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( i i i : i : i i (; i 1 : I DE ' : KE) PP fOfc CkV. V 13 51' . V m si r. Nm. 104. .! Jueves .31 de Agosto de 1843. , Voliin. 12. ARTICULO DE OFICIO MINISTERIO DE HACIENDA. t : He dado cuenta al Rejente del Reino del; espediente instruido en este ministerio a consecuencia de una consulta de la suprimida di reccion jeneral de Rentas y arbitrios de. Amortizacin, su fecha 10 de Agosto de 1841, sobre el modo de satisfacer los crditos que re resultaron sultaron resultaron en contra de las estinguidas comunidades relijiosas al tiempo de su supresin y aplicacin de sus bienes la nacin, en la ,cual propona entre otras cosas la derogacin de la Real orden de 25 de Junio de 1840, por los inconvenientes que ofreca en su ejecucin. Enterado S. A., y tomando en consideracin-los dictmenes emitidos en el espediente por los asesores de las direcciones jenerales de Ren Rentas tas Rentas y de la superintendencia, quien se sirvi oir en el asunto, se ha servido disponer que para atender las muchas reclamaciones de. esta especie que se dirijen al Gobierno y esa administracin jeneral se adoptn las reglas siguientes: , ,:, , ; ; 1? Que considerando sin efecto las disposiciones jenerales conte contenidas nidas contenidas en la Real rden de 25 de Junio de 1840, se proceda desde luego al examen y reconocimiento definitivo de los crditos que al tiempo de la supresin de las comunidades relijiosas adeudaban estas personas corporaciones particulares. ... : .-, 2? Que la anterior determinacin se ejecute por esa administra administracin cin administracin jeneral de bienes nacionales, oyendo en los espedientes el dicta dictamen men dictamen de la contadura jeneral del reino, asegurndose de la lejitimi lejitimi-dail dail lejitimi-dail de los crditos, y exijiendo la comprobacin satisfactoria de los hechos para calificar el derecho por las leyes y principios de justicia que rejian al tiempo de contraerse los empeos de que proceden, sin olvidar las reglas especiales de los institutos relijiosos que puedan in influir fluir influir en su validacin. 1 s , 3- Que para evitar todo motivo de quejas preferencias arbi arbitrarias, trarias, arbitrarias, esa administracin jeneral vaya reconociendo estos crditos precisamente por el orden de antigedad de las reclamaciones de los interesados; y con el fin de precaver dilaciones ya indisculpables sospechosas, no admitir peticin alguna nueva trascurridos que sean dos meses desde la fecha en que se publique esta disposicin en la Gaceta, cuyo plazo se fija como improrogable. 4 Que medida que sa administracin jeneral vaya reconocien reconociendo do reconociendo declarando lejtimos los crditos, traslade sus resoluciones la direccin jeneral del Tesoro, la cual en virtud de ellas espedir li libranzas branzas libranzas pagars favor de los respectivos interesados. 5 Que el importe de estos crditos, como carga de justicia lie estaban afectos los bienes nacionales, se pague en metlico con sus productos; y, mediante estar hoy centralizado con los dems fondos del erario, se centralice tambin en el tesoro, y se verifique por consignaciones peridicas segn lo permitan sus otras atenciones. Y 6? Que por ltimo se encargue V. S, por este ministerio, que aplicndolas indicaciones con que termino la direccin jeneral de Arbitrios su citada consulta de 10 de Agosto de 1841, y oyendo ta taan an taan el parecer de la contadura jeneral del reino, proponga V. S. ca toda urjencia un plan detallado del mtodo que considere mas Propsito para centralizar el pago de dichos ciditos en el trsoro, partiendo de las-bases establecidas, y procurando conciliar hasta don don-sea sea don-sea posible la facilidad y economa de la operacin, con el mrnor ebranto posible de los acreedores, puesto que estos sern muchus tQ numero, y por pequeas sumas. De orden de S. A. lo digo V. S. para los efectos correspon correspondes. des. correspondes. Dios guarde V. S. muchos anos. Madrid 8 de Mayo de 843. Calatrava. Sr. administrador jeneral de bienes nacionales. 1 NOTICIAS ESTRANJERAS. y,.''