acuerdo con especificaciones conte- nidas en el contrato, y con el piano hecho al efecto. Este con- XXVII XXVIII EXPOSICi6N trato mereci6 la aprobaci6n del Congreso Nacional, y fuN elevado a Ley de la Republica en 19 de mayo de 1896. La fecha fijada para la conclusion de las obras, fue el 15 de enero de 1898; pero por ]a citada Resoluci6n, fecha 2 de julio, que lo modified, se concedi6 un aio mas, lo que fij6 como fecha para la conclusion el 15 de enero de 1897. El 17 de octubre de 1896 se concedi6, A los contratistas un aio mAs de pr6rroga, fijAndose definitivamente para ]a conclusion de las obras el 15 de enero de 1898. En fecha 28 de febrero del mismo afio, en cuenta el Gobierno Nacional de que la Compafia constractora daba por terminadas las obras contratadas, se dict6 una Resoluci6n por la que se de- sign6 para recibirlas una comisi6n compuesta del Presidente del Estado y el Administrador de la Aduana de Maracaibo, quienes suscribieron un acta en la que hicieron constar el recibo del edi- ficio destinado A la Aduana y demas obras contratadas, previa confrontaci6n con los pianos presentados por la Compaiia, y el resultado satisfactorio, a juicio de los experts, llevados al efecto, seniores Manuel S. Montero y Rail Cuenca, Ingenieros. Confiado el Gobierno en estos testimonies di6 por cumplida la parte que en el contrato correspondia A la Companiia, y entr6 esta en el pleno goce de sus derechos, ejerci6ndolos ampliamente, a la vez que defraudabada los intereses del Gobierno Nacional confiado, como se ha dicho, en los precedentes enunciados. Por tales motives, y en vista del Informe del Ingeniero desig- nado al efecto, se dict6, con fecha 14 de enero de 1908 una Reso- luci6n declarando insubsistente el contrato celebrado por el Eje- cutivo Nacional con el Doctor Alejandro Andrade como represen- tante de otras varias obras en el puerto de Maracaibo; y reservAn- dose nombrar los experts, que, en uni6n de los que nombrara la Compafiia, procedieran a efectuar el inventario y avalio de los referidos edificios, con el fin de determinar su valor intrinseco y deducir el montante de las indemnizaciones A que diera lugar la falta de cumplimiento por parte de la Compafia. (Documento nfimero 64). Presentado a este Ministerio el resultado de la experticia con fecha 4 de junio del afo mencionado, entr6 el Gobierno A tratar los particulares del caso con el senior Doctor Alberto Es- trada, Apoderado de la Compafia para representarla en todos los actos que determinaran el resultado de esta controversial. En consecuencia se celebr6 un convenio en que la Compafifia "MIuelles de Maracaibo" reconoce al Gobierno Nacional uinico y OBRAS PfTBLICAS pleno propietario de las obras y edificios que 611a construy6 en el Puerto de Maracaibo, asi como tambien otros particulares que le transfieren domino al Gobierno; y este por su parte entreg6 d la dicha Compafia, representada por el senior Alberto Estrada (B 240.000) por los cuales se declare la Compania satisfecha de todos los derechos que reconocia procedentemente al Gobierno Nacional y de los derechos que d ella reconocia la citada Reso- luci6n del 14 de enero ya mencionada, como tambien declare que no tiene contra el Gobierno Nacional ningin reclamo derivado del asunto que es material del precitado Convenio y de la citada Resoluci6n de 14 de enero. Los documents originales de esta transacci6n fueron pasa- dos al Ministerio de Hacienda, para ser incorporados al Ramo de Bienes Nacionales. Con fecha 20 de mayo de 1908 se erogo la cantidad de B 1.000 para la construcci6n de excusados para la Caleta del servicio de este puerto y con fecha 8 de julio del mismo se apro- b6 un presupuesto montante 6 la cantidad de B 9.120, para la reconstrucci6n y repa:aci6n de las pilas del muelle, corriendo di- cha ejecuci6n 6 cargo del Ingeniero Aurelio Beroes. (Documento nimero 65.) Estos trabajos fueron ejecutados; y m6s adelante, por 6rgano del Ministerio de Hacienda, se hicieron otros trabajos bajo la di- recci6n del ciudadano Administrador de la Aduana, cuyo valor alcanz6 6 la cantidad de B 3.455 la que fue mandada 6 erogar con tal fin. Muelle de Ciudad Bolivar Con fecha 20 de agosto de 1907 celebr6 el Gobierno Nacio- nal con el ciudadano Doctor Rafael S. Sordo un contrato para la construcci6n de un muelle corredizo flotante, de hierro y madera, en el Puerto de Ciudad Bolivar, en el rio Orinoco. (Documento nilmero 63). Ain no se ha dado principio 6 los trabajos de esta obra y fenecido el plazo y pr6rroga d que el contratista tenia derecho, se ha rescindido dicho contrato. XXIX XXX EXPOSICI6N Muelle y Aduana de Tucacas Para la ejecuci6n de trabajos necesarios en el edificio de la Aduana y muelle de este puerto, se aprob6 un presupuesto mon- tante d la cantidad de B. 7.868 (Documentos ndmeros 66, 67 y 68). Estos trabajos fueron llevados A cabo bajo la direcci6n del ciudadano Administrador de la Aduana de dicho puerto y recibi- dos de orden de este Ministerio por un Ingeniero comisionado al fecto. Muelle de La Vela Aprobado un presupuesto montante A la cantidad de B. 12.867 para la reparaci6n y prolongaci6n en 20 metros de este muelle (Documento nfimero 69) se confi6 su direcci6n al Doctor J. Graterol y Morles. Terminada la obra (Documento nfimero 70) se orden6 que fuera entregada al ciudadano Administrador de la Aduana, quien particip6 a este Ministerio haberlos recibido de conformidad con las bases del presupuesto. (Documentos nfimeros 71 y 72). Muelle de Guanta Para la formal reparaci6n de esta obra se aprob6 un presu- puesto montante d la cantidad de B 33.000. Estos trabajos fue- ron terminados y recibidos A satisfacci6n por el Doctor German Jimenez, Ingeniero comisionado por este Ministerio con tal fin. Muelle de Puerto Cabello Con feeha 21 de agosto de 1908 se erog6 la cantidad de B 2.291,76, para reparaciones en los muelles y edificio de la Adua- na en este puerto y con fecha 11 de marzo del present afto se aprob6 un presupuesto montante d la cantidad de B 14.000 para reparaciones de las defenses de los mismos en un largo total de 450 metros lineales. OBRAS PUJBLICAS Con fecha 26 de abril del corriente particip6 el Doctor Luis Muioz Tebar, haber termninado las obras de defenses del muelle y este Despacho autoriz6 al ciudadano Administrador 6 Interven- tor para recibirlos informando sobre sus condiciones y si llenan debidamente su objeto. Estos trabajos estan 'a cargo del Doctor Luis Muioz Tebar autor del presupuesto aprobado. Muelle de Adicora Con fecha 7 de abril del present afio se celebr6 un contrato para la construcci6n de este muelle con el senior M. Vaz Capriles. El muelle tendla 70 metros de largo por 7 de ancho; sera de madera s6lida y de condiciones ventajosas para la carga y descarga, y techado de zinc en un espacio de 20 metros para pro- tejer las mercancias. El faro sera de una altura convenient y en un lugar adecuado. El contratista se compromete a dejar concluidas las obras de este Muelle en el t6rmino de un afio, a contar de la publicaci6n de este contrato en la Gaceta Oficial, salvo caso de fuerza mayor debidamente comprobada, tendra dereeho a una prorroga igual 6 la interrupci6n sufrida. Dique Astillero de Puerto Cabello Continuia prestando el servicio para que esta destinada. Ultimamente se construy6 un Arrastradero para sacar a tierra embarcaciones menores y se procede actualmente 6 la montura de la maquinaria para elaborar panels de carbon. Corporacion del Puerto de La Guaira Con fecha 14 de abril del present aio fueron comisionados los Doctores German Jim6nez, Torcuato Ortega Martinez y Car- los A. Martinez, Ingenieros 6 las 6rdenes de este Ministerio, para que se le trasladaran al Puerto de La Guaira y rindieran un in- forme del estado en que se encuentra el Muelle Tajamar de esa poblaci6n, indicando A la vez las reforms que haya que hacerle 6 la obra, para que llene las condiciones del contrato respective, asi como las que sean necesarias para el mejor servicio del puerto. xxXI CAPITULO VI Capilla de Nuestra Sefiora de Lourdes (LA VICTORIA) Por disposici6n del Gobierno Nacional y para la continuaci6n de los trabajos de esta Capilla fu6 erogada la cantidad de B 2.000, ]a cual fu6 entregada d Ia sehora Josefa de Jim6nez, con tal fin. Capilla de las Siervas del Santisimo (CARACAS) Fue ordenada la erogaci6n de B 200 como un auxilio para los- trabajos de esta Capilla, la cual continue erogandose semanal mente. Palacio Episcopal de Ciudad Bolivar Con fecha 7 de noviembre de 1907 fue destinada la cantidad de B 30.000 para las reparaciones del Palacio Episcopal de Ciudad Bolivar, la cual se puso d la disposici6n de Monsefior Duran, Obispo de Guayana, para pagar semanalmente los gas- tos que ocasionen los trabajos desde su comienzo. Templos de Ia ciudad de Barquisimeto Fue destinada la cantidad de B 10.000 para la refacci6n de los templos de la ciudad de Barquisimeto y de Aroa. Y entregada respectivamente asi: OBRAS .PUBLICAS A los ciudadanos Jesus A. Pefia, Alejandro Ga- rrido y Pedro Henriquez .....................B 1.000 A Pbro. Doctor Augusto Alvarado............... 8.000 A Pbro. Doctor Eduardo Alvarez................ 1.000 B 10.000 Nueva Iglesia del Distrito Independencia (ESTADO TACHIRA) Fue ordenada la erogaci6n de B 7.200 para la compra de un altar de mdrmol destinado a este tempo. Iglesia de El Rastro Por Resoluci6n de 22 de noviembre de 1907 se destiny la can- tidad de B 4.000 como ayuda a los trabajos de terminaci6n de esta Iglesia, cantidad que fue puesta a disposici6n del Presbitero Luis Felipe Parra, Cura del lugar. (Documentos nfimeros 79 y 80). Iglesia de Los Teques Para la reparaci6n de este templo se destiny la cantidad de B 2.000, que fue puesta a disposici6n de una Junta de Fomento nombrada al efecto. (Documento nimero 81). Iglesia de Pueblo Nuevo En mayo de 1906 se dispuso la erogaci6n de diez mil boliva- res para la terminacion de este templo, y en enero de 1908 mi antecesor, en vista de-que hasta aquella fecha no se habia recibi- do informed alguno de la Junta de Fomento nombrada al efecto, dirigiose al Presidente del Estado Falcon, para que inquiriera lo que hubiese sobre el particular. Los documents nuimeros 82, 83, 84 y 85, contienen todo lo relative a estos trabajos. v-o.P. XXXIII CAPITULO VII Edificios reparados Biblioteca Nacional. Academia de Bellas Artes. Aduana de La Guaira. Casa Amarilla. Escuela de Artes y Oficios. Academia Militar. Casa de Correos (La Guaira.) Casa de Correos (Caracas.) Ministerio de Fomento. Ministerio de Relaciones Interiores. Ministerio de Obras Piblicas. Palacio Federal. Aduana de San Antonio del Tdchira. Colegio Lourdes en Valencia. Aduana de Puerto Cabello. Obras Piblicas de Puerto Cabello. Ministerio de Instruccion Pdblica. Pante6n Nacional. Ufiiversidad Central. Academia de la Lengua. Academia de la Historia. Parque Nacional. Resguardo de Pedernales. Teatro Nacional. Aduana de Puerto Sucre. Aduana de Cardpano. Aduana de La Vela. Edificio Salinas de Araya. Aduana de Ciudad Bolivar. Colegio de Nifias de la ciudad de Valencia. CAPITULO VIII Carreteras que parten de Caracas (DISTRITO FEDERAL) Para la reparaci6n de las Carreteras del Norte, Sur, Occiden- te y Este se ha venido atendiendo con una asignaci6n semanal, segin las necesidades de aquellas. En el cuadro de la cuenta vereis lo erogado por tal respect. Carreteras de Maracay A GDigUe A cargo del ciudadano Coronel Manuel Gutierrez se ejecutan reparaciones en esta via d fin de dejarla en buen estado de servicio. Carretera del Estado A ragua Como un auxilio para los trabajos de reparacion de las carre- teras del Estado Aragua, el Gobierno ha dispuesto que se erogue semanalmente por la Tesoreria Nacional la cantidad de B 1.000. (Documento nimero 132). Carretera de Cbarallave A San Casimiro Con una asignaci6n semanal para el pago de 30 peones, 2 caporales, 3 carros y el encargado general, se atiende a los trabajos de reparacion de esta carretera, que se encuentran muy adelantados. ,^ ." _7" ". XXXVI EXPOSICI4N Camino entire La Vega y Turmerito A esta via se le hicieron varias reparaciones y hoy se encuen- tra en buen estado y sirviendo al trafico pdblico. Carretera del Tuy A Charallave Los trabajos de reparaci6n de esta carretera se llevan a cargo del ciudadano Coronel Demetrio Alvarez; y lo erogado hasta la fecha por tal respect consta en el cuadro de la cuenta. Carretera de Carupano A Tunapui Con fecha 13 de febrero del corriente afio el Gobierno Nacic- nal tuvo d bien disponer que se procediera a la construcci6n de la carretera entire ]a ciudad de Cardpano y Tunapui, de conformidad con los pianos que reposan en este Ministerio levantados en 1876 por dl Ingeniero Ricardo Tovar, y al efecto se asign6 la cantidad mensual de doce mil bolivares (B 12.000) pagadera por quincenas anticipadas en porciones de d B 6.000 a contar de la primera de marzo, al ciudadano General Francisco VWzquez, quien corre con la direcci6n y administraci6n de los trabajos y rendird a este Despa- cho las cuentas 6 informes correspondientes. Los trabajos, segdn informes recibidos, comenzaron a princi- pios del mes de marzo, y para fines del mismo ya se habian banqueado 2.573"'94, habiendo llegado en studio y exploraciones hasta el kil6metro 3. Ademds de la parte construida esta trazada definitivamente la carretera con perfiles transversales y estacas de taludes, hasta K 248 m.49. Se han construido tambien dos alcantarillas, y el ancho mi- nimum que lleva la via es de 4 m 50, con una pendiente ma- xima de 3 m 80. Camino de Zea a Escalante .Por Resoluci6n de fecha 7 de agosto de 1907 se destiny la car- tidad de B 20.000 como una ayuda para la construcci6n del camino MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS (ISTILLERO N(mCIONAL PUENTE PARA EL RIO YARACUY EN EL PtqSO DEL PENON segun encargo de la Junta de Fomento de la Carretera de la Costa SECCION LONGITUDINAL ~ T. -- *' ~ / _-. =t= ^ l rK *I-r'T .' **.>- __-j -L- --- SECCION TRASVERSAL r ..-. -- =- _ NOTA.