- ". TURQUIA. r Constan tinopla '27 de Abril. Es cierto que si se hubiese seguido la opinin de Mr. de Bonr Bonr-queney queney Bonr-queney y desir Stratford Canningj que eran muy capaces de apreciar el asunt de la Servia, y la Puerta otomana no se hubiese humillado la Rusia, la Francia y la Inglaterra hubiesen conservado sobre los "consejos de la Puerta el ascendiente que al presente han perdido. Se dice que Mr. Guzot, que comprende mejor la cuestin que lord Aberdeen, habiendo previsto que la Puerta cedera, habla enviado Mr. de Bourquney instrucciones que le comprometiesen sos sostener tener sostener el divn. Pero parece que estas instrucciones han llegado tarde; Se dice ademas que Mr. Guizotha dirijido enrjicas reconvenci nes al Prncipe de Metternich; y le ha reconvenido en trminos poco medidos de haber engaado al Gabinete de las Tulleras por u ar tificio diplomtico, sosteniendo durante muchos meses la'insurreccion servia,' lo que hacia creer que el Gobierno austriaco( querra seguir enceste asunto una poltica firme invariable, m Otro diario infles dice: Desde que la Puerta otomana tom la resolucin de ceder los deseos del Emperador de Rusia, se comunic al Prncipe Alejandro una nota concerniente esta resolucin. El Prncipe respondi: "Yo no abdicar ni separar mis Ministros. Mi eleccin ha sido legal y constitucional; yo y el pueblo servio sabemos apreciar las intenciones paternales de la Puerta. Nosotros no ignoramos que al someterse es esta ta esta los deseos del Czar no ha sido libre. Si la Puerta otomana no tiene fuerza para defender .y protejer nuestras libertades, nosotros mismos sabremos cumplir con este sagrado deber, y combatiremos hasta perder nuestra ltima gota de sangre." A la fecha en que esta respuesta saiia de Belgrado, el Gobierno servio aun no habia recibido ninguna noticia oficial de la sumisin de la Puerta las rdenes de la Rusia. Resta saber si el Prncipe Alejandro persistir, en la valiente resolucin que ha adoptado. i ; BELJICA. ; Bruselas 18 de Mayo. En ninguna parte despliega e! clero taa actividad para asegurar la eleccin de sus candidatos como en Tournay. Los deanes, los curas y los vicarios estn encargados por el obis obispo po obispo de inquirir la opinin de los electores. Un junta electoral se rene dos veces la semana en el seminario. Se asegura que los in individuos dividuos individuos del clero tratan de la poltica hasta en el confesonario, es espetando petando espetando de ese modo al espritu de partido el mas augusto de los sacramentos. Se supone que la mayor parte de los. paisanos de Tour Tournay, nay, Tournay, que se han sometido al tribunal de la penitencia con ocasin de las Gotas de la pascua, han tenido que responder estas tres preguntas: Sois fracmason? Sois individuo de la asamblea legislativa? Lctis el infame Liberal? Con este motivo nos acordamos del pirroco de la provincia de Namur, que en 1S11, el dia de las elecciones jenerales, reuni les electores de su parroquia en la iglesia, dija una misa y les hiza comulgar antes de partir pira la cabeza de partido donde ten3n que concurrir p3ra la eleccin los candidatos del arzobispado. 4i14i ' ESPAA.' f ; l "'"'" UfadHd 22 de Mrjoi : ? AL REJENTE DEL RIENO, EL SENADO. En la satisfaccin que V. A. manifiesta de ver reunidos al rededor del Trono de nuestra 'augura Keina Doa Isabel II los cuerpos colejUladores, da una prueba de mi reipeto las ititi ititi-tuciones tuciones ititi-tuciones polticas que esi encargado de conservar, y1 del celo que le anima en bien y prosperidad de la monarqua. Kl Sena Senado, do, Senado, quien por su pane cabe la misma ialifdceion que V. A., le acompaa sinceramente en sus juta miras y deseos, y coad coadyuvar yuvar coadyuvar que sus esperanzas se cumplan, con todos los medios que la Constitucin pone en su mano. Es circunstancia bien aprecile y feliz que nuestras rea ciones con los Gobiernos de otros paes no hayan Mifrido, en la poca que acaba de pasar, ninguna notable alteracin, Haban deapareeido sin duda los dhguMo que respecto de un Gabineie amigo lian ocasionado los acontecimientos de Barcelona; y V. A. estar cierto de que no tendan consecuencia tas espreMones po poco co poco medidas que sobre negocios propios y escluMvamente nues nuestros tros nuestros lia pronunciado un hombre de Estado en una tribuna p pblica. blica. pblica. El Senado espera que los dos preciosos requisitos de toda nacin que se estima, el decoro y la independencia, estrn shmpre cubierto en nuestras relaciones ;. etrriores, Porque t;n vano se lian los sacrificios inmensos que los espaoles han hecho por su libertad y por su honra si .hubiesen de consentir que asi se in intente tente intente herirlas y menocabrlas. V, A. puesto al frente de esla nacin magnnima y pundonorosa, est seguro de que ella no re reconoce conoce reconoce en nadie el derecho de dirijirla su antojo, y en el obje objeto to objeto principal de las espresiones de que se trata, mucho menos que en otro alguno. m Propio ha sido siempre de la majistratura espaola admi administrar nistrar administrar justicia con celo y con rectitud, y el testimonio que de ello da V. A. en su discurso es tan honroso como merecido. No hay duda en que para el punuial ejercicio de su autoridad opon opon-drn drn opon-drn no pocas dificultades" la. complicacin y confusin de que todava adolecen nuestras leyes y la imperfecta organizacin de los tribunales. El Senado deseara ver mas adelantada la reforma de nuestros cdigos, emprendida tantos aos h, y se halla pronto examinar y aprobar por su parte cuantas medidas sean convenientes para acelerar esta obra, base principal de toda buena civilizacin. Mas como el proyecto de codificacin jeneral exija esencialmente un trabajo irimo, par que prolijo y dila dilatado, tado, dilatado, acaso seria mas oportuno dotar desde luego al pais de le leyes, yes, leyes, que afianzando en esta parte la Constitucin poltica de la monarquli, aseguren los derechos individuales sobre la inamovi lidad y consiguiente responsabilidad de los majistrados y de los jueces. Otro importantsimo objeto hay tn este departamento de la administracin pblica, que el Senado no puede menos de llamar la atencin de V. A. A pesar de las ltimas disposiciones adoptadas en favor del cuito y clero, todava sus necesidades no estn bastantemente remediadas, y por otra parte, el arreglo definitivo de esta clase que tanto influye en la sociedad, es recla reclamado mado reclamado imperiosamente por la relijion y por la poltica. La equidad, la conveniencia, las ventajas que de ello reportan la moral privada y pblica y la tranquilidad jeneral del Elado no con sienten que se desatienda lo primero: las necesidades de la Iglesia de Espaa y el decoro y dignidad nacional aconsejan que se resuelva debidamente sobre lo segundo , Bien considera el Senado la necesidad que los cuerpos co co-leisladores leisladores co-leisladores v el Gobierno tienen de atender al arreglo -de la Hacienda pblica. Por lo mismo, cuantas reformas y medidas lejislatiyas se presenten en esta parte, sobre touo las que uigan relacin nivelar los gastos con los ingresos, y al puntual pago de las clases que dependen del Estado, especialmente al del ejrcito y armada, apoyo tan firme de nuestras inMHicione; y del mismo modo las que se refieran consolidar el crdito pblico, todas sern tomadas en consideracin por ele cuerpo con la preferencia debida su importancia: A los fines que V. A. se nrooone contribuir sin duda el exmen detenido de los presu puestos". Preciso es que este exmen sea completo; y el Senado tiene derecho pedir que documentos tan imprtame sean pre pre-cpntnrinn cpntnrinn pre-cpntnrinn ron la onnrtiinidad necesaria oara ser vistos y discut' dos suficientemente en los dos cuerpos colejUladores. Interesados ... igualmente en el orden y buen arreglo de la administracin pu- fclica, uno y otro deben concurrir a la ormacion ae esta ey, se- nn lo9 lmites qoe cada cual seala para el caso la Conti cion, en cuya letra no esta, ni en su espritu tampoco, que U i j tervencion del Senado, por forfcosa y atropellada, se haga de to uu pumo irusoria. 