-La parte A. B. C. corresponde al empate ordenado para hacer un solo tramo, suprir)i6ndose la pila central pedida par la Junta. PTO. C(:BELLO: 1909. EL DIRECTOR GENERAL, LUIS MUNOZ TiBAR E S CALA: M 2 3 4 5M OBRAS PUBLICAS XXXVII de reeuas que el ciudadano Manuel Mendez Duque habia empren- dido desde la ciudad de Zea del Distrito Tovar, hasta orillas del rio Escalante, y se confi6 la direeci6n y administraci6n de los tra- bajos fi una Junta de Fomento. (Documento nimero 105). Con fecha 28 de mayo de 1908 particip6 A este Ministerio la Junta la inversion dada a los veinte mil bolivares erogados por el Gobierno Nacional, con el fin ya dieho, de acuerdo con el proyecto del Seior 1M6ndez Duque, empresario de la ejecuci6n de los traba- jos. Segin el informed que acompafio se habian construido diez leguas de camino hasta la Estaci6n de Cario Grande en Guaruries, y s6lo faltaba el trayecto comprendido entire esta estaci6n y la ori- lla del Escalante. El empresario Manuel Mendez Duque particip6 A su vez haber terminado la obra del camino hasta Cafios Grande y Ama- rillo, en conjunci6n con el de Guaruries, cerca del Puerto Escalan- te y pu6stola al servicio del pdblico, transportando las cargas con embarcaciones de su cuenta en el trayecto comprendido entire Puerto Escalante y Santa Cruz. Camino de la Costa Fue destinada la cantidad de veinte mil bolivares (B 20.000) para la construcci6n de un puente sobre el rio Yaracuy en el sitio denominado El Pefi6n, del camino de la Costa, y reparaci6n del mismo camino comprendido entire El Pefi6n y El Palito.-Para la direeci6n y administraci6n de estos trabajos se nombr6 una Junta de Fomento. (Documento nimero 125.) Se ha procedido i la montura del Puente, el cual fue cons- truido en los talleres del Dique Astillero de Puerto Cabello y este Ministerio nombr6 al Doctor Felix Martinez Espino para que se encargara de los trabajos consiguientes, de conformidad con lo que la ciencia aconseja para que la obra quede perfect, y por De- creto de fecha 30 de setiembre se acord6 la erogaci6n de B 40.000 para la terminaci6n de la carretera de la Costa entire Puerto Cabe- llo y San Felipe. (Documento ndmero 121). Camino de Colon A Urefa Por Resoluci6n de fecha 6 de setiembre de 1907, se dispuso Ya reparaci6n y mejora del camino de recuas que desde Col6n va hasta Urefia, pasando por el rio y El Vallado. Para los trabajos de esta obra se destiny la cantidad de B 14.000, encargAndose de la direccion y administraci6n de aquellos A los ciudadanos Juan Guglielmi y Rodolfo Pacheco (Documento nimero 108). Y con fecha 22 de noviembre del mismo se erog6 la cantidad de B 2.000 mas para tender con ellos a varias reforms y mejoras en la composicion del mismo camino. Con fecha 19 de enero de 1908 fue participado a este Minis- terio haber sido terminada esta obra, cuya longitud mide 33.850 metros, y estar ya prestando sus servicios al pfiblico. Camino de Barrrera A Santa Isabel Con fecha 12 de setiembre de 1907 se promovi6 a licitaci6n lia terminacion de las obras de construcci6n del camino de Barrera a Santa Isabel, desde el lugar en que se encontraban suspendidos los trabajos hasta El Pao. (Documento nimero 114). De las proposiciones presentadas result la mas econ6mica y ajustada al cdlculo de la Sala Tecnica del Ministerio (que s6lo se referia al valor intrinseco de los trabajos) la del ciudadano Wen- ceslao Seijas, y de consiguiente el Ministerio le di6 la buena pr6 al expresado Seijas, siempre que otorgara la fianza de conformi- dad con la Ley, la cual otorg6 6 satisfacci6n. (Documento ni- mero 116). Por Resoluci6n de fecha 11 de octubre del mismo afio se desti- n6 la cantidad de B 48.000 montante de Ia cantidad a que alcanzaba. la proposici6n del referido ciudadano Wenceslao Seijas, para ser entregada en cuotas semanales anticipadas de a B 2.600 y asi mismo se nombr6 al Ingeniero Andres Palacios Herndndez adscri- to d la obra, para que informara A este Despacho semanalmente sobre la march de los trabajos. Estos fueron terminados con fecha 20 de febrero de 1908 y la herramienta quedo depositada en poder del Jele Civil de El Pao hasta el mes de febrero del presence afio, en que fue mandada a poner a disposici6n del ciudadano Doctor C. Jimenez Rebolledo, Secretario de Gobierno del Estado Zamora, para ser utilizada en los trabajos de reparacion de la carretera del Tinaco. ExPosIcr6N XXXVITr OBRAS PUBLICAS XXXIX Camino del Tuy En esta via se orden6 la reparaci6n de los puentes Tucu- ciap6n, La Manquita, El Almendro y Prim, y al efecto se aprob6 un presupuesto del Ingeniero Doctor R. Nifiez Cdceres, montante 6 la cantidad de B 11.200. CAPITULO IX Aguas de Caracas Con fecha 14 de marzo de 1908 el arrendatario de las Aguas de Caracas, Doctor Tomfis C. Llamozas, celebr6 con el Gobierno Nacional un nuevo contrato por el lapso de tres afios, que prin- cipiaria a contarse desde el 15 del citado mes, comprometi6ndose el contratista A elevar, desde el lo de abril inmediato la pension annual de arrendamiento, a la suma de B 270.000, pagaderos d la Administracion de Rentas Muninicipales, conforme d la Reso- luci6n de este Ministerio, fecha 14 de mayo de 1903, por cuotas mensuales de B 22.500. Este contrato vencera el 15 de marzo de 1911. Con anterioridad d la renovaci6n del contrato de arrenda- miento, present el senior Doctor Llamozas, un presupuesto, que fue aprobado, montante d la cantidad de B 3.050, para el cambio de la tuberia que surte de agua el Manicomio, y su colocaci6n, y para el establecimiento de bocas de riego con sus accesorios, en varias calls de esta ciudad. (Documento ndmero 142.) Es de este lugar daros cuenta de dos proyectos de tuberia (general y mixto), presentados d este Despacho por el Ingeniero Adolfo Nones, para traer el agua de Macarao a Caracas, y los presupuestos respectivos, para cuyo studio design este Minis- terio al Ingeniero J. M. Ibarra Cerezo. (Documento nimero 143.) Acequia de Macarao A fin de evitar p6rdida de agua de la destinada al Acue- ducto de esta ciudad, en el trayecto que recorre la acequia de Macarao, se dispuso la erogacion de B 10.800 para las repara- ciones mas urgentes, en la realizaci6n de aquel prop6sito, con ]a cual se atendi6 ai una necesidad vital de esta poblacion, OBRAS PUBLICAS XLI Acueducto Miranda (VALENCIA) Vencida el 28 de febrero de 1908 la filtima pr6rroga conce- dida al arrendatario del Acueducto Miranda, de Valencia, senior Pedro Francisco del Castillo, dispuso el Presidente de la Repui- blica que desde el dia 19 del mes de marzo siguiente, pasara el Acueducto d ser administrado directamente por el Gobierno Na- cional, en raz6n de la caducidad del contrato de arrendamiento, y que en la misma fecha el senior P. F. del Castillo, hiciera en- trega, 6 la persona que al efecto se designara, de todo lo concer- niente al servicio del Acueducto y sus obras, por formal inven- tario, enviando copia de 6l d este Despacho, y de conformidad con la cuenta que hasta aquella fecha tuviera con el Banco de Venezuela. Con fecha 2-5 del mismo mes, se confi6 al ciudadano Doctor Jorge Rivas, por cuenta del Gobierno, la administraci6n del Acueducto; y poco despu6s, el 22 de abril inmediato, fue arren- dado al ciudadano Tom6s Arcay Smith, por la cantidad de B 5.500 mensuales, que debia entregar en efectivo A la oficina de fondos nacionales que al efecto se designara. (Docu-mento nimero 138.) A solicitud del contratista ciudadano Arcay Smith, y por disposici6n del General Juan Vicente G6mez, Encargado de la Presidencia de la Repiblica y considerandojustos los fundamentos de la solicitud, se le concedi6, en Resoluci6n de 4 de diciembre de 1908, una pr6rroga por un afio mas, bajo las mismas condi- ciones establecidas en el citado contrato de 22 de abril. Dicha pr6rroga empieza A contarse desde el 1 de de enero del corrien- te afio. Acueducto de Guacara En 9 de marzo del corriente afio, y por disposicion ejecutiva, se hizo cargo de la administracion de este Acueductb el General Pedro I. Carrefio, obligdndose d practicar un examen de la obra, con el prop6sito de mejorar sus condiciones y hacer los estudios conducentes A extender la distribuci6n de agua lo mas possible vI-o. P. kicr EXPOSIcI6N en el poblado, a cuyo fin se destinaron los rendimientos del Acueducto. El senior General Carreio, de acuerdo con instrucciones de este Ministerio, ha procedido a prolongar la tuberia distribuidora en 17 cuadras mds de la poblaci6n. Acueducto de La Guaira Para compra de tuberia y accesorios destinados A este Acue- ducto, se dispuso erogar la cantidad de B 647. Acueducto de Ocumare' de El Tuy Por Resoluci6n de 12 de abril del corriente afio, se destiny pa- ra esta obra la cantidad de B 12.000, la cual fue puesta a disposi- eion del Presidente del Estado Miranda. Acueducto de TAriba Esta ya concluido, inclusive la Caja de Agua, situada en la ciudad. Faltan la distribuci6n de agua en la poblaci6n y el Sestablecimiento de alcantarillas pdblicas. Con fecha 28 de febrero de 1908, fue reemplazada la Junta existente hasta aquella fecha, y se orden6 a la nueva Junta pro- ceder do acuerdo con las instrucciones de este Ministerio. Acueducto de La Vela Emprendi6se la construcci6n de esta obra bajo la direcci6n del senor Eudoro Iturbe, autor del presupuesto aprobado al efecto, y, en el curso de la construcci6n (febrero de 1905) par- ticip6 aqu6l a este Ministerio, que las aguas que debian surtir el acueducto provenian de una finca rural de la propiedad del se- for Segismundo I. Senior, quien pedia por ceder el derecho a usar, durante doce horas, el agua de su propiedad, la suma de B 6.000, informed que fue ratificado en 24 del mismo mes de febrero, por el Presidente del Estado, General Pedro Linares, y por la Junta de Fomento de la obra, en 19 do abril. En consecuencia, el Gobierno convino en el pago de los B 6.000 en que fue valorado el derecho de agua, y al efecto, se firm y registry un document, pero el pago no se efectu6 en- tonces. Terminado el Acueducto y puesto al servicio del piblico, la parte interesada renov6 sus gestiones para el pago de los B 6.000 estipulados, y el Presidente de la Repiblica y Restaurador de Ve- nezuela, ordeno que aquel se hiciera con los rendimientos del Acue.. ducto, lo que no fue possible por la insuficiencia de tales rendimien- tos, segfin las cuentas recibidas en este Ministerio, en las que se evi- dencia que desde la inauguraci6n del Acueducto hasta el mes de junio de 1908, no habia producido sino para tender 6 su fun- cionamiento y conservaci6n, destinAndose los pequefios remanen- tea al pago de un saldo de B 1.312,87 que se debia d Iturbe, por construcci6n; todo debidamente comprobado. Inspirado el senior General G6mez, en los dictados de justi- cia y equidad, que son la pauta de su acci6n gubernamental, or- den6 con fecha 11 de enero del corriente aio, que se abonase al ,seior Segismundo I. Senior, la cantidad de B 4.000 d cuenta de los B 6.000 estipulados, fijando como plazo para la cancelaci6n el dia 11 de mayo siguiente. Acueducto de San Antonio del Tachira Por Resoluci6n de 6 de julio de 1907, se dispuso la trasla- ci6n 6a San Antonio del T6chira, consign6ndolos al Administrador de la Aduana, de los siguientes elements destinados al Acueducto de aquella poblaci6n: 2.000 tubos de Om 08 que tenia la Compafia del Ferrocarril del Tachira depositados en Uracd, mds 334 bultos de tubos y accesorios, y una cantidad de cemento que estaban en la Aduana de Maracaibo, y que fueron depositados en Uraca y Col6n, hasta nueva orden, pag6ndose por flete la cantidad de B 2.282,50. En 28 de febrero de 1908 se acept6 una proposici6n del ciu- dadano Augusto Duplat para el trasporte desde Uraca y Col6n hasta San Antonio del Tachira, de los materials destinados al Acueducto, y adem6as, el trasporte de Uraca a Independencia, de cuatro estatuas de bronce, y su colocaci6n en los respectivos pe- destales. Para el 8 de mayo, seguin aviso del senior A. Duplat, enviado . este Ministerio, habian sido entregadas las estatuas, ya mon- tadas (en Independencia) y el 29 de agosto particip6 el Admi- BRAS PUBLICAS XLIII XLIV EXPOSICI6N nistrador de la Aduana de San Antonio haber recibido del senior Duplat la tuberia para el Acueducto. Por Resoluci6n de 30 de diciembre de 1908 se nombr6 una Junta de Fomento A cuyo cargo corrieran los studios y la direc- ci6n y administraci6n de los trabajos del Acueducto, y la cual propondria al Ministerio el Ingeniero d quien debian encomen- darse los studios previous de la obra y su direcci6n cientifica. (Documento numero 150). En 13 de enero fue nombrado Director cientifico de la obra el senior Doctor Francisco de Paula Andrade (Documento nime- ro 151) y reemplazado el 28 del mismo mes por el Ingeniero Doctor Luis Velez. (Documento niumero 152) quien envi6 al Mi- nisterio el presupuesto para la obra, acompafiado de un in- forme tecnico. Lo expuesto, y el haberse mandado entregar d la Junta, en calidad de devoluci6n, la herramienta empleada en las obras de Independencia, es cuanto tengo que llevar A vues- tro conocimiento con referencia d esta important obra, d cuya realizaci6n se atendera con el interns que el actual Primer Ma- gistrado de la Naci6n pone en todo aquello que sea de necesi- dad pfiblica. Acueducto de Barquisimeto Debidamente autorizada la Junta de Fomento de esta obra en abril de 1906 para proceder i los trabajos de defense del bos- que de Titicare, que es donde nace y tiene su cauce la acequia que surte de agua al Acueducto, destiny i este fin los fondos que habian quedado de la construcci6n de la obra, con los cua- les se atendi6 d lo mas urgente, seguin informed y cuentas en- viadas Ai este Ministerio, en 27 de enero del mismo afio. Por Decreto Ejecutivo de 30 de setiembre de 1908, se dispuso la erogaci6n de B 40.000 para la terminaci6n del Acueducto. La primera diligencia de la Junta fue gestionar la adquisi- ci6n, por parte del Gobierno, del bosque de Titicare, punto de partida de la acequia cuyo saneamiento y conservaci6n se hacia casi impossible, mientras el mencionado bosque fuera de propie- dad particular, y esto por un cuimulo de razones que determina- ron la publicacion de un aviso official, por el que se propuso com- pra del referido bosque de Titicare, previo conocimiento de todo aquello que pudiera afectar la propiedad: gravaimenes, servi- dumbres, etc. 1OBRAS PUBLICAS