'Al paso que el Senado aplaude el movimiento y meiomsnn ha recibido la marina nacional impulso del celo y previsin del Gobierno, no puede menos de sentir que las reformas proyecta, das en el ejrcito para beneficio de la economa pblica n u' yan podido realizarse: sentimiento que se hace mayor consideran do la ocasin de donde nace. Forzoso era reprimir toda cos la alteracin ocurrida en Barcelona, que comprometiendo tan gra. vemenie el soriego de aquella provincia, poda tambin estender. se 5 las deina. La primera ley, la atencin principal de un Go l biemo es asesinar la tranquilidad del pais; y la decUion y cele. ridad con. que V. A. acudi contener el daoque amenazaba le han adquirido nuevos derechos la gratitud de la nacin, Di. I as son tpor cierto de todo elojio la lealtad, la subordinacin y las dems virtudes militares que, segn su costumbre. ha manifesta- f do en eta ocaion nuestro valiente ejrcito, asi como la resolu j cion y firmeza patritica con que a Milicia nacional ha coopera. I do igual fin. El Senado espera, que atendiendo . la situacin morai en que se halla gran parte de la poblacin de Barcelona y i al peligro que de ella resulta', no solo al bien y conservacin de aquella capital, sino la tranquilidad de todo el reino, el Gobier- no adoptara para su remedio las medidas locajes que convengan: f mas lo que llama sobre todo la atencin del St nado es la frecuen- f te repecion de tentativas para trastornar el Estado por medio de una guerra civil. Medidas enrjicas son necesarias para con-1 tener los malvados que quieran ensayarlas otra Vez; acaso leyes, y en tal concepto V. A. encontrar siempre dispuesto al Senado) a auxiliar al Gobierno en un objeto de tan imperiosa necesidad,! Bien sinceramente congratula este cuerpo V. A. y secn- gratula a s mismo, de que la paz, la ley y el orden reinen en to-1 do l mbito de la monarqua, y con esta ocasin no puede me j nos de espresar tambin el Senado la satisfaccin que le cabe de j la feliz conclusin que han tenido las desagradables, bien que li j jeras incidencias, en algunas de las provincias de Ultramar; gra- f cas la leal adhesin de sus habitantes su metrpoli, acreedo res por ello toda recomendacin y alabanza. El movimiento que se advierte en la agricultura, en la industria, en el trfico y en todos los ramos y medios de riqueza y prosperidad; es el feliz re sultado de esta anhelada y pronta pacificacin. Mayor se har todava con las leyes que el Gobierno de V. A. tiene preparadas al exmen y discusin de las Cortes, y mas si entre ellas se com comprende prende comprende la que d nuestro territorio peninsular una distribucin de provincias mas acertada que la actual. Pero sobre lodo, loque importa es asegurar la Constitucin sobre sus bases; es organizar con leyes bien meditadas los ayuntamientos, las diputaciones pro vinciales, la Milicia cvica, la instruccin pblica, la beneficen beneficencia. cia. beneficencia. Sin que estos objetos estn bien arreglados la Constitucin no puede obrar ni marchar; la libertad est falta de raices. y es una vana sombra el Gubierno representativo Una institucin hay que pertenece tambin este orden y que reclama con toda urjencia el remedio mas eficaz. V. A.,pof motivos que el Senado respeta, habr credo oportuno no hacer mencin en su discurro del deporable abuso que se est haciendo entre nosotros de la libertad de imprenta; mas el Senado, al ha hablar blar hablar con V A. de la situacin y necesidades del pais, no debe pa sarlo en silencio. No es soio un abuso en que estn gravemente comprometidos el honor.de los individuos y la tranquilidad dla familia) Ilesa ya ser por u estenion y sus miras una verdade verdadera ra verdadera conspiracin contra el Estado. La Kspaa toda repugna es candalizada semejante desenfreno; y m V. A una con loscuei pos colejisladores no toma prontamente lan disposiciones propias j para atajarle y contenerle, un elemento tan poderoso de libertad i y de progreso se va convertir entre nosotros en instrumento U j tal de inmoralidad, de dUoiucion y de barbarie. j El Senado en fin no puede menos de aplaudir JJ1 j justsimo anhelo de entregar nuestra augusta Reina Ibel I j cuando llegue la poca en que egun la Constitucin de loor f be empezar su gobierno, un reino tranquilo y floreciente tle"11? respetado fuera. lla poca se acerca; pero los esfuerzos de V V-sern sern V-sern iniil- su mirud npmnau norliiln i cot toda t0 citud y todo ahinco no se provee las necesidades que van sadas; si por medio de un Gobierno vigoroso no se da fuerza ejecucin de las leyes, vida y movimiento la administrado Las dificultades cada vez se hacen mayores, y la contradice mas violenta. Fueraa ser .V. A. apelar todo su valor y eD jia, y aun asi hallar que es mas rduo templar y dirjif la F '415 liones en la arena poltica', qne vencr a ls baestes enemigas en )os campos de batalla. V. A. no entraar este lenguaje, porque s el de la vefdadj yla sinceridad respetuosa con que l Senado ie la presenta sus ojos, es el mas puro homenaje que puede tri tributar butar tributar & su noble carcter y us virtudes. i Palacio del Senado 20 de Ala yo de 1843. Jo Lindero, pri primer mer primer Vicepresidente. Facuu lo luante, Senador Secretario. Martin Jos Ir arte, primer Secretario. Munuel Marliani, Sena Senador dor Senador Secretario. Miguel Chacn Duran, Senador Secretario. fG.de MJ PUERTO-IIICO 31 DE AGOSTO DE 1813. DEL ESTABLECIMIENTO DE BENEFICENCIA. Segunda quincena de Setiembre de 1843. Relacin de los jornales que han vencido ios empleados y operarios de todas clases en el trabajo de dicha obra, y compras para la misma en la presente quincena. EMPLEADOS Joeit.l. Al pag.dor guarda-almacn. D. Juan K. de la Rosa. . Al sobrestante mayor. ... t. Francisco Asenjo. . Al maestro mayor D. Francisco Mana Bel godere, mitad de sueldo. A los sobrestantes segundos" D.' Juan Izquierdo. . . D. Antonio Satelli. Al escribiente auxiliar. ... O. Manuel de Areizaga. Al pen de confianza. . Manuel Escalera A celador de la obra. . . Justo Caballero A los idem de presos Jos Atenci, ...... Jos Jimnez A los oficiales carpinteros. Antonio Nieves Jos Rodrguez . , . Juan Julin Flores. .. Tom8 Garca. . . . ''.:' A los peones de idem. . Manuel Guzman . . A los oficiales de albail. .Dionisio Gonzlez. . . Flix Correa. ....... ' v ' " . ' , " ,, A los peones de idem. NOMBRES. Cirios Prez i . . . Jaime Vidal . . Jos Adelo Bruno Moiica. . . , Jos Hernaiz V . Manuel Mara Moieno. Jos Pizarrn Sebastian de Rivera. . Jos Antonio Suero. 4 Juan Jos Duran. i Enrique Zenon . . Gabino de Rivera Celestino Ruiz . . Torbio Caro. . Pedro Ayala. . . . Gregorio de la Cruz 1. Juan Jos Ayala. Andrs Cerrillo. . Jos Mara Snchez. . Atanasio Garca. . . Jos Jeyus Castillo, i . : Loreto Llanos . .Juan Manuel Andino. . Juan Fernandez. . Fabin de Jess Juan Teodoro Maisonct Luis Larregui. Juan Cayetano Arroyo. Antonio Casaa '. Manuel Ugalde Pi Fuertes. .... . Jos Manuel Sedeo. i Joaquin Sirgado Jds Mara Gonzlez. . Lzaro Rodrguez. . t i Julin Luis Gonzlez. . Pedro Collazo. . Antonio de Rivera. . Jos Bello'. ........ Juan Villanueva . Felipe Otero. ...;. Juan de la Cruz Ocacio. Dionisio de Rivera, . Jun Natalio1 Ricardo Cepeda. . Mximo Pirela. . Pedro Mrtir Cerero. Manuel Olivos ..... Valentn Sirgado . Antonio Ortegosa. . Manuel Briosa. . . Agustn Cepcro.'. . Juan Daz. ..,.. Pedro Gonzlez. . Raimundo Correa. Jos Leandro Ortiz. . Hilario Insola. ...... Juan Evangelista, . Juan de la Cruz. . Sabia Izquierdo. . . Ambrosio Beltran. . . Jos Concepcin Jaime. Juan Bautista. Jorna- Das,' es Pi.: Ra. Mra. 11 10r. 13 6 12 idem. 15 n 99 99 33 99 99 10 iJ. 6 3 8 3 idem. 1 7 11 2 Id, 2 0 h 11 4 id. 5 4 12 idem 6 13 lid 1 5 11 idem. 13, 11 lOid. 13 6 H 10 8id. 10. .6, 11 idem. 11 99 9i 11 6Md. 8a 2f a 11 3 id. 4 1 ,9 5 8 Id. 5 ,,' 9i 11 lid. 1 3 99 11 i id. h 5 17 9 l3id. 15 6 26 10 lOid. 12 6 17- 10 id. idem '12 6 17 10 id. idem. 12 6 17 9 idem 11 7 10 idem. 12 6 17 10 idem. 12 4 10 91J. II 2 9 idem. 10 1 99 9J 8id. 9 4 10 iJem- 10 2 8 idem. 8 4 4 lOid. 4 2 9 7id. 8 .2 17 10j idem. 8 7 25 5 idem. 4 3 9 5.d. 6 26 9 idem. 6 7 17 7 9id. f S 26 7 iderrf. 7 7 99 4$ 10 id. 5 2 17 3 4 id 1 ; 7 99 9 id. idem. 4 7 99 10 idem. 5 1 i, 9 idem. 4 7 99 6 idem. 3 99 10 idem. 5 1 10 idem. 5 10 idem. 5 1 9 9 id. dem. 4 5 6 id. idem. 3 1 4 id. idem. 2 1 ,9 9 idm. 4 7 n 8 idem. 4 91 idem. 4 7 99 q idem. 5 i 99 10 idem. 5 n 10 idem. 5 1 i, 10 id. idem. 6 1 6) idem. 3 3 9j idem. 4 7 19 3 dem. 1 4 99 10 idem. 5 1 99 10 id. iddra. 5 l 10 id. lera. 5 1 99 , 1 idem. 99 4 99 95 idem. 4 7 99 9 idem. 4 5 9 6 idem. 3 99 4 idem. 2 2 99 6 id. iJm- 3 2 99 9. idem. 4 5 16iJ. 3 id. 3 6 25 9 idem. 3 4 17 10 idem. 3 6 99 7 idem. 2 5 n 9 idem. 3 3 28 9 idem. 3 5 9 10 idem. 3 6 25 9 2id. 3 3 17 6 idea. 1 4 w 10 Uea- 2 4 17 EMPLEADOS, 4 ' ! , . C Al escribiente, cabo de? T n rJ 1 l vara del presidio. . J Jos aumet D&nUJa D&nUJa-A A D&nUJa-A 1... :.i f.x 1: n o Romn Rosado. . Al aserrador de idem. . .Jos Garca. ..... 4 A los mezcle ros de idem. .Antonio Duarte.-. ; Eugenio Urtiz. .v . A los boyeros de idem. . Jos Andino Fermn Pagan Jos Gmzalez. . . Juan Isidro Beltran. . - . Ignacio Soto. ...... A los cinteros de idem. . Antonio Valencia. . Negro bozal Crlos. . . Negro IhjzjI Castar. . Al carpintero de la Al pen acerrador Por la d un barril para agua (documento nm. ?),..4-. 