Cuanto se relaciona con este process esta contenidg en seis legajos marcados con los numerous 2 al 6 inclusive, enviados por la Junta d este Despacho, para su examen. Previo el studio de los documents que acreditaban la pro- piedad del bosque Titicare, y considerado el precio de B 40.000 fijado por sus duefios, se propuso 6 estos con fecha 25 de febrero del present afio, por 6rgano de la Junta de Fomento del Acue- ducto, el pago de dicha cantidad en la forma siguiente: B 32.757 en aquella fecha, y el saldo en cuatro cuotas sucesivas del arren- damiento del Acueducto, correspondientes los meses de marzo, abril, mayo y junior del present afio, y el resto con la cuota correspondiente al mes de julio. Esta negociaci6n se llev6 d ter- mino el 22 de marzo proximo pasado y con ella se di6 estabilidad d una obra de evidence utilidad 6 importancia. El arrendatario actual, senior R. Villoria Cadenas, invocando el articulo IV de su contrato con el Gobierno Nacional, pidi6 una pr6rroga por tres afios mds, la cual le fue concedida. Los docu- mentos del nuimero 144 al nuimero 147 inclusive, contienen todo lo relative 6 esta obra. Acueducto de la Fortaleza San Carlos En 9 de mayo de 1907 decret6 el Presidente de la Repdblica la ejecuci6n de esta obra, y al efecto se aprob6 un presupuesto presentado por el Ingeniero Pedro Quintero, montante la can- tidad de B. 23.605. La direcci6n y administraci6n de los traba- jos se confi6 al mismo autor del presupuesto, y su inspecci6n al ciudadano General Jorge A. Bello, Comandante de la Fortaleza. (Documento nilmero 148). El Documento nuimero 149 contiene un ilustrado y minucioso informed del Ingeniero Doctor German Jim6nez, sobre la obra en referencia. Acueducto de Guacara Por Resoluci6n de 22 de enero del present aio fue reorganiza- da la Junta de Fomento de este Acueducto en la forma siguiente: ciudadanos Renato Vasquez, Pedro Villalba y Manuel Aponte. XLV CAPITULO X- Cloacas de Caracas Por Decreto Ejecutivo de 6 de mayo de 1907, se dispuso la construcci6n de la red general de Cloacas de Caracas, siguiendo un plan uniform. En dicho Decreto (Documento numero 154) hallar6is las con- diciones fundamental* de la obra. De conformidad con aquella disposici6n ejecutiva se dict6 por el Ministerio de Obras Puiblicas, con fecha 7 del mismo mes, una Resoluci6n por la que se aprob6 un presupuesto montante a la cantidad de B 138.442, presentado por el Ingeniero Eliodo- ro Ocanto para la construcci6n del Colector de 937 metros de largo, obra conque debia empezar la red general de cloacas de- cretada. (Documento nuimero 155). Los documents nimeros 156 y 157 contienen, respectiva- mente, un informed detallado del Ingeniero Doctor German Ji- menez sobre el proyecto de cloaca colectora presentado por el Ingeniero Ocanto, y el contrato celebrado entire este y el Minis- tro de Obras Pdblicas, para su construcci6n. Impuesto el Ministerio de Obras Piblicas del t6rmino de la 1P Seccion del Colector contratado, por participacion que le hizo el contratista, design al Ingeniero Doctor German Jimenez pa- ra verificar el examen de la obra e informar acerca de sus condiciones, de acuerdo con las estipulaciones del contrato (Do- cumentos nimeros 158, 159 y 160). En vista del informed rendido por el Doctor Jimenez, se pro- cedio A la cancelacion de la fianza prestada por el contratista Doctor Ocanto. Para el empotramiento en el Colector general, de las cloa- cas de la ciudad que bajan de Norte a Sur, en el trayecto corn- 6DRAS PUBLICAS prendido entire la quebrada de Cienfuegos hasta la terminacion de la primera Secci6n del Colector, 6 sea la calle Sur 2, se apro- b6 un presupuesto presentado por el Ingeniero Ocanto, mon- tante a la cantidad de B 20.000 (Documento nuimero 161). Por Resoluci6n de 12 de enero del corriente afio, se aprobo un presupuesto de B 8.000 presentado por el Ingeniero Alfredo Jahn h. para el empotramiento de la cloaca Norte, que atraviesa la calle Oeste 12, frente al cuartel de El Hoyo, en la que baja por Ia calle Sur 2, frente 6a la C6rcel Piblica, 6 desaguar en el Colector. (Documento nimero 162). En 5 de febrero del corriente aflo, y por disposicion del Ge- neral Juan Vicente G6mez, se dispuso erogar la cantidad de B 3.676,25 para los trabajos de reconstrucci6n de la cloaca entire las esquinas de Mijares y Las Mercedes. Dichos trabajos fueron encomendados al Maestro de albafii- leria Juan A. Betancourt (Documento nuimero 163). XIVII CAPITULO XI Canalizacidn Por Resoluci6n de 27 de marzo del afio pr6ximo pasado, se destiny la cantidad de B 12.000 para la apertura y composici6n de la boca del rio Escalante, en Santa Barbara del Zulia y fue- ron encomendados los trabajos al ciudadano Teodoro Arriens, quien, con fecha 3 de agosto, particip6 al Ministerio el t6rmino de aqu6llos. CAPITULO XII Ferrocarril de La Guaira a Caracas En el trascurso de los afios de 1907 y 1908, y tanto en lo rela- tivo al tr6fico como en lo concerniente 6 la conservaci6n y mejora de la linea, la Compafia del Ferrocarril de La Guaira 6 Caracas, ha sido consecuente con sus actos anteriores, reveladores de una actividad inteligente en la administraci6n de la Empresa, y del prop6sito de cumplir los compromises contraidos con el Gobierno y con el puiblico. En el Informe dirigido 6 este Despacho por el actual Admi- nistrador senior Harry Almond, (Documento nimero 166) se hace menci6n de varias importantes innovaciones introducidas en la linea, tales como ensanche de la via, aumento de desagdie3, ensan- che de curvas ycambio derieles, mejor6ndolos. Las p6aginas siguien- tes (del nimero 180 al 189), contienen la cuenta y relaci6n del movimiento de pasajeros, y estado de las entradas y salidas, en los afios mencionados Gran Ferrocarril de Venezuela Faltaria 6 un deber de justicia, si al tratar, en la cuenta que os present de esta Empresa ferrocarrilera, la m6s extensa de la Repuiblica, escatimara el encomio que merece su labor, enca- minada siempre, desde su fundaci6n, 6 su mejoramiento y progre- so, que involucran el mejor servicio del p6blico, y el buen nombre y cr6dito de su id6nea Direcci6n. Por los informes y cuadros correspondientes 6a los afios que abarca esta Memoria, ver4is que aqu6lla no desmaya en el prop6- sito de introducir mejoras de todo orden, 6 pesar de que el produ- cido no es halagador, por circunstancias no achacables ni 6 ella ni al Gobierno, y contra las cuales lucha, con loable tenacidad e inteligencia. vII--o. P. Ferrocarril Bolivar Por el informed y cuadros enviados a este Despacho por la "The Bolivar Railway Company Limited," contenidos en las pdgi- pas del nimero 129 al 214, os impondr6is de todo lo relative a la march regular de esta Empresa. Ferrocarril Central de Venezuela Como se os dijo en Memorias anteriores, la Compaiiia que represent este ferrocarril no cumpli6 el dltimo compromise con- traido de terminar en feeha dada la linea hasta Santa Lucia, para cuyo fin el Gobierno la ayudaba con el liquid product de una cantidad de cuatro millones de bolivares (B 4.000.000) en bo- nos del Emprestito Venezolano de 1896, que al efecto le entreg6. Esta falta implica, segdn la letra del contrato respective, un dere- cho que el Gobierno obtuvo de ser acreedor de la Compafifa por una suma igual d la que fuera necesaria para concluir el ferro- carril hasta Santa Lucia, pero que no podia pasar de B 4.000.000. El Gobierno ha reclamado de la Compaiiia el reconocimiento efectivo de esa acreencia, que, de acuerdo con lo estipulado, afecta preferentemente la linea del ferrocarril y su equipo; pero aqu6lla, alegando pretextos vanos, ha hecho hasta ahora infruc- tuosas las intimaciones del Gobierno para el reconocimiento. No obstante su legitimo derecho, el Gobierno, sin renunciar d 6l, ha aplazado su reclamo para tender con preferencia a las necesida- des de los pueblos que ha de enlazar la linea y que nece- sitan urgentemente un medio facil de trasporte para sus produc- ciones, y ha convenido en que la Compafiia emprenda trabajos que, segfin 611a, darAn por resultado el pronto t6rmino de la obra hasta Santa Lucia. Es de advertir, que la Empresa, sin el debi- do conocimiento y consentimiento del Gobierno, inaugur6 desde 1907 un ensayo de traccion de trenes por sistema electrico; siste- ma 6ste que, aunque lo tiene todavia en prdctica, como lo vereis en los informes anuales que se le han pedido para ilustrar esta Memo- ria y que corren entire los documentos de ella, no ha sido aprobado por el Gobierno; pues los compromises contraidos por Ia Compafiia en sus contratos, son de ferrocarril a vapor, y es, basado en la integridad de esos contratos, sin ninguna alteraci6n, de donde el Gobierno deriva sus derechos OBRAS PtJBLICAS Ferrocarril de Puerto Cabello a Valencia Por el informed de la Empresa de este Ferrocarril, que entire los documents de la cuenta .lleva el ndmero 176, os impondreis de los trabajos hechos por aqu6lla, para mejora de la linea, en los afios de 1907 y 1908; asi como del movimiento que en las mismas fechas ha tenido el ramo de su explotaci6.n. El Gobierno no estima suficientes los expresados trabajos para levantar la obra del ferrocarril al grado de importancia que por su contrato y dem6s condiciones reclama, como se os puso de manifiesto en la uiltima Memoria de este Ministerio; y esta dando los pasos conducentes 6 que la Compafiia, de acuerdo con sus com- promisos, proceda 6 poner la linea y su equipo en el estado que require el capital que aspira 6 representar y sobre el cual paga la Naci6n un interns de 5 p< annual. Las cuentas de la explotaci6n de la via f6rrea han sido presen- tadas por la Compafiia, y correspondent hasta hoy d los aios 1903 6 1907; pero como todas ellas adolecen de un error sustancial de apreciaci6n en los gastos, por parte de la Compafnia, que ataca los intereses de la Naci6n, y que aquella pretend sostener en contra de toda idea racional, el Gobierno les ha negado su aprobaci6n mientras no sean debidamente eselarecidos los puntos 6 que aquel error se contrae. Gran Ferrocarril de La Ceiba Por el informed y cuadro correspondientes 6 los afios de 1907 y 1908, que la Compania explotadora de esta linea envi6 al Mi- nisterio, os impondreis de que nada ha alterado la regularidad traditional en .su Administraci6n, de la que ya se ha hecho merito en las Memorias dirigidas al Congreso por mis antecesores. El document 6 que he hecho referencia va marcado, en la secci6n respective, eon el numero 173. Gran Ferrocarril del Tichira El document marcado con el numero 174 y los cuadros que le siguen, dan idea de la march progresiva de esta Empresa, cuyo por- LII EXPOSICI6N venir es halagiefio, por la feracidad de la zona en que desenvuelve su actividad y por el espiritu de expansion positivamente beneficio- so de sus Administradores, que tiende d crear nuevas industries en su radio de acci6n, a la vez que a producer, como en efecto los pro- duce, proventos halagadores para el capital. Ferrocarril de Carenero El document nfimero 175, que vereis en la secci6n respec- tiva, contiene ]a nota dirigida d este Despacho por el Adminis- trador del Ferrocarril d que se contrae esta parte de mi expo- sici6n. En seguida de la nota hallareis los cuadros d que alude. (PAginas 246, 247 y 248). Ferrocarril de Maiquetia a Macuto Hasta la fecha de la iltima comunicaci6n del Inspector de este Ferrocarril al Ministerio, estaba en construcci6n una nueva linea de La Guaira d Maiquetia, desviando la linea primitive, y levantandola. (Documento nimero 177). Ferrocarril Nacional de La Vela a Coro Organizada la Administraci6n de esta Empresa, y provista la obra de todo lo necesario para el despacho y contabilidad de sus oficinas, el General Juan Vicente G6mez, Presidente de la Repiblica, dispuso la erogaci6n de B 8.000 para las reparaciones mais urgentes, en el enrielado, puentes, terraplenes, etc. (Do- cumento nimero 178). Circulares Con fecha 2 de marzo del aio en curso, dirigi a las Empre- sas ferrocarrileras una circular, que hallareis entire los documen- tos de esta Memoria, marcada con el numero 179, respect a revision de sus tarifas. Hasta hoy s6lo la Empresa del Ferrocarril de La Ceiba ha alterado su tarifa, rebajandola. OBRAS PUBLICAS Anteriormente, en 27 de enero, me dirigi en la misma forma de circular 6 los Presidentes de los Estados, excit6ndolos 6 en- viar 6 este Despacho, un informed suscinto de las principles vias de comunicacion, ya fueran carreteras 6 caminos de recuas, exis- tentes en el Estado, expresando su estado, los pueblos que en- lazan, las mejoras de que fueran susceptibles y dem6s circuns- tancias pertinentes al prop6sito de su mejoramiento. Ley Reglamentaria de las Obras Publicas Al concluir esta parte de la exposici6n, correspondiente d ]a Secci6n de Vias de Comunicaci6n y Acueductos, juzgo de opor- tunidad insertar la LeyReglamentaria de las Obras Puiblicas, elaborada por el Director de dicha Secci6n, senior Rafael R. Alvarez, y sometida, en proyecto, 6 la consideraci6n del Gobierno Nacional. Previo el studio 6 informed favorable de la Junta nombrada al efecto, con fecha 10 de febrero del aiio en curso, fue puesta en vigencia por Decreto Ejecutivo de 15 de abril proximo pasado. Fruto de un studio concienzudo de este ramo de la Admi- nistraci6n PHiblica, y de inteligente laboriosidad, es la Ley 6 que consagro estas lines. GENERAL J. V. GOMEZ, ENCARGADO CONSTITUCIONALMENTE DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA, Considerando: Que la direcci6n, construcci6n y administraci6n de las Obras Piblicas, necesitan una Ley Reglamentaria que las organic, Decreto: CAPITULO I Obras publicas Articulo 10 Las obras publicas se haran por Administraci6n 6 por contratos debidamente autorizados por el Ejecutivo Fede- ral y se dividen en nacionales y de interns national. Articulo 20 Las obWas piblicas nacionales son las siguientes y se subdividen asi: LIV EXPOSICI6N (a) De necesidad pfblica: Carreteras, caminos, acueductos, distribuci6n de aguas por tuberia general y de fuentes puiblicas y pozos artesianos. (b) De cowodidad y utilidad publica: Edificios para los distintos ramos de la administraci6n pu- blica, puentes, canalizacion y limpia