4 Por la de 14 baldes para mezcla?, 1 real uno (documen (documento to (documento ndm.l?) 1 0 NOMBRta Blas Solo. .... i. i Juan SilTerio Crdoba Ardros Solo. Plcido Gabiri Cruz. Jos Fuertes. , Hilario Zenon. . tomn Puch, Juan Guayama . .i r - Juan Blumen. Juan Ramn Larregui. Kemigio LarrcguL . . Mataa Ueinaldo .' . . FrucUw Gomes t . . Gregorio Diaa . . Isidro do. Rivera. . i Pedro Pablo del Rosario. Jos Juliana . . . Jos Toms de los Santos, i Andrs Carbonell.' i Juan Pllich Francisco Pillich. . 1 Jos Pllich , Baltasar Bravo, . : Jos Vctoriaio'l.a. i . Juan Vega. Juan Antonio Merced. . Antonio Crdoba. -t. Gil Vassallo. ,(, . . Toms Solo Jacinto Solo.', ...... Pablo !oIo. Manuel Solo 1.. . Crlos Solo Juan Solo Alejandro Solo, . . Jaime Solo. . . i t Pedro 80I0. Joaqun Solo. ...... Lorenzo Solo ... . - Benito Solo. . Manuel" Solo' 2.. . Vicente Solo ...... Cristbal Nol, Ramn boro." 1 i Toms Padilla . Telsfbfd Franco. Antonio Savelli. . , Constantino Havelli." )astat Svrlli . Boloa Havelli . 4 Juan uuvoa. Julin de Rivera. - Atanasid Pagan. t Fernando Solo . Pascual Aparicio . Juan de Rivera. . ' Ramn Pasran. .. 1 4 Juan Bautista de la Cruz. Jos Jess de. la Cruz. Antonio Rivas ' Pedio Vizcarrondo . Lorenzo Gallardo. . , Antonio Herrera . . , Zoilo Atanasio Garca. Juan Jacinto Prieto. . Andrs Franco Pedro Figueroa, . . Nicols Mir V Cipriano astro Juan Domingo Muoz. Jacinto Barbosa. . , Gernimo de los dantos. Jos Mar (rale Isidoro Aviles. Puntilla. J uan Morceli. . de idem. Antonio Colon t RECOMPOSICIONES Teta! Joras Di. fet.lH.Ba. Uj loa hiera. 2 4 17 10 id. dem. 2' 4 17. 10 id. Idem. 2 4 17 i 5 idem. I ,2 17 , 10 R idem. ,2 4 17 8' dem. 2 1 17 4 idem. 1 9, n 10 5d. 7 ,. 13 10 id. 4id. 3 1 w 10 id. idem. 5 1 l6 id. idem. Sin ,10 id. idem. .5 1 n ;iOd. Uem. ;6 1 W 9 id. idm jI 5 10 id. Meta, fi 1 9 10 id. dem. 5 1 w 10 id. idem. 5 1 10 id. lidem. i 5 1 9 10 id. dem. 5 1 9 v 10 id. dm. 5 1 9j dem. 4 6 10 idem. 6 a 10 id. idem. 5 1 9 10 id. ideui. 6 1 8 idem. 4 1 5 idem. 2 6 3 id. idem. I 6 10 idem. 5 l ! 10 id. idem. 5 1 10 id. idem. 6 1 10 Id. idem. 5 1 10 id. idem. 5 1 9 10 id. idem. 5 1 10 id. idem. 6 1 10 d. idem. 5 1 10 id. dem. 6 1 n 10 id. idem. 5 1 10 id. ilem. 5 1 10 id. idom. 6 1 n 10 d. idem. 5 1 f 10 id. Uem. 5 1 1 , 10 d. idem. 5 1 10 id. idem. 5 1 10 id. iifem. 1 1 10 id. idem. 5 1 h 9 idem. 4 4 10, idem. 5 1 h 10 id. Idem. 5 1 ti 10 id. idem. ft 1 9 10 id. idem. fi 1 i 10 Id. Wcra. 5 1 n , 10 id. idem. 5 1 10 ideni. 5 ,i 10 lid. I 3 8 10 id. 4id. 5 1 8 id. idem. 4 1 6 iJcra. 3 2 n 6 idem. 3 1 8 id. lidem. 4 1 4 idem. 2 4 idem. 3 6j idem. 2 7 idem. 1 0 9, h 2 idem. 1 9 I 5 idem. 2 4 H 4 i.lcui. 2 1 4 id. idem. 2 1 n 4 id. idem. 2 1 4 id. idem. 2 1 3 id. idem. 1 5 3 Idem. I 7 3 id. idem. 1 -7 1 n 3 8d. 1 2 17 4id. n i lij ljid. 2 1 0 9 id. 4 17 5 idem. 2 17 11 Idem. 5 17 11 ern. 6 17 11 idem. H 5 17 13 lid. 1 5 m 11 id. 5 17 11 idem. 5 17 4 idem 99 3 w 2 dt-m 9. 1 m II lid. 1 3 11 Jl'l. 5 17 li idem. 6 17 11 idea. 5 17 11 Idem. M 5 17 ll idem. n 5 17 609 4 21 Psol. Rj. M. 2 2 Por el de la ALQUILERES. nnsn de D.-Andrs Ariza tomada para almacn ln r.nh0r.iiitinlido 'el 54 del que espir (dc. nm. 2) 4 Por el do cuatro piezas de la casa ue u. josc iasieuar 10- ? madas ,! : ; Total; 16 PAGO ESTRAORDINARIO. Por el verificado D.C ahito Romero, como tercera parte que anticip del total a que ascendi la segunda recom- posicin del pozo de la plazuela de las Monjas, mandado satisfacer, por o'rdeh del Excmo. Sr. Presidente, Gober Gober-nador nador Gober-nador y Capitn jeneral. de psta Isla (document nm. 4) ' ; LABRANZA DE VIGAS. Por la de 8 vigas de ausubo, 4J rs. una (doc. nm. 5). ; COMPRAS VERIFICADAS. Por seis cahces y cinco cuezos de cal, .'4 ps. cahiz (docu (documentos mentos (documentos nms. 6 y 7). ....... 25 Por cinco idem y seis idem de idem, 30 rs. idem (docu- . ment nm. 8).. v.L 20 Por veinte y cinco vigas de usub de .8 varas, 22 idem una (documento nm. 9) 68 Por seis idem de idem de idem idem, a 21 idem idem (do- . cumento nm. 9).....:............... 15 6 Por cuatro idem de idem fle 7 J idem, 20 idem idem (do- ' cumento num. Uj..1.. . lu Por ocho idem de dem de idem, 18 idem idem (docu- ment nm. 9). ...... 18 Por doceviguetas de idem de 6 idem, 8 idem idem (do (documento cumento (documento nm. 9) ..... . ... 1 12 Por nueve idem de idem d idem idem, 7 idem idem (do- 1 cumento nm. 9).:. ... 7 Por veinte y dos cuartones de idem de 6 idem, 5 idem uno (documento nm. 10) .' . . . 13 Por veinte y nueve dem (Je idem de 4 idem, 3 idem ' idem (document nm. 10) ... . i ; 10 Por una lima grande (documento num. 11) Por un saca-bocado (document rinv ,11) V Por mil tachuelas (documento nm. 11). i Por media libra de clavos de tejaman (documento nm. 11) Por pliego y medio de papel delija (docrnento nm 12). Por novecientos noventa libras de planchas de hierro, a 7 pesos quintal (documento nm. 13) 69 Por mil doscientos diez y seis idem de idem de plomo, ,: idem idem idem (documento nm, 13). 85 Por dos motones de 9 pulgadas (documento nm. 13) . 2 Por tres barriles nuevos para agua, 8 rs. uno, dando el ,'. establecimiento los aros (documento nm. 1?) 3 Por veinte botijas de aceite de linaza, 3 ps. una (docu- ' ment nm. 14)..;. 60 Por diez y nueve cuetes de aplomado, idem idem uno (do- . cumento nm. 14) ; 57 Por una vara de ballena para medir en la obra (documen (documento to (documento nm. 14)....:................. 3 Por dos garlopas, a 20 rs. una (documento nm. 14).. i . 5 Por dos garlopines, a 14 idem uno (documento hm. 14). 3 Por cuatro libras de clavos palmares y jemales, 1 real li- v bra (documento nm. 15)..'....... .... ,1.......;... 9 4 22 4 4 2 1 6 n 7 6 7 3 1 5 1 1 2 4 Total.......... 492 4 ) as toara oficina; almacn de herramientas y taller de carpintera, cumplido noy oa ae ta iecna uoc. num. o), i n n n n ii 11 ii ii 26 17 17 ii ii ii ii i 4 11 11 11 , . . ." Resumen. En sueldo, jornales y gratificaciones. 809 4 21 En recomposiciones. ... 1. 2 2 ' En alquileres... 16 En pago verificado por orden superior 9 4 22 En labranza de vigas ... 1 ...... ,44 En compras verificadas 492 4 1 - Total:. v.:. 1,334 310 Importa por consiguiente esta relacin la cantidad de 1,334 ps., 3 rs. y 10 maraveds. Puerto-Rico 30 de Setiembre de 1842. El pagador, Juan Ramn de la Rosa. Confrontada y conforme. El Jefe del detall, Anto Antonio nio Antonio de Talavera. Con mi intervencin, y satisagause por el pagador de esta obra D. Juan Ramn de la'Rosa los 1,334 ps., 3rs. y 10 maraveds que importa esta relacin. Manuel Valdcs. Con mi conocimiento, Santiago-Cortijo. Presencie el. pago de. esta relacin hoy 30 de Setiembre do 1842. El sobrestante mayor, Francisco Asenjo. Y de o'rden del Excmo. Sr. Gobernador y Capitn jeneral se publi publica ca publica para sa notoriedad. 5 vi .iu-snn ;M,- JUZGADO DE GERRA. .,Mf,Pp el presente se cita, llamay emplaza iP. Antonio 'Rodrguez, natural u -t ' H ALCALDIA l. DE ESTA CAPITAL. t i l Debiendo stsblcerse en el paseo de Puerta de Tierra por disposicin del Excmo. Sr. Presidente Gobernador y Capitn jeneral, dos plazas de guardas par el cuidado de aquel, con el ttulo del Excmo. Ayuntamiento y el sueldo de tres rea reales les reales diarios que pagar de sus fondos,' ha acordado la lxcma. Corporacin se ha?a notorio al pblico, para que todo el que se halle en el caso de poder optar & dichos destinos ocurra dentro del trmino de nueve dias esta Alcalda 1.a con su respecti respectiva va respectiva solicitud y documentos que acrediten su buena conducta, para formar y presentar la lerna competente la misma municipalidad; entendindose preferibles en ella se segn gn segn la antedicha superior disposicin, los soldados retirados de mejor licencia Puerto, Rico 22. de-Agosto de 1843.-anw Perite.$:'. i '. K' MI: i A i SECRETARIA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ESTA CAPITAL. , ; Habiendo representado al Excmo., Ayuntamiento I). Manuel Hernaiz, arrenda arrendatario tario arrendatario del pasaje de Pueblo-viejo, quejndose de que por el cario de Catafio transitan la mayor parte de los vecinos de Bayamon, con utilidad de algunos: que tienen all sus botes, y perjuicio suyo, y solicitando se le permitiese poner uno de estos de guar guardia, dia, guardia, su cosa, en la boca del espresado cano, para cobrar los transentes el dere derecho cho derecho de pasaje, como si lo hiciesen por Pueblo-viejo; ha acordado la Excma. Corpo Corporacin, racin, Corporacin, con audiencia y conformidad di uao de sus Sndicos, acceder . la solicitud del espresad arrendatario, mediante a que aquel es una hijuela del significado pasa pasaje; je; pasaje; debiendo hacer el cobro los transentes, con arreglo arancel, y que se fije, co como mo como lo verifico,. el presente aviso, para que llegue k noticia de los patrones de botes y dems embarcaciones menores, quienes tocar pueda. Puerto-Rico 29 de Agosto de 1843. Julin Uara, secretario. 