de rios, muelles, faros, asti- lleros y malecones. (c) De ornato piblico: Monumentos, estatuas y la ornamentaci6n y decoraci6n de edificios, etc., y obras municipales que crea convenient el Ejecu- tivo Federal construir, como calls, plazas, alamedas, jardines pfiblicos, etc. Articulo 3 La construcci6n de las obras que se refiere el articulo anterior, podra, en algunos casos, hacerse por contrato celebrado con el Gobierno Nacional, con fondos del Tesoro publi- co; pero nunca con fondos de particulares d titulo oneroso. Articulo 4. Las obras de interns national y que contratadas pueden ser explotadas por particulares, las comprenden: los ferro- carriles, los tranvias de vapor, electricidad y de tracci6n de san- gre 6 animal, los cables a6reos de trasporte, los tdneles de comu- nicaci6n direct, los elevadores al vapor y otras que puedan asimildrseles. Esto no impide que el Gobierno pueda hacer por su sola cuenta cualesquiera de estas obras por motives de conve- niencia pfiblica. Articulo 5, Las obras piblicas nacionales correrdn bajo la administraci6n direct del Ministerio del ramo, el que se en- tendera para ella con los ingenieros 6 inspectors especiales encar- gados de la construcci6n; y serAn inspeccionados por los ingenieros del Despacho cuantas veces lo ordene el Ministro, d quien ren- dirdn un informed escrito del estado en que aquellas se encuen- tren, con expresi6n de las faltas que, a su juicio, noten en la eje- cuci6n de los trabajos. uinico. La direcci6n cientifica de toda obra puiblica debe estar a cargo finicamente de ingenieros titulares. Articulo 6? Tambien podra confiarse la administration de cualquiera obra public, A Juntas de Fomento, compuestas de tres 6 mas miembros de libre nombramiento del Ejecutivo Fe- deral, si asi lo juzgare 6ste convenient, las que procederan en OBRAS PUBILICAS LV un todo conforme con lo dispuesto por este Decreto y con las 6rdenes 6 disposiciones ulteriores que les trasmita el Ministerio de Obras Piblicas. Articulo 7Q Toda obra public national que vaya d cons- truirse en totalidad, debera someterse previamente d licitaci6n, en todo 6 por parties. En esta lieitaci6n se admitir 6d todos los que comprueben ser competentes en el ramo objeto del trabajo, por si mismos 6 por disponer de personal cientifico apropiado; pero en este caso el licitador se obligard d emplear ese personal, 6 6 sustituirlo con otro igualmente competent, 6 juicio del Mi- nisterio. Articulo 8 En los casos de licitaci6n de que habla el ar- ticulo anterior se expresard tambi6n, el objeto de la obra, el lugar donde ha de construirse y el maximum de la suma que el Gobierno puede destinar para su ejecuci6n, si fuere un edificio 6 un monument. Articulo 90 Estas licitaciones que s6lo seran para las obras de arte, como edificio, monumentos, ornamentaci6n, decoraci6n puentes, etc., estar6n sometidas 6 lo dispuesto en el articulo 27 de este Decreto y 6 las reglas y condiciones que para el efecto d6 y exija el Ministerio de Obras Piblicas, en cada caso, siendo de estas uIltimas, como indispensable, la cauci6n real 6 personal que A satisfacci6n del Gobierno deber6 prestar el agraciado, quien sera el Director de la obra, aprobado que sea el presupuesto y plans respectivos. Esta cauci6n ser6a en resguardo del exacto cumplimiento de los compromises que por su proposici6n aceptada haya contraido el agraciado, la que no podrd ser menor de un 20 p= del valor total de la obra cuya ejecuci6n se le va d eonfiar. Articulo 11. La expresada cauci6n responderA efectivamente en todo 6 en parte, de la buena ejecuci6n de los trabajos de que es solidaria, y se le cancelard al interesado al quedar la obra concluida conforme 6 los pianos y 6 satisfacci6n del Gobierno. Articulo 12. Los trabajos de construcci6n de carreteras, caminos y acueductos y todos aquellos que puedan por su natu- raleza asimildrseles, seran de preferencia sometidos 6 licitaci6n en las parties en que haya de construirse alguna obra de arte, 6 si por juzgarse mas econ6mico, convenga someter a ella una 6 mas secciones de movimiento de tierra, previa consult de la Junta, del ingeniero 6 del encargado, al Ministerio de Obras L.VI EXPOSICI6N Piblicas y siempre de acuerdo con la asignaci6n semanal 6 quin- cenal que para aquellos trabajos reciben. Articulo 13. Cuando los trabajos que hayan de ejecutarse fueren inicamente de reparaci6n de una obra ya construida, solo se presentard al Ministerio un presupuesto minucioso de ellos, para que, previo el studio consiguiente y hechas las modifica- ciones que hubiere lugar, sea debidamente aprobado. Estos pre- supuestos por pequeios que sean deberAn tener como requisito indispensable, el conforme de uno de los Ingenieros Jefes de la Sala TWcnica del Ministerio. Articulo 14. Los trabajos de reparaci6n de edificios que comprendan obras de distinta naturaleza, no serdn sometidos A licitaci6n, sino en el caso de que entire ellas hayan algunas de una misma especie, que reunidas, puedan someterse A unidades me- tricas, y asi, la licitaci6n sera uinicamente para estas dltfmas. Articulo 15. En los trabajos de urgente 6 inmediata repa- raci6n en que por su naturaleza y condiciones no pueda precisarse antes el nfimero, calidad y valor de las obras que hayan de ha- cerse, y 6stas, i juicio del Ministerio, no excedan de B 5.000, no se hace necesario el previo presupuesto, y el Ministerio podrA ordenar su ejecuci6n por medio de una resolucion en que se ex- prese que las entregas de fondos se harAn de conformidad con el valor de los trabajos que se vayan ejecutando, cargando aqu6- llos d la cuenta de la obra que los ocasiona. No obstante, se im- pone el deber de hacer la relaci6n general de los trabajos al ter- minarse 6stos, con sus precious correspondientes, para agregarla al expediente respective, y para la Resoluci6n aprobatoria del gasto. Articulo 16. Los trabajos pfiblicos que ain en el caso del nuimero anterior, excedan de B 5.000 y que se hagan sin un presupuesto fijo, debidamente aprobado por el Ejecutivo Nacional, aparejan responsabilidad para quien haya ordenado su ejecucion. finico. Se exceptuian de esta disposici6n los trabajos de reparaci6n 6 conservaci6n de Carreteras y Caminos, los cuales pueden haeerse por medio de asignaciones semanales 6 quince- nales; pero siempre autorizados por una Resoluci6n que las orde- ne, y al concluirse aquellos, por la final, aprobatoria del gasto total y de la cuenta. Articulo 17. Si despues de decretada una obra, con la apro. bacion de los pianos y presupuestos levantados para 611a, se pre- sentaren dificultades, no previstas, que se opongan a su ejecuci6n OBRAS PUBLICAS de conformidad con aquellos, los ingenieros encargados de la construcci6n est6n en el deber de participarlo inmediatamente asi, por escrito, al Ministerio de Obras Piblicas, con las modifica- ciones que para salvar dichas dificultades se requieran, d fin de que sean consideradas por el Gobierno y aprobadas por resolu- ci6n especial, si las juzgare justas. Articulo 18. En las obras pfiblicas que se ejecuten y que, llegado el caso prescrito en el articulo anterior, 6 por innova- ciones introducidas en el proyecto de la ejecuci6n, no se hayan llenado oportunamente las formalidades 6 que l61 se contrae, las alteraciones en el precio comrn de las obras 6 el aumento de 6stas debidas 6a cualquier causa, no tendr6n fuerza legal en los casos de responsabilidad de que trata el articulo siguiente, para representar juridicamente el exceso de valor en las alteraciones de precious de unidad 6 el valor invertido en el aumento de obras. Articulo 19. Los ingenieros 6 encargados de la ejecucion de obras publicas, y las Juntas de Fomento administradoras asumen la responsabilidad de los trabajos que se ejecuten en las obras d su cargo y de las sumas empleadas en ellos. Articulo 20. La distribuci6n de los trabajos en las obras puiblicas se hard de modo que el costo de ellos -no exceda de la porci6n semanal 6 quincenal que acuerde el Ejecutivo para cada una de aquellas, porque no seran admitidas por el Ministerio de Obras Puiblicas liquidaciones 6 acreencias por trabajos ejecu- tados, compra de materials, etc., si por algin motive hubiere que paralizar los trabajos de una obra antes de su conclusion definitive, y la porci6n semanal 6 quincenal correspondiente no bastare 6 cubrir los gastos hechos ultimamente en ella. Articulo 21. Las Juntas de Fomento 6 encargados espe- ciales de la construcci6n de una obra, seran solidariamente res- ponsables de los intereses que pueda comprometer la infracci6n del articulo' anterior; salvo el caso de que algunos de los trabajos haya necesitado usar materials de gran precio y ejecutarse al par de los demas. Articulo 22. Las Juntas de Fomento 6 encargados espe- ciales, no podran conceder grandes ajustes; cuando convenga dar estos, sera en pequefias porciones, distribuidas entire various obre- ros y calculadas de modo que puedan ejecutarse en una semana y pagarse en totalidad con la asignacion que en ella tenga acor- dada la obra. SArticulo 23. La media official para los trabajos de las vII-o. P. LVII ikV Exposici6N obras publicas, ya sea lineal, cuadrada 6 cuibiea, es la metrico de- cimal. Articulo 24. Cada vez que el Gobierno lo crea necesario mandara a las obras pfiblicas inspectors especiales para exa- minar el estado de ellas, y en este caso, las Juntas, inge- nieros, encargados, empresarios 6 contratistas, pondrin d dis- posici6n de dichos empleados los libros, cuentas, herramien- tas, materials y todo lo que este a su cargo y les darn todos los informes que 6llos pidan para el mejor desempefio de sus comisiones. Articulo 25. Por resoluciones especiales que dictard el Mi- nisterio de Obras Publicas, se reglamentaran los diferentes casos de economic que en la ejecuci6n y administraci6n de las obras puedan presentarse, segun la localidad en que se construyan 6 para salvar difieultades que extraordinariamente surjan en la priactica. CAPiTULO II Pianos y Presupuestos. Articulo 26. No podra darse principio a ninguna obra pui- blica national 6 de interns national, sin que antes se hayan so- metido a la consideraci6n del Gobierno por el 6rgano del Minis- terio de Obras Pfiblicas y debidamente aprobados, los pianos y presupuestos de que tratan 16s articulos siguientes: Articulo 27. Cuando la obra sea de arte deberfin presentar- se los pianos y docutimentos que siguen: 1' Piano de la plant de todo el edificio. 2' Piano de la fachada 6 piano de la elevaci6n. 3' Pianos de cortes trasversales y longitudinales. 4' Una memorial que contenga la descripci6n general de la obra, los pormenores de construction y ejecuci6n y la naturaleza de los materials que deban emplearse. 5' Un presupuesto minucioso de toda la obra en relaci6n con los pianos y memorial presentados. Articulo 28. Si la obra fuere una carretera 6 un acueducto, se presentarAn los pianos y documents siguientes: 1' Un piano general del trazado, con expresi6n de los terre- nos a uno y otro lado de la linea. 2' Un piano del perfil longitudinal de la obra, con indicacion OBRAS PUIBLICAS clara de las pendientes, banqueos, terraplenes y obras de arte que hayan de ejecutarse. 30 Los pianos de perfiles trasversales que fueren nece- zarios. 49 Una colecci6n de pianos de cortes y elevaciones de las obras de arte que deban construirse. 5 Una memorial descriptive de la direcci6n general de la linea, expresando los motives que la han hecho adoptar y los beneficios que de ella reported los lugares vecinos, y en que se discutan las cuestiones de administraci6n y economic relatives al proyecto. 69 La descripci6n de los trabajos que vayan d ejecutarse, indicando la organizaci6n que se crea mas convenient darles y los materials que deban emplearse en las obras de arte. 7 Un presupuesto del costo general de la obra redactado minuciosamente de acuerdo con los pianos y documents ante- riores. Articulo 29. Para los ferrocarriles, cables a6reos, tranvias de vapor, etc., se observaran ademas de estas disposiciones las prescritas, segin el caso, por la ley de ferrocarriles vigente. Articulo 30. La escala de los pianos exigidos, sera por lo menos, de 0"m01, por metro, para mdquinas y obras de carpinte- ria, cortes y elevaciones de obras de arte y perfiles trasversa- les; y de 0"'0002, por metro, para los perfiles longitudinales. inico. Cuando los perfiles longitudinales de la obra ten- gan much extension y fuere por tanto necesario hacer el traza- do sobre various metros de papel, se presentard ademas un piano pequeio en escala conventional, con el iunico objeto de presentar A un solo golpe de vista el desarrollo del proyecto. Articulo 31. En los presupuestos de trabajos de carpinteria se indicarA la naturaleza, calidad, dimensions y escuadrias de las maderas que han de emplearse y se incluirdn muestras de cada una de ellas. Articulo 32. En los presupuestos de los trabajos de arte, deben considerarse: el valor de los materials puestos en el lugar donde se haya de construir la obra, teni6ndose en cuenta la inu- tilizaci6n de 6stos en su empleo, y el valor de la mano de obra. Para los gastos no previstos, inutilizaci6n y reparaci6n de herra- mientas y utensilios, no podrA presuponerse mas de la veintava parte del valor de la mano de obra. Articulo 33, Los presupuestos, en que se expresen las me- LIX LX IEXPOSICI6N didas de los trabajos que han de ejecutarse en sus distintas es; species, con su unidad de precio A todo costo, es decir: incluyendo materials y mano de obra, y del mismo modo, las obras de otro genero que se acostumbra expresar por su ndmero, son tambien aceptables, previas las modificaciones que de su examen puedan resultar y segin la clase y naturaleza de los trabajos 6 la conve- niencia en la ejecucion. Para estos trabajos d todo costo no ha- brA gastos de herramientas, tiles y enseres por parte del Go- bierno. Articulo 34. Para los gastos de exploraciones y levanta- miento de pianos, presupuestos, etc., el Ejecutivo Nacional, fija- ra la suma que estime convenient al nombrar el ingeniero que ha de hacerlos. Articulo 35. Se establece el 5 p&, como maximum de la pendiente general que deba darse d las carreteras que se