3 ; Habiendo de emprenderse por medio de remate la construccin de la Iglesia, Ce Cementerio, menterio, Cementerio, casabe. Rey y Cura que se han de fabricar en este pueblo, conforme los presupuestos aprobados por el superior Gobierno, ascendente G, 101 ps. 7rs. 17 ma maraveds, raveds, maraveds, ha acordado la junta de vecinos de este pueblo, y disposicin del Excmo. Sr. Presidente Gobernador y Capitn jeneral de sta Isla, se anuncie al pblico en la for forma ma forma acostumbrada para que los intelijentes que quieran hacer proposiciones se acer acerquen quen acerquen i la misma junta, quien presentar los indicados presupuestos; 'advirtindose que se seala para dia de remate el 15 de Setimbre prximo. Rio-grande 10 de Ajus Ajusto to Ajusto de 1843. Antonio Quiones.' Z D. Pedro Gotarredona, Juez de primera instancia por S. M. de este partido Por el presente hago saber que en siete de los corrientes declar en quiebra la so sociedad ciedad sociedad colectiva de Cabo-rojo nombrada Comas y compaa, y por consiguiente pjohibo que ninguna persona le haga pagos ni entregas de efectos, y que lo verifi verifiquen quen verifiquen directamente al depositario nombrado, que lo es D. Jos Ramn Leyro, de aquel comercio, bajo la pena de.no quedar descargados de los mencionados pagos ni entregas, de las obligaciones que tengan pendientes en favor de la masa. Ordeno todas las personas en cuy,) poder existan pertenencias de la sociedad quebrada, que hagan manifestacin de ellas por notas que entregsrn al Juez comisario D. Gabriel Colberg, pena de ser tenidos por ocultadores de bienes y cmplices en la quiebra. Y ltimamente hago saber que Ia jnta jeneral primera de acreedores tendr lugar el cinco de Setiembre prximo venidero las once de la maana en la casa habitacin del Juez comisario, a la cual se les convoca, bajo apercibimiento de pararles el per perjuicio juicio perjuicio que haya lugar los que no asistieren. San Jerman Agosto once de mil ocho ochocientos cientos ochocientos cuarenta y tres. Pedro Gotarredona. Por mandado del Sr. Juez. To Tomas mas Tomas Jos Ramrez de Arellano. 3 ANUNCIOS. No habiendo comparecido .k la Secretaria de este Gobierno los individuos Don Manuel Gonzlez Salazar, procedente de Barcelona; D. Venceslao Gonzlez, de la Guaira; l), Sebastian Zaragoza, de Curazao; . Francisco Bernedo, de la Habana; D. Antonio Cabello de Cdiz, y D. Luis Martnez de Mayages, recojer los per permisos misos permisos de residencia para est Uapital que le han sido espedidos por el Gobierno, se inserta en la Gaceta para que llegando a noticia de dichos individuos se presenten k la mayor brevedad aquella oficina con el fin manifestado. Puerto-Rico 21 de Agos Agosto to Agosto de 1813. 1 Hallndose vacante el majisterio de primeras letras del partido de Maunabo por renuncia del que lo desempeaba, se anuncia al pblico de orden de S. E. para qe el que quiera optar l, hallndose adornado de los requisitos indispensables se pre presente sente presente al Ayuntamiento y Comisin de instruccin primaria hacer sus proposicio proposiciones. nes. proposiciones. Puerto-Rico 18 de Agosto de 1843. 3 Hallndose vacante el encargo de propagador de vacuna en el territorio de Rio Rio-grande, grande, Rio-grande, se invita los intelijentes que quieran desempearlo para que se presenten a la junta de vecinos de aquel pueblo hacer sus proposiciones. Rio-grande 17 de Agosto de 1 l 3. Antonio Quiones. 3 DETENTA. Un negro de trece catorce anos de edad, sano y robusto, de buenas costum costumbres, bres, costumbres, con principio de cocinero, en trescientos pesos: el que se interese podr acudir esta imprenta donde darn razn de su dueo. 1 IsrUEXTA EL GOBIEESO, 1 CUICO DE D. SaXTUCO DAUUtT. |
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