constru- yan en el pais. Articulo 36. Solamente para salvar obstdculos insuperables de los terrenos 6 para lograr economies de consideracion, y todo eso en trayectos muy cortos, sera permitido llegar A una pendiente de6 a 7 pS. Articulo 37. La forma del firme de toda carretera, sera un arco de circulo, cuya flecha sea de 'o del ancho de dicho firme. Articulo 38. Cuando por motives muy especiales del te- rreno no fuere possible dar estricto cumplimiento a las dispo- siciones anteriores, el ingeniero hard constar los motivos pode- rosos que a ello lo obligan, en la Memoria que debe presentar junto con los pianos y presupuestos, para la convenient resolu- cion del asunto por el Ejecutivo Federal. Articulo 39. Despues de ser examinados par el Ministerio de Obras Pdblicas y aprobados por el Ejecutivo Federal, los pianos y presupuestos de una obra decretada 6 por decretar, el Gobierno, al ordenar su ejecucion, fijard por resolucion especial el lapso en que deba llevarse d t6rmino y distribuira en porciones men- suales el monto del presupuesto general, que recibiran los inge- nieros, juntas 6 encargados especiales, por quincenas 6 semanas anticipadas 6 vencidas, segun convenga, de la oficina que el Go- bierno fijare al efecto. Articulo 40. Copia de los plans y presupuestos aprobados por el Ejecutivo, se remitird A las Juntas 6 encargados de la ejecucion de las obras, al hacerse el nombramiento de ellos, para OBRAS PUBLICAS que los trabajos se ejecuten en un todo conformes con dichos documents. Articulo 41. Para que la porci6n correspondiente 6 cada quincena 6 semana de que habla el articulo 39, sea entregada d quien corresponda, es precise que las Juntas 6 encargados de las obras presented al Ministerio de Obras Pdblicas, con anticipaci6n, 6 6 la oficina de donde deba emanar el pago, un presupuesto detallado, de la inversion que ha de darse d la mencionada porci6n, de conformidad con las obras que al efecto vayan d ejecutar del presupuesto general. Articulo 42. Un duplicado de este presupuesto quincenal 6 semanal se remitird al Ministerio de Obras Piblicas, cuando el pago se haga por alguna oficina de aduana 6 agencia de fondos piblicos. Articulo 43. Para que los pianos y presupuestos de una obra tengan validez legal, deberd expresarse en la Resolu- cion que ordene la ejecuci6n de la obra d que correspondan, la clausula de su aprobaci6n y anotar al pie de cada uno de ellos la fecha de esta con la autorizaci6n correspondiente. CAPITULO III Personal de las Obras Publicas Articulo 44. Las Juntas de fomento, ingenieros, encar- gados especiales, contratistas, inspectors, aparejadores, ofi- ciales, caporales y peones, constituyen el personal de las Obras piblicas en actividad y dependent todos del Ministerio de Obras Publicas. Articulo 45. El nombramiento de las Juntas, ingenieros 6 inspectors, corresponde exclusivamente al Ejecutivo Federal. La elecci6n de los aparejadores, caporales y demas personal de fdbri- ca, pueden hacerla las Juntas de fomento 6 ingenieros encargados, con la aprobaci6n del Ministerio. Articulo 46. Cada aparejador tendrA d sus o5rdenes, por lo menos, en los trabajos ordinarios de arte, ocho oficiales de primer orden, veinte de segunda y doce de tercera. uinico. El Ejecutivo Federal, siempre que se trate de or- namentacion de edificios 6 de otros casos especiales, se reserve modificar la distribucion anterior, conforme a las exigencias de BXPOSICI6N cada caso, previa solicitud razonada de las Juntas 6 del ingeniero, al Ministerio de Obras Piblicas. Articulo 47. Cada aparejador y sus oficiales podrdn tener d su disposici6n los peones y muchachos que fueren indispensables para el trabajo. Si el aparejador no pudiere vigilar dichos peones y muchachos, se nombrara para ellos un caporal; pero 6ste no podra tener a su cargo ni menos de doce peones ni mas de veinte. Para los veinte peones no puede haber mas de doce muchachos. Articulo 48. En la ejecuci6n ordinaria de las demas obras que no scan de arte, para cada veinte peones habrd un caporal. De las Juntas de Fomento Articulo 49. Las Juntas de Fomento, una vez constituidas, asumen ]a responsabilidad de la buena ejecuci6n de los trabajos cuya administraci6n se les confia y de las sumas que reciban para ellos del Tesoro Nacional. unico. Los actos de la Junta no tendran validez ni cardcter official, sino despu6s de haber participado al Ministerio de Obras Piblicas su instalaci6n, conforme a la Ley. Articulo 50. Para la contabilidad y despacho de oficina, las Juntas de Fomento tendran un Secretario Contador, que no sea de su seno ni tenga voto en las deliberaciones. Articulo 51. Son atribuciones de las Juntas de Fomento : 1' Elegir de entire sus miembros la persona que deba presi- dirla y la que deba desempefar las funciones de Tesorero. 2' Proponer al Gobierno el empleado que deba servir la plaza de Secretario Contador. 3' Inspeccionar por si la ejecuci6n de los trabajos, debiendo dividirse sus miembros en comisiones para la inspecci6n y dar parte oportuno al Ministerio de las faltas que notaren en la direc- cci6n y ejecuci6n de aquellos, que tiendan a perjudicar la march administrative y econ6mica de la obra. 41' Reunirse en sesiones ordinarias una vez por lo menos en cada semana. 5" Levantar en cada sesi6n el acta sobre los puntos de que se haya tratado y remitir copia duplicada de ella al Ministerio de Obras Publicas. 6W Distribuir, de acuerdo con el ingeniero 6 el inspector, LXII OBRAS PUBLICAS LXIII los trabajos de la quincena 6 semana, de modo que el costo de ellos no exceda de la porci6n presupuesta por el Gobierno. 7' Pasar en t6rminos claros y precisos al Ministerio de Obras Piblicas, un informed, tambi6n duplicado, de los trabajos hechos en cada quincena, 6 con tar de lo 6 15 y de 16 d iltimo de cada mes. En este informed deben expresarse las medidas exactas de los trabajos ejecutados. 8 Remitir quincenalmente al Ministerio el movimiento general de la obra en la forma que expresa el cuadro mar- cado con el nimero 1, el cual se compone de 6 secciones que arro- jan los siguientes datos : Secci6n la El personal ocupado en la quincena, el sueldo mensual 6 journal que devenguen, lo pagado en ella y el total de lo invertido en ese ramo. Secci6n 2Q La compra de herramientas y utensilios, su con- sumo, y la existencia para la pr6xima quincena. Secci6n 3' La compra de maderas, su inversion, y la exis- tencia que de ellas quede para la prosecuci6n de los trabajos. Secci6n 4V Que se divide en dos piezas : una, que com- prende los materials de alfareria, y otra, los dem6s de alba- fiileria, etc. En ambas debe demostrarse la compra, consumo, existencia y precious. Secci6n 5" Los trabajos ejecutados, por medidas 6 por unidades, seguin su clase, totaliz6ndose los de la quincena 6 que el cuadro se refiere con los anteriores. Secci6n 6. El movimiento de caja por el sistema de centra- lizacion; totaliz6ndose los asientos de la quincena con los ante- riores, de modo que el ultimo cuadro presentado venga A dar el total de lo entregado para los trabajos y el de lo que en estos se haya invertido. 9' Enviar al Ministerio de Obras Piblicas, los documents originates que comprueben las erogaciones de la quincena, acompaiados de una relaci6n, duplicada, del ingreso y egreso de la Caja, en la forma que expresa el modelo marcado con el nfimero 29 10V Formar, de acuerdo con el ingeniero 6 el inspector, una tarifa de precious de los respectivos trabajos que hayan de darse por ajuste y remitir copia de ella al Ministerio para su apro- baci6n. Articulo 52. El presupuesto quincenal, cuadro y relacion de que tratan los articulos anteriores, deberan ser firmados .LXIV IXPOSIeI6N _______ por el Presidente, el Tesorero y el Secretario contador. Los comprobantes de la cuenta deben ser girados contra la Caja de la Tesoreria de la obra, con el Pguese" del Presidente de la Junta y con las estampillas de Instrucci6n Publica correspon- dientes al valor de cada uno de ellos, sagdn la ley, ostensiblemente inutilizadas. Articulo 53. Todos estos documents se remitiran al Mi- nisterio de Obras Pdblicas junto con el informed de que trata el articulo 51, atribuci6n 7", precisamente en los tres dias siguientes A aquel en que se venza la quincena d que ellos se refieran. Articulo 54. Cuando haya varias obras d cargo de una misma Junta, tanto el presupuesto como la relaci6n de ingreso y egreso, el informed y cuadros pedidos, serdn formados con rela- ci6n A cada obra, por separado y remitidos al Ministerio, con oficios distintos. Del Secretario Contador Articulo 55. Son deberes del Secretario Contador, ademas de los que por la naturaleza de su empleo le correspondent ' 1v Llevar la cuenta de Caja de la Tesoreria de la Junta en la forma que expresa el modelo marcado con el nuimero 29 2" Llevar en libro por separado la entrada y salida de cada uno de los ramos que componen las Secciones 2%, 3 y 4" del modelo nimero 1", en la forma que en l61 se expresa y la totalizaci6n de los trabajos ejecutados, en un todo igual al sistema que establece la Secci6n 5V del mismo cuadro. 3 Llevar nota diaria del alta y baja del personal de la obra, Sfin de que esta sirva de base A la Secci6n 1P" de dicho cuadro. De los Ingenieros de obras Articulo 56. Son deberes de los ingenieros de obras: 1V Permanecer en el lugar donde se hagan los trabajos, no pudiendo ausentarse de el sin el correspondiente permiso del Mi- nistro de Obras Piblicas. 2" Cuidar de que los trabajos se ejecuten de acuerdo con las prescripciones de la ciencia y de conformidad con los pianos y pre- supuestos aprobados por el Gobierno. 3? Pasar quincenalmente al Ministerio de Obras Publicas y a OBRAS PUBLICAS las Juntas, en las obras que las tuvieren, un informed circunstan- ciado de los trabajos ejecutados en la quincena, que en este iltimo caso servir6a 6 las Juntas de base al que deben enviar al Ministerio con sus cuentas quincenales. Articulo 57. Cuando la obra que se construya no tenga Junta de Fomento, sino est6 6 cargo de un ingeniero 6 ins- pector especial, estos empleados cumplir6n en todas sus parties lo ordenado 6 las Juntas, en lo que se relaciona con la parte administrative, entendi6ndose directamente con el Ministerio de Obras Piblicas. finico. En las obras que se ejecuten con un presupuesto dado, por ingenieros 6 encargados que no ganan sueldo, no est6n estos obligados 6a la rendici6n de cuentas ; basta la entrega fiel de todas las obras parciales enumeradas en el presupuesto. De los Inspectores Articulo 58. Son deberes de los inspectors: 1 Permanecer en el lugar donde se ejecuten los trabajos, no pudiendo ausentarse de 61 sin previo permiso del Ministro de Obras Piblicas, quien en este caso designar6 la persona que deba hacer sus veces interinamente. 2o Instruir 6 los empleados subalternos en los deberes que se les imporie por este Decreto y por el Reglamento especial de f6brica que se adopted con la aprobaci6n del Gobierno. 3 Fijar tareas 6 ajustes 6 los peones por medio del apare- jador 6 del caporal, en d6fecto de aqu6l, y de acuerdo con la tarifa que al efecto se haya formado. 4 Correr con la contabilidad y recibo de materials, he- rramientas y demAs utensilios, 6A cuyo efecto, podr6 tener en los trabajos de much magnitude uno 6 m6as ayudantes, con la aprobaci6n del Ministerio de Obras Publicas, quien les fijar6a el sueldo. 50 Llevar nota diaria, en no6mina, de los oficiales, ca- porales y peones que hubieren trabajado en la obra. A este efecto, pasar6 lista en la mafiana y tarde de cada dia, para imponerse de las faltas que ocurran y hacer las anotaciones correspondientes. De esta lista pasara copia cada dos dias al Ministerio y a las Juntas para su conocimiento, con las observa- ciones del caso. 60 Pasar asi mismo al Ministerio y a las Juntas una relaci6n IX-0. P. Lxv cvl BXPostiS6 ___________ quincenal de los materials, herramientas y tiles comprados, de los consumidos y de los que queden existentes para la prosecuci6n de los trabajos en la proxima quincena. 7T Cuidar de que los aparejadores y caporales, cumplan con los deberes que les estan sefialados. De los Aparejadores y Caporales Articulo 59. Son deberes de los aparejadores y caporales, en cada caso: 1P Distribuir los trabajos y las tareas 6 pequefios ajustes, fijados por el ingeniero 6 el inspector, por medidas determinadas, cuadradas, cdbicas 6 lineales y vigilar sobre el modo como deban ejecutarse, de conformidad con las instrucciones dadas al efecto por el ingeniero 6 el inspector. 2" Pasar lista diaria, todas las tardes, al personal que este a su cargo y dar copia de ella al inspector, para que sea revisada por 6ste. En dicha lista debera expresarse la alta y baja ocurrida en el dia y lo que cada uno hubiere devengado, con el fin de que sirva de base d la que el inspector debe enviar al Ministerio 6 a las Juntas. CAPITULO IV Sueldos, jornales y honorarios por mensuras y avalios Articulo 60. Los sueldos de los ingenieros e inspectors los fijari el Ejecutivo Federal al hacerse el nombramiento de dichos empleados. Artieulo 61. El sueldo del Secretario Contador de las Juntas, que no excederM nunca de B 200 mensuales, como ma- ximum, sera' fijado por el Ministerio de Obras Pdblicas, de conformidad con la magnitude y movimiento de los trabajos de la obra. Articulo 62. El journal de los aparejadores, artesanos, ca- porales, peones y muchachos, sera el acostumbrado en cada localidad ; pero en ningdn caso podrd exceder del que se expresa a continuaci6n: Para los aparejadores......................... B 10 Oficiales de ler. orden................. 8 S" 2o i ................ 6 "e ". 4 3er. 5................. 5 _____________________ OBRAS PPBLICAS LXVII Para los Caporales............................. 6 S" Peones .................... de B 3,50 d 4 Muchachos... ..........de 1,50 a 2 Articulo 63. Caso de que a juicio de cualesquiera de las Juntas 6 de los ingenieros encargados, fuere necesario aumentar A algdn obrero el salario determinado, se pedira la autorizaci6n al Ejecutivo Federal, dando un informed razonado sobre la mate- ria; pero mientras no sea aprobado dicho aumento no podra llevarse 6 efecto. Articulo. 64. Por los avaldos y. mensuras que hayan que practicar las Juntas 6 ingenieros especiales, no se pagard como honorario mas del medio por ciento del valor total que result del avaluio, etc., si 6 juicio del Ministerio dicho valor total es equitativo. CAPITULO V Compra de materials Articulo 65. El Ejecutivo Federal, por el 6rgano del Mi- nisterio de Obras Pdblicas, fijard, cada vez que lo crea opor- tuno, el maximum del precio 6 que deben pagarse los materials de -c6nstrucci6n. SArticulo 66. La compra de piedra, arena, cal y otros mate- riales de su especie, asi como el movimiento de tierra, se harA por medidas legales y nunca por cantidad indeterminada, como una carretada, un barril, etc., d menos que sean materials importadas. CAPITULO VI Obras nacionales y de interns national por cantratos Articulo 67. Todo contrato que se celebre para la construc- cion de cualquiera obra national 6 de interns national, se hara con- forme A lo dispuesto en el present Decreto. Articulo 68. El Gobierno, si lo juzgare convenient a los intereses del pais, podra contribuir con alguna suma para la cons- trucci6n de obras por contrato ; pero no garantizara ningun in- tsres sobre los capitals que en ella se inviertan. Asimismo, no aceptara ningun reclamo que con el caracter de indemnizacion por dafios y perjuicios se le haga, por causas de fuerza mayor, tales EXPOSICI6N como: incendios, inundaciones, epidemias, huracanes, movimien- tos terraqueos, etc., etc., por ser estos casos agenos a la previsi6n y A la voluntad del hombre. Articulo 69. En los contratos que se celebren para la cons- trucci6n de obras nacionales 6 de interns national, que deben estar ajustados en su letra y forma A lo prevenido por las leyes de la material y tener en su cuerpo todas las clAusulas establecidas para los documents de esa naturaleza, se establecerA como clausula indispensable una condition resolutoria expresa, a fin de que el contrato quede resuelto de pleno derecho, sivencido alguno 6 algunos de los plazos estipulados, el contratista no hubiere dado cumplimiento a los compromises por aquel contraidos. Ademas, se estipularfi una pena pecuniaria por falta de cumplimiento. uinico. No se estipularan pr6rrogas para el plazo fijo de dar comienzo a los trabajos de una obra contratada. Las pr6rro- gas que en este caso se concedan, seran a juicio, exclusivamente, del Gobierno Nacional, y por causes de fuerza mayor debidamente justificadas. Articulo 70. El Ejecutivo Nacional, si lo juzgare conve- niente, puede conceder a las Compafiias 6 Sindicatos a quienes se quiera traspasar un Contrato, nuevos plazos para la presen- taci6n de pianos, etc., y para el comienzo de los trabajos, si los estipulados en. la concesi6n estuvieren al vencerse en la 6poca del traspaso de esta a su favor. A este efecto, deberan so- licitar aqu6llos la anuencia del Gobierno antes de que se verifique el traspaso. Articulo 71. S6lo las Compafiias 6 Sindicatos debidamente constituidos y acreditados ante el Gobierno Nacional 6 algin capi- talista cuyo cr6dito como tal baste por si s6lo para garantizar la ejecuci6n de la obra, seran tenidos juridicamente como parties contratantes en las controversial que puedan suscitarse con mo- tivo de sus respectivas concesiones. Articulo 72. Si por virtud de contrato celebrado para la construcci6n de una obra de interns national, la Compafiia conce- sionaria empezare los trabajos antes de ser considerada la conce- si6n porel Congreso Nacional y este le negare su aprobacion, la empresa contratista quedara de hecho sujeta a lo que dispone la Ley de 14 de agosto de 1905, sobre la material. Articulo 73. En todo contrato que se celebre despues de la vigencia de este Decreto, la clausula que trate del traspaso de la concesi6n, que en ningun caso podrd ser d Gobierno extranjero, LXVII1 OBRAS PUBLICAS LXIX tendra la siguiente invariable forma: Este contrato no podrd ser traspasado sin permiso del Gobierno Nacional, para que en vista de las formalidades que para el caso y de acuerdo con las leyes se hubieren llenado, d6 su aprobaci6n 6 improbaci6n. Articulo 74. Como lo dispone el articulo 124 de la Cons- tituci6n Nacional, todo contrato que celebre el Gobierno Nacio- nal, 6 quien haga sus veces, sea cual fuere su naturaleza y aunque no tenga la cl6usula ordenada por la ley, de que, "las dudas y controversial que puedan suscitarse con motive de su ejecuci6n sean resueltas por los Tribunales de la Repfiblica con- forme 6 sus leyes y que en ningiun caso y por ningfin motivo puedan ser causa de reclamaciones internacionales," est6 de he- cho sujeto 6 esta cl6usula con la misma fuerza legal que si la tuviera especialmente estipulada en 61 por escrito. Articulo 75. En todo contrato que se celebre despu6s de la vigencia de este Decreto, se estipular6 que la plenitud de los derechos y acciones que por el contrato otorga el Gobierno Nacional 6 favor del concesionario, no tendr6 toda su fuerza y vigor sino despu6s que 6ste haya cumplido de un todo y 6 entera satisfacci6n del Gobierno, las obligaciones que por aqu6l ha con- traido; no obstante, el Gobierno atender6 y cumplir6 sus compro- misos en lo relative 6 la construcci6n de las obras durante la ejecuci6n de los trabajos, de acuerdo con las necesidades de 6stos, y en casos de otra naturaleza, de conformidad con los derechos que por el adelanto manifiesto de la obra vaya adquiriendo el concesionario en virtud de su respective contrato. Si expresa- mente no se hubiere insertado esta cl6usula en algin contrato se tendr6 por sobreentendida. Articulo 76. Los empleados y obreros venezolanos ocupa- dos en los trabajos de las empresas contratistas de obras, como ferrocarriles, cables a6reos, minas etc., no podr6an ser reclutados para el servicio de las armas, salvo caso de guerra international, pero si tienen el deber de ejercer, en los t6rminos de la ley, la policia armada en las demarcaciones de sus respectivas obras, cuantas veces lo requiera asi el orden puiblico y de acuerdo con lo que al efecto disponga el Gobierno. Articulo 77. Toda Compaifa 6 Sindicato, etc., a cuyo cargo est6 la construccion 6 explotaci6n de una empresa ui obra de interns nacional, esta en el deber de tener un representante acreditado ante el Gobierno Nacional, con residencia fija en el pals, bien sea en la capital de la Repiblica 6 en la ciudad cabeza LXX aXPoSICI6N de la Empresa 6 obra que represent, con la suficiente autori- zacion para resolver de por si, ; nombre de la empresa, todos aquellos asuntos, controversial, etc., que puedan suscitarse con motivo de sus respectivas concesiones. Articulo 78. Para que las Compafifas ferrocarrileras, Sindi- catos, etc., puedan hacer efectivas las concesiones de derechos aduaneros que se le otorgan por sus contratos para los mate- riales que necesiten introducir destinados a la construccion, con- servacion y explotaci6n de sus empresas, deben llenar debida- mente lo prescrito por los articulos 177 y 178 del R6gimen de Aduanas, Ley XVI del Codigo de Hacienda vigente, sin cuyo requisite fenecera todo derecho, de conformidad con lo dispuesto en los mismos articulos citados. Articulo 79. Las demas empresas no ferrocarrileras y que tienen iguales franquicias, observaran las mismas reglas 6 que se contrae el anterior articulo, de conformidad con la obra d que se refiera su concesion. Articulo 80. Las concesiones de derechos aduaneros que se hacen a las Compaiias empresarias de obras, por sus respectivos contratos, ya sea para la construcci6n, conservaci6n 6 explotacion, no pueden considerarse en el sentido absolute de exonerar todo lo que las obras favorecidas pudieran necesitar, sino de aquellos materials indispensables al objeto y que por sus condicipnes no pertenezcan a la clase comun 6 mercantil; bien entendido, que no deben extenderse tampoco hasta las materials primas de produc- ci6n national, ni a otros efectos que, 6 juicio0del Ejecutivo, pue- dan atacar directamente los legitimos derechos del comercio 6 industries del pais. Articulo 81. No se concederdn a particulares exenciones de derechos arancelarios para objetos, materials, etc., importa- dos del extranjero, que no hayan sido otorgados por previo con- venio hecho con el Gobierno, para ser empleados en la construc- cion de alguna'obra national que haya sido contratada con aque- llos 6 de reconocida utilidad pudblica. Asimismo no le serdn concedidas las franquicias 6 rebajas que en los fletes, derechos 6 impuestos tiene el Gobierno Nacional en los ferrocarriles, mue- lies, etc., sino en el caso ya prescrito de haberse estipulado en convenio expreso. Articulo 82. Los terrenos baldios que en virtud de la Ley de tierras baldias vigente, se adjudiquen a las empresas concesio- narias de obras como ferrocarriles, cables a6reos, etc., no podrdn OiRAS PUBLICAS LXXI exceder de lo expresado en el inciso 4" del articulo 14 de la misma Ley citada. Articulo 83. Las empresas que por sus contratos tienen au- torizaci6n para cortar en los bosques nacionales las maderas que necesiten para la construcci6n y conservaci6n de sus respectivas obras, se limitardn en el corte a los arboles que por su antigfiedad 6 pleno desarrollo ofrezcan maderas de buenas condiciones; pero en ningun caso podran extenderlo hasta los arboles jy6venes, por- que d la vez que no tienen las condiciones requeridas, su corte destruye el germen de la nueva arboleda. unico. Se prohibe en absolute d las empresas hacer cor- tes de maderas en las cabeceras de los rios. Articulo 84. En los contratos para ferrocarriles debe expre- sarse: que toda empresa ferrocarrilera estd en el deber de com- poner a sus expenses y manteher en perfect estado de servicio, las parties de los caminos nacionales 6 vecinales que para el establecimiento de la linea tenga 6 haya tenido que utilizar; en- sanchdndolo en los trayectos en que el ferrocarril march por ellos, permitiendo el libre paso en los puntos que los atraviesen, con todas las seguridades necesarias para el transeunte, y com- poni6ndolos en todas aquellas parties en que por motivo de los trabajos de construcci6n 6 conservaci6n de la linea, sufran algdn deterioro; 6 fin de que en ninguna ocasi6n se paralice el movi- miento del trafico por ellos. Articulo 85. Las Compafiias que para dar facilidades al desarrollo de sus respectivas empresas, necesitaren abrir algun nuevo camino 6 ensanchar los existentes, asi como limpiar 6 canalizar parte 6 parties de algdn rio, pueden, con el consenti- miento del Gobierno, hacerlo a sus expenses; pero no podran oponerse al libre trafico por ellos ni cobrar 6 los transeuntes contribuci6n ni impuesto alguno por su uso. Articulo 86. Toda alteraci6n, en el plano de una obra des- pues de celebrado el contrato para su construcci6n, 6 en las condiciones de la ejecuci6n de los trabajos, 6 que tienda a innovar alguna. de las clausulas de la concesi6n, para que sea vAlida, legalmente, debe ser consultada antes con el Gobierno Nacio- nal, expresandose las ventajas que de ella resulten en'favor de los interests nacionales 6 los inconvenientes que para el mejor servicio public se quieren salvar, a fin de que el Gobierno d& su aprobaci6n por medio de una Resoluci6n Ejecutiva 6 por adici6n legal en el contrato respective. CAPITULO VII Expropiaciones por cuenta de utilidad p$blica y propiedades Nacionales Articulo 87. Las expropiaciones de fincas 6 de terrenos por causa de utilidad pfiblica se hardn de conformidad con la Ley de la material; pero no se podrA hacer uso de ellas mientras no se haya pagado su valor d los respectivos duefios. Articulo 88. Todo propietario de fincas 6 de terrenos expro- piados, esta en la obligaci6n de otorgar, en el acto de recibir el valor de ellos, escritura de propiedad a favor del Gobierno Na- cional en donde se exprese claramente, si fueren terrenos, el nl- mero de metros cuadrados, la calidad de los terrenos, sus linderos, el numero y clase de propiedades de otro g6nero que contenga, y si fuere finca urbana, su situacion y pertenencias, el nuimero de metros cuadrados que emplace su area de terrenos y sus linderos: ademas, consignard las escrituras anteriores que acre- diten el origen de su derecho sobre aqu6lla. Sfinico. Estas escrituras las enviard el Ministerio de.Obras Piblicas, dejando copia de ellas, al Ministerio de Hacienda, para su incorporaci6n al ramo de Bienes Nacionales. Articulo 89. Cuando la expropiaci6n se haga por cuenta de una empresa contratista de alguna obra, se observaran por la empresa y a favor de ella las mismas reglas establecidas en los articulos precedentes. Articulo 90. Al estar concluido del todo un nuevo edificio pfiblico 6 cualquier otra obra que represent un valor stable, lo participari asi el Ministerio de Obras Publicas al de Hacienda, indicando su costo y situacion, para que este lo haga incluir en el rol de los Bienes Nacionales. CAPITULO VIII Sala Tgcnica Articulo 91. En el Ministerio de Obras Publicas habra una Sala TWcnica. Articulo 92. Esta Sala sera servida por dos ingenieros titu- lares y en Jefe, de reconocida idoneidad, tecnica y prdctica, en EXPOSICi6N LXXII OBRAS PUBLICAS construcci6n, ornamentaci6n, trazado y minas y de cuyo infor- me se desprenda siempre una verdadera decision en los dis- tintos casos del ramo de ifigenieria que puedan presentarse 6 sean sometidos 6 su studio. Articulo 93. Uno de estos ingenieros se ocupar6 exclusi- vamente en el ramo de edificios, monumentos, ornamentaci6n y decoraci6n, puentes, calzadas, etc., y el otro en el de ferroca- rriles y caminos, acueductos, cables, canalizaciones, muelles, etc., d cuyo efecto, podr6n tener, accidentalmente, 6 su servicio, los ingenieros auxiliares que necesiten, segfin los casos, y bajo la denominaci6n de "Ingenieros 6 las 6rdenes del Ministerio." Articulo 94. Los dos ingenieros Jefes de la Sala T6cnica, son los inspectors natos de todas las obras pfiblicas que se cons- truyan y tendr6n las atribuciones siguientes en sus respectivos ramos: 1 Hacer los studios y levantar los pianos que sean nece- sarios para la ejecuci6n de cualquiera obra que el Gobierno vaya 6 decretar, 6 los que acompaiiar6n el presupuesto 6 informed correspondiente, todo de conformidad con lo dispuesto en los articulos 27 y 28 de este Decreto. 2* Informar sobre los otros pianos y presupuestos que inci- dentalmente sean presentados al Ministerio de Obras Pfiblicas, para la construcci6n por contrato de alguna obra national 6 de interns national. 3" Prestar sus servicios profesionales en la construcci6n 6 reparaci6n de las obras que el Ministerio les confie directamente. 4V Rendir al Ministerio un informed trimestral del valor que tengan en la plaza las diversas classes de materials de construc- ci6n, del valor de la mano de obra en los distintos ramos del arte de edificaci6n; del de los trabajos de movimiento de tierra, obras hidr6Aulicas, etc., etc.; y sobre las modificaciones que de confor- midad con un detenido studio puedan, 6a su juicio, introducirse en los trabajos, para mayor economic, sin perjuicio de sus reglas invariables y su solidez. Como adici6n 6 este informed se incluir6an, en periods deter- niinados, para conocimiento del Ministerio, los precious en las diferentes plazas de la Repuiblica, de materials, jornales, fletes, etc., etc. 5" Organizar debidamente y bajo formal inventario el ar- chivo de plans pertenecientes al Ministerio, del cual ser6An exclu- sivamente responsables, como tambien de los intrumentos de x-o, P, LXXIII LXXIV IXPOSICI6N ingenieria, uitiles y enseres de dibujo que se pongan a su dispo- sicion para el menage de la Sala Tecnica. Articulo 95. Los Ingenieros en Jefe de la Sala Tecnica, tendran puesto, con voz en debate, pero sin voto, en todo Jurado que se nombre para conocer de los meritos cientificos y artisticos de los pianos que se presented al Ministerio en virtud de licita- ciones 6 Concursos promovidos para obras publicas, y son los llamados a escoger, despues del voto definitive del Jurado, hasta dos pianos ma's de los presentados al Concurso, que d su juicio llenen tambien las condiciones requeridas y que por su merito pudieran competir con el piano agraciado, para indemnizar a los autores su trabajo con una recompensa pecuniaria por parte del Gobierno. Articulo 96. Los gastos que ocasione la habilitacion, soste- nimiento y servicio de esta Sala, se hardn de los fondos generals del ramo de Obras Pfiblicas. CAPITULO IX Contabilidad y Estadistica. Articulo 97. Los fondos que de la Renta Nacional se des- tinan a la construcci6n y reparaci6n de las obras piblicas, ingre- saran en la Tesoreria respective la que hard los pagos quincena- les, semanales y de character extraordinario que ocurran, previas las 6rdenes que al efecto gire el Ministerio de Obras Pfiblicas a favor de las Juntas de Fomento, ingenieros 6 inspectors encar- gados de obras 6 de algIn particular que por valor de expropia- ciones, indemnizaciones de perjuicios, encargo de efectos al extranjero, venta de materials, herramientas, etc., tenga que cobrar su imported directamente del Ministerio. Articulo 98. Toda erogaci6n, (exceptuando las destinadas para desembarque, fletes y acarreos y las que sin pasar de B 100 se destinan a la compra de herramientas, pequefias reparaciones, muestras de materials para ensayos 6 de cardcter general,) debe ser precedida por una Resoluci6n Ejecutiva que la autorice, ex- presandose el objeto de ella y la obra que la ocasiona. La falta de este requisite bastard por si sola para anular la legalidad de cualquier giro que se haga contra fondos nacionales, y establece responsabilidad para los funcionarios que le hayan dado curso. Articulo 99. El examen de los documents de inversion de fondos que quincenalmente deben remitir las Juntas de Fomento 6 encargados de obras, al Ministerio de Obras Pfiblicas, segin se les previene en la atribucion 99 del articulo 51, correrd d cargo de la Secci6n de Contabilidad y Estadistica de dicho Ministerio. Articulo 100. Corresponde 6 esta Secci6n, en el present caso, informar sobre los pedidos quincenales 6 semanales que hagan las Juntas 6 encargados al Ministerio. En el informed de aquellos que deban pagarse por la Tesoreria del ramo, debe ex- presarse, para que el Ministerio pueda library la orden de pago correspondiente, que se han rendido las cuentas de la quincena 6 semana anterior y remitido los comprobantes; que despu6s de examinados se han encontrado conformes A las disposiciones de este Decreto; que la quincena 6 semana que se pide esta tambi6n conforme d lo que haya dispuesto el Ministerio, y que por consiguiente la Secci6n opina porque se libre la orden de pago. Articulo 101. Cuando el pago de las quincenas se haga por las Aduanas i otra Agencia de fondos pilblicos, el Administra- dor de 6stas al hacer el pago pondrd al pie de la nota y presu- puesto de pedido, "pagado d la Junta de Fomento (6 encargado de (tal obra) por estar conforme con las disposiciones del Mi- nisterio, sobre la material, en virtud de orden que 6ste le comu- nic6 con (tal fecha)" y remitird copia del presupuesto, la Aduana 6 Agencia, al Ministerio de Obras Piblicas, por el correo inme- diato al dia en que se haga el pago. Articulo 102. Examinados que sean los documents rela- cionados con el articulo 51, el Ministerio abonara '6 las Juntas 6 encargados, con cargo. 6 las obras, las erogaciones aceptadas por el en el examen de cada cuenta, y dejard vigente en el ramo de deudores, el monto de los reparos que se hagan, si los hubiere, hasta que 6 juicio del Ministerio sea contestado satisfactoria- mente el cargo por quien haya lugar. Articulo 103. Cuando se destine alguna suma para compra de cemento i otros materials de uso general en las obras pd- blicas, que deban depositarse en los almacenes del Departa- mento del ramo, se les abrir6 6 dichos materials una cuenta separada con denominaci6n correspondiente 6 cada especie, donde se exprese en el Debe el niumero que de cada uno de aque- llos haya ingresado, con su valor, inclusive gastos de flete, etc., para ir abonAndoles los que se vayan entregando 6a las OBRAS. PUBLICAS LXXV I xxvI XPOSII6AN ___ distintas obras en actividad, con cargo a estas. Cada salida de materials del dep6sito, ademas de la orden superior que la au- torice, la acreditara un reeibo del encargado de la construcci6n de la obra que respectivamente los consuma, expresAndose la especie, nimero y valor, y )a obra a que van destinados. Articulo 104. La Secci6n de Contabilidad y Estadistica del Ministerio, recopilara los cuadros 6 estados quincenales que las Juntas de Fomento 6 encargados de obras envien con sus cuen- tas y los ira centralizando por ramos y por obras, de conformidad con las cinco primeras secciones de aquellos y en libro que al efecto abrira, para extractar los resfimenes anuales de cada obra, que deben figurar en la estadistica general del ramo de la Memoria annual del Ministerio. Asimismo, y para igual objeto, recopilara los estados mensuales que envien las empresas de fe- rrocarriles en construcci6n 6 explotaci6n y que.les prescribe su Reglamento especial, 6 de cualquiera otra obra de interns na- cional contratada por el Ministerio. La expresada Secci6n de-Contabilidad y Estadistica, llevara ademis en libro apropiado, la estadistica de los materials y de- mas efectos que el Gobierno exonere de derechos aduaneros A dichas empresas, segin sus contratos; por species separadas y con expresi6n de su peso en kilogramos y el valor de los dere- chos. A ese efecto, establecerA un rayado especial con doce co- lumnas encabezadas asi: fecha, nombre del buque, hierro y acero, maderas, grasas, aceites, carbon repuestos, herramientas, articulos de oficina, diversos y derechos arancelarios. Articulo 105. Mensualmente se publicard por el Ministe- rio de Obras Pfiblicas un cuadro que demuestre el movimiento general de las obras nacionales que se construyan en la Repfi- blica, con expresi6n del costo de cada una en los ramos de en- trega e inversion de fondos, hasta la fecha de la publicacion. Este trabajo correra a cargo de la misma Secci6n del Ministerio, ya expresada. CAPITULO X Disposiciones generates. Articulo 106. Queda en absolute prohibido en las obras iu blicas, toda edificacion nueva con tierra apisonada 6 con adobes crudos, asi como el uso de barro 6 de mezclote en las mampos- OB3RAS PUBLICAS terias. Los materials de piedra, cal, arena, cemento, y de arci- lla cocida y los de hierro y madera y sus similares, son los uinicos aceptables en las construcciones puiblicas. En los techos, los entejados de arcilla 6 de cemento, etc., ir6n asentados sobre ta- blas ligeramente estriadas y la pega se har6 con mezcla de cal y arena. Articulo 107. Se prohibe d las Juntas de Fomento y d los encargados especiales de la administraci6n 6 direcci6n de al- guna obra, la ejecuci6n de ninguno de los trabajos que est6n d su cargo, por medio de contratos. Articulo 108. Cuando por circunstancias especiales fuere necesario celebrar alguin contrato 6 convenio para la construcci6n de alguna de las parties de una obra, lo manifestar6n las Juntas respectivas, 6 encargados, al Ministerio de Obras Publicas, indi- cando las bases que crean m6s convenientes fijar al contrato para ser consideradas por el Ministerio, y en caso de aprobaci6n, 6ste les indique el modo como deba ser celebrado. Articulo 109. No se considerar6 como v6lido ningin con- trato celebrado por las Juntas de Fomento 6 encargados de obras, mientras no haya sido aprobado por el Ejecutivo Federal. Articulo 110. Es cl6usula indispensable de todo contrato la obligaci6n de reconstruir el contratista la obra contratada, si d juicio de experts ella no estuviere de un todo conforme con los pianos presentados y aprobados, 6 careciere de la solidez necesaria. El cumplimiento de esta obligaci6n, ser6 garantizado por una fianza efectiva 6 satisfacci6n del Ministerio. Articulo 111. Todos los documents que envien las Juntas de Fomento 6 encargados de obras al Ministerio, deber6n remi- tirsele en pliego certificado. Articulo 112. No se permitir6 en las cuentas que se rindan al Ministerio, por las Juntas 6 encargados de obras, la partida de gastos extraordinarios ni la de imprevistos. Cualquier gasto indispensable que ocurra no presupuesto, deber6 ser sometido a la consideraci6n del Gobierno, y al ser aprobado, se cargar6a A la cuenta en el ramo que lo ocasiona como "gasto adicional." Articulo 113. El Ejecutivo Federal proveerd d los ingenie- ros 6 inspectors, cuando sea necesario, de una bestia aperada para el uso de 6stos en el desempefio de sus funciones; pero los gastos de mantenci6n de dicha bestia serd por cuenta del em- pleado. Articulo 114. El pago de aparejadores, caporales y demAs LxxV1I I.XXVII! EXPOSICI6N obreros, se hard semanalmente por el inspector en presencia del ingeniero y del Tesorero de la Junta y en defecto de 6ste, del Secretario Contador. Si la obra no tuviere Junta, el pago lo hara el ingeniero 6 encargado especial en un lugar de la misma obra 6 cercano a ella, abierto y accessible A todos los que tuvie- ren algo que haber. Articulo 115. Todo ciudadano tiene el derecho de inspeccio- nar la ejeeuci6n de las obras piblicas, nacionales 6 de interns national y de comunicar, con fundadas razones, al Ministro del ramo, las faltas que en 611as observe, ya sean de construcci6n 6 de cumplimiento de lo preceptuado por este Decreto 6 por las resoluciones posteriores reglamentarias de 61. Articulo 116. La falta de cumplimiento A los deberes im- puestos por este Decreto, sera penada con la deposici6n del em- pleado que la cometa; pudiendo las Juntas de Fomento hacer efectiva esta disposici6n sobre todos los empleados de su depen- dencia con excepei6n del ingeniero y del inspector, pues con res- peeto a 6stos, deben limitarse a pedir la deposici6n al Gobierno Nacional, expresando las causes que motivan la petici6n. Articulo 117. Se deroga el Decreto de 13 de abril de 1874, sobre obras de fomento y cualesquiera otras disposiciones sobre la material que puedan estar en oposici6n con la letra de este Decreto. Articulo 118. El Ministro de Obras Pdblicas queda encar- gado de la ejecuci6n de este Decreto. Dado, firmado, sellado con el sello del Ejecutivo Federal y refrendado por el Ministro de Obras Publicas en el Palacio Fe- deral de Caracas, a 15 de abril de 1909.-Afio 98 de la Indepen dencia y 51o de la Federaci6n. (L. S.) J. V. GOMEZ. Refrendado. El Ministro de Obras Piblicas, (L. S.) ROBERTO VARGAS. MODELO NUMERO 1 Estados Unidos de Venezuela (Nombre de la obra) Cuadro demostrativo del movimiento que han tenido los trabajos de esta obra y su Caja en la quincena corrida de a SEOCION PRINERA: Personal ocupado en la obra. Oficiales de carpinteria Oficiales de.albafileria : Capomales Peones Much _____ ..-- - -.. ... ...!..... P clase 1 2clase 3 clase 1 clase 2. clase &3 clase iI 1.a clase | .N Ila|e N | No. [ Jornal NO Jornal N*: No Jornal N? Jornal N? Jaal N.IJornal------ N?-JoalN9 NJon I :iI I. F i i eachos Jornal Total de lo invertido en personal SEGOCION SEGUNDA: Utensilios y herramientas. Existencia anterior........... Comprados en la quineena. ....... Total..................... Consumidos en la quincena......... Existencia .................. Barras N Precio I - -I -. I - Azadas N? Precio Palas Precio -"--F - __ -Fl.-----------__- -11.------ F -- Total de lo inver- tido en fitiles y herramientas SECOION TEROERA: Materiales de carpinteria. Existencia anterior............ Comprados en la quincena ......... Total .................... Consumidos en la quincena........ Existencia ....... ........... Tota' .I loinver il, -- en Iilltt ria'es de | cariinterfa SECCION GUARTA: Materiales de albafiileria y alfareria. Existencia anterior ........... Comprados en la quincena......... Total .................. Consumidos en la quincena...... Existencia ............ .. Cal etro Precio c Ibtc Arena Precio DE ALBANILERIA SPiedra MeItr Preci cdbico rei Tctal de lo invertidc en materials de albafiilerfa Adobitos SPrecio DE ALFARERfA Adoboncitos Panelas N? Precio N Precio - I - F F F F Total de lo invertido en materials de alfarerfa SECCGION QUINTA: Trabajos que se han ejecutado. Ejecutados antes de la quincena.... Idem en la quincena......... Total.............. Mamposteria Metro efibico Terraplenes Metro cfibico Desaguies Metros longitudinales _____________ F - ____________________ - SECCION SEXTA: Movimiento de Caja. Lo ingresado hasta............. segun cuenta rendida al Ministerio de Obras Piblicas en el cuadro de la quincena: anterior.............................. ........... Lo recibido de la ........................................ por valor del presupuesto presentado para la........... quincena de ......................................... Igual Igual. .. .. .. .. .. .. .. ..... . B B Por lo invertido en diversos ramos segun consta de la cuenta rendida al Ministerio de Obras Pfiblicas hasta.......... Gastos de la quincena asi: I En personal (Secci6n 1') ................................. B Utensiliods y herramientas (Secci6n 2)..................... Materiales de carpinteria (Secci6n 3.)..................... Idem id albafiileria (Secci6n 4' ..................... Idem id alfareria (Secci6n 5'")................... Reparaci6n de herramientas y itiles....................... Acarreto ............................................ .. . P61lvora .................................... ........ Valor de trabajos por ajustes ............................ Existencia en efectivo ...... .................. Igual..................... B B ............................ de 19 El President de la Junta, - I SEOGION TERDERA: Materiales de carpinterfa. --L- l 11 1 1 I I I I I Trabjos ue s hanejectado SEG.IO SET -oi iet e Iaa I 'I El Tesorero, El Secretario Contador, LXXXII IEXPOSICI6N (QT DEL3NC (AQUI EL N01 1909 ~ Abril l!Recibido de la Tesoreria (6 de la Agencia, etc.) por )a portion correspondiente (d la quincena, 1P 6 2', 6 semana de (tal fecha).................... Nueva cuenta: Existencia de la quincena anterior................. Recibido de etc., etc.............................. B 3.045, B 20.000, B 20.000, rT.UMERo 2 ,E DE LA OBRA) 30 ( Por lo invertido en la quincena que terminal hoy asi: En personal: Sueldo del ingeniero, quincena de ................. B 300, Inspector ................ 200, it Secretario contador, quincena de.......... 100, Pagado A los operarios por los trabajos de la quince-1 na, seguu recibo del inspector................. 5.000, En herramientas y utensilios: Pagado 6 N. N. por 4 hachas .................... B 50, a 2 barriles ..................... 25, En materials de carpinteria: Pagado A N. N. por 4 viguetas.................. B 50, S A 12 tablas........... ....... 150, En meteriales de albaiileria: Pagado 6A N. N. por 12'"3 de cal ................. B 600, a d '' 25'1': piedra ............... 250, En materials de alfareria: Pagado 6 N. N. por 1.000 adobitos ..............B 125, a" 5.000 ladrillos .............. 500, En reparaciones de hierros y Atiles: Pagado 6A N. N. por reparaci6n de 2 hachas....... En acarreo: Pagado 6A N. N. por conducci6n de.............. B 50, a 50, 4 9 it 99 t i it ...... ... ,. ..... 0 En p6lvora: Pagado 6 N. N. por 50 kilos de p6lvora ............ En ajustes: Pagado 6 N. N. por el trabajo que se le ajust6 el... del corriente, segun recibo....... ........ B 5.000, Pagado 6 N. N. por el trabajo que se le ajust6 el... 0 del corricnte, segun recibo .... ............... 4.000, Existencia para la pr6xima quincena............... (Se practice igual operaci6n que en la quincena ante- rior con referencia a los ramos de egreso.) -I- -- P .- -. -- - XI-O. P. DEBE HABER Ab. 46 OBRAS PbBLICAS LXXXIII B 5.600, 75, 200, 850, 625, 5, 100, 500, 9.000, B 16.955, 3.045, B 20.000, EXPOSICI6N "Empresa Nacional de Minas de carbon y Ferrocarril de Guanta" INFORMED Barcelona: 22 de julio de 1907. Ciudadano Ministro de Obras Pdblicas. Caracas. Despues de haber hecho un studio detenido de las instala- ciones pertenecientes a la Empresa Nacional de Minas de carbon y Ferrocarril de Guanta, tengo el honor de presentar d usted el siguiente Informe: I. Muelle de Guanta. Este muelle tiene 280 metros de longitud por 14 metros de ancho. Esta constituido por pilots y armadura de hierro, con pavimento de madera; los primeros, provistos de helices en su extremidad inferior y ligados con cruces diagonales. El enta- blado, que tiene 0."'06 de espesor, descansa sobre una red cuadri- cular de vigas de hierro. Esta obram que, porsu importancia y sus condiciones, es capaz de dar cabida c6modamente a los mayores vapores que visitan nuestras costas, esta en un estado verdaderamente ruinoso; pues, se puede decir que tanto los entablados como el endurmientado, estan des- truidos casi en absolute, siendo cada dia mas peligroso el trafico por ellos. La parte dehierro esta tambien deteriorada en algunos sitios, pero, en general, su estado es satisfactorio, requiriendo s6lo, en su mayor parte, limpieza y pintura. Seria sensible que una obra de esta naturaleza, tan bien construida y cuyo valor puede calcularse en mas de B 600.000, llegase a una complete ruina, por falta de las reparaciones ur- gentes que ella require. Como la extension del muelle es demasiado grande para el movimiento actual del Puerto, creo que, para facilitar su gradual reparaci6n, sera suficiente arreglar por ahora 150 metros lineales solamente, que es la parte de mayor trAfico; extendiendo de una vez la limpieza y la pintura a toda la armadura metalica que esta fuera del agua. LXXXIV OBRAS PUBLICAS LXXXV Algunos pilots han bajado algo, produciendo el consiguiente desnivel en el pavimento. Como la reposici6n de ellos seria muy costosa y como este descenso, que ha sido casi vertical, no com- promete la estabilidad de la obra, podrd restablecerse el nivel primitive simplemente poniendo alli mas gruesos los durmientes. Si habr6 necesidad de reponer tres pilots rotos y algunos pes- cantes con sus largueros respectivos, aprovechando para ello el material de hierro y los elements existentes en los almacenes de la Empresa. H6 aqui el presupuesto que he formado para estos trabajos: 2.025 metros cuadrados de tablas d B 4....... B 8.100 2.625 metros lineales de tablas para durmien- tes d B 1 ............................ 2.625 5.000 tornillos con sus tuercas d B 0,50....... 2.500 2.100 grampas d B 2....................... 4.200 Reposici6n de los pilares rotos, etc............ 1.500 Reposici6n de 20 pescantes con sus largueros.. 1.200 Pintura y limpieza .......................... 4.000 Obra de mano, incluyendo la destrucci6n del piso actual ........................... 6.075 B 30.000 Gastos imprevistos 10 p .................. 3.020 Total .................. B 33.220 No estd incluida aqui la reposici6n de la doble-te del extreme oriental, ni de dos en la calzada central; las cuales estAn algo averiadas, pero con suficiente resistencia todavia. Para el servicio del muelle es necesario hacer las siguien- tes erogaciones: Valor de dos boyas con sus cadenas y anclas .... B 6.000 Reparaci6n de la gria .............. : ......... 550 Total ............... B 6.550 licxitvi JXPOSxCx6N II. Ferrocarril de Guanta d Barcelona. Esta linea, que tiene 19 kil6metros de longitud, esta en regular estado de conservaci6n. En realidad, ella no require, como trabajos principles, sino continuar la reposici6n de los dur- mientes que esten en mal estado, trabajo que se ha venido haciendo con alguna lentitud d causa de la falta de recursos; y embalastar y empaquetar algunas porciones de linea, sobre todo en los siguientes sitios: el Tronconal, subida de Pozuelos, curva y subida de Puerto La Cruz y bajada de El Chaure. Tambien seria convenient reparar las alcantarillas de Puerto La Cruz, Pozuelos, El Chaure y Cerro Colorado. Los rieles estan, en general, en buen estado; quedando toda- via una reserve de 400 rieles para tender d las reposiciones que sean necesarias. El trdfico en esta linea se hace con regularidad. Para poner su material fijo en complete estado de servicio, seria indispensa- ble hacer los siguientes gastos: Obra de mano para la reposici6n de 4.000 durmientes, in- cluyendo el empaquetado, la nivela.cion de la linea y la limpieza de los desagiles........................ B .4.000 Valor de 4.000 durmientes a B 1.25 .................... 5.000 Balasto y empaquetado en los sitios arriba indicados ... 7.500 Reparaci6n de las alcantarillas nombradas.............. 1.500 Total ....................................... B 18.000 Gastos imprevistos--10 p ............................ 1.800 Total .......................................B 19.800 Material rodante.-Existen los siguientes elements: 3 locomotoras, de las cuales hay una en buen estado, acabada de refaccionar, y dos en mal estado. 2 wagones para pasajeros, de primera, en buen estado. 2 "' segunda, " 2 "' mixtos, " 2 de primera, en mal estado. 5 segunda, " 2 furgones en buen estado. ixxkvi OBRAS PUBLICAS 6 wagones de carga, en estado regular. 49 wagones para cargar carbon, en mal estado. 4 plataformas en buen estado. Este material es suficiente para las necesidades de la locali- dad; mas como en realidad s6lo existe una locomotora fitil, pues las otras dos no admiten ya m6s reparaciones, creo que debe adquirirse una nueva, cuyo valor, con sus accesorios, puede calcu- larse en B 25.000. Edificios. -Todos necesitan alguna reparaci6n mas 6 menos important. Me concretar6 aqui d las de mayor urgencia, pres- cindiendo, por ahora, de la parte decorative como encalados, pin- tura, etc., Ellas son : Reparaci6n de los techos de los edificios de la Estaci6n de Bar- celona.. ........................................ B 1.300 Construcci6n del techo del dep6sito de wagones en Bar- celona (obra de mano)............ ............. 1.100 Reparaci6n del techo del edificio de la Estaci6n de Guanta ..... .................................. 150 B 2.550- Gastos imprevistos-10 p... ................... 250 Total ....................................... B 2.800 Taller.-El Taller mecanico establecido en Barcelona es bastante complete, pues contiene un juego de maquinas de tornear, de taladrar, de acepillar, de hacer tornillos y tuer- cas, etc. Para apreciar su capacidad y los elements de que dispone, se podria citar la locomotora alli restaurada recien- temente y cuya inauguraci6n se verificard en estos pr6ximos dias. Este taller atiende, no s6lo d las necesidades del Ferrocarril, sino que hace tambien trabajos para el puiblico, constituyendo asi una fuente de ingresos no despreciable, que contribuye eficazmen- te al sostenimiento de la Empresa ; siendo adem6s un recurso para gran parte del Oriente que carece, casi en absolute, de elements de esta naturaleza. Existe alli desmontada una maquina de aserrar, a la cual s6lo falta el juego de laminas circulares. Seria convenient encargarlo y montar la maquina cuanto antes; como que LkXXVII ella seria de gran utilidad, no s6lo para la propia Empresa, sino tambi6n para el puiblico, por no existir ninguin aserradero en la localidad. Anoto en seguida la lista de materials, uitiles, etc., que necesita actualmente el taller, para su servicio interior, y tambi6n para tender, en la parte mecdnica, d los diversos ramos de ]a Empresa: Un surtido complete de Hlaves inglesas, de tarrajas para tubos: de limas; escuadras; compases; niveles; calibradores; barras; eabillas y platinas de hierro; 25.000 tornillos para durmientes; 2.000 eclisas; tubos de cobre para calderas; correas; tuberia de hierro galvanizado para los dep6sitos de agua.; una caldera vertical de 6 caballos, para la bomba de Guanta................... B 22.600 A lo cual debe agregarse la montura de la maquina de aserrar y el valor de las cierras circulates que faltan .......................................... 1.900 B 24.500 Gastos imprevistos-10 p ............................ 2.450 Total............................ : ....B 26.950 III. Ferrocarril de Barcelona d Naricual. Su longitud es de 171 kil6metros, los cuales estdn tam- bi6n en median estado de conservaci6n. Los trabajos mas urgentes que require esta linea, son: desmonte en casi toda su extension; reposici6n de los durmientes podridos 6 que- mados; apertura y regularizaci6n de los desagies, especial- mente en los trayectos deleznables y anegadizos; completar la plataforma de la linea en various lugares, sobre todo cerca del puente de Las Pefias, frente al caserio de Naricual, en la curva Pdez, en la cortada de Cerro Grande, etc.; encurvar algunos rieles de las curvas situadas entire Las Pefias y la Estaci6n de las Minas; y, por uiltimo, reparar algunas alcan- tarillas. El costo de todos estos trabajos lo calculo del modo si- guiente: I uXPOSICl6N i,3xxvIIr QBRAS PUBLICAS Trabajos de desmonte................................ B 1.500 Reposici6n de 4.000 durmientes 6 todo costo ............ 9.000 Apertura de desagies........... .................... 10.000 Trabajos para completar la plataforma en los sitios nom- brados.. ........................................ 3.000 Por encurvar los rieles en las curvas que asi lo requieran.. 500 Reparaci6n de alcantarillas en Las Pefias, Naricual y La Toma........................................ 1.200 B 25.200 Gastos imprevistos-10 p .......................... 2.520 Total ................................... .... ... B 27.720 Tambien seria convenient ejecutar, aunque no con la urgen- cia de los anteriores, los siguientes trabajos : Hacer un tramo mas en el puente de "Los Montones," sobre el Neveri ; pues este puente es algo angosto para el volume de agua que arrastra el rio durante el invierno. Asi mismo, debe rodearse de concrete la pila del medio ; y construir de mamposteria el estribo Sur, que provisionalmente se ha hecho de madera; Pintar los puentes de hierro de Las Pefias, La Toma y Los Montones; y Construir de mamposteria las alcantarillas del "Manantial del Jabillo" y "Cerro Grande," que son hoy de piedra seca. Descrito el estado actual de las obras del Muelle y de las dos Secciones de Ferrocarril pertenecientes 6 esta Empresa ; y valoradas las reparaciones y reposiciones m6s urgentes que ellas requieren, juzgo oportuno ocuparme ahora, aunque sea suscin- tamente, de los resultados que ha dado la explotaci6n de este negocio, considerado desde el punto de vista puramente commercial, en el periodo comprendido entire su inauguraci6n, en 1892, y la 6poca actual. A fin de poder comparar estos resultados f6Acilmente, he formado los cuadros que van 6 continuaci6n : LXXXIX |
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